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Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la UE y Georgia

Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la UE y Georgia

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra

Decisión 2012/708/UE relativa a la firma y la aplicación provisional del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra

Decisión (UE) 2020/948 relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE ACUERDO Y DE ESTAS DECISIONES?

  • El Acuerdo abre el mercado de los vuelos directos de todas las compañías aéreas de la Unión Europea (UE) y de Georgia entre la UE y este país. Asimismo, proporciona un marco reglamentario y establece normas para una amplia gama de cuestiones relativas a la aviación con las que la legislación georgiana se irá armonizando gradualmente, como la seguridad aérea, la protección, los derechos de los pasajeros, la gestión del tráfico aéreo, la reglamentación económica, las cuestiones relativas a la competencia y los aspectos sociales.
  • La Decisión 2012/708/UE autorizó la firma y la aplicación provisional del Acuerdo.
  • La Decisión (UE) 2020/948 concluyó el Acuerdo en nombre de la UE.

PUNTOS CLAVE

El Acuerdo abarca tres ámbitos principales de cooperación.

  • 1.

    Normas económicas

    El Acuerdo establece normas sobre varios aspectos de la cooperación económica entre la UE y Georgia, entre ellas:

    • derechos de tráfico: incluido el derecho ilimitado a volar entre la Unión Europea y Georgia o sobre el territorio de la otra Parte o a hacer escala en el territorio de la otra Parte con fines no comerciales;
    • autorizaciones: para que las compañías aéreas de cada Parte operen en el territorio de la otra;
    • normas para garantizar la competencia leal y facilitar las actividades comerciales;
    • normas sobre las tasas de usuario de los aeropuertos e infraestructuras y servicios aeroportuarios.
  • 2.

    Cooperación en materia de reglamentación (seguridad aérea, protección y gestión del tráfico aéreo)

    Ambas Partes deben:

    • ajustarse a cierta legislación de seguridad de la UE, que aparece recogida en el anexo del Acuerdo;
    • reconocer los certificados de seguridad de la otra Parte;
    • cooperar en materia de seguridad y trabajar por el reconocimiento mutuo de las normas de seguridad de cada Parte;
    • cooperar en la gestión del tráfico aéreo con miras a ampliar el Cielo Único Europeo a Georgia, y adecuarse a la legislación de la UE sobre gestión del tráfico aéreo, que figura en el anexo del presente Acuerdo.
  • 3.

    Normas institucionales (administración y cumplimiento)

    • Cada una de las Partes es responsable de garantizar el cumplimiento de las normas del presente Acuerdo en su territorio.
    • Un comité mixto compuesto por representantes de ambas Partes, que se reúne por lo menos una vez al año, es responsable de la administración del presente Acuerdo y de garantizar su correcta aplicación.
    • El Acuerdo incluye un mecanismo de solución de controversias y prevé la posibilidad de que cualquiera de las Partes adopte medidas de salvaguardia en caso de que la otra Parte no cumpla sus obligaciones.

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

El Acuerdo entró en vigor el 2 de agosto de 2020.

ANTECEDENTES

Este es uno de varios Acuerdos bilaterales que fortalecen las relaciones aéreas entre la UE y sus países vecinos orientales en el contexto de la comunicación de la Comisión Europea sobre el desarrollo del programa de la política exterior de aviación de la UE.

Véase también:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (DO L 321 de 20.11.2012, pp. 3-32).

Decisión 2012/708/UE del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 15 de octubre de 2010, relativa a la firma y la aplicación provisional del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (DO L 321 de 20.11.2012, pp. 1-2).

Decisión (UE) 2020/948 del Consejo de 26 de junio de 2020 relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (DO L 212 de 3.7.2020, pp. 3-4).

DOCUMENTOS CONEXOS

Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre un Espacio Aéreo Común entre la Unión y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia (DO L 365 de 19.12.2014, pp. 3-5).

Decisión 2014/928/UE del Consejo, de 8 de octubre de 2014, relativa a la firma, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia (OJ L 365 de 19.12.2014, pp. 1-2).

Decisión (UE) 2020/949 del Consejo de 26 de junio de 2020 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia (DO L 212 de 3.7.2020, p. 5).

Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (DO L 277, 26.8.2020, p. 3).

Información relativa a la entrada en vigor del Protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre un espacio aéreo común entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia (DO L 275 de 24.8.2020, p. 2).

última actualización 26.10.2020

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