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Document 61993CO0338

Sumario del auto

Palabras clave
Índice

Palabras clave

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1. Recurso de casación - Motivos - Mera repetición de los motivos y alegaciones presentados ante el Tribunal de Primera Instancia - Inadmisibilidad - Desestimación

[Tratado CEE, art. 168 A; Estatuto (CEE) del Tribunal de Justicia, art. 51; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, letra c)]

2. Procedimiento - Escrito de interposición del recurso - Requisitos de forma - Exposición sumaria de los motivos invocados - Motivos jurídicos que no han sido formulados en la demanda - Inclusión de la reclamación administrativa en el cuerpo de la demanda - Insuficiencia

[Estatuto (CEE) del Tribunal de Justicia, art. 19; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 1, letra c)]

Índice

1. De los efectos del artículo 168 A del Tratado, del artículo 51 del Estatuto del Tribunal de Justicia y de la letra c) del apartado 1 del artículo 112 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, considerados conjuntamente, se deduce que un recurso de casación debe indicar de forma precisa los elementos criticados de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia cuya anulación se solicita, así como los fundamentos jurídicos que sostienen de modo específico esta solicitud.

No cumplen este requisito los motivos que, al criticar el examen que el Tribunal de Primera Instancia ha realizado sustancialmente del conjunto de las imputaciones del recurrente, se limitan a repetir o a reproducir literalmente los motivos y alegaciones que ya se presentaron ante el Tribunal de Primera Instancia, incluidos los que se basan en hechos y que fueron desestimados expresamente por dicho órgano jurisdiccional, sin contener ningún fundamento jurídico en apoyo de las pretensiones del recurso de casación. En efecto, tales motivos tienen por objeto, en realidad, que se efectúe meramente un nuevo examen de la demanda y del escrito de oposición presentados ante el Tribunal de Primera Instancia, lo cual no es competencia del Tribunal de Justicia.

2. Con arreglo al artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia y a la letra c) del apartado 1 del artículo 44 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, el escrito de interposición del recurso debe contener la exposición sumaria de los motivos invocados. A falta de indicación de los motivos en los que se basa el recurso, la reproducción pura y simple en el cuerpo de la demanda del contenido íntegro de la reclamación no se ajusta a esta exigencia.

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