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Document 62005TJ0455

Sumario de la sentencia

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 18 de diciembre de 2008 — Componenta/Comisión

(Asunto T-455/05)

«Ayudas de Estado — Sector de la metalurgia — Adquisición de una participación perteneciente a una empresa en una sociedad inmobiliaria y devolución de un préstamo concedido por dicha empresa a la sociedad inmobiliaria como contrapartida de una inversión de dicha empresa — Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado común y se ordena su restitución — Criterio del inversor privado — Valoración de las acciones de una sociedad inmobiliaria — Valoración de los bienes inmuebles de una sociedad — Obligación de motivación — Examen de oficio»

1. 

Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 44 y 45)

2. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Competencia conferida a la Comisión y al juez nacional para calificar de ayuda de Estado una medida nacional — Inexistencia de una amplia facultad de apreciación de la Comisión (Art. 87 CE, ap. 1) (véase el apartado 97)

3. 

Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado (Arts. 87 CE, ap. 1, y 253 CE) (véanse los apartados 98 a 100)

4. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Medidas nacionales ejecutadas sin haber sido notificadas — Facultad de la Comisión de recurrir a un requerimiento dirigido al Estado interesado para obtener la información que juzgue necesaria — Decisión adoptada por la Comisión, sin recurrir a un requerimiento, basándose en información que considera fragmentaria [Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 10] (véanse los apartados 105 a 108)

5. 

Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Subsanación de un defecto de motivación en el procedimiento contencioso — Improcedencia (Art. 253 CE) (véase el apartado 121)

Objeto

Anulación de la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda estatal ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj (DO 2006, L 353, p. 36).

Fallo

1) 

Anular la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda de Estado ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj.

2) 

La Comisión cargará con sus propias costas así como con las de Componenta Oyj.

3) 

La República de Finlandia cargará con sus propias costas.

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Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 18 de diciembre de 2008 — Componenta/Comisión

(Asunto T-455/05)

«Ayudas de Estado — Sector de la metalurgia — Adquisición de una participación perteneciente a una empresa en una sociedad inmobiliaria y devolución de un préstamo concedido por dicha empresa a la sociedad inmobiliaria como contrapartida de una inversión de dicha empresa — Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado común y se ordena su restitución — Criterio del inversor privado — Valoración de las acciones de una sociedad inmobiliaria — Valoración de los bienes inmuebles de una sociedad — Obligación de motivación — Examen de oficio»

1. 

Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 44 y 45)

2. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Competencia conferida a la Comisión y al juez nacional para calificar de ayuda de Estado una medida nacional — Inexistencia de una amplia facultad de apreciación de la Comisión (Art. 87 CE, ap. 1) (véase el apartado 97)

3. 

Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado (Arts. 87 CE, ap. 1, y 253 CE) (véanse los apartados 98 a 100)

4. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Medidas nacionales ejecutadas sin haber sido notificadas — Facultad de la Comisión de recurrir a un requerimiento dirigido al Estado interesado para obtener la información que juzgue necesaria — Decisión adoptada por la Comisión, sin recurrir a un requerimiento, basándose en información que considera fragmentaria [Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 10] (véanse los apartados 105 a 108)

5. 

Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Subsanación de un defecto de motivación en el procedimiento contencioso — Improcedencia (Art. 253 CE) (véase el apartado 121)

Objeto

Anulación de la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda estatal ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj (DO 2006, L 353, p. 36).

Fallo

1) 

Anular la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda de Estado ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj.

2) 

La Comisión cargará con sus propias costas así como con las de Componenta Oyj.

3) 

La República de Finlandia cargará con sus propias costas.

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