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Document 22011D0084
Decision of the EEA Joint Committee No 84/2011 of 1 July 2011 amending Annex XVIII (Health and safety at work, labour law, and equal treatment for men and women) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n o 84/2011, de 1 de julio de 2011 , por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n o 84/2011, de 1 de julio de 2011 , por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE
DO L 262 de 6.10.2011, p. 56–56
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
6.10.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 262/56 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
No 84/2011
de 1 de julio de 2011
por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 41/2011, de 1 de abril de 2011 (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 86/613/CEE del Consejo (2). |
(3) |
La Directiva 2010/41/UE deroga la Directiva 86/613/CEE del Consejo (3), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efectos a partir del 5 de agosto de 2012. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo XVIII del Acuerdo, el texto del punto 21 (Directiva 86/613/CEE del Consejo) se sustituye por el texto siguiente con efectos a partir del 5 de agosto de 2012:
«32010 L 0041: La Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 86/613/CEE del Consejo (DO L 180 de 15.7.2010, p. 1).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2010/41/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 2 de julio de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (4) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2011.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kurt JÄGER
(1) DO L 171 de 30.6.2011, p. 42.
(2) DO L 180 de 15.7.2010, p. 1.
(3) DO L 359 de 19.12.1986, p. 56.
(4) No se han indicado preceptos constitucionales.