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Document 51999DC0614

Gestión del tráfico: creación del cielo único europeo

Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado. No se actualizará porque el documento al que se refiere ha perdido su vigencia o ya no refleja la situación actual.

Gestión del tráfico: creación del cielo único europeo

La Comissión sugiere ideas para optimizar la gestión del tráfico aéreo. Las medidas propuestas en este sentido van encaminadas a satisfacer a todos los usuarios -civiles y militares- del espacio aéreo, bien común que debe administrarse de manera colectiva, sin tener en cuenta las fronteras.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 1 de diciembre de 1999, «La creación del cielo único europeo» [COM (1999) 614 - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comisión considera que aún deben tomarse medidas importantes para garantizar que la gestión del tráfico aéreo cumpla el principio comunitario de buen funcionamiento del mercado interior y garantice, con ello, la creación de un auténtico cielo único europeo.

La actual congestión del tráfico en el espacio aéreo es uno de los factores que pone de manifiesto la necesidad de esas medidas. Los retrasos que se producen en Europa en diversos vuelos son muchas veces el resultado de la saturación del espacio aéreo y de las infraestructuras.

Para solucionar la congestión deben tomarse medidas que impidan situaciones de crisis que afecten a todos los usuarios.

En este contexto, la Comisión considera que para la creación de un cielo único europeo no basta con medidas técnicas y operativas comunes, sino que es necesaria una gestión colectiva del espacio aéreo que permita reorganizar sustancialmente las estructuras y su utilización.

Esta reorganización debe basarse en estas orientaciones precisas:

  • La delimitación de los sectores y la definición de rutas deben hacerse al margen de las fronteras. De esta forma, la utilización del espacio aéreo responderá a criterios de eficacia.
  • La distribución del espacio aéreo en usos civiles y militares debe tener en cuenta la nueva situación geopolítica y formar parte de un marco coherente y eficaz.

Al proponer estas orientaciones, la Comisión es consciente de que toda actuación y toda evolución dependen de la colaboración de los interesados. En particular, EUROCONTROL (al que pertenecen actualmente 28 estados, incluidos los Estados miembros de la Comunidad, con la excepción de Finlandia que está negociando su adhesión) debería seguir desempeñando un papel indispensable en la puesta en práctica de esas medidas, habida cuenta de la experiencia de que dispone. Sin embargo, no se puede excluir que los Estados miembros de Eurocontrol que no son miembros de la Comunidad no deseen proceder a esta reorganización.

En tal caso, la Comunidad deberá presentar las propuestas convenientes para alcanzar los objetivos del Tratado por otros medios.

Con el fin de evitar los obstáculos con los que se podría encontrar el seguimiento de esas orientaciones, la Comisión ha creado dos marcos de trabajo específicos:

  • Inicio de conversaciones con los interlocutores sociales, ya que son quienes utilizarán el cielo único y harán que este funcione.
  • Constitución de un grupo de alto nivel bajo la presidencia del miembro de la Comisión encargado de transportes. En este grupo participarán los responsables de la gestión del tráfico aéreo de los Estados miembros y los trabajos se basarán en las propuestas de actuación que figuran en los anexos de la Comunicación.Entre esas actuaciones se cuentan:

- la evaluación del funcionamiento del Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Aéreo

- la ampliación de la capacidad de la infraestructura aeronáutica

- la planificación de las capacidades

- las medidas de incitación

- la investigación y el desarrollo tecnológico

- la normalización de los sistemas.

La Comisión presentará un informe en el plazo de 6 meses que permitirá seguir la aplicación de las orientaciones propuestas en la comunicación.

Última modificación: 24.01.2007

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