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Document 12006E250

    Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada)
    Quinta parte. Instituciones de la Comunidad
    TÍTULO I. Disposiciones institucionales
    Capítulo 2. Disposiciones comunes a varias instituciones
    Artículo 250

    DO C 321E de 29.12.2006, p. 153–153 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/tec_2006/art_250/oj

    12006E250

    Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada) - Quinta parte. Instituciones de la Comunidad - TÍTULO I. Disposiciones institucionales - Capítulo 2. Disposiciones comunes a varias instituciones - Artículo 250

    Diario Oficial n° C 321 E de 29/12/2006 p. 0153 - 0153
    Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0132 - Versión consolidada
    Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0279 - Versión consolidada
    Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0065 - Versión consolidada


    Artículo 250

    1. Cuando, en virtud del presente Tratado, un acto del Consejo deba ser adoptado a propuesta de la Comisión, dicho acto no podrá introducir ninguna modificación a dicha propuesta, a menos que sea adoptado por unanimidad, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 251.

    2. En tanto que el Consejo no se haya pronunciado, la Comisión podrá modificar su propuesta mientras duren los procedimientos que conduzcan a la adopción de un acto comunitario.

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