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Document 31996L0079

Vehículos de motor y remolques: protección de los ocupantes en caso de colisión frontal (hasta 2014)

Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado. No se actualizará porque el documento al que se refiere ha perdido su vigencia o ya no refleja la situación actual.

Vehículos de motor y remolques: protección de los ocupantes en caso de colisión frontal (hasta 2014)

1) OBJETIVO

Reducir el número de víctimas en accidentes de carretera en Europa con objeto de mejorar la protección de los ocupantes de los vehículos de motor en caso de colisión frontal.

2) ACTO

Directiva 96/79/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, relativa a la protección de los ocupantes de los vehículos de motor en caso de colisión frontal y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE [Diario Oficial L 18 de 21.1.1997].

Modificada por el siguiente acto:

Directiva 1999/98/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 1999 [Diario Oficial L 9 de 13.1.2000] .

3) SÍNTESIS

Directiva 96/79/CE

La Directiva establece criterios para los ensayos de dispositivos destinados a proteger a los ocupantes de vehículos de motor en caso de colisión frontal. Contempla, en particular, criterios biomecánicos con el objeto de garantizar un elevado nivel de protección.

La Directiva define los sistemas de protección como el acondicionamiento y los dispositivos interiores destinados a sujetar a los ocupantes en sus asientos (cinturón de seguridad, "air bag", etc.) y establece métodos de ensayo de dichos sistemas.

Los Estados miembros no pueden, por motivos relacionados con la protección de los ocupantes de vehículos en caso de colisión frontal, denegar la homologación CE o nacional de un tipo de vehículo ni prohibir la matriculación, venta o puesta en circulación de un vehículo si cumple los requisitos de la Directiva.

Directiva 1999/98/CE

La Directiva 1999/98/CE modifica los anexos de la Directiva anterior para tener en cuenta las conclusiones de los ensayos de evaluación del tobillo del maniquí Hybrid III, incluidos los ensayos sobre los vehículos.

Acto

Fechade entrada en vigor

Plazo límite de transposición en los Estados miembros

Directiva 96/79/CE

10.2.1997

1.4.1997

Directiva 1999/98/CE

2.2.2000

30.9.2000

4) medidas de aplicación

5) trabajos posteriores

Última modificación: 18.07.2005

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