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Document 32015D1159

    Decisión de Ejecución (UE) 2015/1159 de la Comisión, de 13 de julio de 2015, relativa a una medida adoptada por España, de conformidad con la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se prohíbe la comercialización de una amoladora angular fabricada por Varo Belgium [notificada con el número C(2015) 4664] (Texto pertinente a efectos del EEE)

    DO L 187 de 15.7.2015, p. 86–87 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2015/1159/oj

    15.7.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 187/86


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1159 DE LA COMISIÓN

    de 13 de julio de 2015

    relativa a una medida adoptada por España, de conformidad con la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se prohíbe la comercialización de una amoladora angular fabricada por Varo Belgium

    [notificada con el número C(2015) 4664]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (1), y, en particular, su artículo 11, apartado 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    España notificó a la Comisión una medida por la que se prohíbe la comercialización de una amoladora angular, Powerplus modelo POWX060, fabricada por Varo Belgium.

    (2)

    Esta amoladora angular llevaba el marcado CE, de conformidad con la Directiva 2006/42/CE.

    (3)

    El motivo para la adopción de la medida era la no conformidad de la amoladora angular con los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en el anexo I de la Directiva 2006/42/CE, puntos 1.3.2 (Riesgo de rotura en servicio), 1.7.3 (Marcado de las máquinas) y 1.7.4.2 (Contenido del manual de instrucciones), debido a que la máquina no superó el ensayo de resistencia, al romperse la protección del disco, con el consiguiente riesgo de que se proyectara a gran velocidad contra el operario.

    (4)

    La notificación iba acompañada de un informe de inspección elaborado por el Laboratorio de Máquinas y Mecanismos, de Madrid.

    (5)

    La Comisión se dirigió por escrito al fabricante y al distribuidor, invitándoles a que presentasen sus observaciones sobre la medida adoptada por España. En su respuesta, el fabricante indicó que el producto ha sido retirado voluntariamente del mercado y que se han tomado medidas correctoras para los productos sucesivos.

    (6)

    La documentación disponible, las observaciones formuladas y las medidas adoptadas por las partes interesadas demuestran que la amoladora angular, Powerplus modelo POWX060, no cumple los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en la Directiva 2006/42/CE. Procede, por tanto, considerar que la medida adoptada por España está justificada.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La medida adoptada por España por la que se prohíbe la comercialización de una amoladora angular, Powerplus modelo POWX060, fabricada por Varo Belgium, está justificada.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2015.

    Por la Comisión

    Elżbieta BIEŃKOWSKA

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 157 de 9.6.2006, p. 24.


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