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Document 32005R0001R(05)

Corrección de errores del Reglamento (CE) n ° 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 , relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n ° 1255/97 ( DO L 3 de 5.1.2005 )

DO L 336 de 20.12.2011, p. 86–87 (ES, PL)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2005/1/corrigendum/2011-12-20/1/oj

20.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 336/86


Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97

( Diario Oficial de la Unión Europea L 3 de 5 de enero de 2005 )

En la página 4, en el artículo 1, en el apartado 2, en la letra a):

donde dice:

«a)

al transporte de animales realizado por agricultores que […]»,

debe decir:

«a)

al transporte de animales realizado por ganaderos que […]».

En la página 5, en el artículo 2, en la letra q), en el inciso i):

donde dice:

«i)

un transportista que subcontrate una parte del viaje a, por lo menos, otro transportista;»,

debe decir:

«i)

un transportista que subcontrate una parte del viaje a, por lo menos, otro transportista, o».

En la página 6, en el artículo 5, en el apartado 4:

donde dice:

«[…] équidos domésticos -que no sean équidos no desbravados- y animales domésticos […]»,

debe decir:

«[…] équidos domésticos —que no sean équidos registrados— y animales domésticos […]».

En la página 7, en el artículo 6, en el apartado 9, en la tercera línea:

donde dice:

«[…] y de animales domésticos de las especies bovina, caprina y porcina […]»,

debe decir:

«[…] y de animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina […]».

En la página 8, en el artículo 11, en el apartado 2, en la letra b):

donde dice:

«b)

para todos los medios de transporte por carretera en servicio por primera vez, a partir del 1 de enero de 2009.»,

debe decir:

«b)

para todos los medios de transporte por carretera, a partir del 1 de enero de 2009.».

En la página 9, en el artículo 14, en el título:

donde dice:

«Controles y demás medidas relacionadas con el cuaderno de a bordo u hoja de ruta que la deben efectuar las autoridades competentes antes de los viajes largos»,

debe decir:

«Controles y demás medidas relacionadas con el cuaderno de a bordo u hoja de ruta que deben efectuar las autoridades competentes antes de los viajes largos».

En la página 12, en el artículo 26, en el apartado 2:

donde dice:

«[…], a la que hubiere expedido el certificado de competencia del transportista.»,

debe decir:

«[…], a la que hubiere expedido el certificado de competencia del conductor.».

En la página 15, en el artículo 34, en el punto 2, y en el artículo 12, en el apartado 6:

donde dice:

«6.   En caso de incumplimiento del presente en el artículo, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones relativas a las infracciones y a las notificaciones de infracciones con respecto a la salud de los animales contempladas en el en el artículo 26 del Reglamento (CE) no 1/2005.».

debe decir:

«6.   En caso de incumplimiento del presente en el artículo, se aplicarán, mutatis mutandis con respecto a la salud de los animales, las disposiciones relativas a las infracciones y a las notificaciones de infracciones contempladas en el en el artículo 26 del Reglamento (CE) no 1/2005.».

En la página 17, en el artículo 36, en el punto 8, en la letra b), en la sección A, en el punto 3:

donde dice:

«[…] se repondrá como nueva.»,

debe decir:

«[…] se repondrá con cama nueva.».

En la página 20, en el anexo I, en el capítulo II, en el punto 1.3:

donde dice:

«[…] o animales domésticos de las especies bovina, ovina o porcina […]»,

debe decir:

«[…] o animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina o porcina […]».

En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.4, en la letra a):

donde dice:

«[…] en especial para suministrarles agua y, si fuera necesario […]»,

debe decir:

«[…] en especial para suministrarles líquidos y, si fuera necesario […]».

En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.7, en la letra a):

donde dice:

«[…] exceptuados los tiempos de viaje de descanso.»,

debe decir:

«[…] exceptuados los tiempos de viaje y de descanso.».

En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.7, en la letra b):

donde dice:

«[…] excepto cuando la duración del transporte marítimo […]»,

debe decir:

«[…] excepto cuando la duración del viaje marítimo […]».

En la página 25, en el anexo I, en el capítulo V, en el punto 1.9:

donde dice:

«[…] a establecer una duración máxima de transporte de ocho horas […]»,

debe decir:

«[…] a establecer una duración máxima de viaje de ocho horas […]».

En la página 26, en el anexo I, en el capítulo VI, en el punto 2, en el título):

donde dice:

«2.   Provisión de agua para el transporte por carretera, ferroviario o marítimo»,

debe decir:

«2.   Provisión de agua para el transporte por carretera, ferroviario o por mar en contenedor».

En la página 28, en el anexo I, en el capítulo VII, en la letra A, en el párrafo primero:

donde dice:

«[…] y de la duración probable del trayecto.»,

debe decir:

«[…] y de la duración probable del viaje.».

En la página 28, en el anexo I, en el capítulo VII, en el cuadro «Transporte aéreo», en la segunda columna:

donde dice:

«1,43 m2»,

debe decir:

«1,34 m2».

En la página 30, en el anexo I, en el capítulo VII, en el cuadro «Transporte por carretera», en la primera columna:

donde dice:

«Ovinos esquilados y corderos de más de 26 kg»,

debe decir:

«Ovinos esquilados y corderos de peso igual o superior a 26 kg».

En la página 32, en el anexo II, en el punto 1:

donde dice:

«1.

Toda persona que organice un viaje largo deberá […]»,

debe decir:

«1.

Toda persona que planifique un viaje largo deberá […]».

En la página 35, en el anexo II, en la sección 3, en la casilla 2:

donde dice:

«2.

Lugar y Estado miembro de destino/puesto de control»,

debe decir:

«2.

Lugar y Estado miembro de destino/en el punto de inspección».


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