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Document 32014R0559

    Colaboración público-privada sobre pilas de combustible e hidrógeno

    Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado y no se actualizará. Vea 'Asociaciones público-privadas en el marco de Horizonte Europa' para obtener información actualizada sobre la materia.

    Colaboración público-privada sobre pilas de combustible e hidrógeno

    La Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (EC FCH 2) ejecuta una colaboración público-privada (CPP) con la participación de la Comisión Europea, la industria de las pilas de combustible e hidrógeno (representada por NEW Industry Grouping) y la comunidad investigadora (representada por Research Grouping N.ERGHY). Su objetivo es acelerar el desarrollo y el despliegue de las tecnologías relacionadas con pilas de combustible e hidrógeno.

    ACTO

    Reglamento (UE) no 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2.

    SÍNTESIS

    El objetivo de la EC FCH 2 es utilizar los beneficios de las pilas de combustible, una tecnología de conversión eficiente (es decir, convierte una fuente de combustible en energía), y de hidrógeno, un vector de energía limpio, para ayudar a abordar los retos a los que se enfrenta Europa. Potencialmente, las pilas de combustible e hidrógeno ofrecen muchas ventajas, tales como:

    permitir que la tecnología de las energías renovables se aplique al transporte;

    facilitar la generación de energía distribuida (es decir, a pequeña escala), y

    abordar la naturaleza intermitente de las renovables, como la energía eólica.

    El aprovechamiento de su uso debe ayudar a combatir las emisiones de carbono, reducir la dependencia de los hidrocarburos principalmente importados y contribuir al crecimiento y el empleo.

    Tras el éxito de la primera generación que vio cómo algunas de las primeras aplicaciones llegaban al mercado, la EC FCH 2 pretende acelerar el despliegue comercial de la energía y las soluciones de transporte basadas en hidrógeno en toda Europa. La EC FCH 2 se creó para el período que concluye el 31 de diciembre de 2024.

    Esta fase abarca la mejora del rendimiento y la reducción de los costes de los productos, así como la demostración a mayor escala de la preparación de la tecnología para el transporte (coches, autobuses e infraestructura de reabastecimiento) y la energía (producción y distribución de hidrógeno, almacenamiento y generación estacionaria de energía).

    Gestión

    La EC FCH 2 es una entidad jurídica creada en virtud del artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la UE (que prevé la creación de CPP a escala de la UE en el ámbito de la investigación industrial). Establece su propio programa estratégico de investigación y financia los proyectos seleccionados en convocatorias de propuestas publicadas en el sitio web de la EC FCH 2. La EC aplica las normas de participación de Horizonte 2020.

    La EC es gestionada por un director ejecutivo con el apoyo del personal de la oficina del programa. La EC tiene un consejo de administración, formado por representantes de la industria y la Comisión Europea, que asume la responsabilidad general de la EC, supervisa la ejecución de sus actividades y recibe asesoramiento de un comité científico acerca de las prioridades científicas. Además, existe un grupo de representantes de los Estados, que representa a los países participantes, y un foro de interesados. Las decisiones se toman de acuerdo con las normas de votación establecidas por la EC.

    El artículo 209 del Reglamento financiero de la UE [Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012] prevé nuevas normas menos estrictas adaptadas a los organismos de las CPP de la UE.

    Presupuesto

    La contribución financiera de la UE (incluida la AELC) a la EC FCH 2 para financiar los costes administrativos y de operaciones asciende a 665 millones de euros, complementados por un importe similar de los participantes. Además, la EC busca desarrollar sinergias con los fondos estructurales y de inversión europeos.

    REFERENCIAS

    Acto

    Entrada en vigor

    Plazo de transposición en los Estados miembros

    Diario Oficial de la Unión Europea

    Reglamento (UE) no 559/2014

    27.6.2014

    -

    DO L 169 de 7.6.2014, pp. 108-129.

    ACTOS CONEXOS

    Reglamento (UE) no 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión no 1982/2006/CE (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 104-173).

    Última modificación: 10.08.2014

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