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Document 61994CJ0244
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
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Competencia ° Normas comunitarias ° Empresa ° Concepto ° Entidad gestora de un sistema de Seguro de Vejez complementario y voluntario ° Funcionamiento según el principio de capitalización ° Inclusión
(Tratado CE, arts. 85 y 86)
Una Entidad con fines no lucrativos que gestiona un régimen de Seguro de Vejez destinado a completar el régimen básico obligatorio, establecido por la ley con carácter voluntario y que funciona, con sujeción a normas dictadas en ejercicio de la potestad reglamentaria, según el principio de capitalización, especialmente en lo relativo a condiciones de afiliación, cotizaciones y prestaciones, es una empresa a efectos de los artículos 85 y siguientes del Tratado. En efecto, semejante Entidad, aunque no persiga fines lucrativos y aunque el régimen que gestiona comporte algunos elementos de solidaridad, limitados y no comparables con los que caracterizan los regímenes obligatorios de Seguridad Social, ejerce una actividad económica en competencia con las compañías de seguros de vida.