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Document 32021D1009

Decisión (PESC) 2021/1009 del Consejo de 18 de junio de 2021 por la que se modifica la Decisión 2013/233/PESC sobre la Misión de la Unión Europea de Asistencia y Gestión Integrada de las Fronteras en Libia (EUBAM Libia)

ST/8939/2021/INIT

DO L 222 de 22.6.2021, p. 18–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/1009/oj

22.6.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 222/18


DECISIÓN (PESC) 2021/1009 DEL CONSEJO

de 18 de junio de 2021

por la que se modifica la Decisión 2013/233/PESC sobre la Misión de la Unión Europea de Asistencia y Gestión Integrada de las Fronteras en Libia (EUBAM Libia)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 22 de mayo de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/233/PESC (1) por la que se establece la Misión de la Unión Europea de Asistencia y Gestión Integrada de las Fronteras en Libia (EUBAM Libia).

(2)

El 19 de enero de 2020, la Conferencia de Berlín sobre Libia adoptó una lista de conclusiones y estableció el marco para su aplicación a través del denominado «Proceso de Berlín» para apoyar el plan de tres puntos presentado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, el señor Ghassan Salamé, con el único objetivo de ayudar a las Naciones Unidas a unir a la comunidad internacional en el apoyo de esta a una solución pacífica a la crisis libia.

(3)

El 12 de febrero de 2020, en su Resolución 2510 (2020), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas acogió con beneplácito la Conferencia de Berlín sobre Libia e respaldó las conclusiones de la Conferencia, observando que representan un elemento importante de una solución amplia de la situación en Libia.

(4)

El 29 de junio de 2020, bajo las circunstancias debidas a la pandemia de COVID-19, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/903 (2) por la que se prorroga el mandato de la EUBAM Libia hasta el 30 de junio de 2021.

(5)

En el contexto de la revisión estratégica de la EUBAM Libia, el Comité Político y de Seguridad (CPS) convino el 2 de marzo de 2021 en que la misión debía prorrogarse por dos años, hasta el 30 de junio de 2023. El CPS también convino el 30 de marzo de 2021 en que se añadiera al mandato de la misión un segundo objetivo estratégico de apoyar los esfuerzos de paz en Libia dirigidos por las Naciones Unidas como parte del Proceso de Berlín, dentro de los límites de sus principales ámbitos de actuación (gestión de las fronteras, fuerzas de seguridad, aplicación de las leyes y justicia penal), y que cualquier posible apoyo futuro a través de la misión debía decidirse en una etapa ulterior, a partir de un análisis estratégico específico presentado por el Servicio Europeo de Acción Exterior, en caso de que las Naciones Unidas o las autoridades libias presenten una solicitud formal.

(6)

El 16 de abril de 2021, en su Resolución 2571(2021), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas exhortó a todas las partes a aplicar en su totalidad el acuerdo de alto el fuego de 23 de octubre de 2020 e instó a los Estados miembros de las Naciones Unidas a respetar y apoyar la plena aplicación de dicho acuerdo, incluso retirando a todas las fuerzas y los mercenarios extranjeros de Libia sin más demora. Asimismo, exhortó al Gobierno de Libia a mejorar la aplicación del embargo de armas, incluidos todos los puntos de entrada, tan pronto como ejerciese la supervisión, y a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas a cooperar en tales actividades.

(7)

Procede modificar la Decisión 2013/233/PESC en consecuencia.

(8)

La EUBAM Libia se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría dificultar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2013/233/PESC se modifica como sigue:

1)

El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2

Objetivos

1.   La EUBAM Libia ayudará a las autoridades libias a desarrollar estructuras de seguridad del Estado, en especial en los ámbitos de la gestión fronteriza, las fuerzas de seguridad y la justicia penal, a fin de contribuir a las iniciativas de desarticulación de las redes de delincuencia organizada dedicadas en particular al tráfico ilícito de migrantes, a la trata de seres humanos y al terrorismo en Libia y en la zona del Mediterráneo central.

2.   La EUBAM Libia apoyará los esfuerzos dirigidos por las Naciones Unidas en favor de la paz en Libia en los ámbitos de la gestión de las fronteras, las fuerzas de seguridad y la justicia penal.».

2)

El artículo 3 se modifica como sigue:

a)

en el apartado 1, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente:

«A fin de cumplir el objetivo establecido en el artículo 2, apartado 1, la EUBAM Libia:»;

b)

se inserta el apartado siguiente:

«1 bis.   En caso de que las Naciones Unidas o las autoridades libias presenten una solicitud formal, el Consejo decidirá, a partir de un análisis estratégico específico presentado por el Servicio Europeo de Acción Exterior, sobre el apoyo que debe prestar la EUBAM Libia para respaldar el objetivo establecido en el artículo 2, apartado 2.».

3)

En el artículo 13, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera destinado a la cobertura de los gastos de la EUBAM Libia desde el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2023 será de 84 850 000 EUR.».

4)

En el artículo 16, el segundo párrafo se sustituye por el texto siguiente:

«Será aplicable hasta el 30 de junio de 2023.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 2021.

Hecho en Bruselas, el 18 de junio de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

J. LEÃO


(1)  Decisión 2013/233/PESC del Consejo, de 22 de mayo de 2013, sobre la Misión de la Unión Europea de asistencia y gestión integrada de las fronteras en Libia (EUBAM Libia) (DO L 138 de 24.5.2013, p. 15).

(2)  Decisión (PESC) 2020/903 del Consejo, de 29 de junio de 2020, por la que se modifica la Decisión 2013/233/PESC sobre la Misión de la Unión Europea de asistencia y gestión integrada de las fronteras en Libia (EUBAM Libia) (DO L 207 de 30.6.2020, p. 32).


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