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Document 31983L0128
Council Directive 83/128/EEC of 28 March 1983 amending Directive 76/764/EEC on the approximation of the laws of the Member States on clinical mercury-in-glass, maximum- reading thermometers
Directiva 83/128/CEE del Consejo, de 28 de marzo de 1983, de modificación de la Directiva 76/764/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre termómetros clínicos de mercurio, de cristal, con dispositivo de máxima
Directiva 83/128/CEE del Consejo, de 28 de marzo de 1983, de modificación de la Directiva 76/764/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre termómetros clínicos de mercurio, de cristal, con dispositivo de máxima
DO L 91 de 9.4.1983, p. 29–29
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 01/01/1995
Directiva 83/128/CEE del Consejo, de 28 de marzo de 1983, de modificación de la Directiva 76/764/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre termómetros clínicos de mercurio, de cristal, con dispositivo de máxima
Diario Oficial n° L 091 de 09/04/1983 p. 0029 - 0029
Edición especial en español: Capítulo 13 Tomo 14 p. 0033
Edición especial en portugués: Capítulo 13 Tomo 14 p. 0033
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 28 de marzo de 1983 de modificación de la Directiva 76/764/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre termómetros clínicos de mercurio , de cristal , con dispositivo de máxima ( 83/128/CEE ) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 100 , Vista la propuesta de la Comisión , Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) , Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2) , Considerando que la Directiva 71/316/CEE del Consejo , de 26 de julio de 1971 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre disposiciones comunes para los instrumentos de medida y para los métodos de control metrológico (3) , definió los procedimientos de aprobación CEE de modelo y de control inicial CEE ; Considerando que la Directiva 76/764/CEE (4) , sólo prevé el procedimiento de control inicial CEE para los termómetros clínicos de mercurio , de cristal con dispositivo de máxima ; Considerando que desde la adopción de la Directiva 76/764/CEE , se han perfeccionado nuevas técnicas en el sector de dichos termómetros y que dichas técnicas han hecho necesarios unos exámenes suplementarios a fin de determinar la calidad del vidrio utilizado ; que conviene , por lo tanto , prever , para dicha categoría de instrumentos de medida , una aprobación CEE de modelo y , en consecuencia , modificar la Directiva 76/764/CEE ; Considerando que conviene , además , que la Comisión adapte al progreso técnico los anexos de la Directiva 76/764/CEE según el procedimiento previsto en el Artículo 19 de la Directiva 71/316/CEE , HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA : Artículo 1 Los Artículos 2 y 3 de la Directiva 76/764/CEE se sustituirán por el texto siguiente : « Artículo 2 Los termómetros clínicos de mercurio , de cristal , con dispositivo de máxima , que puedan llevar las marcas y símbolos CEE , se describirán en los anexos . Estarán sujetos a una aprobación CEE de modelo y al control primitivo CEE . » Artículo 2 1 . Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con la presente Directiva , de tal manera que dichas disposiciones surtan efecto en la misma fecha que la Directiva que se refiere a la primera adaptación al progreso técnico de los anexos de la Directiva 76/764/CEE . Los Estados miembros informarán de ello inmediatamente a la Comisión . 2 . Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones de derecho interno que hayan adoptado en el campo regulado por la presente Directiva . Artículo 3 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas el 28 de marzo de 1983 . Por el Consejo El Presidente J. ERTL (1) DO n º C 287 del 9 . 11 . 1981 , p. 137 . (2) DO n º C 189 del 30 . 7 . 1981 , p. 10 . (3) DO n º L 202 del 6 . 9 . 1971 , p. 1 . (4) DO n º L 262 del 27 . 9 . 1976 , p. 139 .