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Copernicus Programme (2014-2020): observing and monitoring the planet
Programa Copernicus (2014-2020): observar y vigilar el planeta
Programa Copernicus (2014-2020): observar y vigilar el planeta
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Programa Copernicus (2014-2020): observar y vigilar el planeta
Esta ley de la Unión Europea (UE) establece el programa Copernicus, un programa civil dirigido a los usuarios que se basa en el anterior Programa Europeo de Observación de la Tierra, GMES («Vigilancia Mundial del Medio Ambiente y la Seguridad»), y las capacidades nacionales y europeas ya existentes.
ACTO
Reglamento (UE) no377/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, por el que se establece el Programa Copernicus y se deroga el Reglamento (UE) no 911/2010.
SÍNTESIS
Copernicus es un programa de la UE que tiene por objeto desarrollar servicios de información europeos basados en la observación de la Tierra mediante satélites y análisis de datos in situ, esto es, no espaciales. Al frente de esta iniciativa se encuentra la Comisión Europea en asociación con la Agencia Espacial Europea (ESA) y la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA).
Con la intención de generar una industria europea espacial y de servicios competitiva, Copernicus se propone fomentar sistemas y servicios innovadores de observación de la Tierra y garantizar un acceso independiente de Europa al conocimiento medioambiental y a tecnologías clave de observación y obtención de geoinformación. Los servicios de información proporcionados estarán disponibles de forma gratuita y abierta para los usuarios.
Copernicus consta de tres componentes:
1. | Un componente de servicio: el sistema Copernicus proporcionará a sus usuarios datos e información estandarizados, a largo plazo y de manera sostenible, a través de un conjunto de servicios prestados por empresas privadas y organismos públicos y financiados por la Comisión. Los usuarios finales podrán disponer de la información para sacarle provecho en múltiples ámbitos como el desarrollo sostenible y la protección de la naturaleza, la ordenación regional y local, la agricultura, la silvicultura, la pesca, la sanidad, la protección civil, las infraestructuras, el transporte y el turismo. |
2. | Un componente espacial : este componente garantiza observaciones espaciales sostenibles para los componentes del servicio. La Comisión Europea cuenta con la Agencia Espacial Europea (ESA) para coordinar este componente y realizar misiones dedicadas, y contará con la Organización Europea para la Explotación de Satélites Meteorológicos (EUMETSAT) para realizar dichas misiones. |
3. | Un componentein situ : Copernicus obtiene información de sistemas in situ como, por ejemplo, estaciones terrestres que proporcionan datos recopilados por múltiples sensores en la tierra, el mar o el aire. Estos datos proceden de organizaciones tanto europeas como no europeas, y de países de la UE. |
Usuarios
Los usuarios principales son los responsables políticos y las autoridades públicas que utilizarán la información como base para desarrollar políticas y leyes relativas al medio ambiente o la protección civil en caso de catástrofe natural o crisis humanitaria. Además, podrán servirse de Copernicus usuarios comerciales y privados, los sectores de la investigación y la educación, y organizaciones sin ánimo de lucro.
Uso de los datos de Copernicus
La información y los datos de Copernicus se facilitarán en su totalidad y de manera abierta y gratuita, con condiciones y limitaciones determinadas. De este modo, se fomenta su empleo y difusión, y se ofrece un impulso a los mercados europeos de observación de la Tierra, en concreto para el desarrollo de servicios y productos con valor añadido. Este tipo de servicios derivados podrían o no estar disponibles de forma gratuita en función del modelo de negocio del proveedor de los mismos.
Presupuesto y programa de trabajo
El desarrollo de los tres componentes durante el periodo 2014 a 2020 contará con un presupuesto de 4 300 millones de euros (a precios actuales).
REFERENCIAS
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
Reglamento (UE) no377/2014 |
1.1.2014 |
31.12.2017 |
DO L 122 de 24.4.2014. |
última actualización 28.07.2014