EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32018R1862R(02)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de la cooperación policial y de la cooperación judicial en materia penal, por el que se modifica y deroga la Decisión 2007/533/JAI del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1986/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2010/261/UE de la Comisión (Diario Oficial de la Unión Europea L 312 de 7 de diciembre de 2018)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de la cooperación policial y de la cooperación judicial en materia penal, por el que se modifica y deroga la Decisión 2007/533/JAI del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1986/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2010/261/UE de la Comisión (Diario Oficial de la Unión Europea L 312 de 7 de diciembre de 2018)
ST/13233/2019/INIT
DO L 316I de 6.12.2019, p. 4–4
(ES, DE, HU, NL, PL, RO, FI)
DO L 316I de 6.12.2019, p. 9–9
(GA)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1862/corrigendum/2019-12-06/oj
6.12.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
LI 316/4 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de la cooperación policial y de la cooperación judicial en materia penal, por el que se modifica y deroga la Decisión 2007/533/JAI del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1986/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2010/261/UE de la Comisión
( Diario Oficial de la Unión Europea L 312 de 7 de diciembre de 2018 )
En la página 81, en el artículo 36, apartado 1:
donde dice:
«1 Las descripciones sobre personas, sobre los objetos mencionados en el artículo 38, apartado 2, letras a), b), c), e), g), h), i), j), k) y l), y sobre medios de pago distintos del efectivo serán introducidas de conformidad con el Derecho nacional del Estado miembro emisor, a efectos de controles discretos, de investigación o específicos de conformidad con el artículo 37, apartados 3, 4 y 5.»,
debe decir:
«1. Las descripciones sobre personas, sobre los objetos mencionados en el artículo 38, apartado 2, letras a), b), c), e), g), h), j), k) y l), y sobre medios de pago distintos del efectivo serán introducidas de conformidad con el Derecho nacional del Estado miembro emisor, a efectos de controles discretos, de investigación o específicos de conformidad con el artículo 37, apartados 3, 4 y 5.».