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Document 52012DC0179

Contratación electrónica

Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado. No se actualizará porque el documento al que se refiere ha perdido su vigencia o ya no refleja la situación actual.

Contratación electrónica

La economía europea debe abordar la necesidad de reducir el gasto público y hallar nuevas fuentes de crecimiento económico. La contratación plenamente electrónica podría contribuir a la consecución de dichos objetivos. .

ACTO

Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.

Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE.

Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión.

SÍNTESIS

La transición a la contratación pública forma parte de la modernización de las normas europeas sobre las compras públicas. En abril de 2014, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron un paquete de tres textos legislativos que permitieron ejecutar dicha transición.

¿QUÉ ES LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA?

La contratación electrónica consiste en la utilización de medios electrónicos por parte de organismos del sector público para comprar suministros y servicios o publicar convocatorias de propuestas para obras públicas.

Una mayor utilización de la contratación electrónica en Europa permite:

  • simplificar el funcionamiento de la contratación;
  • reducir la carga de trabajo y los costes;
  • una mayor participación de pequeñas y medianas empresas (pymes);
  • una mejor calidad y precios más bajos.

UN NUEVO MARCO JURÍDICO CLARO Y SENCILLO

En abril de 2014, se adoptó un nuevo marco jurídico a través de un paquete de tres nuevas directivas cuyos objetivos principales eran:

  • hacer que la contratación electrónica fuese obligatoria en ciertas fases del procedimiento y para las centrales de compras (que centralizan instrucciones en nombre del poder adjudicador); estas medidas deben aplicarse a partir de abril de 2016 y para todos los poderes adjudicadores de la Unión Europea (UE) a partir de octubre de 2018;
  • limitar las barreras técnicas de las presentaciones transfronterizas para los contratos públicos.

Estas Directivas establecen un marco jurídico claro que incluye aspectos relacionados con la posible utilización de la firma electrónica. Además, dichas Directivas tienen por objeto:

  • reforzar el papel del sistema de información e-Certis en los diferentes certificados y acreditaciones solicitados en los procedimientos de contratación en los veintiocho países de la UE;
  • establecer excepciones relativas a la utilización de medios electrónicos.

Además, la Directiva por la que se conceden contratos de concesión establece un sistema simplificado que convierte la contratación electrónica en una opción, aunque la notificación electrónica sea obligatoria.

Contexto

En su Acta del Mercado Único, la Comisión puso de manifiesto su intención de modernizar el marco jurídico de la UE en lo que respecta a la contratación pública. La importancia económica de este sector es considerable y la adopción de sistemas electrónicos redundará en una mayor eficacia de la contratación pública.

Más información a continuación:

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Estrategia en pos de la contratación pública electrónica [ COM(2012) 179 final - no publicada en el Diario Oficial).

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Contratación pública electrónica de extremo a extremo para modernizar la administración pública [ COM(2013) 453 final - no publicada en el Diario Oficial].

Esta comunicación explica el progreso conseguido en la implementación de la contratación pública electrónica desde la publicación electrónica de los anuncios de contratos hasta el pago electrónico, tal como se estableció en la Comunicación de 2012.

Última modificación: 09.11.2014

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