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Marco estratégico para la cooperación internacional en ciencia y tecnología
La presente Comunicación tiene por objeto promover la cooperación internacional científica y tecnológica. El objetivo de la Comisión es crear un marco estratégico para la apertura del Espacio Europeo de Investigación (EEI) al mundo. Este marco contribuirá al desarrollo sostenible y a la competitividad de Europa en el ámbito científico y tecnológico.
ACTO
Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 24 de septiembre de 2008, denominada: «Marco estratégico europeo para la cooperación internacional en ciencia y tecnología» [COM(2008) 588 final – No publicada en el Diario Oficial].
SÍNTESIS
Para lograr que el Espacio Europeo de Investigación (EEI) se abra al resto del mundo, es especialmente necesario establecer una estrecha asociación entre los Estados miembros, por una parte, y entre éstos y la Comunidad, por otra.
Para que esta asociación dé sus frutos, la Comisión ha establecido un marco estratégico para la cooperación internacional científica y tecnológica. Este marco proporciona orientaciones que la Comunidad Europea (CE) y los Estados miembros deben aplicar en estrecha cooperación con los terceros países.
ORIENTACIONES PARA LA APERTURA DEL EEI
Adquirir una dimensión internacional
3. Para conseguir este objetivo, la CE debe estrechar sus relaciones con los países de la Política Europea de Vecindad (PEV) y preparar su eventual asociación al Séptimo Programa Marco (7º PM). La Comisión y los Estados miembros pueden coordinar la puesta en marcha de las prioridades con las países PEV y consolidar el diálogo regional sobre las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). La Comisión, por su parte, también puede entablar diálogos políticos con los países PEV o fomentar la difusión de las buenas prácticas y la armonización de las políticas en estos países facilitándoles el acceso al Programa de Apoyo Estratégico en materia de TIC.
4. La CE debería promover la cooperación con determinados terceros países. En función de las prioridades geográficas y temáticas acordadas conjuntamente por los Estados miembros y la Comisión. Esta cooperación podría representar un valor añadido frente a los retos mundiales como el cambio climático, la pobreza, etc. Permitiría compartir los resultados obtenidos en el marco de los acuerdos bilaterales y fomentar la creación de una red de expertos europeos en el ámbito científico, de las TIC y de los medios de comunicación en el seno de las representaciones de la Unión Europea establecidas en los terceros países. Asimismo, los Estados miembros y la Comisión deberían velar por la coherencia de las políticas en materia de Investigación y Desarrollo (I+D), y por la complementariedad de los mecanismos de financiación con el fin de evitar el derroche de recursos. Por su parte, la Comisión debería garantizar que la cooperación con determinados terceros países se beneficie de los mecanismos de financiación del 7º Programa Marco y concluya con la celebración de acuerdos birregionales, en particular, con la ASEAN y la Unión Africana. Por último, debería seguir prestando asistencia técnica a los terceros países afectados por las políticas en materia de TIC, inspirándose en proyectos geográficos específicos como @LIS en América Latina o EUMEDIS en el Mediterráneo.
Mejorar las condiciones de la cooperación internacional científica y tecnológica
Para lograr este objetivo, los Estados miembros y la Comisión deberían impulsar la cooperación internacional en el marco de las infraestructuras mundiales de investigación, incluido el sector de las TIC. Deben asimismo prever medios que permitan reducir la brecha digital en los países en desarrollo.
6. Es importante para los Estados miembros y para la Comisión promover la movilidad de los investigadores y la creación de una red a escala mundial. Los investigadores europeos que progresan en un tercer país así como los investigadores originarios de un tercer país deben poder seguir contribuyendo al desarrollo de su país gracias a la creación de redes. Para fomentar la movilidad de los investigadores, los Estados miembros deberían incorporar a su legislación el paquete “visado científico” y crear becas para el regreso de los investigadores a sus países de origen. Además, podrían adoptarse los instrumentos comunitarios de movilidad internacional, como el programa específico “Personas” del 7º PM.
7. La apertura de los programas de investigación posibilitaría que todas las instituciones de investigación pudieran acceder a los programas en materia de I+D. La financiación normalmente se limita a los participantes de los países socios para la cooperación internacional. Sin embargo, dado que en materia de investigación la libre competencia fomenta la excelencia, la financiación de los proyectos de colaboración podría extenderse a los organismos de investigación e investigadores que se encuentren en terceros países industrializados que establezcan una financiación recíproca con los países europeos.
8. En virtud de los acuerdos internacionales de cooperación científica y tecnológica, los Estados miembros y la Comisión deberían promover a escala mundial los principios de la recomendación relativa a la gestión de la propiedad intelectual (PI). Estos principios garantizan la reciprocidad, un trato igualitario y beneficios mutuos en materia de PI. De este modo, favorecen la confianza y la puesta en común de conocimientos en el marco de las actividades de investigación.
En el sector de las TIC, la Comisión debería otorgar una función predominante a la cooperación en materia de prenormalización basándose en normas abiertas y fomentando los lazos entre los resultados de los programas de investigación y la normalización. Esto permitiría eliminar los obstáculos a la difusión de las tecnologías.
CONTEXTO
Esta estrategia para la cooperación internacional científica y tecnológica constituye una de las cinco acciones estratégicas de la Comisión adoptadas en virtud del Libro Verde de 2007 denominado «El Espacio Europeo de Investigación: nuevas perspectivas». Además, tiene por objeto contribuir a la libre circulación del conocimiento (la “quinta libertad de la Unión Europea”) a escala mundial.
Esta estrategia sucede a la Comunicación de la Comisión de 2006 «Hacia una asociación mundial para la sociedad de la información»y a una consulta pública sobre la apertura de nuevos mercados en el sector de las TIC organizada en julio de 2007.
Última modificación: 08.10.2008