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Sobre las consecuencias de la denegación del derecho de voto a los ciudadanos de la Unión que ejercen su derecho a la libre circulación

Sobre las consecuencias de la denegación del derecho de voto a los ciudadanos de la Unión que ejercen su derecho a la libre circulación

En esta Comunicación, la Comisión aborda la situación de los ciudadanos europeos que pierden su derecho de voto en las elecciones nacionales de sus países de origen porque residen en otro Estado miembro durante un determinado período de tiempo.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Sobre las consecuencias de la denegación del derecho de voto a los ciudadanos de la Unión que ejercen su derecho a la libre circulación [COM(2014) 33 final de 29.1.2014).

SÍNTESIS

Los ciudadanos de la Unión Europea (UE) de algunos Estados miembros pierden su derecho de voto (se les « deniega ») en las elecciones nacionales de sus países de origen después de residir en el extranjero durante un determinado período de tiempo, incluso en otro país de la UE. Por consiguiente, no pueden participar en las elecciones nacionales, ya sea en su propio país o en las de su país de residencia.

Hay cinco Estados miembros afectados (Chipre, Dinamarca, Irlanda, Malta y Reino Unido (1)), y sus ciudadanos pueden perder su derecho de voto simplemente porque han residido en el extranjero durante un determinado período de tiempo. Otros dos países, Austria y Alemania, imponen algunas condiciones para mantener el derecho de voto en las elecciones nacionales.

Denegar el voto a los ciudadanos puede considerarse una limitación del disfrute de los derechos fundamentales asociados a la ciudadanía de la UE, como el derecho de libre circulación y residencia en de la Unión Europea. Además, generan carencias en los derechos políticos de los ciudadanos de la UE afectados que son incompatibles con los esfuerzos por fomentar la participación de los ciudadanos en la vida política de la UE.

Por un lado, la Comisión propone soluciones a corto plazo para esta situación. Los países de la UE deberían, al menos, permitir a los nacionales que residan en otro país de la UE conservar su derecho de voto si demuestran un interés continuado en la vida política de su país de origen. Un ejemplo podría ser una solicitud para mantener la inscripción en el censo electoral. Dichas solicitudes podrían renovarse con una regularidad adecuada y podrían presentarse por vía electrónica.

Por otro lado, recomienda una reflexión a largo plazo sobre cómo solucionar la cuestión de la participación para los ciudadanos de la UE que viven en otro Estado miembro, teniendo en cuenta también el debate actual sobre el derecho de voto en el país de acogida.

última actualización 18.06.2014



(1) El Reino Unido se retira de la Unión Europea y se convierte en un tercer país (no perteneciente a la UE) a partir del 1 de febrero de 2020.

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