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Document 32018D1656

    Decisión (PESC) 2018/1656 del Consejo, de 6 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela

    ST/13014/2018/INIT

    DO L 276 de 7.11.2018, p. 10–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2018/1656/oj

    7.11.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 276/10


    DECISIÓN (PESC) 2018/1656 DEL CONSEJO

    de 6 de noviembre de 2018

    por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/2074 (1) relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela.

    (2)

    De la revisión de la Decisión (PESC) 2017/2074 se desprende que procede prorrogar hasta el 14 de noviembre de 2019 las medidas restrictivas.

    (3)

    La motivación correspondiente a una persona relacionada en el anexo I de la Decisión (PESC) 2017/2074 debe modificarse.

    (4)

    Procede modificar, por lo tanto, la Decisión (PESC) 2017/2074 en consecuencia.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión (PESC) 2017/2074 queda modificada como sigue:

    1)

    El artículo 13 se sustituye por el texto siguiente:

    «Artículo 13

    La presente Decisión se aplicará hasta el 14 de noviembre de 2019.

    La presente Decisión estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.»;

    2)

    El anexo I se modifica como se establece en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 6 de noviembre de 2018.

    Por el Consejo

    El Presidente

    H. LÖGER


    (1)  Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela (DO L 295 de 14.11.2017, p. 60).


    ANEXO

    En el anexo I de la Decisión (PESC) 2017/2074, la mención 7 se sustituye por el texto siguiente:

     

    Nombre

    Información identificativa

    Motivos

    Fecha de inclusión en la lista

    «7.

    Diosdado Cabello Rondón

    Fecha de nacimiento: 15 de abril de 1963

    Presidente de la Asamblea Constituyente y vicepresidente primero del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Ha actuado en menoscabo de la democracia y del Estado de Derecho en Venezuela, en particular utilizando los medios de comunicación para atacar públicamente y amenazar a la oposición política, a otros medios de comunicación y a la sociedad civil.

    22.1.2018»


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