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Document 31981R3583

    Reglamento (CEE) n° 3583/81 de la Comisión, de 14 de diciembre de 1981, sobre la tercera modificación del Reglamento (CEE) n° 2377/80 sobre modalidades específicas de aplicación del régimen de certificados de importación y de exportación en el sector de la carne de vacuno

    DO L 359 de 15.12.1981, p. 15–15 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (ES, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 01/07/1995

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1981/3583/oj

    31981R3583

    Reglamento (CEE) n° 3583/81 de la Comisión, de 14 de diciembre de 1981, sobre la tercera modificación del Reglamento (CEE) n° 2377/80 sobre modalidades específicas de aplicación del régimen de certificados de importación y de exportación en el sector de la carne de vacuno

    Diario Oficial n° L 359 de 15/12/1981 p. 0015 - 0015
    Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 23 p. 0221
    Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 23 p. 0221


    REGLAMENTO ( CEE ) N º 3583/81 DE LA COMISIÓN

    de 14 de diciembre de 1981

    sobre la tercera modificación del Reglamento ( CEE ) n º 2377/80 sobre modalidades específicas de aplicación del régimen de certificados de importación y de exportación en el sector de la carne de vacuno

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

    Visto el Reglamento ( CEE ) n º 805/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , sobre organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1) , modificado en último lugar por el Acta de adhesión de Grecia , y , en particular , el apartado 2 del artículo 15 , el apartado 4 del artículo 16 y su artículo 25 ,

    Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2931/79 del Consejo , de 20 de diciembre de 1979 , relativo a una ayuda a la exportación de productos agrícolas que pueden beneficiarse de un trato especial a la importación en un tercer país (2) , y , en particular , el apartado 1 del artículo 1 ,

    Considerando que en lo referente a los productos exportados en el marco del Reglamento ( CEE ) n º 2973/79 de la Comisión (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 3582/81 (4) , la experiencia ha demostrado la necesidad de repartir las cantidades exportadas en cuatro bloques trimestrales ; que , por consiguiente , conviene modificar el Reglamento ( CEE ) n º 2377/80 de la Comisión (5) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2798/81 (6) ;

    Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno ,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

    Artículo 1

    El artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2377/80 de la Comisión se modificará como sigue :

    1 . Se sustituirá el texto de la letra c ) del apartado 1 por el texto siguiente :

    « c ) las solicitudes contempladas en el artículo 14 sólo podrán presentarse durante los diez primeros días de cada trimestre » .

    2 . El texto de la letra d ) del apartado 4 se sustituirá por el texto siguiente :

    « d ) en lo referente a las solicitudes presentadas en virtud del artículo 14 , comunicarán , el tercer día laborable tras la fecha límite de presentación de las solicitudes , la lista de solicitantes y de las cantidades de productos comprendidos en las solicitudes contempladas en la letra c ) del apartado 1 » .

    3 . El texto de la letra c ) del apartado 5 se sustituirá por el texto siguiente :

    « c ) el día veintiuno de cada trimestre , en 10 referente a los certificados contemplados en el artículo 14 » .

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1982 .

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

    Hecho en Bruselas , el 14 de Diciembre de 1981 .

    Por la Comisión

    Poul DALSAGER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO n º L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 24 .

    (2) DO n º L 334 de 28 . 12 . 1979 , p. 8 .

    (3) DO n º L 336 de 29 . 12 . 1979 , p. 44 .

    (4) DO n º L 359 de 15 . 12 . 1981 , p. 14 .

    (5) DO n º L 241 de 13 . 9 . 1980 , p. 5 .

    (6) DO n º L 275 de 29 . 9 . 1981 , p. 24 .

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