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Document 22014D0119
Decision of the EEA Joint Committee No 119/2014 of 27 June 2014 amending Annex II (Technical regulations, standards, testing and certification) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 119/2014, de 27 de junio de 2014 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 119/2014, de 27 de junio de 2014 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
DO L 342 de 27.11.2014, p. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
27.11.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 342/12 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
No 119/2014
de 27 de junio de 2014
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 133/2014 de la Comisión, de 31 de enero de 2014, por el que se modifican, para adaptarlos al progreso técnico en lo relativo a los límites de emisiones, la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento (CE) no 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) no 582/2011 de la Comisión (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 136/2014 de la Comisión, de 11 de febrero de 2014, por el que se modifican la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento (CE) no 692/2008 de la Comisión en lo que respecta a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y el Reglamento (UE) no 582/2011 de la Comisión en lo que respecta a las emisiones de los vehículos pesados (Euro VI) (2). |
(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1) |
En el punto 45zu [Reglamento (CE) no 692/2008 de la Comisión], se añade el siguiente guion:
. |
2) |
En los puntos 45zx (Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) y 45zzl [Reglamento (UE) no 582/2011 de la Comisión], se añaden los siguientes guiones:
. |
3) |
En el punto 45zzk [Reglamento (CE) no 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el siguiente guion:
. |
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (UE) no 133/2014 y (UE) no 136/2014 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 28 de junio de 2014, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de junio de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
(1) DO L 47 de 18.2.2014, p. 1.
(2) DO L 43 de 13.2.2014, p. 12.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.