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Document 32011R1091

Reglamento de Ejecución (UE) n o  1091/2011 de la Comisión, de 27 de octubre de 2011 , por el que se fija el importe máximo de la ayuda concedida para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) n o  1023/2011

DO L 281 de 28.10.2011, p. 23–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2011/1091/oj

28.10.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 281/23


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1091/2011 DE LA COMISIÓN

de 27 de octubre de 2011

por el que se fija el importe máximo de la ayuda concedida para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1023/2011

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1), y, en particular, su artículo 43, letra d), leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) no 1023/2011 de la Comisión, de 14 de octubre de 2011, por el que se abre una licitación en relación con una ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva (2), establece dos subperíodos de licitación.

(2)

De conformidad con el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (CE) no 826/2008 de la Comisión, de 20 de agosto de 2008, por el que se establecen disposiciones comunes para la concesión de ayuda para el almacenamiento privado de determinados productos agrícolas (3), a partir de las ofertas comunicadas por los Estados miembros, la Comisión decide fijar o no fijar un importe máximo de la ayuda.

(3)

Sobre la base de las ofertas presentadas en respuesta a la primera licitación parcial, procede fijar un importe máximo de la ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva para el subperíodo de licitación que finaliza el 25 de octubre de 2011.

(4)

Al efecto de enviar una señal rápida al mercado y garantizar una gestión eficaz de la medida, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(5)

El Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el ámbito del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1023/2011, el importe máximo de la ayuda para el aceite de oliva en el subperíodo de licitación que finaliza el 25 de octubre de 2011 será el que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de octubre de 2011.

Por la Comisión, en nombre del Presidente

José Manuel SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)  DO L 270 de 15.10.2011, p. 22.

(3)  DO L 223 de 21.8.2008, p. 3.


ANEXO

(EUR/tonelada/día)

Producto

Importe máximo de la ayuda

Aceite de oliva virgen

1,3


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