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Agreement between the EU and the Kingdom of Norway on administrative cooperation in the field of value-added tax (VAT)
Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (IVA)
El Acuerdo establece la cooperación administrativa entre la Unión Europea (UE) y Noruega con el fin de:
La Decisión (UE) 2017/2381 representa la firma y la Decisión (UE) 2018/1089 recoge la aprobación formal del Acuerdo por parte de la UE.
Un Acuerdo de modificación tiene por objeto proporcionar a los Estados miembros de la UE nuevos instrumentos de cooperación con Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del IVA similares a los introducidos en el Reglamento (UE) 2018/1541 por el que se modifica el Reglamento (UE) 904/2010 sobre la cooperación administrativa en el ámbito del IVA.
La Decisión (UE) 2024/2888 celebra el Acuerdo de modificación con Noruega en nombre de la UE.
El Acuerdo contempla lo siguiente:
Los Estados miembros y Noruega:
Los Estados miembros y Noruega facilitarán información utilizando un formulario normalizado. Asimismo, podrán solicitar información de retorno:
Los Estados miembros y Noruega podrán negarse a facilitar información si:
Los Estados miembros y Noruega se prestarán ayuda mutua para recuperar los cobros de los créditos conexos al IVA:
Los Estados miembros y Noruega podrán:
Los litigios en relación con el crédito y la orden de ejecución iniciales de un país se procesan dentro de su jurisdicción, los relacionados con el modo en que cumple dicha solicitud otro país se procesan con arreglo a su sistema judicial.
El Acuerdo permite a Noruega participar en Eurofisc, una red de expertos en administración tributaria y lucha contra el fraude. En virtud del Acuerdo de modificación, los Estados miembros y Noruega pueden coordinar las investigaciones administrativas de los países participantes sobre el fraude identificados por los funcionarios de enlace de Eurofisc.
El Acuerdo instituye un Comité mixto de representantes de la UE y Noruega para garantizar su buen funcionamiento e implementación. Este comité:
El Acuerdo de modificación:
El Acuerdo tiene una duración indefinida. Puede ser denunciado seis meses después de que cualquiera de las Partes notifique por escrito su intención de hacerlo.
El Acuerdo entró en vigor el .
Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L 195 de , pp. 3-22).
Decisión (UE) 2017/2381 del Consejo, de , relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L 340 de , pp. 4-5).
Decisión (UE) 2018/1089 del Consejo, de , relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L 195 de , pp. 1-2).
Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L, 2024/2889, ).
Decisión (UE) 2024/2888 del Consejo, de , relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L, 2024/2888, ).
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