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Document 61991TJ0022

Sumario de la sentencia

Palabras clave
Índice

Palabras clave

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Funcionarios ° Selección ° Concurso ° Concurso oposición interno ° Obligaciones del tribunal del concurso ° Respeto de lo previsto en la convocatoria del concurso ° Motivación de las decisiones ° Desarrollo irregular de las operaciones del concurso ° Anulación

(Estatuto de los Funcionarios, Anexo III, arts. 1 y 5)

Índice

Un tribunal de concurso no puede apartarse de lo dispuesto en la convocatoria del concurso ni en lo que se refiere al objeto de las pruebas ni en lo que se refiere a su naturaleza, y, por lo que respecta a la clasificación de los candidatos, no puede sustituir por una calificación global la suma de las calificaciones concedidas por las diferentes pruebas, puesto que, de este modo, incumple su obligación de respetar la puntuación de las pruebas, tal como se halla prevista en la convocatoria del concurso, y su obligación de motivar sus decisiones.

La falta de motivación de la decisión del tribunal del concurso, derivada del hecho de que no puntuaran las pruebas según la convocatoria del concurso, tiene, además, como efecto impedir el control jurisdiccional de la influencia que ejerció sobre los resultados del concurso la aplicación por parte del tribunal del concurso, infringiendo la convocatoria de éste, de un criterio ajeno a las aptitudes de los candidatos.

Considerando tales irregularidades, procede que el Tribunal de Primera Instancia anule todas las operaciones realizadas por el tribunal del concurso a partir de la fase en que aparecieron las irregularidades.

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