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Document 32014D0517
2014/517/EU: Council Decision of 14 April 2014 on the signing, on behalf of the European Union and its Member States, and provisional application of the Protocol to the Stabilisation and Association Agreement between the European Communities and their Member States, of the one part, and the Republic of Serbia, of the other part, to take account of the accession of the Republic of Croatia to the European Union
2014/517/UE: Decisión del Consejo, de 14 de abril de 2014 , relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
2014/517/UE: Decisión del Consejo, de 14 de abril de 2014 , relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
DO L 233 de 6.8.2014, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/517/oj
6.8.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 233/1 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 14 de abril de 2014
relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
(2014/517/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 217, en relación con su artículo 218, apartado 5, y con su artículo 218, apartado 8, párrafo segundo,
Vista el Acta de adhesión de Croacia y, en particular, su artículo 6, apartado 2, párrafo segundo,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 24 de septiembre de 2012, el Consejo autorizó a la Comisión a abrir negociaciones, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros y de la República de Croacia, con la República de Serbia, con objeto de celebrar un Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea («el Protocolo»). |
(2) |
Dichas negociaciones concluyeron con éxito y el Protocolo se rubricó el 10 de diciembre de 2013. |
(3) |
El Protocolo debe firmarse en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, a reserva de su celebración en una fecha posterior. |
(4) |
La celebración del Protocolo es objeto de un procedimiento separado en lo que respecta a los ámbitos que son de competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. |
(5) |
El Protocolo debe aplicarse provisionalmente, hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho Protocolo.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión .
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Protocolo en nombre de la Unión y de sus Estados miembros.
Artículo 3
El Protocolo se aplicará de forma provisional de conformidad con su artículo 14, a partir del primer día del segundo mes siguiente a la fecha de su firma, hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 14 de abril de 2014.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON