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Document 32020D1111
Acuerdo entre la Unión Europea y China sobre protección de indicaciones geográficas
Indicaciones geográficas
Ámbito de aplicación
Indicaciones geográficas establecidas
Protección
Las indicaciones geográficas enumeradas en los anexos del Acuerdo están protegidas contra:
Derechos
Un nombre protegido puede utilizarse en cualquier producto legítimo que se ajuste a las especificaciones técnicas de la indicación geográfica y a la legislación de la Parte interesada.
Marcas registradas
Ambas Partes se comprometen a invalidar o denegar la concesión de una marca que infrinja las normas de protección de las indicaciones geográficas si una solicitud de registro de la indicación geográfica es anterior a la solicitud de la marca.
Aplicación
Un Comité Mixto, formado por representantes de ambas Partes, supervisa la aplicación y el funcionamiento del Acuerdo.
Cooperación
Las Partes se comprometen a cooperar para facilitar el cumplimiento de los compromisos y obligaciones asumidos en el Acuerdo.
El Acuerdo entró en vigor el 1 de marzo de 2021.
Para obtener más información, véase:
Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China sobre cooperación en materia de indicaciones geográficas y protección de indicaciones geográficas (DO L 408 I de 4.12.2020, pp. 3-43).
Las modificaciones sucesivas del Acuerdo se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Decisión (UE) 2020/1832 del Consejo, de 23 de noviembre de 2020, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China sobre cooperación en materia de indicaciones geográficas y protección de indicaciones geográficas (DO L 408 I de 4.12.2020, pp. 1-2).
Decisión (UE) 2020/1111 del Consejo, de 20 de julio de 2020, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China sobre cooperación en materia de indicaciones geográficas y protección de indicaciones geográficas (DO L 244 de 29.7.2020, p. 8).
Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Popular China sobre cooperación en materia de indicaciones geográficas y protección de indicaciones geográficas (DO L 45 de 9.2.2021, p. 1).
Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008 (DO L 130 de 17.5.2019, pp. 1-54).
Véase la versión consolidada.
Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 671-854).
Véase la versión consolidada.
Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 343 de 14.12.2012, pp. 1-29).
Véase la versión consolidada.
última actualización 05.05.2021