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Document 32023O2415
Guideline (EU) 2023/2415 of the European Central Bank of 7 September 2023 amending Guideline (EU) 2022/912 on a new-generation Trans-European Automated Real-time Gross Settlement Express Transfer system (TARGET) (ECB/2022/8) (ECB/2023/22)
Orientación (UE) 2023/2415 del Banco Central Europeo, de 7 de septiembre de 2023, por la que se modifica la Orientación (UE) 2022/912 sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación (TARGET) (BCE/2022/8) (BCE/2023/22)
Orientación (UE) 2023/2415 del Banco Central Europeo, de 7 de septiembre de 2023, por la que se modifica la Orientación (UE) 2022/912 sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación (TARGET) (BCE/2022/8) (BCE/2023/22)
ECB/2023/22
DO L, 2023/2415, 27.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/guideline/2023/2415/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2023/2415 |
27.10.2023 |
ORIENTACIÓN (UE) 2023/2415 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 7 de septiembre de 2023
por la que se modifica la Orientación (UE) 2022/912 sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación (TARGET) (BCE/2022/8) (BCE/2023/22)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 127, apartado 2, guiones primero y cuarto,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular los artículos 3.1, 17, 18 y 22,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 20 de marzo de 2023, el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET) comenzó a funcionar de conformidad con lo dispuesto en la Orientación (UE) 2022/912 del Banco Central Europeo (BCE/2022/8) (1), por la que se rige. |
(2) |
Debe aclararse que los bancos centrales del Eurosistema no deben autorizar a participantes ni a terceros a utilizar las marcas relativas a los servicios de TARGET, a menos que el órgano de gestión técnica y operativa de nivel 2 de TARGET lo permita. |
(3) |
De conformidad con la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8), los bancos centrales del Eurosistema (BC del Eurosistema) están obligados, salvo excepciones limitadas, a garantizar que, a partir del 20 de noviembre de 2023, no se abran más cuentas que las cuentas de TARGET a los participantes que cumplan las condiciones para participar en TARGET a fin de proporcionar los servicios comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha orientación. Para adaptarse al sistema de gestión de activos de garantía del Eurosistema (ECMS), la fecha a partir de la cual se aplica este requisito debe aplazarse hasta la fecha en que el ECMS entre en funcionamiento, conforme se comunique en la dirección del BCE en Internet. Además, las excepciones limitadas deben ampliarse para incluir una excepción adicional para las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 1 del Reglamento (UE) 2021/378 del Banco Central Europeo (BCE/2021/1) (2), a efectos del cumplimiento por parte de dichas entidades de las exigencias de reservas mínimas aplicables. Esta excepción solo se aplicará temporalmente, hasta que las cuentas de TARGET de la entidad pertinente, y en particular su cuenta principal de efectivo (MCA), se hayan abierto con éxito de conformidad con los criterios de acceso y solicitud establecidos en la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8). Como otra excepción, la apertura de tales cuentas distintas de cuentas de TARGET a efectos del cumplimiento de las exigencias de reservas mínimas aplicables también debe permitirse cuando se ponga fin a la participación de la entidad en TARGET o a su MCA. |
(4) |
TARGET prevé dos proveedores de servicios de red (PSR) encargados de establecer la conexión técnica con TARGET en el marco de los contratos de concesión concluidos entre la Banca d’Italia, como agente de los BC del Eurosistema, y dichos PSR. Los BC del Eurosistema y otros participantes de TARGET mantienen una relación contractual con uno de esos PSR en el marco del contrato de concesión, o con un subcontratista del PSR, según el caso. Con el fin de mitigar los efectos de cualquier fallo de su conexión con TARGET a través de este PSR primario, cada BC del Eurosistema debe concluir también, con efectos a partir del 21 de marzo de 2025, un contrato con un segundo PSR. Además, con efectos a partir del 21 de marzo de 2026, los participantes que se consideren críticos, aparte de su conexión técnica primaria con TARGET, también deberán establecer una segunda conexión técnica a través de otro PSR, en función de las modalidades de que dispongan los participantes. |
(5) |
TARGET también prevé una solución de contingencia que permite a los BC del Eurosistema y a otros participantes en TARGET procesar órdenes de transferencia de efectivo en caso de que no sea posible el funcionamiento normal de las cuentas de TARGET. La conexión y el uso de la solución de contingencia es actualmente obligatoria para los participantes considerados críticos, así como para los participantes que liquidan operaciones muy críticas, mientras que otros participantes pueden conectarse a la solución de contingencia previa petición. A fin de reducir aún más el riesgo operativo, debe ser obligatoria la conexión a la solución de contingencia a partir del 21 de marzo de 2025 para todos los titulares de cuentas dedicadas de efectivo (DCA) para la liquidación bruta en tiempo real (RTGS) y los sistemas vinculados (SV) que participen en TARGET. |
(6) |
Los sistemas vinculados que utilizan el servicio de liquidación de pagos inmediatos de TARGET (TIPS) para liquidar pagos inmediatos designan entidades accesibles. Debe aclararse que estas entidades accesibles, si son accesibles en TARGET a efectos de la liquidación bruta en tiempo real, también deben ser accesibles a través de una cuenta dedicada de efectivo de TIPS (DCA TIPS). |
(7) |
El Consejo de Gobierno ha revisado recientemente la política de precios de TIPS. Como consecuencia de esta revisión, se han revisado las comisiones cobradas a los titulares de cuentas dedicadas de efectivo de TIPS y a los sistemas vinculados que utilizan el procedimiento de liquidación para SV de TIPS. Las comisiones revisadas deben aplicarse a partir del 1 de enero de 2024. |
(8) |
También es necesario introducir determinadas revisiones a la redacción de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8). |
(9) |
Debe modificarse en consecuencia la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Artículo 1
Modificaciones
La Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modifica como sigue:
1. |
El artículo 2 se modifica como sigue:
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2. |
En el artículo 3 se añade el apartado 5 siguiente: «5. Los BC del Eurosistema no permitirán a participantes ni a terceros utilizar marcas comerciales vinculadas a los servicios de TARGET. Los BC del Eurosistema podrán solicitar autorización al órgano de gestión técnica y operativo de nivel 2 para que un participante o tercero utilice dichas marcas.» |
3. |
En el artículo 9, el apartado 2, se sustituye por el siguiente: «2. Con efectos desde la fecha en que entre en funcionamiento el sistema de gestión de activos de garantía del Eurosistema (ECMS), conforme se comunique en la dirección del BCE en Internet, los BC del Eurosistema no abrirán a quienes cumplan las condiciones para participar en TARGET más cuentas que las cuentas de TARGET a fin de proporcionar los servicios comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Orientación, con las excepciones siguientes:
(*1) Reglamento (UE) 2021/378 del Banco Central Europeo, de 22 de enero de 2021, relativo a la aplicación de las reservas mínimas (BCE/2021/1) (DO L 73 de 3.3.2021, p. 1).»;" |
4. |
En el artículo 19 se añade el apartado 6 siguiente: «6. Cada BC del Eurosistema ha concluido un contrato con un PSR en el marco del contrato de concesión con dicho proveedor. Además, cada BC del Eurosistema concluirá un contrato con un segundo PSR para proporcionar una segunda conexión técnica con TARGET a efectos de contingencia, con efectos a más tardar el 21 de marzo de 2025. La segunda conexión técnica puede ser a través del modo usuario-aplicación (U2A) del segundo PSR». |
5. |
El anexo I de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modificará de conformidad con el anexo I de la presente Orientación. |
6. |
El anexo II de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modificará de conformidad con el anexo II de la presente Orientación. |
7. |
El anexo III de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modificará de conformidad con el anexo III de la presente Orientación. |
Artículo 2
Entrada en vigor y aplicación
1. La presente Orientación entrará en vigor el día de su notificación a los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro.
2. Los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro adoptarán las medidas necesarias para cumplir la presente Orientación y las aplicarán a partir del 20 de noviembre de 2023.
3. Los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro notificarán al BCE los textos y medios relativos a las medidas de cumplimiento de la presente Orientación a más tardar el 16 de octubre de 2023.
Artículo 3
Destinatarios
La presente Orientación se dirige a todos los bancos centrales del Eurosistema.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 7 de septiembre de 2023.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
(1) Orientación (UE) 2022/912 del Banco Central Europeo, de 24 de febrero de 2022, sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación (TARGET) y por la que se deroga la Orientación BCE/2012/27 (BCE/2022/8) (DO L 163 de 17.6.2022, p. 84).
(2) Reglamento (UE) 2021/378 del Banco Central Europeo, de 22 de enero de 2021, relativo a la aplicación de las reservas mínimas (BCE/2021/1) (DO L 73 de 3.3.2021, p. 1).
ANEXO I
El anexo I de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modifica como sigue:
1. |
Se modifica la parte I como sigue:
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2. |
Se modifica la parte II como sigue:
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3. |
Se modifica la parte VII como sigue:
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4. |
En el apéndice VI, la sección 6 (COMISIONES PARA LOS TITULARES DE DCA TIPS) se sustituye por el texto siguiente: «6. COMISIONES PARA LOS TITULARES DE DCA TIPS
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5. |
En el apéndice VI, la sección 7 (COMISIONES PARA LOS SV QUE UTILICEN EL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN PARA SV DE TIPS) se sustituye por el texto siguiente: «7. COMISIONES POR UTILIZAR EL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN PARA SV DE TIPS
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ANEXO II
El anexo II de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se sustituye por el siguiente:
«ANEXO II
NORMAS DE GOBIERNO DE TARGET
Nivel 1 — Consejo de Gobierno |
Nivel 2 — Órgano de gestión técnica y operativa |
Nivel 3 — BCN del nivel 3 |
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Es el responsable último de todas las cuestiones de TARGET, en particular de las normas sobre la toma de decisiones en TARGET, y de salvaguardar la función pública de TARGET |
Lleva a cabo funciones de gestión técnica, funcional, operativa y financiera de TARGET y aplica las normas de gobierno que decide el nivel 1 |
Toma decisiones respecto del funcionamiento diario de TARGET sobre la base de los niveles de servicio establecidos en el acuerdo a que se refiere el artículo 7, apartado 6, de la presente Orientación |
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(No procede) |
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Facilita al nivel 2 cifras de costes de la prestación de servicios |
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Decide el nivel del servicio |
Comprueba que el servicio se ha prestado al nivel acordado |
Presta el servicio al nivel acordado |
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Gestiona TARGET sobre la base del acuerdo a que se refiere el artículo 7, apartado 6, de la presente Orientación |
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Decide si el asunto se eleva |
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Examina las solicitudes de cambios Ejecuta los cambios según el plan aprobado |
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(No procede) |
(No procede). |
ANEXO III
El anexo III de la Orientación (UE) 2022/912 (BCE/2022/8) se modifica como sigue:
1. |
El punto 28 se sustituye por el siguiente:
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2. |
El punto 54 se sustituye por el siguiente:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/guideline/2023/2415/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)