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Document 61985CJ0236
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
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Actos de las instituciones - Directivas - Ejecución por los Estados miembros - Adaptación del Derecho interno a una Directiva sin actividad - Requisitos - Existencia de un contexto jurídico general que garantice la plena aplicación de la directiva - Insuficiencia de simples prácticas administrativas
(Tratado CEE, art. 189, párrafo 3)
Medio ambiente - Conservación de las aves salvajes - Gestión de un patrimonio común - Directiva 79/409 - Necesidad de una adaptación exacta del Derecho por parte de los Estados miembros
(Directiva 79/409 del Consejo)
La adaptación del Derecho interno a una directiva no exige necesariamente una transcripción formal y textual de sus preceptos en una disposición legal expresa y específica, siendo suficiente la existencia de un contexto jurídico general, si éste asegura efectivamente la plena aplicación de la directiva de modo suficientemente claro y preciso, cosa que no sucede en el caso de simples prácticas administrativas, por naturaleza modificables a discreción de la Administración y desprovistas de una publicidad adecuada.
Sin embargo, la exactitud de la adaptación reviste una importancia especial en un caso como el de la Directiva 79/409, relativa a la conservación de las aves salvajes, en el que la gestión del patrimonio común se confía a cada uno de los Estados miembros dentro de su propio territorio.