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Document 52023BP1881

    Resolución (UE) 2023/1881 del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para el ejercicio 2021

    DO L 242 de 29.9.2023, p. 294–298 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1881/oj

    29.9.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 242/294


    RESOLUCIÓN (UE) 2023/1881 DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 10 de mayo de 2023

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para el ejercicio 2021

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2021,

    Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

    Vista la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0131/2023),

    A.

    Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2021 ascendió a 129 179 801,95 EUR, lo que representa un aumento del 25,39 % en comparación con 2020, debido, en particular, a los recursos adicionales proporcionados en el contexto del Reglamento (UE) 2019/1381 del Parlamento Europeo y del Consejo (2); que el presupuesto de la Autoridad procede principalmente del presupuesto de la Unión;

    B.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio 2021 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

    Gestión presupuestaria y financiera

    1.

    Observa con satisfacción que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2021 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,99 %, lo que representa una ligera disminución —del 0,01 %— con respecto al ejercicio 2020; observa, por otra parte, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso fue del 88,85 %, lo que representa un incremento del 0,44 % en comparación con 2020;

    Rendimiento

    2.

    Observa que el plan de trabajo de la Autoridad para 2021 se ejecutó en el marco de la Estrategia 2020, que el Consejo de Administración decidió prorrogar un año más debido a la pandemia de SARS-CoV-2;

    3.

    Toma nota de la ejecución del programa de trabajo de la Autoridad y del buen nivel de rendimiento alcanzado en lo que atañe a sus indicadores clave de rendimiento y resultados concretos; observa que la Autoridad revisó su marco de rendimiento y sus indicadores clave de rendimiento en 2021 para adaptarlos a la Estrategia 2027 de la Autoridad, adoptada en 2021, y que introdujo cambios en relación con la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2019/1381; toma nota, además, del aumento de la responsabilidad de la Autoridad frente a los ciudadanos de la Unión después de que la modificación del Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) también entrara en vigor; toma nota asimismo de que la Autoridad adoptó su documento de programación 2022-2024;

    4.

    Observa que la concesión de una menor prioridad a algunas de las actividades previstas inicialmente para preparar a la Autoridad de cara a los cambios relacionados con el Reglamento (UE) 2019/1381 creó un retraso acumulado que se trasladó a 2021, lo que causó demoras en la generación de mejoras de la eficiencia; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las novedades a este respecto;

    5.

    Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por la Autoridad para reforzar su colaboración con otras agencias de la Unión, centrándose especialmente en dos aspectos: la puesta en común de necesidades en materia de subvenciones y contratación pública para propiciar la identificación de procedimientos de contratación pública conjuntos, y la puesta en común de tecnologías y recursos para adaptar soluciones de TI comunes; observa, en particular, que la Autoridad ha emprendido actividades de coordinación con el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas y la Agencia Europea de Medicamentos;

    6.

    Subraya que, en 2021, la Autoridad resolvió 704 preguntas mediante dictámenes científicos, informes técnicos y publicaciones de apoyo, 81 menos que las 785 previstas;

    Política de personal

    7.

    Constata que, a 31 de diciembre de 2021, se había provisto el 98,16 % de la plantilla con cinco funcionarios y 368 agentes temporales de un total de 380 puestos autorizados en virtud del presupuesto de la Unión (frente a los 354 puestos autorizados en 2020); señala que, además, 140 agentes contractuales y doce expertos nacionales en comisión de servicio trabajaron para la Autoridad en 2021, y que se le han asignado 33 nuevos puestos de personal para la ejecución del nuevo Reglamento (UE) 2019/1381;

    8.

    Toma nota del equilibrio de género entre los altos directivos de la Autoridad y que tres de cinco (60 %) son mujeres; toma nota del equilibrio de género en el Consejo de Administración de la Autoridad, con doce hombres de quince miembros (80 %); toma nota del equilibrio de género en el personal total de la Autoridad, con 285 mujeres de 467 integrantes (61,03 %);

    9.

    Acoge favorablemente la nueva Estrategia de imagen de la Autoridad como empleador, que contiene una descripción clara de sus propuestas de valor, como las condiciones de trabajo flexibles y el apoyo a la reubicación, entre otras, con el fin de mejorar la difusión orientada de sus vacantes en países infrarrepresentados; constata que la Autoridad tenía previsto crear un nuevo sitio web sobre desarrollo profesional; observa que la Autoridad fomenta, en particular, su visibilidad con el apoyo del Departamento de Comunicación y Cooperación, la Red de Agencias de la UE y otras agencias internacionales y organizaciones asociadas; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las novedades a este respecto;

    10.

    Toma nota de determinadas limitaciones en la aplicación de las recientes normas propuestas por la Comisión Europea sobre el teletrabajo, que la Autoridad aplica por analogía, en particular en lo que se refiere al teletrabajo parcial fuera del país de empleo; expresa su preocupación por el hecho de que las actuales normas limitadas sobre el teletrabajo en el extranjero puedan afectar al atractivo de la Autoridad a la hora de contratar candidatos de los distintos Estados miembros de la Unión que deseen trabajar para la Autoridad; pide una mayor flexibilidad en la aplicación de estas normas, lo que contribuiría a aumentar el atractivo de la Autoridad y a lograr un mejor equilibrio de su personal en términos de nacionalidad;

    11.

    Señala que la Autoridad cuenta con una política sobre la protección de la dignidad de la persona y la prevención del acoso psicológico y sexual, que incluye la disponibilidad de asesores confidenciales para todo el personal;

    12.

    Recuerda la importancia de desarrollar una política de recursos humanos a largo plazo en materia de conciliación entre la vida profesional y la vida privada, orientación permanente y oferta de posibilidades de formación específicas para el desarrollo profesional, equilibrio de género en todos los niveles del personal, teletrabajo, derecho a la desconexión, mejora del equilibrio geográfico para tener una representación adecuada de todos los Estados miembros y la contratación e integración de personas con discapacidad, así como de garantizar su igualdad de trato y una amplia promoción de sus oportunidades;

    Adjudicación de contratos

    13.

    Constata que, en 2021, la Autoridad gestionó 116 procedimientos de contratación y su Comité de Contratación Pública (CCP) revisó 16 expedientes con el objetivo de verificar la legalidad y la regularidad de los principales procedimientos de contratación antes de la firma del contrato propuesto; observa que, en relación con los 16 expedientes, el CCP, en su calidad de asesor, pudo verificar con una certidumbre razonable que los procedimientos de contratación y los contratos resultantes son conformes y legales;

    Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

    14.

    Reconoce las medidas vigentes y los esfuerzos en curso desplegados por la Autoridad para garantizar la transparencia, la prevención y la gestión de los conflictos de intereses, así como la protección de los denunciantes de irregularidades; lamenta que la Autoridad siga sin publicar en línea los CV de los miembros de su Consejo de Administración; anima a la Autoridad a que adopte medidas a este respecto;

    15.

    Observa que, en 2021, la Autoridad detectó y gestionó nueve conflictos de intereses respecto a las declaraciones anuales de intereses de los expertos externos; constata que la Autoridad decidió no contratar a un candidato preseleccionado tras la evaluación de la declaración de intereses; señala que la Autoridad, además, identificó y evitó tres conflictos de intereses en el ámbito de los procedimientos de contratación pública y concesión de subvenciones; pide a la Autoridad que prosiga sus esfuerzos para detectar y gestionar conflictos de intereses, reales o potenciales, y que mantenga informada a la autoridad de aprobación de la gestión;

    16.

    Pide a la Autoridad que vele por que todos los miembros de la dirección y los asesores, sus suplentes y otros expertos presenten debidamente las declaraciones anuales de intereses; pide a la Autoridad que garantice un alto nivel de cumplimiento de las normas sobre conflictos de intereses y transparencia en todas sus actividades;

    17.

    Observa que, para 2022, la Autoridad tenía previsto adoptar un nuevo enfoque respecto a las medidas aplicables tras el cese de funciones de sus miembros, que incluyera los criterios y el procedimiento para suspender el acceso a información confidencial por parte del personal que cese en sus funciones; pide a la Autoridad que informe de cualquier avance a este respecto;

    18.

    Insiste en la necesidad de adoptar normas más sistemáticas en materia de transparencia, incompatibilidades, conflictos de intereses, grupos de presión ilegales y puertas giratorias; pide a la Autoridad que refuerce sus mecanismos de control interno, incluida la creación de un mecanismo interno contra la corrupción;

    Control interno

    19.

    Toma nota de que la Autoridad ha realizado una evaluación de sus sistemas de control interno para el ejercicio de referencia y ha llegado a la conclusión de que, en términos generales, todos los elementos y principios de control interno estaban presentes y funcionaban según lo previsto; acoge con satisfacción que, no obstante, la Autoridad formulara varias medidas para seguir reforzando la gestión de la información sensible y garantizar una gestión del riesgo adecuada a los fines que persigue, así como la adopción de mecanismos de control interno para abordar el aumento de los fondos como resultado del Reglamento (UE) 2019/1381;

    20.

    Constata que, tras la auditoría del Servicio de Auditoría Interna (SAI) sobre la evaluación y la adopción de resultados científicos en el ámbito de los ingredientes alimentarios y los envases en 2020, la observación se ha ejecutado y la Autoridad la considera completada;

    21.

    Señala que, en 2021, el SAI publicó un informe final sobre los procesos de contratación y concesión de subvenciones en la Autoridad que abarca el período de 2019-2020; observa que el SAI concluyó que el marco de gobernanza, gestión de riesgos y control interno establecido por la Autoridad para sus procesos de contratación pública y concesión de subvenciones se diseñó adecuadamente, y que es eficiente y efectivo, por lo que ofrece una garantía razonable de que se cumplen los principales objetivos de control interno; constata que el SAI formuló tres recomendaciones importantes; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las novedades a este respecto;

    22.

    Recuerda la importancia de reforzar los sistemas de gestión y de control para garantizar el funcionamiento adecuado de la Autoridad; insiste firmemente en la necesidad de disponer de sistemas de gestión y control eficaces para evitar posibles casos de conflicto de intereses, la ausencia de controles ex ante y ex post, una gestión inadecuada de los compromisos presupuestarios y jurídicos, y la falta de notificación de problemas en el registro de excepciones;

    23.

    Toma nota de que se han completado las medidas correctoras para dar seguimiento a las observaciones del Tribunal de 2020; recuerda la necesidad de completar las medidas correctoras para dar seguimiento las observaciones del Tribunal de 2017, en particular para reforzar la independencia del contable haciéndole directamente responsable ante el director de la Autoridad;

    Digitalización y transición ecológica

    24.

    Constata los avances en los ámbitos de la prestación de servicios transaccionales, la colaboración digital y la hoja de ruta tecnológica de la Autoridad; toma nota del objetivo de la Autoridad de crear un entorno de trabajo más moderno y ágil mediante la realización de inversiones en TI, que se consignaron en la pasada hoja de ruta tecnológica y que contribuyeron a evitar interrupciones graves del trabajo de la Autoridad durante la pandemia de la COVID-19; acoge favorablemente el proyecto de colaboración digital emprendido para mejorar el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos especializados en el marco de las redes de personal, expertos y partes interesadas de la Autoridad; señala que el proyecto de colaboración digital superó el objetivo de 170 grupos de colaboración social activos en 2021, al haber alcanzado 204 grupos activos;

    25.

    Toma nota de la implantación de la herramienta informática denominada «solución informática completa del Departamento de Información», y encaminada a la ejecución de actividades relacionadas con la independencia, como el cribado de las declaraciones de intereses con sujeción a las normas de independencia de la Autoridad; constata con preocupación que la nueva solución informática experimentó problemas técnicos que afectaron negativamente a la ejecución de tales actividades; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las novedades que se produzcan a este respecto;

    26.

    Destaca la importancia de aumentar la digitalización de la Autoridad en lo que respecta a las operaciones y la gestión internas, pero también al objeto de acelerar la digitalización de los procedimientos; subraya la necesidad de que la Autoridad siga siendo proactiva a este respecto, a fin de evitar una brecha digital entre las agencias; señala a la atención, no obstante, la necesidad de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier riesgo para la seguridad en línea de la información tratada;

    27.

    Anima a la Autoridad a trabajar en estrecha cooperación con la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) y el Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión (CERT-UE) y a que lleve a cabo evaluaciones periódicas de riesgos de su infraestructura informática y garantice unas auditorías y pruebas periódicas de sus ciberdefensas; propone que se ofrezcan programas de formación sobre ciberseguridad actualizados periódicamente a todos los miembros del personal, incluida la dirección, de la Autoridad;

    Continuidad de las actividades durante la crisis de la COVID-19

    28.

    Observa que, en 2021, la Autoridad prosiguió sus actividades y pudo cumplir su programa de trabajo a pesar del impacto de la pandemia de la COVID-19; constata que la Autoridad suspendió sus misiones de personal, así como sus reuniones y actos presenciales, y que otorgó prioridad a la virtualización, reduciendo así el presupuesto de gastos en las líneas presupuestarias conexas en comparación con el ejercicio de 2020; señala, por otra parte, que el retorno a la oficina por parte del personal se pospuso, y que se promovió el teletrabajo; anima a la Autoridad a que haga uso de las lecciones aprendidas en relación con los viajes del personal, con el fin de organizar mejor las reuniones y tareas que en el futuro podrían realizarse a distancia de manera más eficiente, en lugar de hacerlas de manera presencial;

    29.

    Observa que la Autoridad comenzó a utilizar en 2021 un módulo electrónico de gestión de altas en la herramienta de contratación de Taleo, que gestiona y facilita la incorporación de personal y trabajadores en prácticas mediante una solución automatizada que se adaptó aún más a la situación de pandemia;

    Otros comentarios

    30.

    Toma nota de los esfuerzos de la Autoridad por fomentar la sensibilización respecto a la seguridad alimentaria entre el público en general mediante el lanzamiento de su primera campaña de comunicación digital paneuropea en 2021, encaminada a explicar la ciencia que subyace a la seguridad alimentaria en la Unión de una manera accesible, y a ayudar a tomar decisiones informadas respecto a las elecciones de alimentos; observa que la campaña se llevó a cabo en asociación con las autoridades competentes de los Estados miembros y se dirigió directamente a audiencias no especializadas; valora positivamente los resultados positivos obtenidos, analizados mediante una encuesta de evaluación posterior a la campaña;

    31.

    Destaca que la rápida autorización de aditivos sostenibles para piensos y alternativas sostenibles a los plaguicidas desempeña un papel importante en la consecución de las ambiciones de la Estrategia «De la Granja a la Mesa»; destaca, a este respecto, que una capacidad suficiente en términos de personal y sus correspondientes conocimientos especializados es esencial para evitar retrasos en los procedimientos de solicitud y evaluación para la aprobación de aditivos para piensos sostenibles y alternativas sostenibles a los plaguicidas;

    32.

    Subraya que, en 2021, el Parlamento aprobó seis objeciones a la importación de cultivos modificados genéticamente para alimentos y piensos; destaca que una de las razones de estas objeciones son las lagunas existentes en la evaluación de riesgos llevada a cabo por la Comisión Técnica de Organismos Modificados Genéticamente de la Autoridad; insta a la Autoridad a que aborde y subsane urgentemente estas lagunas;

    33.

    Llama la atención sobre las persistentes deficiencias en el ámbito del bienestar de los animales, en particular, pero no exclusivamente, en el transporte de animales vivos; acoge con satisfacción, en este contexto, el inicio de los trabajos sobre una importante serie de misiones en materia de bienestar animal, en particular el transporte de animales, que constituirán la base de nueva legislación en este ámbito;

    34.

    Insta a la Autoridad a seguir desarrollando sus sinergias (por ejemplo, en los ámbitos de los recursos humanos, la gestión de edificios, los servicios de TI y la seguridad), y que refuerce su cooperación, su intercambio de buenas prácticas y sus debates en torno a ámbitos de interés mutuo con otras agencias de la Unión, con vistas a mejorar la eficiencia;

    35.

    Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 10 de mayo de 2023 (4), sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

    (1)   DO C 141 de 29.3.2022, p. 69.

    (2)  Reglamento (UE) 2019/1381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la transparencia y la sostenibilidad de la determinación o evaluación del riesgo en la UE en la cadena alimentaria, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 178/2002, (CE) n.o 1829/2003, (CE) n.o 1831/2003, (CE) n.o 2065/2003, (CE) n.o 1935/2004, (CE) n.o 1331/2008, (CE) n.o 1107/2009 y (UE) 2015/2283, y la Directiva 2001/18/CE (DO L 231 de 6.9.2019, p. 1).

    (3)  Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, p. 1).

    (4)  Textos Aprobados, P9_TA(2023)0190.


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