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Document 62006TJ0303
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Palabras clave
Objeto del litigio
Parte dispositiva
Marca comunitaria
—
Definición y adquisición de la marca comunitaria
—
Motivos de denegación relativos
—
Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares
—
Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 48 y 49)
Objeto
Recursos interpuestos contra dos resoluciones de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 5 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 196/2005-2 y R 211/2005-2) y de 25 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 456/2005-2 y R 502/2005-2) relativas a unos procedimientos de oposición entre Union Investment Privatfonds GmbH y UniCredito Italiano SpA.
Datos relativos al asunto
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Fallo
1) Acumular los asuntos T‑303/06 y T‑337 a efectos de la sentencia.
2) Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), de 5 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 196/2005-2 y R 211/2005-2), en la medida en que desestima el recurso de UniCredito Italiano SpA en el asunto R 211/2005-2 al estimar las oposiciones al registro de la marca solicitada UNIWEB, en cuanto atañe a los «negocios bancarios; negocios financieros; negocios monetarios; seguros; […] información y asesoramiento en materia financiera y de seguros; servicios de tarjetas de crédito/débito; servicios bancarios y financieros vía Internet», de la clase 36.
3) Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 25 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 456/2005-2 y R 502/2005-2), en la medida en que desestima el recurso de UniCredito Italiano SpA en el asunto R 456/2005-2 al estimar las oposiciones al registro de la marca solicitada UniCredit Wealth Management, en cuanto atañe a los «negocios bancarios; negocios financieros; negocios monetarios; seguros […] [e] información financiera», de la clase 36.
4) Desestimar las pretensiones de Union Investment Privatfonds GmbH.
5) Cada parte cargará con sus propias costas.