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Document 61988CJ0359

Sumario de la sentencia

Asunto C-359/88

Proceso penal

contra

E. Zanetti y otros

Petición de decisión prejudicial planteada por la Pretura de San Vito al Tagliamento

«Residuos — Concepto — Autorización y vigilancia de la gestión de residuos»

Informe para la vista

Conclusiones del Abogado General Sr. F. G. Jacobs, presentadas el 13 de diciembre de 1989   1517

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 28 de marzo de 1990   1518

Sumario de la sentencia

  1. Aproximación de las legislaciones — Residuos — Directivas 75/442/CEE y 78/319/CEE — Concepto — Objetos aptos para reutilización económica — Inclusión

    (Directivas del Consejo 75/442, art. 1, y 78/319, art. 1)

  2. Aproximación de las legislaciones — Residuos — Directiva 75/442 — Sujeción del transporte de residuos a autorización administrativa previa — Facultad de apreciación de los Estados miembros — Concesión de autorizaciones por autoridades que no tienen competencia de ámbito nacional — Procedencia

    (Directiva 751442 del Consejo, arts. 4, 5 y 10)

  1.  Una normativa nacional que adopte una definición del concepto de «residuo» que excluya las sustancias y objetos susceptibles de reutilización económica no es compatible con las Directivas 75/442 y 78/319.

  2.  Una normativa nacional que no somete el transporte de los residuos contemplados por la Directiva 75/442 a un sistema de autorización administrativa previa es compatible con el artículo 10 de dicha Directiva. No obstante, los Estados miembros están legitimados para someter el transporte de los residuos objeto de dicha Directiva a un sistema de autorización administrativa previa si lo estiman necesario para la consecución de los objetivos de esta Directiva.

    La atribución de la competencia para conceder las autorizaciones para el transporte de residuos a autoridades que no tengan competencia de ámbito nacional, es compatible con el artículo 5 de la Directiva.

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