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Document 32007R1183
Council Regulation (EC) No 1183/2007 of 18 September 2007 amending and updating Regulation (EC) No 1334/2000 setting up a Community regime for the control of exports of dual-use items and technology
Reglamento (CE) n° 1183/2007 del Consejo, de 18 de septiembre de 2007 , que modifica y actualiza el Reglamento (CE) n° 1334/2000 por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones de productos y tecnología de doble uso
Reglamento (CE) n° 1183/2007 del Consejo, de 18 de septiembre de 2007 , que modifica y actualiza el Reglamento (CE) n° 1334/2000 por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones de productos y tecnología de doble uso
DO L 278 de 22.10.2007, p. 1–240
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 01/01/2009; derog. impl. por 32008R1167
22.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 278/1 |
REGLAMENTO (CE) N o 1183/2007 DEL CONSEJO
de 18 de septiembre de 2007
que modifica y actualiza el Reglamento (CE) no 1334/2000 por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones de productos y tecnología de doble uso
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el Reglamento (CE) no 1334/2000 del Consejo (1), los productos de doble uso [incluido el equipo lógico («software») y la tecnología] están sujetos a un control eficaz cuando se exportan de la Comunidad. |
(2) |
A fin de que los Estados miembros y la Comunidad puedan cumplir sus compromisos internacionales, el anexo I del Reglamento (CE) no 1334/2000 fija la lista común de los productos y tecnología de doble uso mencionados en el artículo 3 de dicho Reglamento, con arreglo al que se aplican los controles acordados a nivel internacional, incluido el Acuerdo de Wassenaar, el Régimen de Control de Tecnología de Misiles (RCTM), el Grupo de Suministradores Nucleares (GSN), el Grupo de Australia y la Convención sobre Armas Químicas (CWC). |
(3) |
El artículo 11 del Reglamento (CE) no 1334/2000 establece que los anexos I y IV se actualizarán de conformidad con las correspondientes obligaciones y compromisos, y sus respectivas modificaciones, que haya asumido cada Estado miembro como miembro de los regímenes internacionales de no proliferación y de los acuerdos de control de las exportaciones o en virtud de la ratificación de tratados internacionales en la materia. |
(4) |
Deben modificarse los anexos I y IV del Reglamento (CE) no 1334/2000 para tener en cuenta los cambios adoptados por el Acuerdo de Wassenaar, el Grupo de Australia, el RCTM y el GSN tras las modificaciones aportadas a estos anexos por el Reglamento (CE) no 394/2006. |
(5) |
Para facilitar su consulta por las autoridades responsables del control de las exportaciones y por los operadores, es necesario publicar una versión actualizada y consolidada de los anexos del Reglamento (CE) no 1334/2000. |
(6) |
Es conveniente, pues, modificar el Reglamento (CE) no 1334/2000 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los anexos del Reglamento (CE) no 1334/2000 se sustituyen por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de septiembre de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
R. PEREIRA
(1) DO L 159 de 30.6.2000, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 394/2006 (DO L 74 de 13.3.2006, p. 1).
ANEXO
ANEXO I
LISTA DE PRODUCTOS Y TECNOLOGÍA DE DOBLE USO
[contemplada en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 1334/2000]
La presente lista tiene por objetivo la aplicación de los controles de doble uso acordados internacionalmente, entre ellos el Arreglo Wassenaar, el Régimen de Control de Tecnología de Misiles «RCTM», el Grupo de Suministradores Nucleares («GSN»), el Grupo de Australia («GA») y la Convención sobre Armas Químicas. No se ha incluido ninguno de los artículos que los Estados miembros desean consignar en una lista de exclusión. Tampoco se ha incluido ningún control nacional (controles de origen fuera de régimen) que puedan seguir realizando los Estados miembros.
NOTAS GENERALES AL ANEXO I
1. |
En relación con el control de productos diseñados o modificados para uso militar, véanse las correspondientes listas de control de material de defensa que mantienen los respectivos Estados miembros. Las referencias del presente anexo en las que figura la frase «VÉASE ASIMISMO LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA» hacen alusión a las mismas listas. |
2. |
El objeto de los controles contenidos en el presente anexo no deberá quedar sin efecto por la exportación de bienes no controlados (incluidas las plantas) que contengan uno o más componentes controlados, cuando el componente o componentes controlados sean elementos principales de los productos exportados y sea viable separarlos o emplearlos para otros fines. N.B.: A la hora de juzgar si el componente o componentes controlados deben considerarse como el elemento principal, se habrán de ponderar los factores de cantidad, valor y conocimientos tecnológicos involucrados, así como otras circunstancias especiales que pudieran determinar que el componente o componentes controlados sean elementos principales de los productos suministrados. |
3. |
Los productos incluidos en el presente anexo pueden ser nuevos o usados. |
NOTA DE TECNOLOGÍA NUCLEAR (NTN)
(Deberá verse en conjunción con la sección E de la categoría 0.)
La "tecnología" directamente asociada a cualquier producto controlado de la categoría 0 se controlará con arreglo a las disposiciones de la categoría 0.
La "tecnología" para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los productos sometidos a control será a su vez objeto de control, aun en el caso de que también sea aplicable a productos no sometidos a control.
La licencia de exportación concedida para un producto autoriza también la exportación, al mismo usuario final, de la "tecnología" mínima requerida para la instalación, el funcionamiento, el mantenimiento y las reparaciones de dicho producto.
Los controles de transferencia de "tecnología" no se aplicarán a la información "de conocimiento público" ni a la "investigación científica básica".
NOTA GENERAL DE TECNOLOGÍA (NGT)
(Deberá verse en conjunción con la sección E de las categorías 1 a 9.)
La exportación de "tecnología""requerida" para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de productos sometidos a control incluidos en las categorías 1 a 9 se someterá a control de conformidad con lo dispuesto en las categorías 1 a 9.
La "tecnología""requerida" para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los productos sometidos a control será a su vez objeto de control, aun en el caso de que también sea aplicable a productos no sometidos a control.
No se aplicarán controles a aquella "tecnología" que sea la mínima necesaria para la instalación, el funcionamiento, el mantenimiento (revisión) y las reparaciones de aquellos productos no sometidos a control o cuya exportación se haya autorizado.
N.B.: Esta disposición no libera la "tecnología" de ese tipo que figura en los subartículos 1E002.e., 1E002.f., 8E002.a. y 8E002.b.
Los controles de transferencia de "tecnología" no se aplicarán a la información "de conocimiento público", a la "investigación científica básica" ni a la información mínima necesaria para solicitudes de patentes.
NOTA GENERAL PARA EL EQUIPO LÓGICO (NGEL)
(La presente nota tiene primacía sobre los controles de la sección D en las categorías 0 a 9.)
Las categorías 0 a 9 de esta lista no someten a control el "equipo lógico" («software») que cumpla al menos una de las dos condiciones siguientes:
a. |
Que se halle generalmente a disposición del público por estar:
N.B.: La entrada a de la Nota general para el "equipo lógico" («software») no libera el "equipo lógico" («software») especificado en la segunda parte de la categoría 5 ("Seguridad de la información"). |
b. |
Sea "de conocimiento público". |
DEFINICIONES DE LOS TÉRMINOS EMPLEADOS EN EL PRESENTE ANEXO
Las definiciones de los términos entre comillas simples (’…’) se dan en la nota de Tecnología correspondiente al artículo pertinente.
Las definiciones de los términos entre comillas dobles ("…") son las siguientes:
N.B.: La referencia a la correspondiente categoría aparece entre paréntesis tras el término definido.
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"Adaptado para utilización en guerra" (1) significa toda modificación o selección (como alteración de la pureza, caducidad, virulencia, características de diseminación o resistencia a la radiación UV) diseñadas para aumentar la eficacia para producir bajas en personas o animales, deteriorar material o dañar las cosechas o el medio ambiente. |
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"Aeronave civil" (1 7 9) es la "aeronave" mencionada por su denominación en las listas de certificados de navegabilidad publicadas por las autoridades de aviación civil, por prestar servicio en líneas comerciales civiles interiores o exteriores o destinada a un uso lícito civil, privado o de negocios. N.B.: Véase también "aeronave". |
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"Aeronave" (1 7 9) es un vehículo aéreo de superficies de sustentación fijas, pivotantes, rotatorias (helicóptero), de rotor basculante o de superficies de sustentación basculantes. N.B.: Véase también "aeronave civil". |
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"Aislamiento" (9) se aplica a los componentes de motores de cohetes, es decir, a la carcasa, toberas, aberturas de admisión y los cierres de la carcasa, e incluye las capas de goma curada o semicurada que contengan material aislante o refractario. Puede estar incorporado también como botas o aletas de alivio de tensión. |
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"Aleación mecánica" (1) es un proceso de aleación resultante de la unión, fractura y nueva unión de polvos de aleación (polvos elementales y polvos madre), mediante choque mecánico. Se pueden incorporar a la aleación partículas no metálicas mediante la adición de polvos apropiados. |
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"Algoritmo asimétrico" (5) es un algoritmo criptográfico que requiere diferentes claves de naturaleza matemática para el cifrado y el descifrado. N.B.: Un uso común de los "algoritmos asimétricos" es la gestión de clave. |
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"Amplificación óptica" (5) en las comunicaciones ópticas, es una técnica de amplificación que introduce una ganancia de señales ópticas que han sido generadas por una fuente óptica distinta, sin conversión a señales eléctricas, es decir, utilizando amplificadores ópticos de semiconductores o amplificadores luminiscentes de fibra óptica. |
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"Analizadores de señal" (3) son instrumentos capaces de medir y presentar visualmente las propiedades fundamentales de los componentes de frecuencia (tonos) de señales multifrecuencia. |
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"Analizadores de señales dinámicas" (3) son "analizadores de señal" que utilizan técnicas digitales de muestreo y de transformación para formar una presentación visual del espectro de Fourier de la forma de onda dada, incluida la información relativa a la amplitud y a la fase. N.B.: Véase también "analizadores de señal". |
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"Ancho de banda en tiempo real" (2 3) es, en los "analizadores de señales dinámicas", la gama de frecuencia más ancha que el analizador puede suministrar al visualizador o a la memoria de masa sin causar discontinuidad en el análisis de los datos de entrada. En los analizadores con más de un canal, se utilizará para el cálculo la configuración de canales que proporcione el mayor "ancho de banda en tiempo real". |
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"Ancho de banda fraccional" (3) es el "ancho de banda instantáneo" dividido entre la frecuencia central y expresado como porcentaje. |
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"Ancho de banda instantáneo" (3 5 7) es el ancho de banda sobre el cual la potencia de salida permanece constante dentro de un margen de 3 dB sin ajuste de otros parámetros de funcionamiento. |
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"Antena («array»), orientable electrónicamente mediante ajuste de fases" (5 6) es una antena que forma un haz mediante acoplamiento de fase, es decir, en la que la dirección del haz es controlada por los coeficientes de excitación complejos de los elementos radiantes y puede ser modificada en azimut, en elevación o en ambos, mediante la aplicación de una señal eléctrica, tanto en emisión como en recepción. |
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"APP" (4) es equivalente a "funcionamiento máximo ajustado". |
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"Asignada por la UIT" (3 5) se refiere a la asignación de bandas de frecuencia, según la última edición del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, a los servicios primarios, autorizados y secundarios. N.B.: No están incluidas las asignaciones adicionales ni alternativas. |
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"Atomización al vacío" (1) es un procedimiento para reducir un flujo de metal fundido a gotas de 500 micras de diámetro o menos, por la liberación rápida de un gas disuelto, mediante la exposición al vacío. |
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"Atomización por gas" (1) es un procedimiento para reducir un flujo de aleación metálica fundida a gotas de 500 micras de diámetro o menos mediante una corriente de gas a alta presión. |
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"Atomización rotatoria" (1) es un procedimiento destinado a reducir un flujo o un depósito de metal fundido a gotas de 500 micras de diámetro o menos mediante la fuerza centrífuga. |
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"Cable" (1) es un haz de ’cordones’ (generalmente de 12 a 120) aproximadamente paralelos. N.B.: ’Cordón’ es un haz de "monofilamentos" (generalmente más de 200) colocados en forma aproximadamente paralela. |
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"Cabo" (1) es un haz de "monofilamentos", por lo general en forma aproximadamente paralela. |
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"Calificados para uso espacial" (3 6) dícese de los productos diseñados, fabricados y ensayados para cumplir los requisitos eléctricos, mecánicos o ambientales especiales necesarios para el lanzamiento y despliegue de satélites o de sistemas de vuelo a gran altitud que operen a altitudes de 100 km o más. |
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"CE" equivale a "elemento de cálculo". |
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"CEP" (círculo de igual probabilidad) (7) es una medida de exactitud; círculo centrado en el blanco, con radio de alcance determinado, en el que hacen impacto el 50 % de la carga útil. |
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"Cinta" (1) es un material construido de "monofilamentos", ’cordones’, "cables", "cabos" o "hilos", etc., entrelazados o unidireccionales, generalmente preimpregnados con resina. N.B.: ’Cordón’ es un haz de "monofilamentos" (generalmente más de 200) colocados en forma aproximadamente paralela. |
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"Circuito integrado híbrido" (3) es cualquier combinación de circuitos integrados, o un circuito integrado que contenga ’elementos de circuito’ o ’componentes discretos’ conectados entre sí para realizar una o varias funciones específicas, y que reúna todas las características siguientes:
N.B. 1: ’Elemento de circuito’: una sola pieza funcional activa o pasiva de un circuito electrónico, como un diodo, un transistor, una resistencia, un condensador, etc. N.B. 2: ’Componente discreto’: ’elemento de circuito’ encapsulado por separado, con sus propias conexiones exteriores. |
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"Circuito integrado monolítico" (3) es una combinación de ’elementos de circuito’ pasivos, activos o de ambos tipos que:
N.B.: ’Elemento de circuito’ es una sola pieza funcional activa o pasiva de un circuito electrónico, como un diodo, un transistor, una resistencia, un condensador, etc. |
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"Circuito integrado multipastilla" (3) es un conjunto de dos o más "circuitos integrados monolíticos" fijados a un "sustrato" común. |
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"Circuito integrado óptico" (3) es un "circuito integrado monolítico" o "circuito integrado híbrido" que contiene una o más piezas diseñadas para funcionar como fotosensor o fotoemisor, o para realizar una o varias funciones ópticas o electroópticas. |
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"Circuito integrado pelicular" (3) es un conjunto de ’elementos de circuito’ y de interconexiones metálicas formado por depósito de una capa delgada o gruesa sobre un "sustrato" aislante. N.B.: ’Elemento de circuito’ es una sola pieza funcional activa o pasiva de un circuito electrónico, como un diodo, transistor, resistencia, condensador, etc. |
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"Código fuente" (o lenguaje fuente) (4 6 7 9) es la expresión adecuada de uno o varios procesos que puede convertirse en forma ejecutable por el equipo ["código objeto" (o lenguaje objeto)] mediante un sistema de programación. |
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"Código objeto" (9) es una forma ejecutable por el equipo de una expresión adecuada de uno o varios procesos ["código fuente" (o lenguaje fuente)] que ha sido convertido mediante un sistema de programación. |
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"Compresión de impulso" (6) es la codificación y procesado de un impulso de señal de radar de larga duración a un impulso de corta duración, conservando las ventajas de una elevada energía del impulso. |
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"Conformación superplástica" (1 2) es un procedimiento de deformación en el que se utiliza calor para metales que se caracterizan normalmente por valores de alargamiento bajos (menos del 20 %) en el punto de ruptura, determinado a temperatura ambiente de acuerdo con los ensayos convencionales de resistencia a la tracción, con objeto de conseguir durante el tratamiento alargamientos de al menos el doble de dichos valores. |
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"Conjunto de guiado" (7) son sistemas que integran el proceso de medida y cómputo de la posición y la velocidad de un vehículo (es decir, la navegación) con el de computación y envío de órdenes al sistema de control de vuelo del vehículo, para la corrección de su trayectoria. |
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"Conjunto de plano focal" (6) significa una capa planar lineal o bidimensional, de elementos detectores individuales, con o sin lectura electrónica, que funciona en el plano focal. N.B.: Lo anterior no incluye las pilas de elementos detectores simples ni las de dos, tres o cuatro elementos detectores siempre que no se realice en dichos elementos retardo e integración. |
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"Conjunto de sensores ópticos de control de vuelo" (7) es una red de sensores ópticos distribuidos, que utiliza rayos "láser" para suministrar datos de control de vuelo en tiempo real para su tratamiento a bordo |
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"Conjunto electrónico" (2 3 4 5) es un grupo de componentes electrónicos (’elementos de circuitos’, ’componentes discretos’, circuitos integrados, etc.) conectados juntos para realizar una o varias funciones específicas, sustituibles conjuntamente y por lo general desmontables. N.B. 1: ’Elemento de circuito’ una sola pieza funcional activa o pasiva de un circuito electrónico, como un diodo, un transistor, una resistencia, un condensador, etc. N.B. 2: ’Componente discreto’: ’elemento de circuito’ encapsulado por separado, con sus propias conexiones exteriores. |
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"Conmutación óptica" (5) es el encaminamiento o conmutación de las señales en forma óptica sin conversión a señales eléctricas. |
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"Constante de tiempo" (6) es el tiempo transcurrido entre la aplicación de un estímulo y el momento en que el aumento de corriente alcanza un valor de 1-1/e) veces el valor final (es decir, el 63 % del valor final). |
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"Control de contorneado" (2) se realiza mediante dos o más movimientos "controlados numéricamente" ejecutados siguiendo instrucciones que especifican la siguiente posición requerida y las velocidades de avance necesarias hacia esa posición. Estas velocidades de avance varían unas con respecto a otras con el fin de producir el contorno deseado (Ref. ISO/DIS 2806-1980). |
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"Control digital del motor con plena autoridad" («FADEC») (7 9) es un sistema electrónico de control para turbinas de gas o máquinas de ciclo combinado que utilizan un ordenador digital para controlar las variables necesarias para regular el empuje de la máquina o la potencia de salida en el eje en todo el régimen de funcionamiento de la máquina desde el comienzo de la dosificación del combustible hasta el cierre de la entrada de combustible. |
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"Control numérico" (2) es el control automático de un proceso realizado por un dispositivo que utiliza datos numéricos introducidos, por lo general, durante el funcionamiento (Ref. ISO 2382). |
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"Control principal de vuelo" (7) es el control de estabilidad o de maniobra de una "aeronave" mediante generadores de fuerza/momento, es decir, superficies de control aerodinámico o vectorización de empuje de propulsión. |
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"Control total de vuelo" (7) es un control automático de las variables de situación y de la trayectoria de vuelo de una "aeronave" para el cumplimiento de misiones objetivas, que responde en tiempo real a los cambios de los datos correspondientes a los objetivos, riesgos u otra "aeronave". |
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"Controlador de acceso a la red" (4) es una interfaz física con una red de conmutación distribuida. Utiliza un soporte común que funciona a la misma "tasa de transferencia digital" empleando el arbitraje [por ejemplo, detección de señal (token) o de portadora] para la transmisión. Con independencia de cualquier otro dispositivo, selecciona los paquetes de datos o los grupos de datos (por ejemplo, IEEE 802) a él dirigidos. Es un conjunto que puede integrarse en equipos informáticos o de telecomunicaciones para proporcionar el acceso a las comunicaciones. |
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"Controlador del canal de comunicaciones" (4) es la interfaz física que controla el flujo de información digital síncrona o asíncrona. Se trata de un conjunto que puede integrarse en un equipo informático o de telecomunicaciones para proporcionar el acceso a las comunicaciones. |
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"Criptografía" (5) es la disciplina que engloba los principios, medios y métodos para la transformación de los datos con el fin de ocultar su contenido informativo, impedir la no detección de modificaciones o impedir su uso no autorizado. La "Criptografía" se limita a la transformación de información utilizando uno o varios ’parámetros secretos’ (por ejemplo, variables criptográficas) o la gestión de clave asociada. N.B.: ’Parámetro secreto’: constante o clave mantenida oculta a otras personas o compartida únicamente en el seno de un grupo. |
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"Criptografía cuántica" (5) es un conjunto de técnicas para establecer claves compartidas de la "criptografía" mediante la medición de propiedades de la mecánica cuántica de su sistema físico (incluidas las propiedades físicas regidas específicamente por la óptica cuántica, la teoría cuántica o la electrodinámica cuántica). |
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"Cultivos vivos aislados" (1) incluye cultivos vivos en forma latente y en preparaciones en seco. |
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"De conocimiento público" (NGT, NTN, NGEL), en el marco del presente documento, dícese de la "tecnología" o "equipo lógico" («software») divulgados sin ningún tipo de restricción para su difusión posterior [las restricciones derivadas del derecho de propiedad intelectual no impiden que la "tecnología" o el "equipo lógico" («software») se consideren "de conocimiento público"]. |
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"Densidad de corriente global" (3) es el número total de amperios-vuelta de la bobina (es decir, el sumatorio de las corrientes máximas transportadas por cada espira) dividido por la sección transversal total de la bobina (incluidos los filamentos superconductores, la matriz metálica en la que van incorporados los filamentos superconductores, el material de encapsulado, canales de refrigeración, etc.). |
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"Densidad equivalente" (6) es la masa de un (componente) óptico por unidad de área óptica proyectada sobre la superficie óptica. |
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"Densificación isostática en caliente" (2) es el procedimiento en el que se somete a presión una pieza de fundición a temperatura superior a 375 K (102 °C) en un recinto cerrado, por diferentes medios (gas, líquido, partículas sólidas, etc.), para generar una fuerza de igual intensidad en todas las direcciones encaminada a reducir o eliminar los rechupes (cavidades) de la pieza de fundición. |
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"Desarrollo" (NGT, NTN, TODO) es el conjunto de las etapas previas a la producción en serie, tales como: diseño, investigación de diseño, análisis de diseño, conceptos de diseño, montaje y ensayo de prototipos, esquemas de producción piloto, datos de diseño, proceso de transformación de los datos de diseño en un producto, diseño de configuración, diseño de integración, planos. |
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"Desplazamiento axial periódico longitudinal" (₫camming») (2) es el desplazamiento longitudinal del husillo principal durante una rotación de éste, medido en un plano perpendicular a la cara del husillo en un punto próximo a la circunferencia de la cara del husillo (Ref. ISO 230/1-1986, párrafo 5.63). |
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"Desplazamiento axial periódico radial" (descentrado) («run out») (2) es el desplazamiento radial del husillo principal durante una rotación de éste, medido en un plano perpendicular al eje del husillo en un punto de la superficie rotativa externa o interna a verificar (Ref. ISO 230/1-1986, párrafo 5.61). |
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"Desviación de posición angular" (2) es la diferencia máxima entre la posición angular y la posición angular real, medida con gran exactitud, después de que el portapieza de la mesa se haya desplazado con respecto a su posición inicial (Ref. VDI/VDE 2617, Borrador: ’Mesas rotativas de las máquinas de medida de coordenadas’). |
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"Distancia medida con instrumentos" (6) significa la medida por un radar, una vez resuelta la ambigüedad. |
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"Duración de impulso" (6) es la anchura total (duración) de un impulso "láser" medida al nivel de intensidad mitad («FWHI»). |
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"Duración del láser" (6) es el tiempo en el cual un "láser" emite radiaciones "láser", que para "láseres impulsados" corresponde al tiempo durante el que se emite un impulso único o una serie de impulsos consecutivos. |
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"Efectores terminales" (2). Los "efectores terminales" son las garras, las ’herramientas activas’ y cualquier otra herramienta que se fije en la placa base del extremo del brazo manipulador de un "robot". N.B.: Una ’herramienta activa’ es un dispositivo destinado a aplicar a la pieza de trabajo la fuerza motriz, la energía necesaria para el proceso o los sensores. |
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"Elemento de cálculo" ("CE") (4) es la unidad de cálculo más pequeña que produce un resultado aritmético o lógico. |
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"Elemento principal" (4), en lo que se refiere a la categoría 4, es un elemento cuyo valor de sustitución supera el 35 % del valor total del sistema del que forma parte. El valor del elemento es el precio pagado por éste por el fabricante o el integrador del sistema. El valor total es el precio de venta internacional normal a clientes que no tengan relación con el vendedor, en el punto de fabricación o en el punto de consolidación de la expedición. |
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"Encaminamiento adaptativo dinámico" (5) es el reencaminamiento automático del tráfico basado en la detección y el análisis de las condiciones presentes y reales de la red. N.B.: No incluye las decisiones de encaminamiento tomadas en función de una información predefinida. |
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"Enfriamiento brusco por colisión y rotación" (1) es un proceso para ’solidificar rápidamente’ un chorro de metal fundido mediante la colisión contra un bloque enfriado en rotación, para obtener un producto en forma de escamas, cintas o varillas. N.B.: ’Solidificar rápidamente’: solidificar material fundido a velocidades de enfriamiento superiores a 1000 K/s. |
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"Enfriamiento brusco por impacto" (1) es un procedimiento para ’solidificar rápidamente’ un chorro de metal fundido mediante el impacto contra un bloque enfriado, para obtener un producto en forma de escamas. N.B.: ’Solidificar rápidamente’: solidificar material fundido a velocidades de enfriamiento superiores a 1000 K/s. |
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"Entremezclado" (1) es la mezcla, filamento a filamento, de fibras termoplásticas y de fibras de refuerzo a fin de producir una mezcla "matriz" de refuerzo fibroso en forma totalmente fibrosa. |
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"Equipo de producción" (1 7 9) son las herramientas, plantillas, utillaje, mandriles, moldes, matrices, utillaje de sujeción, mecanismos de alineación, equipo de ensayos, la restante maquinaria y componentes para ellos, limitados a los diseñados especialmente o modificados para el "desarrollo" o para una o más fases de la "producción". |
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"Equipo lógico" («software») (NGEL, TODO) es una colección de uno o más "programas" o ’microprogramas’ fijada a cualquier soporte tangible de expresión. N.B.: ’Microprograma’ es una secuencia de instrucciones elementales, contenidas en una memoria especial, cuya ejecución se inicia mediante la introducción de su instrucción de referencia en un registro de instrucción. |
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"Espectro ensanchado" (5) es una técnica mediante la cual la energía de un canal de comunicaciones de banda relativamente estrecha se extiende sobre un espectro de energía mucho más ancho. |
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"Espectro ensanchado" en radar (6): ver "radar, espectro ensanchado". |
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"Espejos deformables" (6) (También conocidos como espejos de óptica adaptativa) significa espejos que tengan:
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"Estabilidad" (7) es la desviación típica (1 sigma) de la variación de un parámetro determinado respecto de su valor calibrado, medido en condiciones de temperatura estables. Puede expresarse en función del tiempo. |
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"Estado participante" (7 9) significa un Estado que participa en el Arreglo Wassenaar. (Véase www.wassenaar.org). |
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"Estados Parte/Estados que no son Parte" son aquellos Estados en que ha entrado en vigor/no ha entrado en vigor la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su destrucción (Véase www.opcw.org). |
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"Exactitud" (2 6) medida generalmente, por referencia a la inexactitud, es la desviación máxima, positiva o negativa, de un valor indicado con respecto a un patrón aceptado o a un valor verdadero. |
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"Extracción en fusión" (1) es un proceso utilizado para ’solidificar rápidamente’ y extraer una aleación en forma de cinta mediante la inserción de un segmento corto de un bloque frío en rotación, en un baño de una aleación metálica fundida. N.B.: ’Solidificar rápidamente’: solidificar un material fundido a velocidades de enfriamiento superiores a 1000 K/s. |
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"Factor de escala" (giroscopio o acelerómetro) (7) es la relación entre un cambio en la salida y un cambio en la entrada a medir. El factor de escala se evalúa generalmente como la pendiente de la línea recta que puede ajustarse por el método de los mínimos cuadrados a los datos de entrada-salida obtenidos haciendo variar la entrada de manera cíclica sobre la gama de entrada. |
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"FADEC" equivale a "control digital del motor con plena autoridad". |
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"Fijo" (5) dícese del algoritmo de codificación o de compresión que no puede aceptar parámetros suministrados desde el exterior (por ejemplo, variables criptográficas o de claves) y no puede ser modificado por el usuario. |
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"Forro protector" (9) es apropiado para la interfaz de unión entre el propulsante sólido y la cámara, o el aislante. Normalmente se trata de una dispersión de materiales refractarios o aislantes en una base polímera líquida; por ejemplo, polibutadieno con grupos terminales hidroxílicos (HTPB) cargado con carbono, u otro polímero con agentes de curado añadidos, pulverizado o colocado por tiras en el interior de la carcasa. |
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"Funcionamiento máximo ajustado" ("APP") (4) es un valor máximo ajustado en el que los "ordenadores digitales" realizan sumas y multiplicaciones en coma flotante de 64 bits o más y se expresa en TeraFLOPS ponderados («WT»), en unidades de 1 012 operaciones ajustadas en coma flotante por segundo. N.B.: Véase Nota técnica en la categoría 4. |
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"Geográficamente dispersos" (6) se usa cuando cada emplazamiento dista más de 1 500 m de cualquier otro, en cualquier dirección. Los sensores móviles se consideran siempre "geográficamente dispersos". |
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"Gestión de potencia" (7) es la modificación de la potencia transmitida de la señal del altímetro de manera que la potencia recibida a la altitud de la "aeronave" esté siempre al nivel mínimo necesario para determinar la altitud. |
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"Gradiómetro magnético intrínseco" (6) es un elemento individual de detección de gradiente de campo magnético y la electrónica asociada, cuya salida es una medida del gradiente de campo magnético. N.B.: Véase también "gradiómetro magnético". |
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"Gradiómetros magnéticos" (6) son instrumentos diseñados para detectar la variación espacial de los campos magnéticos procedentes de fuentes exteriores al instrumento. Constan de múltiples "magnetómetros" y su electrónica asociada, cuya salida es una medida del gradiente de campo magnético. N.B.: Véase también "gradiómetro magnético intrínseco". |
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"Gramo efectivo" (0 1) de un "material fisionable especial" equivale a:
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"Hilo" (1) es un haz de ’cordones’ retorcidos. N.B.: ’Cordón’ es un haz de "monofilamentos" (generalmente más de 200) colocados en forma aproximadamente paralela. |
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"Husillo basculante" (2) es un husillo portaherramientas que modifica, durante el proceso de mecanizado, la posición angular de su eje de referencia con respecto a cualquier otro eje. |
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"Incertidumbre de medida" (2) es el parámetro característico que especifica, con un grado de confianza del 95 %, la escala alrededor del valor de salida en la que se sitúa el valor correcto de la variable a medir. Este parámetro incluye las desviaciones sistemáticas no corregidas, el juego no corregido y las desviaciones aleatorias (Ref. ISO 10360-2, o VDI/VDE 2617). |
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"Inmunotoxina" (1) es la conjugación de un anticuerpo monoclonal específico de célula y una "toxina" o "subunidad de toxina", que afecta selectivamente a las células enfermas. |
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"Investigación científica básica" (NGT, NTN) es la labor experimental o teórica emprendida principalmente para adquirir nuevos conocimientos sobre los principios fundamentales de fenómenos o hechos observables y que no se orienten primordialmente hacia un fin u objetivo práctico específico. |
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"Láser CW" (6) es un "láser" que produce una energía de salida nominalmente constante por más de 0,25 segundos. |
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"Láser de conmutación de Q" (6) es un "láser" en el cual la energía se almacena en invertir la población o en el resonador óptico y seguidamente se emite en un impulso. |
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"Láser de potencia superalta" («SHPL») (6) es un "láser" capaz de emitir (la totalidad o una parte) una energía de salida que exceda de 1 kJ dentro de 50 ms o que tenga una potencia media o en ondas continuas superior a 20 kW. |
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"Láser de transferencia" (6) es un "láser" excitado por una transferencia de energía obtenida por la colisión de un átomo o una molécula que no produce efecto láser con un átomo o una molécula que produce efecto láser. |
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"Láser impulsado" (6) es un "láser" con una "duración de impulso" inferior o igual a 0,25 segundos. |
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"Láser químico" (6) es un "láser" en el cual los agentes activos son excitados por la energía emanada de una reacción química. |
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"Láser" (0 2 3 5 6 7 8 9) es un conjunto de componentes que producen luz coherente en el espacio y en el tiempo amplificada por emisión estimulada de radiación. N.B.: Véase también:
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"Linealidad" (2) (Se mide generalmente por referencia a la no linealidad) es la desviación máxima de la característica real (media de las lecturas en el sentido ascendente y descendente de la escala), positiva o negativa, con respecto a una línea recta situada de manera que se igualen y reduzcan al mínimo las desviaciones máximas. |
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"Magnetómetros" (6) son instrumentos diseñados para detectar campos magnéticos procedentes de fuentes exteriores al instrumento. Constan de un elemento individual de detección de campo magnético y su electrónica asociada, cuya salida es una medida del campo magnético. |
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"Materiales compuestos" («composites») (1 2 6 8 9) son el conjunto de una "matriz" y una o varias fases adicionales constituidas por partículas, triquitos, fibras o cualquier combinación de ellas, presentes para uno o varios fines específicos. |
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"Materiales fibrosos o filamentosos" (0 1 2 8) incluyen:
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"Materiales fisionables especiales" (0) son el plutonio-239, el uranio-233, el "uranio enriquecido en los isótopos 235 o 233" y cualquier material que contenga los anteriores. |
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"Materiales resistentes a la corrosión por UF6" (0) pueden ser el cobre, acero inoxidable, aluminio, óxido de aluminio, aleaciones de aluminio, níquel o aleaciones que contengan un 60 % de su peso o más de níquel y polímeros de hidrocarburos fluorados resistentes al hexafluoruro de uranio, según exija el tipo de proceso de separación. |
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"Matriz" (1 2 8 9) es una fase sustancialmente continua que rellena el espacio entre las partículas, los triquitos o las fibras. |
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"Medios de producción" (7 9) son los equipos y el "equipo lógico" («software») diseñado especialmente para ellos que estén integrados en instalaciones para el "desarrollo" o para una o más fases de la "producción". |
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"Memoria principal" (4) es la memoria primaria de datos o instrucciones para acceso rápido desde la unidad central de proceso. Consta de la memoria interna de un "ordenador digital" y cualquier ampliación jerárquica de la misma, como la memoria cache o ampliaciones de memoria de acceso no secuencial. |
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"Mesa rotativa compuesta" (2) es una mesa que permite a la pieza girar e inclinarse alrededor de dos ejes no paralelos, que pueden coordinarse simultáneamente para el "control de contorneado". |
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"Mezcla química" (1) es un producto sólido, líquido o gaseoso, formado por dos o más componentes que no reaccionan entre sí en las condiciones en que se almacena la mezcla. |
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"Microcircuito de microordenador" (3) es un "circuito integrado monolítico" o "circuito integrado multipastilla" que contiene una unidad aritmética lógica («ALU») capaz de ejecutar instrucciones de propósito general almacenadas en una memoria interna, sobre datos obtenidos en la memoria interna. N.B.: La memoria interna puede ser ampliada por un almacenamiento externo. |
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"Microcircuito de microprocesador" (3) es un "circuito integrado monolítico" o "circuito integrado multipastilla" que contiene una unidad aritmética lógica («ALU») capaz de ejecutar unas series de instrucciones de propósito general almacenadas en un almacenamiento externo. N.B. 1: Aunque el "microcircuito de microprocesador" no contiene normalmente una memoria integral accesible por el usuario, durante la realización de sus funciones lógicas puede utilizar dicha memoria interna. N.B. 2: Se incluyen conjuntos de pastillas («chips») que están diseñados para operar juntos para proveer las funciones de un "microcircuito de microprocesador". |
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"Microorganismos" (1 2) son bacterias, virus, micoplasmas, rickettsias, clamidias u hongos, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos. |
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"Misiles" (1 3 6 7 9) son sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de llevar, al menos, una carga útil de 500 kg a una distancia de, al menos, 300 kms. |
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"Módulo específico" (0 1 9) es el módulo de Young en pascales, equivalente a N/m2 divididos por el peso específico en N/m3, medido a una temperatura de (296 ± 2) K [(23 ± 2) °C] y a una humedad relativa del (50 ± 5) %. |
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"Monofilamento" (1) o filamento es el incremento más pequeño de fibra, generalmente de varias micras de diámetro. |
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"Necesaria" (NGT 1-9) aplicado a la "tecnología" se refiere únicamente a la parte específica de la "tecnología" que es particularmente responsable de alcanzar o sobrepasar los niveles de prestaciones, características o funciones sometidos a control. Tal "tecnología""necesaria" puede ser común a diferentes productos. |
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"Nivel de ruido" (6) es una señal eléctrica expresada en función de la densidad espectral de potencia. La relación entre el "nivel de ruido" expresado en valor pico a pico viene dada por la fórmula siguiente: S2 pp = 8No(f2–f1), siendo Spp el valor pico a pico de la señal (por ejemplo, nanoteslas), No la densidad espectral de potencia [por ejemplo, (nanotesla)2/Hz] y (f2–f1) la anchura de banda de interés. |
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"Optimización de la ruta de vuelo" (7) es el procedimiento que reduce al mínimo las desviaciones de una trayectoria deseada en cuatro dimensiones (espacio y tiempo) basándose en el mejor funcionamiento o mejor eficacia para cumplir una misión. |
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"Ordenador de conjunto sistólico" (4) es un ordenador en el que el flujo y la modificación de los datos son controlables dinámicamente por el usuario a nivel de puerta lógica. |
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"Ordenador digital" (4 5) es el equipo que puede, en forma de una o más variables discretas, realizar todas las operaciones siguientes:
N.B.: Las modificaciones de una secuencia de instrucciones almacenadas incluyen la sustitución de dispositivos fijos de memoria, pero no el cambio físico del cableado o las interconexiones. |
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"Ordenador híbrido" (4) es el equipo que puede realizar todas las operaciones siguientes:
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"Ordenador neuronal" (4) es un dispositivo de cómputo diseñado o modificado para imitar el comportamiento de una neurona o de un grupo de neuronas, es decir, que se distingue por su capacidad (en «hardware») de modular los pesos y los números de las interconexiones de múltiples componentes de cómputo basándose en datos anteriores. |
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"Ordenador óptico" (4) es un ordenador diseñado o modificado con objeto de utilizar la luz para representar los datos y cuyos elementos lógicos de cómputo se basan en dispositivos ópticos acoplados directamente. |
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"Pistas producidas por el sistema" (6) es el informe actualizado de la posición de vuelo de un avión, procesado, correlacionado (fusión de datos relativos a los blancos de radar con respecto a las posiciones del plan de vuelo), disponible a los controladores del centro de control del tráfico aéreo. |
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"Píxel activo" (6 8) es el elemento mínimo (único) de un conjunto de estado sólido que tenga una función de transferencia, fotoeléctrica, cuando está expuesto a una radiación luminosa (electromagnética). |
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"Potencia de pico" (6) es el más alto nivel de potencia alcanzado en la "duración del láser". |
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"Potencia de salida media" (6) significa la energía total de salida del "láser "en julios dividida por la "duración del láser" en segundos. |
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"Preformas de fibra de carbono" (1) son un conjunto ordenado de fibras revestidas o no destinadas a constituir el marco de una parte antes de que se introduzca la "matriz" para formar un "material compuesto". |
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"Prensado hidráulico por acción directa" (2) es un procedimiento de deformación que utiliza una vejiga flexible llena de líquido, que se pone en contacto directo con la pieza a prensar. |
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"Prensas isostáticas" (2) son equipos capaces de presurizar una cavidad cerrada, por diversos medios (gas, líquido, partículas sólidas, etc.), con objeto de generar dentro de ésta una presión igual en todas las direcciones sobre una pieza o un material a prensar. |
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"Previamente separado" (0 1) se dice de la aplicación de cualquier proceso tendente a aumentar la concentración del isótopo controlado. |
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"Proceso de múltiples flujos de datos" (4) es la técnica de "microprograma" o arquitectura de equipo que permite el proceso simultáneo de dos o más secuencias de datos bajo el control de una o más secuencias de instrucciones por medios como:
N.B.: "Microprograma" es una secuencia de instrucciones elementales, contenidas en una memoria especial, cuya ejecución se inicia mediante la introducción de su instrucción de referencia en un registro de instrucción. |
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"Proceso de señales" (3 4 5 6) es el proceso de señales, derivadas externamente, que contienen información, por medio de algoritmos como compresión de tiempo, filtrado, extracción, selección, correlación, convolución o transformaciones entre dominios (por ejemplo, transformada rápida de Fourier o transformada de Walsh). |
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"Proceso en tiempo real" (6 7) es el proceso de datos por un sistema informático, que proporciona un nivel requerido de servicio en función de los recursos disponibles y en un tiempo de respuesta garantizado, sin considerar la carga del sistema, cuando es estimulado por un suceso externo. |
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"Producción" (NGT, NTN, TODO) es un término que abarca todas las fases de la producción tales como: construcción, ingeniería de productos, fabricación, integración, ensamblaje (montaje), inspección, ensayos y garantía de calidad. |
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"Programa" (2 6) es una secuencia de instrucciones para llevar a cabo un proceso, en, o convertible a, una forma ejecutable por un ordenador electrónico. |
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"Programabilidad accesible al usuario" (6) es la aptitud del sistema que permite que el usuario inserte, modifique o sustituya "programas" por medios distintos de:
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"Radar, agilidad de frecuencia" (6) es cualquier técnica por medio de la cual la frecuencia portadora de un emisor radar pulsante se modifica siguiendo una secuencia seudoaleatoria, entre impulsos o grupos de impulsos, en una cantidad igual o mayor que la anchura de banda del impulso. |
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"Radar, espectro ensanchado" (6) es cualquier técnica de modulación para extender la energía de una señal de una anchura de banda relativamente estrecha a una anchura de banda de frecuencias mucho mayor, usando un código aleatorio o seudoaleatorio. |
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"Reactor nuclear" (0) significa los dispositivos que se encuentran en el interior de la vasija del reactor o que están conectados directamente con ella, el equipo que controla el nivel de potencia en el núcleo, y los componentes que normalmente contienen el refrigerante primario del núcleo del reactor o que están directamente en contacto con dicho refrigerante o lo regulan. |
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"Recorrido aleatorio («random walk») angular" (7) es el error angular generado con el tiempo debido al ruido blanco en la velocidad angular (IEEE STD 528-2001). |
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"Red de área local" (4) es un sistema de comunicación de datos que tiene las características siguientes:
N.B.: ’Equipo de datos’ es un equipo capaz de transmitir o recibir secuencias de información digital. "Repetibilidad" (7) es el acuerdo más fiel entre medidas repetidas de la misma variable bajo las mismas condiciones de funcionamiento cuando cambios en las condiciones o períodos no operativos ocurren entre las medidas. [Referencia: IEEE 528-2001 (desviación típica de un sigma)]. |
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"Resaltado de imagen" (4) es el procesado de imágenes exteriores portadoras de información por medio de algoritmos tales como compresión de tiempos, filtrado, extracción, selección, correlación, convolución o transformaciones entre dominios (por ejemplo, transformada rápida de Fourier o transformada de Walsh). No se incluyen los algoritmos que sólo utilizan la transformación lineal o angular de una sola imagen, tales como la traslación, la extracción de características, el registro o la falsa coloración. |
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"Resistencia específica a la tracción" (0 1 9) es la resistencia a la tracción en pascales, equivalente a N/m2 divididos por el peso específico en N/m3, medido a una temperatura de (296 ± 2) K [(23 ± 2) °C] y una humedad relativa del (50 ± 5) %. |
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"Resolución" (2) es el incremento más pequeño de un dispositivo de medida, en instrumentos digitales, el bit menos significativo (Ref. ANSI B-89.1.12). |
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"Retardo por propagación en la puerta básica" (3) es el valor del retardo por propagación correspondiente a la puerta básica utilizada en un "circuito integrado monolítico". Este valor puede especificarse, para una "familia" de "circuitos integrados monolíticos", como retardo por propagación por puerta típica dentro de la "familia" considerada, o como retardo de propagación típico por puerta dentro de la misma "familia". N.B. 1: No se debe confundir el "retardo por propagación en la puerta básica con el retardo por entrada/salida de un "circuito integrado monolítico complejo. N.B. 2: "Familia": consiste en todos los circuitos integrados que tienen en común todos los elementos siguientes en el método de fabricación y en las especificaciones, con excepción de sus funciones respectivas:
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"Robot" (2 8) es un mecanismo de manipulación que puede ser del tipo de trayectoria continua o de la variedad punto a punto, puede utilizar sensores, y reúne todas las características siguientes:
N.B.: La definición anterior no incluye los dispositivos siguientes:
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"Salto de frecuencia" (5) una forma de "espectro ensanchado" en la que la frecuencia de la transmisión de un canal básico de comunicaciones se cambia mediante una secuencia al azar o al pseudo-azar de cambios discretos. |
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"Seguimiento automático del blanco" (6) es la técnica de proceso que automáticamente determina y proporciona como salida un valor extrapolado de la posición más probable del blanco, en tiempo real. |
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"Seguridad de la información" (4 5) es el conjunto de medios y funciones que aseguran la accesibilidad, el carácter confidencial o la integridad de la información o de las comunicaciones, exceptuando los previstos para la protección contra el mal funcionamiento. Se incluyen la "Criptografía", el ’criptoanálisis’, la protección contra las emanaciones comprometedoras y la seguridad de los ordenadores. N.B.: ’Criptoanálisis’: análisis de un sistema criptográfico o de sus entradas o salidas para derivar variables confidenciales o datos sensibles, incluyendo texto claro. |
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"Sensores monoespectrales de formación de imágenes" (6) permiten la adquisición de datos de formación de imágenes en una banda espectral discreta. |
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"Sensores multiespectrales de formación de imágenes" (6) permiten la adquisición simultánea o en serie de datos de formación de imágenes, en dos o más bandas espectrales discretas. Los sensores con más de 20 bandas espectrales discretas, a veces se denominan sensores hiperespectrales de formación de imágenes. |
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"Sensores radar interconectados" (6) es un conjunto de dos o más sensores radar que intercambian datos entre sí en tiempo real. |
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"Señalización por canal común" (5) es un método de señalización en el cual un solo canal transporta entre centrales, mediante mensajes etiquetados, la información de señalización relativa a múltiples circuitos o llamadas y otra información, como la que se utiliza para la gestión de red. |
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"SHPL" equivale a "láser de potencia superalta". |
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"Sesgo" («biass») (acelerómetro) (7) es la salida de un acelerómetro en ausencia de aceleración. |
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"Sintetizador de frecuencia" (3) es cualquier tipo de generador de frecuencias o de señales, con independencia de la técnica utilizada, que proporcione múltiples frecuencias de salida, simultánea o alternativamente, en una o más salidas, controladas por, derivadas de o gobernadas por un número inferior de frecuencias patrón (o maestras). |
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"Sintonizable" (6) dícese de la capacidad de un "láser" para producir una salida continua en todas las longitudes de onda de una gama de varias transiciones "láser". Un "láser" de línea seleccionable produce longitudes de onda discretas dentro de una transición "láser" y no se considera "sintonizable". |
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"Sistemas antipar o sistemas de control de dirección, por control de circulación" (7) son sistemas que utilizan aire proyectado sobre superficies aerodinámicas para aumentar o controlar las fuerzas generadas por esas superficies. |
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"Sistemas de compensación" (6) se componen del sensor escalar primario, uno o más sensores de referencia (por ejemplo, magnetómetros vectores) junto con un programa («software») que permite la reducción del ruido de la plataforma de rotación de un cuerpo rígido. |
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"Sistemas de control activo de vuelo" (7) tienen como función impedir los movimientos o las cargas estructurales no deseables en "aeronaves" y misiles, mediante el procesado autónomo de las salidas de múltiples sensores y el suministro a continuación de los comandos preventivos necesarios para el control automático. |
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"Sistemas de navegación con referencia a bases de datos" («DBRN») (7) son sistemas que emplean diversas fuentes de datos geocartográficos previamente medidos, e integrados de forma que proporcionen información precisa para la navegación en condiciones dinámicas. Entre las fuentes de datos figuran los mapas batimétricos, estelares, de gravedad, magnéticos y digitales en 3-D de terreno. |
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"Sistemas expertos" (7) son sistemas que proporcionan resultados mediante la aplicación de reglas a datos almacenados independientemente del "programa" y que poseen alguna de las capacidades siguientes:
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"Subunidad de toxina" (1) es un componente estructuralmente y funcionalmente discreto de una "toxina" entera. |
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"Superaleaciones" (2 9) son aleaciones a base de níquel, cobalto o hierro que presentan resistencias superiores a las de la serie AISI 300 a temperaturas superiores a 922 K (649 °C) en condiciones ambientales y de funcionamiento severas. |
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"Superconductores" (1 3 6 8) son materiales esto es, metales, aleaciones o compuestos que pueden perder totalmente la resistencia eléctrica, es decir, que pueden alcanzar una conductividad eléctrica infinita y transportar corrientes eléctricas muy grandes sin calentamiento Joule. N.B.: El estado "superconductor" de un material se caracteriza individualmente por una "temperatura crítica", un campo magnético crítico que es función de la temperatura, y una densidad de corriente crítica que es función del campo magnético y de la temperatura. |
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"Superficies aerodinámicas de geometría variable" (7) son superficies aerodinámicas que utilizan alerones o aletas compensadoras, de borde de salida, o perfiles del borde de ataque o morro basculante articulado, cuyas posiciones pueden modificarse en vuelo. |
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"Sustrato" (3) es una lámina de material de base con una estructura de interconexión o sin ella y sobre la cual, o dentro de la cual, se pueden situar ’componentes discretos’, circuitos integrados o ambas cosas. N.B. 1: ’Componente discreto’: ’elemento de circuito’ encapsulado por separado, con sus propias conexiones exteriores. N.B. 2: ’Elemento de circuito’: una sola pieza funcional activa o pasiva de un circuito electrónico, como un diodo, un transistor, una resistencia, un condensador, etc. |
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"Sustratos en bruto" (6) son compuestos monolíticos de dimensiones adecuadas para la fabricación de elementos ópticos tales como espejos o ventanas ópticas. |
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"Tarjeta inteligente personalizada" (5) es una tarjeta inteligente que contiene un microcircuito que ha sido programado para una aplicación específica y que no puede ser reprogramado para cualquier otra aplicación por el usuario. |
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"Tasa de transferencia digital total" (5) es el número de bits, incluidos los de codificación en línea, los de encabezamiento, etc., por unidad de tiempo, que pasan entre los equipos correspondientes, en un sistema de transmisión digital. N.B.: Véase también "tasa de transferencia digital". |
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"Tasa de transferencia digital" es la tasa (bits/seg.) total de información transferida directamente en cualquier tipo de soporte. N.B.: Véase también "tasa de transferencia digital total". |
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"Tecnología" (NGT, NTN, TODO) es la información específica necesaria para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de un producto. Puede adoptar la forma de ’datos técnicos’ o de ’asistencia técnica’. N.B. 1: La ’asistencia técnica’ puede asumir las formas de instrucción, adiestramiento especializado, formación, conocimientos prácticos, servicios consultivos y podrá entrañar la transferencia de ’datos técnicos’. N.B. 2: Los ’datos técnicos’ pueden asumir la forma de copias heliográficas, planos, diagramas, modelos, fórmulas, tablas, diseño y especificaciones de ingeniería, manuales e instrucciones escritas o registradas en otros medios o soportes tales como discos, cintas o ’memorias ROM’. |
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"Temperatura crítica" (1 3 6) (denominada en ocasiones temperatura de transición) de un material "superconductor" específico es aquella temperatura a la que el material pierde completamente la resistencia a la circulación de corriente continua. |
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"Tiempo de conmutación de frecuencia" (3 5) es el tiempo máximo (es decir, retardo) necesario, cuando se efectúa una conmutación entre dos frecuencias de salida, para que la frecuencia seleccionada alcance:
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"Tiempo de estabilización" (3) es el tiempo necesario para que la salida se encuentre en un entorno de medio bit del valor final, al conmutar entre dos niveles cualesquiera del convertidor. |
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"Todas las compensaciones disponibles" (2) significa tras haberse tenido en cuenta todas las medidas factibles de que dispone el fabricante para reducir al máximo todos los errores sistemáticos de posición para una máquina-herramienta concreta. |
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"Tolerancia a fallos" (4) es la capacidad de un sistema informático, tras un fallo de cualquiera de sus componentes del equipo físico («hardware») o del "equipo lógico" («software»), de seguir funcionando sin intervención humana, a un nivel de servicio que permita: la continuidad del funcionamiento, la integridad de los datos y el restablecimiento del servicio en un tiempo dado. |
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"Toxinas" (1 2) son toxinas en forma de preparados o mezclas aisladas deliberadamente, independientemente de cómo se hayan obtenido, con excepción de las toxinas presentes como contaminantes en otros materiales, tales como especímenes patológicos, cultivos, alimentos o material de siembra de "microorganismos". |
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"Transductores de presión" (2) son dispositivos que convierten las mediciones de la presión en una señal eléctrica. |
|
"Trituración" (1) es el procedimiento destinado a reducir un material a partículas mediante machaqueo o amolado. |
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"UAV" equivale a vehículo aéreo no tripulado. |
|
"Unión por difusión" (1 2 9) es una unión molecular de estado sólido de al menos dos metales independientes para formar una sola pieza, siendo la resistencia de la unión equivalente a la del material menos resistente. |
|
"Uranio empobrecido" (0) es uranio con un contenido del isótopo 235 inferior al que se da en la naturaleza. |
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"Uranio enriquecido en los isótopos 235 o 233" (0) es uranio que contiene los isótopos 235 o 233, o ambos, en tal cantidad que la relación entre la suma de las cantidades de estos isótopos y la de isótopo 238 sea mayor que la relación entre la cantidad de isótopo 235 y la de isótopo 238 tal y como se da en la naturaleza (relación isotópica del 0,71 %). |
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"Uranio natural" (0) es uranio que contenga las mezclas de isótopo que se dan en la naturaleza. |
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"Utilización" (NGT, NTN, TODO) comprende el funcionamiento, la instalación (incluida la instalación in situ), el mantenimiento (verificación), la reparación, la revisión y la renovación. |
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"Vacuna" (1) es un producto medicinal en formulación farmacéutica con licencia o con autorización de comercialización o de ensayo clínico de las autoridades de reglamentación ya sean del país de fabricación o de empleo, cuya finalidad es estimular una respuesta inmunológica protectora en seres humanos o en animales, con objeto de prevenir enfermedades en el individuo al que se administra. |
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"Vehículo aéreo no tripulado" («UAV») (9) es aquel vehículo que pueda despegar, mantenerse en vuelo y navegar de forma controlada, sin una presencia humana a bordo. |
|
"Vehículo espacial" (7 9) son los satélites activos y pasivos y las sondas espaciales. |
|
"Velocidad de deriva" (giróscopos) (7) es el componente de la salida del giróscopo que resulta funcionalmente independiente de la rotación de entrada y se expresa como una velocidad angular (IEEE STD 528-2001). |
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"Vehículos más ligeros que el aire" (9) son globos y vehículos aéreos que se elevan mediante aire caliente u otros gases más ligeros que el aire, tales como el hidrógeno o el helio. |
ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS EMPLEADOS EN EL PRESENTE ANEXO
Los acrónimos o abreviaturas que se empleen como términos definidos aparecen en las «Definiciones de los términos empleados en el presente anexo».
Acrónimo o abreviatura |
Significado |
ABEC |
Comité Técnico de Cojinetes Anulares |
AGMA |
Asociación Americana de Fabricantes de Engranajes |
AHRS |
Sistema de referencia de actitud y rumbo |
AISI |
Instituto Americano del Hierro y del Acero |
ALU |
Unidad Aritmética Lógica |
ANSI |
Instituto Nacional Americano de Normas |
ASTM |
Sociedad Americana de Ensayos y Materiales |
ATC |
Control del Tráfico Aéreo |
CAD |
Diseño asistido por ordenador |
CAS |
Chemical Abstracts Service (Servicio de Abstractos Químicos) |
CCITT |
Comité Consultivo Internacional Telegráfico y Telefónico |
CDU |
Unidad de Control y Visualización |
CEI |
Comisión Electrotécnica Internacional |
CEP |
Círculo de igual probabilidad |
CNTD |
Deposición nuclearia térmica controlada |
CRISLA |
Reacción química mediante activación de isótopos por "láser" selectivo. |
CVD |
Depósito químico en fase de vapor |
CW |
Guerra química |
CW (para láseres) |
Onda continua |
DME |
Equipo para medición de la distancia |
DS |
Solidificado direccionalmente |
EB-PVD |
Deposición de vapores por método físico por haz de electrones |
EBU |
Unión Europea de Radiodifusión |
ECM |
Mecanizado electroquímico |
ECR |
Resonancia electrón ciclotrón |
EDM |
Máquinas de electroerosión |
EEPROMS |
Memoria sólo de lectura programable y borrable por medios electrónicos |
EIA |
Asociación de Industrias Electrónicas |
EMC |
Compatibilidad electromagnética |
ETSI |
Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación |
FFT |
Transformación rápida de Fourier |
GLONASS |
Sistema de posicionamiento global por satélite (Rusia) |
GPS |
Sistema de posicionamiento global por satélite (USA) |
HBT |
Transistores bipolares de heterounión |
HDDR |
Registro digital de alta densidad |
HEMT |
Transistores de alta movilidad de electrones |
IEEE |
Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos |
IFOV |
Campo de visión instantáneo |
ILS |
Sistema de aterrizaje por instrumentos |
IRIG |
Grupo instrumental interbandas |
ISAR |
Radar de apertura sintética inversa |
ISO |
Organización Internacional de Normalización |
ITU |
Unión Internacional de Telecomunicaciones |
JIS |
Norma Industrial Japonesa |
JT |
Joule-Thomson |
LIDAR |
Detección y medición de distancias por luz |
LRU |
Unidad sustituible en línea |
MAC |
Código de autenticación de mensaje |
Mach |
Cociente entre la velocidad de un objeto y la del sonido (por Ernst Mach) |
MLS |
Sistemas de microondas para aterrizaje |
MOCVD |
Deposición de vapores químicos organometálicos |
MRI |
Formación de imágenes por resonancia magnética |
MRS |
Métodos recomendados por la SACMA |
MTBF |
Tiempo medio entre fallos |
Mtops |
Millón de operaciones teóricas por segundo |
MTTF |
Tiempo medio hasta fallo |
NBC |
Nuclear, biológico y químico |
NDT |
Ensayo no destructivo |
OACI |
Organización de Aviación Civil Internacional |
PAR |
Radar de precisión de aproximación |
PIN |
Número de identificación personal |
ppm |
Partes por millón |
PSD |
Densidad espectral de potencia |
QAM |
Modulación de amplitud en cuadratura |
RF |
Radiofrecuencia |
SACMA |
Asociación de proveedores de materiales compuestos avanzados |
SAR |
Radar de apertura sintética |
SC |
Cristal único |
SILMO |
Separación de isótopos por láser molecular |
SILVA |
Separación de isótopos por láser de vapor atómico |
SLAR |
Radar aerotransportado de haz oblicuo |
SMPTE |
Society of Motion Picture and Television Engineers |
SRA |
Conjunto sustituible en taller |
SRAM |
Memoria estática de acceso aleatorio |
SRM |
Métodos recomendados por la SACMA |
SSB |
Banda lateral única |
SSR |
Radar secundario de vigilancia |
TCSEC |
Criterios fiables de evaluación de sistemas informáticos |
TIR |
Lectura indicada total |
UV |
Ultravioleta |
UTS |
Resistencia a la tracción |
VOR |
Sistema de medidas de distancia omnidireccional de muy alta frecuencia |
YAG |
Granate de itrio y aluminio (imitación de diamante) |
CATEGORÍA 0
MATERIALES, INSTALACIONES Y EQUIPOS NUCLEARES
0A
Sistemas, equipos y componentes
0A001
"Reactores nucleares" y equipos y componentes diseñados especialmente o preparados para los mismos, como los que se indican a continuación:
a. |
"Reactores nucleares" capaces de funcionar de manera que se pueda mantener una reacción de fisión en cadena autosostenida y controlada; |
b. |
Vasijas metálicas o piezas importantes manufacturadas de las mismas, diseñadas especialmente o preparadas para contener el núcleo de un "reactor nuclear", incluida la cabeza de la vasija de presión del reactor; |
c. |
Equipos de manipulación diseñados especialmente o preparados para cargar y descargar el combustible en un "reactor nuclear"; |
d. |
Barras de control diseñadas especialmente o preparadas para el control del proceso de fisión en un "reactor nuclear", las estructuras de apoyo o suspensión de las mismas y los tubos guía de las barras de control; |
e. |
Tubos de presión diseñados especialmente o preparados para contener los elementos combustibles y el refrigerante primario en un "reactor nuclear" a una presión de funcionamiento superior a 5,1 MPa; |
f. |
Circonio metálico y aleaciones en forma de tubos o de ensamblajes de tubos en los que la razón entre hafnio y circonio sea inferior a 1:500 partes en peso, diseñados especialmente o preparados para su utilización en un "reactor nuclear"; |
g. |
Bombas de refrigerante diseñadas especialmente o preparadas para hacer circular el refrigerante primario en "reactores nucleares"; |
h. |
’Componentes internos de reactor nuclear’ diseñados especialmente o preparados para su utilización en un "reactor nuclear", incluidas las columnas de apoyo del núcleo, los canales de combustible, los blindajes térmicos, las placas deflectoras, las placas para el reticulado del núcleo y las placas difusoras; Nota: En el subartículo 0A001.h., ’componentes internos de reactor nuclear’ significa cualquier estructura importante en una vasija de reactor que desempeñe una o más funciones tales como apoyo del núcleo, mantenimiento de la alineación del combustible, orientación del flujo refrigerante primario, suministro de blindajes de radiación para la vasija del reactor y dirección de la instrumentación en el núcleo. |
i. |
Intercambiadores de calor (generadores de vapor) diseñados especialmente o preparados para su utilización en el circuito de refrigerante primario de un "reactor nuclear"; |
j. |
Instrumentos de detección y medición de neutrones, diseñados especialmente o preparados para determinar los niveles de flujo de neutrones en el núcleo de un "reactor nuclear". |
0B
Equipos de ensayo, inspección y producción
0B001
Plantas para la separación de isótopos de "uranio natural", "uranio empobrecido" y "materiales fisionables especiales", y equipos y componentes diseñados especialmente o preparados para ello, según se indica:
a. |
Plantas diseñadas especialmente para la separación de isótopos de "uranio natural", "uranio empobrecido" y "materiales fisionables especiales", según se indica:
|
b. |
Centrifugadoras de gas y conjuntos y componentes, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación por centrifugación gaseosa, según se indica: Nota: En el subartículo 0B001.b., se entenderá por ’materiales de elevada relación resistencia/densidad’ cualquiera de los siguientes:
|
c. |
Equipos y componentes, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación por difusión gaseosa, según se indica:
|
d. |
Equipos y componentes, según se indica, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación aerodinámica:
|
e. |
Equipos y componentes, según se indica, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación por intercambio químico:
|
f. |
Equipos y componentes, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación por intercambio de iones, según se indica:
|
g. |
Equipos y componentes, según se indica, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación de isótopos por "láser" de vapor atómico («SILVA»):
|
h. |
Equipos y componentes, según se indica, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación de isótopos mediante láser molecular (SILMO) o de reacción química mediante activación de isótopos por láser selectivo (AILS), según se indica:
|
i. |
Equipos y componentes, según se indica, diseñados especialmente o preparados para procesos de separación en un plasma:
|
j. |
Equipos y componentes, diseñados o preparados especialmente para el proceso de separación electromagnética, según se indica:
|
0B002
Sistemas, equipos y componentes auxiliares diseñados especialmente o preparados, según se indica, para plantas de separación de isótopos especificadas en el artículo 0B001, fabricados con, o protegidas por "materiales resistentes a la corrosión por UF6":
a. |
Autoclaves de alimentación, hornos o sistemas usados para introducir el UF6 en el proceso de enriquecimiento; |
b. |
Desublimadores o trampas frías, utilizados para extraer el UF6 del proceso de enriquecimiento para la posterior transferencia una vez calentado; |
c. |
Estaciones para el producto y las colas para transferir UF6 a contenedores; |
d. |
Estaciones de licuefacción o solidificación, utilizadas para extraer el UF6 del proceso de enriquecimiento mediante la compresión, la refrigeración y la conversión del UF6 a una forma líquida o sólida; |
e. |
Sistemas de tuberías y sistemas de colectores diseñados especialmente para manipular el UF6, dentro de las cascadas de difusión gaseosa, de centrifugación o aerodinámicas; |
f. |
|
g. |
Espectrómetros de masas para UF6/fuentes de iones diseñados especialmente o preparados para tomar, en línea, de flujos de UF6 gaseoso, muestras de la alimentación, del producto o de las colas y que posean todas las características siguientes:
|
0B003
Plantas para la conversión de uranio y equipos diseñados especialmente o preparados para ellas, según se indica:
a. |
Sistemas para la conversión de concentrado de mena de uranio en UO3; |
b. |
Sistemas para la conversión de UO3 en UF6; |
c. |
Sistemas para la conversión de UO3 en UO2; |
d. |
Sistemas para la conversión de UO2 en UF4; |
e. |
Sistemas para la conversión de UF4 en UF6; |
f. |
Sistemas para la conversión de UF4 en uranio metálico; |
g. |
Sistemas para la conversión de UF6 en UO2; |
h. |
Sistemas para la conversión de UF6 en UF4; |
i. |
Sistemas para la conversión de UO2 en UCl4. |
0B004
Plantas para la producción o concentración de agua pesada, deuterio y compuestos de deuterio y equipos y componentes diseñados especialmente o preparados para ello, según se indica:
a. |
Plantas para la producción de agua pesada, deuterio o compuestos de deuterio, según se indica:
|
b. |
Equipos y componentes según se indica:
|
0B005
Plantas diseñadas especialmente para la fabricación de elementos combustibles para "reactores nucleares" y equipos diseñados especialmente o preparados para ellas.
Nota: Las plantas para la fabricación de elementos combustibles del "reactor nuclear" incluyen equipos que:
a. |
Normalmente están en contacto directo, o procesan o controlan directamente el flujo de producción de materiales nucleares; |
b. |
Sellan herméticamente los materiales nucleares dentro de la vaina; |
c. |
Comprueban la integridad de la vaina o el sellado; o |
d. |
Comprueban el tratamiento de acabado del combustible sellado. |
0B006
Plantas para el reprocesado de elementos combustibles irradiados de "reactores nucleares", así como equipos y componentes diseñados especialmente o preparados para ellas.
Nota: El artículo 0B006 incluye:
a. |
Las plantas para el reprocesado de elementos combustibles irradiados de "reactores nucleares", incluidos los equipos y componentes que normalmente están en contacto directo con el combustible irradiado y los flujos de procesado de los principales materiales nucleares y productos de fisión, y los controlan directamente; |
b. |
Las máquinas troceadoras o desmenuzadoras de elementos combustibles, es decir, equipos accionados a distancia para cortar, trocear, desmenuzar o cizallar conjuntos, haces o varillas de combustible irradiado de "reactores nucleares"; |
c. |
Los recipientes de disolución, tanques críticamente seguros (por ejemplo, tanques de pequeño diámetro, anulares o de poca altura) diseñados especialmente o preparados para la disolución del combustible irradiado de "reactores nucleares", capaces de resistir líquidos calientes y altamente corrosivos, y que puedan ser cargados y mantenidos a distancia; |
d. |
Los equipos de extracción por solvente en contracorriente y equipos para procesos de intercambio de iones diseñados especialmente o preparados para emplearse en plantas para el reprocesado de "uranio natural", "uranio empobrecido" o "materiales fisionables especiales"; |
e. |
Los recipientes de recogida o de almacenamiento diseñados especialmente para ser seguros en condiciones críticas y resistentes a los efectos corrosivos del ácido nítrico; Nota: Los recipientes de recogida o de almacenamiento pueden tener las siguientes características:
|
f. |
La instrumentación de control de procesos diseñada o preparada para supervisar o controlar el reprocesado de "uranio natural", "uranio empobrecido" o "materiales fisionables especiales" irradiados. |
0B007
Plantas para la conversión del plutonio, así como equipos y componentes diseñados especialmente o preparados para ellas, según se indica:
a. |
Sistemas para la conversión de nitrato de plutonio a óxido; |
b. |
Sistemas para la producción de plutonio metal. |
0C
Materiales
0C001
"Uranio natural" o "uranio empobrecido" o torio en forma de metal, aleación, compuesto químico o concentrado, así como cualquier otro material que contenga uno o más de los anteriores.
Nota: El artículo 0C001 no somete a control lo siguiente:
a. |
Cuatro gramos o menos de "uranio natural" o "uranio empobrecido" cuando estén contenidos en un elemento sensor de un instrumento; |
b. |
"Uranio empobrecido" fabricado especialmente para las siguientes aplicaciones civiles no nucleares:
|
c. |
Aleaciones que contengan menos del 5 % de torio; |
d. |
Productos de cerámica que contengan torio, fabricados para aplicaciones no nucleares. |
0C002
"Materiales fisionables especiales"
Nota: El artículo 0C002 no somete a control cuatro "gramos efectivos" o menos cuando estén contenidos en el un elemento sensor de un instrumento.
0C003
Deuterio, agua pesada (óxido de deuterio) y otros compuestos del deuterio, así como mezclas y soluciones que contengan deuterio, en las que la razón isotópica entre deuterio e hidrógeno sea superior a 1/5 000.
0C004
Grafito de pureza nuclear, con un nivel de pureza de menos de 5 partes por millón de ’equivalente de boro’ y con una densidad superior a 1,5 g/cm3.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C107.
Nota 1: El artículo 0C004 no somete a control:
a. |
Los productos manufacturados a base de grafito con una masa inferior a 1 kg, a excepción de los diseñados especialmente o preparados para uso en un reactor nuclear; |
b. |
El polvo de grafito. |
Nota 2: En el artículo 0C004, ’equivalente de boro’ («BE») se define como la suma de «BE»z por impurezas (excluido el «BE»carbono, ya que el carbono no se considera una impureza) incluyendo el boro, siendo:
BEz (ppm) = CF × concentración del elemento Z en ppm;
Siendo CF el factor de conversión
siendo σB y σZ las secciones eficaces de captura de neutrones térmicos (en barnios) del boro producido naturalmente y del elemento Z, respectivamente, y siendo AB y AZ las masas atómicas del boro producido naturalmente y del elemento Z, respectivamente.
0C005
Compuestos o polvos preparados especialmente para la fabricación de barreras de difusión gaseosa resistentes a la corrosión por UF6 (por ejemplo, níquel o aleaciones que contengan el 60 % en peso o más de níquel, óxido de aluminio y polímeros de hidrocarburos totalmente fluorados) de una pureza igual o superior al 99,9 % (en peso) y un tamaño medio de las partículas inferior a 10 micras, de acuerdo con la norma ASTM B330, y una granulometría de alto grado de uniformidad.
0D
Equipo lógico
0D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de productos incluidos en la presente categoría.
0E
Tecnología
0E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los productos incluidos en la presente categoría.
CATEGORÍA 1
MATERIALES, SUSTANCIAS QUÍMICAS, "MICROORGANISMOS" Y "TOXINAS"
1A
Sistemas, equipos y componentes
1A001
Componentes elaborados a partir de compuestos fluorados, según se indica:
a. |
Cierres herméticos, juntas de estanqueidad, sellantes y vejigas de combustible diseñados especialmente para uso en "aeronaves" o espacial, constituidos por más del 50 % en peso de cualquiera de los materiales incluidos en los subartículos 1C009.b. o 1C009.c.; |
b. |
Polímeros y copolímeros piezoeléctricos constituidos por materiales de fluoruro de vinilideno incluidos en el subartículo 1C009.a.:
|
c. |
Cierres herméticos, juntas de estanqueidad, asientos de válvulas, vejigas y diafragmas constituidos por fluoroelastómeros que contengan, como mínimo, un grupo viniléter como una unidad constitucional, diseñados especialmente para uso en "aeronaves", espacial o en ’misiles’. Nota: En 1A001.c., se entenderá por ’misiles’, los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados. |
1A002
Estructuras y laminados de "materiales compuestos" («composites»), que posean alguna de las siguientes características:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 1A202, 9A010 Y 9A110.
a. |
Consistentes en una "matriz" orgánica y materiales incluidos en los subartículos 1C010.c., 1C010.d., o 1C010.e.; o |
b. |
Consistentes en una "matriz" metálica o de carbono y uno de los siguientes elementos:
|
Nota 1: El artículo 1A002 no somete a control las estructuras o productos laminados de "materiales compuestos" («composites») constituidos por "materiales fibrosos o filamentosos" de carbono impregnados con resina epoxídica, para la reparación de estructuras o productos laminados de "aeronaves civiles", a condición de que su tamaño no sea superior a 100 cm × 100 cm.
Nota 2: El artículo 1A002 no somete a control los elementos acabados o semiacabados diseñados especialmente para aplicaciones de carácter exclusivamente civil, según se indica a continuación:
a. |
Artículos de deporte; |
b. |
Industria automotriz; |
c. |
Industria de máquinas herramienta; |
d. |
Aplicaciones médicas. |
1A003
Productos manufacturados de sustancias polímeras no fluoradas incluidas en el subartículo 1C008.a.3., en forma de película, hoja, banda o cinta que posean una de las dos características siguientes:
a. |
Espesor superior a 0,254 mm; o |
b. |
Estar revestidos o laminados con carbono, grafito, metales o sustancias magnéticas. |
Nota: El artículo 1A003 no somete a control los productos manufacturados que estén revestidos o laminados con cobre y diseñados especialmente para la producción de placas de circuitos impresos electrónicos.
1A004
Equipos de protección y detección y sus componentes, distintos de los especificados en la Relación de Material de Defensa, según se indica:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 2B351 Y 2B352.
a. |
Máscaras antigás, cartuchos de filtros y equipos de descontaminación para las mismas, diseñados o modificados para la defensa contra agentes biológicos o materiales radiactivos "adaptados para utilización en guerra" o agentes químicos bélicos y componentes diseñados especialmente para ellos; |
b. |
Trajes, guantes y calzado de protección, diseñados especialmente o modificados para la defensa contra agentes biológicos o materiales radiactivos "adaptados para utilización en guerra" o agentes químicos bélicos; |
c. |
Sistemas de detección nuclear, biológica y química, diseñados especialmente o modificados para la detección o identificación de agentes biológicos o de materiales radiactivos "adaptados para utilización en guerra" o agentes químicos bélicos y componentes diseñados especialmente para ellos. |
Nota: El artículo 1A004 no somete a control:
a. |
Los dosímetros personales para control de radiación; |
b. |
Los equipos que por su diseño o función están limitados a la protección contra riesgos específicos de las industrias civiles, como la minería, la explotación de canteras, el sector agrario, la industria farmacéutica, los productos sanitarios, los productos veterinarios, el medio ambiente, la gestión de residuos o la industria alimentaria. |
1A005
Trajes blindados y componentes diseñados especialmente para los mismos, distintos de los fabricados conforme a normas o especificaciones militares o a otras con prestaciones equivalentes.
N.B.: VÉASE ASIMISMO LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA.
N.B.: Para los "materiales fibrosos o filamentosos" utilizados en la fabricación de trajes blindados, véase el artículo 1C010.
Nota 1: El artículo 1A005 no somete a control los trajes blindados o prendas protectoras, cuando son portados por sus usuarios para su protección personal.
Nota 2: El artículo 1A005 no somete a control los trajes blindados diseñados para proporcionar una protección frontal exclusivamente contra la metralla y la onda expansiva procedentes de artefactos explosivos no militares.
1A102
Componentes de carbono-carbono pirolizados resaturados diseñados para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
1A202
Estructuras de "materiales compuestos" («composites») distintas de las incluidas en el artículo 1A002, en forma de tubos que tengan las dos características siguientes:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A010 Y 9A110.
a. |
Un diámetro interior de entre 75 mm y 400 mm; y |
b. |
Estar elaboradas con alguno de los "materiales fibrosos o filamentosos" incluidos en los subartículos 1C010.a., 1C010.b. o 1C210.a., o con los materiales de carbono preimpregnados especificados en el subartículo 1C210.c. |
1A225
Catalizadores platinizados diseñados especialmente o preparados para fomentar la reacción de intercambio de isótopos de hidrógeno entre hidrógeno y agua, para la recuperación de tritio a partir de agua pesada o para la producción de agua pesada.
1A226
Rellenos especiales que puedan usarse en la separación de agua pesada del agua ordinaria, que tengan las dos características siguientes:
a. |
Estar fabricados de malla de bronce fosforoso con un tratamiento químico que mejore la humectabilidad; y |
b. |
Estar diseñados para emplearse en columnas de destilación de vacío. |
1A227
Ventanas de protección contra radiaciones, de alta densidad (de vidrio de plomo u otro material), que tengan todas las características siguientes, y los marcos diseñados especialmente para ellas:
a. |
Una ’superficie fría’ de más de 0,09 m2; |
b. |
Una densidad superior a 3 g/cm3; y |
c. |
Un grosor de 100 mm o más. |
Nota técnica:
En el artículo 1A227 ’superficie fría’ significa la superficie de visión de la ventana expuesta al nivel más bajo de radiación en la aplicación de diseño.
1B
Equipos de ensayo, inspección y producción
1B001
Equipos para la producción de fibras, preimpregnados, preformas o "materiales compuestos" («composites») incluidos en los artículos 1A002 o 1C010, según se indica, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 1B101 Y 1B201.
a. |
Máquinas para el devanado de filamentos en las que los movimientos de posicionado, enrollado y devanado de las fibras estén coordinados y programados en tres o más ejes, diseñadas especialmente para la fabricación de estructuras de "materiales compuestos" («composites») a partir de "materiales fibrosos o filamentosos"; |
b. |
Máquinas para el tendido de cintas o para la colocación de cabos en las que los movimientos de posicionado y de tendido de las cintas, los cabos o las hojas estén coordinados y programados en dos o más ejes, diseñadas especialmente para la fabricación de estructuras de "materiales compuestos" («composites») para fuselajes de aviones o ’misiles’; Nota: En el presente subartículo 1B001.b., se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados. |
c. |
Máquinas de tejer o máquinas de entrelazar multidireccionales, multidimensionales, comprendidos los adaptadores y los conjuntos de modificación, para tejer, entrelazar o trenzar fibras a fin de fabricar estructuras de "materiales compuestos" («composites»); Nota técnica: A efectos de 1B001.c., la técnica de entrelazado incluye el punto tricotado. Nota: El subartículo 1B001.c. no somete a control la maquinaria textil que no haya sido modificada para los usos finales indicados. |
d. |
Equipos diseñados especialmente o adaptados para la fabricación de fibras de refuerzo, según se indica:
|
e. |
Equipos para la fabricación, por el método de fusión en caliente, de los productos preimpregnados («prepregs») incluidos en el subartículo 1C010.e.; |
f. |
Equipos de inspección no destructiva y diseñados especialmente para los "materiales compuestos" («composites»), del siguiente tipo:
|
1B002
Equipos para la producción de aleaciones metálicas, polvo de aleaciones metálicas o materiales aleados diseñados especialmente para evitar la contaminación y diseñados especialmente para ser utilizados en uno de los procesos especificados en 1C002.c.2.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1B102.
1B003
Herramientas, troqueles, moldes o montajes para la "conformación superplástica" o para la "unión por difusión" del titanio, del aluminio o de sus aleaciones, diseñados especialmente para la fabricación de:
a. |
Estructuras para fuselajes de aviones o estructuras aeroespaciales; |
b. |
Motores de "aeronaves" o aeroespaciales; o |
c. |
Componentes diseñados especialmente para dichas estructuras o motores. |
1B101
Equipos, distintos de los especificados en el artículo 1B001, para la "producción" de "materiales compuestos" («composites») estructurales, según se indica, y los componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1B201.
Nota: Son ejemplos de los componentes y accesorios para las máquinas incluidas en el artículo 1B101: los moldes, mandriles, matrices, dispositivos y utillaje para el prensado de preformación, el curado, la fundición, la sinterización o el enlace de estructuras de "materiales compuestos" («composites») y los laminados y productos de las mismas.
a. |
Máquinas para el devanado de filamentos en las que los movimientos para el posicionado, enrollado y devanado de las fibras estén coordinados y programados en tres o más ejes, diseñados para fabricar estructuras o laminados de "materiales compuestos" («composites») a partir de "materiales fibrosos o filamentosos", y los controles de coordinación y programación; |
b. |
Máquinas posicionadoras de cintas cuyos movimientos para posicionar y tender las cintas y láminas estén coordinados y programados en dos o más ejes, diseñadas para la fabricación de estructuras de "materiales compuestos" («composites») para fuselajes de aviones y de "misiles"; |
c. |
Equipo diseñado o modificado para la "producción" de "materiales fibrosos o filamentosos", según se indica:
|
d. |
Equipo diseñado o modificado para el tratamiento especial de la superficie de las fibras o para producir preimpregnados y preformados incluidos en el artículo 9C110. Nota: El subartículo 1B101.d. incluye los rodillos, los tensores, los equipos de revestimiento y de corte y las matrices tipo clicker. |
1B102
"Equipo de producción" de polvo metálico, distinto de los incluidos en el artículo 1B002, y componentes según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL SUBARTÍCULO 1B115.b.
a. |
"Equipo de producción" de polvo metálico utilizable para la "producción", en un ambiente controlado, de materiales esféricos o atomizados incluidos en los subartículos 1C011.a., 1C011.b., 1C111.a.1., 1C111a.2. o en la Relación de Material de Defensa; |
b. |
Componentes diseñados especialmente para el "equipo de producción" especificado en el artículo 1B002 o en el subartículo 1B102.a. |
Nota: El artículo 1B102 incluye:
a. |
Generadores de plasma (chorro de arco de alta frecuencia) utilizable para la obtención de polvos metálicos esféricos o por deposición catódica («sputtered») con la organización del proceso en un ambiente de argón-agua; |
b. |
Equipo de electroexplosión («electroburst») utilizable para la obtención de polvos metálicos esféricos o por deposición catódica («sputtered») con la organización del proceso en un ambiente de argón-agua; |
c. |
Equipo utilizable para la "producción" de polvos esféricos de aluminio mediante el espolvoreado de un material fundido en un medio inerte (por ejemplo, nitrógeno). |
1B115
Equipos, distintos de los incluidos en los artículos 1B002 o 1B102, para la producción de propulsantes o de constituyentes de propulsantes, según se indica, y componentes diseñados especialmente para ellos:
a. |
"Equipo de producción" para la "producción", manejo o pruebas de aceptación de los propulsantes líquidos o constituyentes de propulsantes líquidos incluidos en los subartículos 1C011.a., 1C011.b., 1C111 o en la Relación de Material de Defensa; |
b. |
"Equipo de producción" para la "producción", manipulación, mezcla, curado, moldeado, prensado, mecanizado, extrusión y ensayos de aceptación de los propulsantes sólidos o los constituyentes de propulsantes sólidos incluidos en los subartículos 1C011.a., 1C011.b., 1C111 o en la Relación de Material de Defensa. Nota: El subartículo 1B115.b. no somete a control las mezcladoras por lote, las mezcladoras continuas o los molinos de energía fluida. Para el control de las mezcladoras por lote, las mezcladoras continuas y los molinos de energía fluida véase los artículos 1B117, 1B118 y 1B119. |
Nota 1: Para los equipos diseñados especialmente para la producción de material militar, véase la Relación de Material de Defensa.
Nota 2: El artículo 1B115 no somete a control el equipo para la "producción", manipulación y ensayos de aceptación de carburo de boro.
1B116
Toberas diseñadas especialmente para producir materiales derivados pirolíticamente formados en un molde, mandril u otro sustrato a partir gases precursores que se descompongan en la banda de temperatura de 1 573 K (1 300 °C) a 3 173 K (2 900 °C) a presiones de 130 Pa a 20 kPa.
1B117
Mezcladoras por lotes provistas para mezcla en vacío en la banda de cero a 13,326 kPa y con capacidad de control de temperatura en la cámara de mezclado y que tengan todo lo siguiente, así como los componentes diseñados especialmente para ellas:
a. |
Una capacidad volumétrica total de 110 litros o más; y |
b. |
Al menos un eje mezclador/amasador descentrado. |
1B118
Mezcladoras continuas provistas para mezcla en vacío en la banda de cero a 13,326 kPa y con capacidad de control de la temperatura en la cámara de mezclado, que tengan cualquiera de los siguientes componentes diseñados especialmente para ellas:
a. |
Dos o más ejes mezcladores/amasadores; o |
b. |
Un eje único rotatorio oscilante y con púas o dientes amasadores en el eje así como en el interior de la carcasa de la cámara de mezcla. |
1B119
Molinos de energía fluida utilizables para moler o triturar las sustancias incluidas en los subartículos 1C011.a., 1C011.b., 1C111 o en la Relación de Material de Defensa, así como los componentes diseñados especialmente para los mismos.
1B201
Máquinas para el devanado de filamentos distintas de las incluidas en los artículos 1B001 o 1B101 y equipo relacionado, según se indica:
a. |
Máquinas para el devanado de filamentos con todas las siguientes características:
|
b. |
Controles de coordinación y programación para las máquinas para el devanado de filamentos especificadas en 1B201.a.; |
c. |
Mandriles de precisión para las máquinas para el devanado de filamentos especificadas en 1B201.a. |
1B225
Células electrolíticas para la producción de flúor con capacidad de producción superior a 250 g de flúor por hora.
1B226
Separadores electromagnéticos de isótopos, diseñados para fuentes de iones únicos o múltiples, o equipados con éstas, capaces de proporcionar una corriente total de haz de iones de 50 mA o más.
Nota: El artículo 1B226 incluye separadores:
a. |
Capaces de enriquecer isótopos estables; |
b. |
Con las fuentes y colectores de iones situados en el campo magnético, y también aquellos en los que estas configuraciones son externas al campo. |
1B227
Convertidores de síntesis de amoníaco o unidades de síntesis de amoníaco en las que el gas de síntesis (nitrógeno e hidrógeno) se elimina de la columna de intercambio amoníaco/hidrógeno de alta presión y el amoníaco sintetizado se devuelve a dicha columna.
1B228
Columnas de destilación criogénica de hidrógeno que tengan todas las características siguientes:
a. |
Estar diseñadas para funcionar a temperaturas internas de 35 K (– 238 °C) o menos; |
b. |
Estar diseñadas para funcionar a una presión interna de 0,5 a 5 MPa; |
c. |
Estar fabricadas con:
|
d. |
Con diámetros interiores de 1 m o más y longitudes efectivas de 5 m o más. |
1B229
Columnas de plato de intercambio de agua-sulfuro de hidrógeno y "contactores internos" como se indica a continuación:
N.B.: Para las columnas diseñadas especialmente o preparadas para la producción de agua pesada, véase el artículo 0B004.
a. |
Columnas de plato de intercambio de agua-sulfuro de hidrógeno con todas las características siguientes:
|
b. |
’Contactores internos’ para las columnas de plato de intercambio de agua-sulfuro de hidrógeno especificadas en el subartículo 1B229.a. Nota técnica: Los ’contactores internos’ de las columnas son platos segmentados con un diámetro efectivo ensamblado de 1,8 m o mayor, diseñados para facilitar el contacto contra corriente y construidos de aceros inoxidables con un contenido de carbono del 0,03 % o menos. Pueden ser platos de cedazo, platos de válvula, platos de campana burbujeadora y platos de turborrejillas. |
1B230
Bombas capaces de hacer circular soluciones de catalizador concentrado o diluido de amida de potasio en amoníaco líquido (KNH2/NH3), con todas las características siguientes:
a. |
Ser estancas al aire (es decir, cerradas herméticamente); |
b. |
Tener una capacidad superior a 8,5 m3/h; y |
c. |
Tener una de las características siguientes:
|
1B231
Instalaciones o plantas de tritio y equipos para ellas, según se indica:
a. |
Instalaciones o plantas para la producción, la recuperación, la extracción, la concentración o la manipulación de tritio; |
b. |
Equipos para instalaciones o plantas de tritio, según se indica a continuación:
|
1B232
Turboexpansores o conjuntos de turboexpansor y compresor con las dos características siguientes:
a. |
Estar diseñados para funcionar con una temperatura a la salida de 35 K (– 238 °C) o inferior; y |
b. |
Estar diseñados para un caudal de hidrógeno gaseoso de 1 000 kg/hora o más. |
1B233
Instalaciones, plantas de separación de isótopos de litio y equipos para ellas, según se indica:
a. |
Instalaciones o plantas para la separación de isótopos de litio; |
b. |
Equipo para la separación de isótopos de litio, según se indica a continuación:
|
1C
Materiales
Nota técnica:
Metales y aleaciones:
|
Salvo indicación contraria, las palabras ’metales’ y ’aleaciones’ en los artículos 1C001 a 1C012 abarcan las formas brutas y semielaboradas, según se indica a continuación: |
Formas brutas:
|
Ánodos, bolas, varillas (incluidas las probetas entalladas y el alambrón), tochos, bloques, lupias, briquetas, tortas, cátodos, cristales, cubos, dados, granos, gránulos, lingotes, terrones, pastillas, panes, polvo, discos, granalla, zamarras, pepitas, esponja, estacas; |
Formas semielaboradas (estén o no revestidas, chapadas, perforadas o troqueladas):
a. |
Materiales labrados o trabajados, elaborados mediante laminado, trefilado, extrusión, forja, extrusión por percusión, prensado, granulado, pulverización y rectificado, es decir: ángulos, hierros en U, círculos, discos, polvo, limaduras, hoja y láminas, forjados, planchas, microgránulos, piezas prensadas y estampadas, cintas, aros, varillas (incluidas varillas de soldadura sin revestimiento, varillas de alambre y alambre laminado), perfiles, perfiles laminados, flejes, caños y tubos (incluidos redondos, cuadrados y tubos cortos redondeados de paredes gruesas para fabricación de tubos sin costura), alambre trefilado o extrudido; |
b. |
Material vaciado mediante moldeado con arena, troquel, moldes de metal, de escayola o de otro tipo, incluida la fundición de alta presión, los sinterizados y las formas obtenidas por pulvimetalurgia. |
No debe poder eludirse el objetivo del control mediante la exportación de formas no citadas en la lista presentadas como productos acabados pero que sean en realidad formas brutas o semielaboradas.
1C001
Materiales diseñados especialmente para absorber las ondas electromagnéticas, o polímeros intrínsecamente conductores, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C101.
a. |
Materiales para la absorción de frecuencias superiores a 2 × 108 Hz e inferiores a 3 × 1012 Hz; Nota 1: El subartículo 1C001.a. no somete a control:
Nota 2: Ninguna de las disposiciones de la nota 1 del subartículo 1C001.a. autoriza la exportación de los materiales magnéticos que permiten la absorción cuando están contenidos en pintura. |
b. |
Materiales para la absorción de frecuencias superiores a 1,5 × 1014 Hz e inferiores a 3,7 × 1014 Hz y no trasparentes a la luz visible; |
c. |
Materiales polímeros intrínsecamente conductores con una ’conductividad eléctrica en volumen’ superior a 10 000 S/m (siemens por metro) o una ’resistividad laminar (superficial)’ inferior a 100 ohmios/cuadrado, basados en uno de los polímeros siguientes:
Nota técnica: La ’conductividad eléctrica en volumen’ y la ’resistividad laminar (superficial)’ se determinarán con arreglo a la norma ASTM D-257 o equivalentes nacionales. |
1C002
Aleaciones metálicas, polvo de aleaciones metálicas o materiales aleados según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C202.
Nota: El artículo 1C002 no somete a control las aleaciones metálicas, el polvo de aleaciones metálicas ni los materiales aleados para el revestimiento de sustratos.
Notas técnicas:
1. |
Las aleaciones metálicas incluidas en el artículo 1C002 son aquellas que contienen un porcentaje en peso más elevado del metal indicado que de cualquier otro elemento. |
2. |
La longevidad a la rotura por esfuerzos se medirá con arreglo a la norma E-139 de la ASTM o sus equivalentes nacionales. |
3. |
La resistencia a la fatiga por un pequeño número de ciclos se medirá con arreglo a la norma E-606 de la ASTM (Método Recomendado para el Ensayo de Resistencia a la Fatiga por un pequeño número de ciclos a amplitud constante) o sus equivalentes nacionales. El ensayo será axial, con una relación media de esfuerzos igual a 1 y un coeficiente de concentración de esfuerzos (Kt) igual a 1. La relación media de esfuerzos se define como el esfuerzo máximo menos el esfuerzo mínimo dividido por el esfuerzo máximo. |
a. |
Aluminuros, según se indica:
|
b. |
Aleaciones metálicas, según se indica, compuestas de los materiales incluidos en el subartículo 1C002.c.:
|
c. |
Polvo, o material en partículas, de aleaciones metálicas para materiales, que posea todas las características siguientes:
|
d. |
Materiales aleados que posean todas las características siguientes:
|
1C003
Metales magnéticos de todos los tipos y en todas las formas que posean cualquiera de las características siguientes:
a. |
Permeabilidad relativa inicial igual o superior a 120 000 y espesor igual o inferior a 0,05 mm; Nota técnica: La medida de la permeabilidad inicial debe realizarse sobre materiales completamente recocidos. |
b. |
Aleaciones magnetostrictivas que posean cualquiera de las características siguientes:
|
c. |
Bandas de aleación amorfa o ’nanocristalina’ que tengan todas las características siguientes:
Nota técnica: Los materiales ’nanocristalinos’ del subartículo 1C003.c. son aquellos materiales con una granulometría de cristales de 50 nm o menos, determinada por difracción con rayos X. |
1C004
Aleaciones de uranio titanio o aleaciones de volframio con una "matriz" a base de hierro, de níquel o de cobre, que posean todas las características siguientes:
a. |
Densidad superior a 17,5 g/cm3; |
b. |
Límite de elasticidad superior a 880 MPa; |
c. |
Resistencia a la rotura por tracción superior a 1 270 MPa; y |
d. |
Alargamiento superior al 8 %. |
1C005
Conductores de "materiales compuestos" («composites») "superconductores" en longitudes superiores a 100 m o que tengan una masa superior a 100 g, según se indica:
a. |
Conductores de "materiales compuestos" («composites») "superconductores" que contengan uno o más filamentos de niobio-titanio, con todo lo siguiente:
|
b. |
Conductores de "materiales compuestos" («composites») "superconductores" constituidos por uno o más filamentos "superconductores" que no sean de niobio-titanio, que posean todas las características siguientes:
|
c. |
Conductores de "materiales compuestos" («composites») "superconductores" consistentes en uno o más filamentos "superconductores" que permanezcan en el estado "superconductor" a una tempratura superior a 115 K (– 158,16 °C). Nota técnica: A efectos de 1C005 los filamentos podrán tener forma de hilo, cilindro, película, banda o cinta. |
1C006
Fluidos y sustancias lubricantes según se indica:
a. |
Líquidos hidráulicos que contengan como ingredientes principales cualquiera de los compuestos o sustancias siguientes:
|
b. |
Sustancias lubricantes que contengan como ingredientes principales cualquiera de los compuestos o sustancias siguientes:
|
c. |
Fluidos de amortiguación o de flotación de una pureza superior al 99,8 % que contengan menos de 25 partículas de un tamaño igual o superior a 200 micras por 100 ml y constituidos en un 85 % como mínimo por cualquiera de los compuestos o sustancias siguientes:
|
d. |
Fluidos refrigerantes electrónicos de fluorocarbonos que posean todas las características siguientes:
|
Nota técnica:
A los fines del artículo 1C006:
a. |
El punto de encendido («flash point») se determina empleando el método en vaso abierto de Cleveland descrito en ASTM D-92, o equivalentes nacionales. |
b. |
El punto de fluidez crítica se determina empleando el método descrito en ASTM D-97, o equivalentes nacionales. |
c. |
El índice de viscosidad se determina empleando el método descrito en ASTM D-2270, o equivalentes nacionales. |
d. |
La estabilidad térmica se determina empleando el método de ensayo siguiente o sus equivalentes nacionales:
|
e. |
La temperatura de ignición autógena se determina empleando el método descrito en ASTM E-659, o sus equivalentes nacionales. |
1C007
Materiales de base cerámica, materiales cerámicos que no sean "materiales compuestos" («composites»), "materiales compuestos" («composites») de "matriz" cerámica y materiales precursores, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C107.
a. |
Materiales de base de boruros de titanio simples o complejos que contengan un total de impurezas metálicas, excluidas las adiciones intencionales, inferior a 5 000 ppm, un tamaño medio de partícula igual o inferior a 5 micras y no más de un 10 % de partículas mayores de 10 micras; |
b. |
Materiales cerámicos que no sean "materiales compuestos" («composites»), en formas brutas o semielaboradas, compuestos de boruros de titanio que tengan una densidad igual o superior al 98 % de la densidad teórica; Nota: El subartículo 1C007.b. no somete a control los abrasivos. |
c. |
Materiales de "materiales compuestos" («composites») cerámica-cerámica con "matriz" de vidrio o de óxido, reforzados con fibras, que posean todas las características siguientes:
|
d. |
Materiales de "materiales compuestos" («composites») cerámica-cerámica, con o sin fase metálica continua, que contengan partículas, triquitos o fibras, y en los que la "matriz" esté formada por carburos o nitruros de silicio, circonio o boro; |
e. |
Materiales precursores (es decir, materiales polímeros u organometálicos para fines especiales) destinados a la producción de cualquiera de las fases de los materiales incluidos en el subartículo 1C007.c., según se indica:
|
f. |
"Materiales compuestos" («composites») cerámica-cerámica con una "matriz" de óxido o de vidrio, reforzados con fibras de cualquiera de los sistemas siguientes:
Nota: El subartículo 1C007.f. no somete a control los "materiales compuestos" («composites») que contengan fibras de estos sistemas con una resistencia a la tracción de la fibra inferior a 700 MPa a 1 273 K (1 000 °C) o con una resistencia a la termofluencia por tracción de la fibra de más de 1 % de deformación con una carga de 100 MPa a 1 273 K (1 000 °C) durante 100 horas. |
1C008
Sustancias polímeras no fluoradas, según se indica:
a. |
Nota 1: El subartículo 1C008.a. somete a control las sustancias en forma líquida o sólida, incluidas la resina, el polvo, el gránulo, la película, la hoja, la banda o la cinta. Nota 2: El subartículo 1C008.a. no somete a control los polvos de moldeo por compresión sin fusión ni las formas moldeadas por compresión sin fusión. |
b. |
Copolímeros de cristales líquidos termoplásticos que tengan una temperatura de termodeformación superior a 523 K (250 °C) medida de acuerdo con la norma ISO 75-2 (2004), método A o sus equivalentes nacionales, con una carga de 1,80 N/mm2 y compuestos de:
|
c. |
No utilizado; |
d. |
Cetonas de poliarileno; |
e. |
Sulfuros de poliarileno en los que el grupo arileno está constituido por bifenileno, trifenileno o combinaciones de ellos; |
f. |
Polibifenilenetersulfona que tenga una temperatura de transición vítrea (Tg) superior a 513 K (240 °C). |
Nota técnica:
La temperatura de transición vítrea (Tg) para los materiales del artículo 1C008 se determina mediante el método descrito en ISO 11357-2 (1999), o sus equivalentes nacionales.
1C009
Compuestos fluorados no tratados, según se indica:
a. |
Copolímeros de fluoruro de vinilideno que tengan una estructura cristalina beta del 75 % o más sin estirado; |
b. |
Poliimidas fluoradas que contengan el 10 % en peso o más de flúor combinado; |
c. |
Elastómeros de fosfaceno fluorado que contengan el 30 % en peso o más de flúor combinado. |
1C010
"Materiales fibrosos o filamentosos" que puedan utilizarse en estructuras o laminados de "materiales compuestos" («composites») que tengan una "matriz" orgánica, una "matriz" metálica o una "matriz" de carbono, según se indica:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 1C210 Y 9C110.
a. |
"Materiales fibrosos o filamentosos" orgánicos que posean todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 1C010.a. no somete a control el polietileno. |
b. |
"Materiales fibrosos o filamentosos" de carbono que posean todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 1C010.b. no somete a control los tejidos constituidos por "materiales fibrosos o filamentosos" para la reparación de estructuras o productos laminados de "aeronaves civiles" en los que el tamaño de cada hoja no sea superior a 100 cm × 100 cm. Nota técnica: Las propiedades de los materiales descritos en el subartículo 1C010.b. se determinarán empleando los métodos recomendados SRM 12 a 17 de la «Suppliers of Advanced Composite Materials Association» («SACMA») o por métodos equivalentes nacionales de ensayo de cables de filamentos, como por ejemplo la «Japanese Industrial Standard» JIS-R-7601, párrafo 6.6.2., y se basarán en la media de los lotes. |
c. |
"Materiales fibrosos o filamentosos" inorgánicos que posean todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 1C010.c. no somete a control:
|
d. |
"Materiales fibrosos o filamentosos":
|
e. |
Fibras impregnadas de resina o de brea (preimpregnados), fibras revestidas de metal o de carbono (preformas) o "preformas de fibra de carbono", según se indica:
Notas: El subartículo 1C010.e. no somete a control:
Nota técnica: La temperatura de transición vítrea (Tg) para los materiales del subartículo 1C010.e. se determina mediante el método descrito en ASTM D 3418 empleando el método en seco. La temperatura de transición vítrea para las resinas fenólicas y epoxídicas se determina por el método descrito en ASTM D 4065, a una frecuencia de 1 Hz y con una velocidad de calentamiento de 2 K (°C) por minuto, empleando el método en seco. |
1C011
Metales y compuestos, según se indica:
N.B.: VÉANSE ASIMISMO LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA Y EL ARTÍCULO 1C111.
a. |
Metales en partículas de dimensiones inferiores a 60 micras, ya sean esféricas, atomizadas, esferoidales, en escamas o pulverizadas, fabricadas a partir de un material compuesto al menos en un 99 % de circonio, magnesio y aleaciones de los mismos; Nota técnica: El contenido natural de hafnio en el circonio (2 % a 7 % típico) se cuenta con el circonio. Nota: Los metales y aleaciones enumerados en el subartículo 1C011.a. se someten a control, estén o no encapsulados en aluminio, magnesio, circonio o berilio. |
b. |
Boro o carburo de boro con un grado de pureza del 85 % como mínimo y un tamaño de partículas de 60 micras o menos; Nota: Los metales o aleaciones enumerados en el subartículo 1C011.b. se someten a control, estén o no encapsulados en aluminio, magnesio, circonio o berilio. |
c. |
Nitrato de guanidina; |
d. |
Nitroguanidina («NQ») (CAS 556-88-7). |
1C012
Materiales según se indica:
Nota técnica:
Estos materiales se usan típicamente para fuentes térmicas nucleares.
a. |
Plutonio en cualquiera de sus formas, con un dosaje isotópico de plutonio de más del 50 % en peso de plutonio-238; Nota: El subartículo 1C012.a. no somete a control:
|
b. |
Neptunio-237 "previamente separado" en cualquiera de sus formas. Nota: El subartículo 1C012.b. no somete a control las expediciones con un contenido igual o inferior a 1 g de neptunio-237. |
1C101
Materiales y dispositivos para observaciones reducidas tales como la reflectividad al radar y las firmas ultravioletas/infrarrojas y acústicas, distintos de los incluidos en el artículo 1C001, para utilización en los ’misiles’, subsistemas, o los vehículos aéreos no tripulados que se mencionan en el punto 9A012.
Nota 1: En el presente artículo 1C101 se incluyen:
a. |
Materiales estructurales y revestimientos diseñados especialmente para reducir la reflectividad al radar; |
b. |
Revestimientos, incluidas las pinturas, diseñados especialmente para reducir o ajustar la reflectividad o emisividad en la región del espectro electromagnético de microondas, infrarrojos o ultravioleta. |
Nota 2: El artículo 1C101 no incluye los revestimientos cuando se utilicen especialmente para el control térmico de satélites.
Nota técnica:
En el punto 1C101, deberá entenderse por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados capaces de alcanzar una distancia de, al menos, 300 km.
1C102
Materiales carbono-carbono pirolizados resaturados diseñados para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
1C107
Grafito y materiales cerámicos distintos de los especificados en 1C007, según se indica:
a. |
Grafitos de granulometría fina con una densidad aparente de 1,72 g/cm3 o superior, medida a 288 K (15 °C), y que tengan un tamaño de grano de 100 micras o menor, utilizables en toberas de "cohetes" y puntas de ojivas para vehículos de reentrada con los que se puedan manufacturar cualquiera de los siguientes productos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 0C004. |
b. |
Grafitos pirolíticos o grafitos fibrosos reforzados, utilizables en toberas de "cohetes" y puntas de ojivas para vehículos de reentrada, utilizables en "misiles", lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104. N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 0C004 |
c. |
"Materiales compuestos" («composites») cerámicos (con constante dieléctrica menor que 6 a cualquier frecuencia desde 100 MHz a 100 GHz), utilizables en radomos utilizables en "misiles", lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104; |
d. |
Cerámica reforzada-inexcitada de carburo de silicio de dimensiones mecanizables utilizable en puntas de ojiva de "misiles", lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104. |
e. |
Materiales compuestos («composites») cerámicos de carburo de silicio reforzados, utilizables en puntas de ojiva, vehículos de reentrada y toberas utilizables en "misiles", lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104. |
1C111
Propulsantes y productos químicos constituyentes de propulsantes, distintos de los especificados en 1C011, según se indica:
a. |
Sustancias propulsoras:
|
b. |
Sustancias polímeras:
|
c. |
Otros aditivos y agentes para propulsantes:
|
Nota: Para los propulsantes y constituyentes químicos de propulsantes no especificados en el artículo 1C111, véase la Relación de Material de Defensa.
1C116
Acero martensítico envejecido (aceros caracterizados por su elevado contenido de níquel y muy bajo contenido de carbono y por el uso de elementos sustitutivos o precipitados para producir el endurecimiento por envejecimiento) con una carga de rotura por tracción de 1 500 MPa o superior, medida a 293 K (20 °C), en forma de hojas, láminas o tubos de grosor igual o inferior a 5 mm.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C216.
1C117
Volframio, molibdeno y aleaciones de estos metales en forma de partículas uniformes esféricas o atomizadas de 500 micras de diámetro o menos, con una pureza del 97 % o superior, para la fabricación de componentes de motores de cohetes utilizables en "misiles"; lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104 (es decir, escudos térmicos, sustratos de toberas, gargantas de toberas, y superficies de control del vector de empuje).
1C118
Acero inoxidable duplex estabilizado al titanio (Ti-DSS) que tenga todo lo siguiente:
a. |
Todas las características siguientes:
|
b. |
Que tenga cualquiera de las siguientes formas:
|
1C202
Aleaciones, distintas de las incluidas en los subartículos 1C002.b.3 o b.4, según se indica:
a. |
Aleaciones de aluminio con las dos características siguientes:
|
b. |
Aleaciones de titanio con las dos características siguientes:
|
Nota técnica:
La frase aleaciones ’capaces de’ incluye las aleaciones antes o después del tratamiento térmico.
1C210
’Materiales fibrosos o filamentosos’ o productos preimpregnados, distintos de los incluidos en los subartículos 1C010.a., b. o e., según se indica:
a. |
’Materiales fibrosos o filamentosos’ de carbono o aramida que tengan una de las dos características siguientes:
Nota: El subartículo 1C210.a. no somete a control los ’materiales fibrosos o filamentosos’ de aramida que tengan un 0,25 % en peso o más de un modificador de la superficie de la fibra basado en el éster; |
b. |
’Materiales fibrosos o filamentosos’ de vidrio con las dos características siguientes:
|
c. |
"Hilos", "cables", "cabos" o "cintas" continuos impregnados con resinas termoendurecibles, de 15 mm o menos de espesor (productos preimpregnados), hechos de los ’materiales fibrosos o filamentosos’ de carbono o vidrio especificados en los subartículos 1C210.a. o b. Nota técnica: La resina forma la matriz del "material compuesto" («composite»). |
Nota: En el artículo 1C210, el término ’materiales fibrosos o filamentosos’ se limita a los "monofilamentos", "hilos", "cables", "cabos" o "cintas" continuos.
1C216
Acero martensítico envejecido distinto del incluido en el artículo 1C116, ’capaz de’ soportar una carga de rotura por tracción de 2 050 MPa o más a 293 K (20 °C).
Nota: El artículo 1C216 no somete a control las piezas en las que todas las dimensiones lineales son de 75 mm o menos.
Nota técnica:
La frase acero martensítico envejecido ’capaz de’ incluye el acero martensítico envejecido antes y después del tratamiento térmico.
1C225
Boro enriquecido en el isótopo boro-10 (10B) hasta más de su abundancia isotópica natural, como se indica: boro elemental y compuestos de boro, mezclas que contengan boro, y productos fabricados con estos, desechos y desbastes de los elementos mencionados.
Nota: En el artículo 1C225 las mezclas que contengan boro incluyen los materiales con añadido de boro.
Nota técnica:
La abundancia natural isotópica del boro-10 es de aproximadamente 18,5 % del peso (20 átomos %).
1C226
Volframio, carburo de volframio y aleaciones de volframio con más del 90 % de volframio en peso, con las dos características siguientes:
a. |
En piezas que posean una simetría cilíndrica hueca (incluidos los segmentos de cilindro) con un diámetro interior entre 100 mm y 300 mm; y |
b. |
Cuya masa sea superior a 20 kg. |
Nota: El artículo 1C226 no somete a control los productos fabricados diseñados especialmente para emplearse como pesas o colimadores de rayos gamma.
1C227
Calcio con las dos características siguientes:
a. |
Que contenga menos de 1 000 partes por millón, en peso, de impurezas metálicas distintas del magnesio; y |
b. |
Menos de 10 partes por millón, en peso, de boro. |
1C228
Magnesio con las dos características siguientes:
a. |
Que contenga menos de 200 partes por millón, en peso, de impurezas metálicas distintas del calcio; y |
b. |
Menos de 10 partes por millón, en peso, de boro. |
1C229
Bismuto con las dos características siguientes:
a. |
Con una pureza de 99,99 % del peso o superior; y |
b. |
Con un contenido de plata inferior a 10 partes por millón en peso. |
1C230
Berilio metal, aleaciones que contengan más del 50 % de berilio en peso, compuestos que contengan berilio, productos fabricados con éstos y desechos o desbastes de cualquiera de los anteriores;
Nota: El artículo 1C230 no somete a control:
a. |
Las ventanas metálicas para máquinas de rayos X, o para dispositivos de diagrafía de sondeos; |
b. |
Las piezas de óxido en forma fabricada o semifabricada, diseñadas especialmente como piezas de componentes electrónicos o como sustrato para circuitos electrónicos; |
c. |
El berilio (silicato de berilio y aluminio) en forma de esmeraldas y aguamarinas. |
1C231
Hafnio metal, aleaciones de hafnio que contengan más del 60 % de hafnio en peso, compuestos de hafnio que contengan más del 60 % de hafnio en peso, productos obtenidos de éste y desechos o desbastes de cualquiera de los anteriores.
1C232
Helio-3 (3He), mezclas que contengan helio-3, y productos o dispositivos que contengan cualquiera de los anteriores;
Nota: El artículo 1C232 no somete a control los productos o dispositivos que contengan menos de 1 g de helio 3.
1C233
Litio enriquecido con el isótopo litio-6 (6Li) hasta más de su abundancia isotópica natural y productos o aparatos que contengan litio enriquecido, según se indica: litio elemental, aleaciones, compuestos, mezclas que contengan litio, productos fabricados con éstos, desechos o desbastes de cualquiera de los anteriores.
Nota: El artículo 1C233 no somete a control los dosímetros termoluminiscentes.
Nota técnica:
La proporción natural del isótopo litio-6 es de aproximadamente 6,5 % del peso (7,5 % de átomos).
1C234
Circonio con un contenido de hafnio inferior a 1 parte de hafnio por 500 partes de circonio en peso, como se indica: metal, aleaciones que contengan más del 50 % de circonio en peso, compuestos, productos fabricados a partir de éstos, desechos o desbastes de cualquiera de los anteriores.
Nota: El artículo 1C234 no somete a control el circonio en forma de láminas de grosor no superior a 0,10 mm.
1C235
Tritio, compuestos de tritio y mezclas que contengan tritio y en las cuales la razón entre el número de átomos de tritio y de hidrógeno sea superior a 1 parte entre 1 000, y productos o dispositivos que contengan cualquiera de los anteriores;
Nota: El artículo 1C235 no somete a control los productos o dispositivos que contengan menos de 1,48 × 103 GBq (40 Ci) de tritio.
1C236
Radionucleidos que emitan partículas alfa cuyo período de semidesintegración esté comprendido entre 10 días y 200 años, en una de las formas siguientes:
a. |
Elemental; |
b. |
Compuestos con una actividad alfa total igual o superior a 37 GBq/kg (1 Ci/kg); |
c. |
Mezclas con una actividad alfa total igual o superior a 37 GBq/kg (1 Ci/kg); |
d. |
Productos o dispositivos que contengan cualquiera de los anteriores. |
Nota: El artículo 1C236 no somete a control los productos o dispositivos que contengan menos de 3,7 GBq (100 milicurios) de actividad alfa.
1C237
Radio-226 (226Ra), aleaciones de radio-226, compuestos de radio-226, mezclas que contengan radio-226, productos fabricados con éstos y productos o dispositivos que contengan cualquiera de los anteriores.
Nota: El artículo 1C237 no somete a control:
a. |
Las cápsulas médicas; |
b. |
Los productos o dispositivos que contengan menos de 0,37 GBq (10 milicurios) de radio-226. |
1C238
Trifluoruro de cloro (ClF3).
1C239
Explosivos de gran potencia, distintos de los incluidos en la Relación de Material de Defensa, o sustancias o mezclas que contengan más del 2 % en peso de los mismos, con densidad cristalina superior a 1,8 g/cm3 y una velocidad de detonación superior a 8 000 m/s.
1C240
Níquel en polvo y níquel metal poroso, distintos de los especificados en el artículo 0C005, según se indica:
a. |
Níquel en polvo con las dos características siguientes:
|
b. |
Níquel metal poroso obtenido a partir de materiales incluidos en el subartículo 1C240.a. |
Nota: El artículo 1C240 no incluye:
a. |
Los polvos de níquel filamentosos; |
b. |
Las chapas sueltas de níquel poroso de superficie no superior a 1 000 cm2 por chapa. |
Nota técnica:
El subartículo 1C240.b. se refiere al metal poroso obtenido mediante la compresión y sinterización de los materiales del subartículo 1C240.a. para formar un material metálico con poros finos interconectados en toda la estructura.
1C350
Sustancias químicas que puedan emplearse como precursoras de agentes químicos tóxicos, según se indica, y "mezclas químicas" que contengan una o varias de ellas:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA Y EL ARTÍCULO 1C450.
1. |
Tiodiglicol (111-48-8); |
2. |
Oxicloruro de fósforo (10025-87-3); |
3. |
Metilfosfonato de dimetilo (756-79-6); |
4. |
VÉASE LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA EN LO QUE RESPECTA A Difluoruro de metilfosfonilo (676-99-3); |
5. |
Dicloruro de metilfosfonilo (676-97-1); |
6. |
Fosfito de dimetilo (DMP) (868-85-9); |
7. |
Tricloruro de fósforo (7719-12-2); |
8. |
Fosfito de trimetilo (TMP) (121-45-9); |
9. |
Cloruro de tionilo (7719-09-7); |
10. |
3-Hidroxi-1-metilpiperidina (3554-74-3); |
11. |
Cloruro de N,N-diisopropil-(beta)-aminoetilo (96-79-7); |
12. |
N,N-diisopropil-(beta)-aminoetanotiol (5842-07-9); |
13. |
Quinuclidinol-3 (1619-34-7); |
14. |
Fluoruro de potasio (7789-23-3); |
15. |
2-Cloroetanol (107-07-3); |
16. |
Dimetilamina (124-40-3); |
17. |
Etilfosfonato de dietilo (78-38-6); |
18. |
N,N-dimetilfosforamidato de dietilo (2404-03-7); |
19. |
Fosfito de dietilo (762-04-9); |
20. |
Hidrocloruro de dimetilamina (506-59-2); |
21. |
Dicloruro de etilfosfinilo (1498-40-4); |
22. |
Dicloruro de etilfosfonilo (1066-50-8); |
23. |
VÉASE LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA EN LO QUE RESPECTA A Difluoruro de etilfosfonilo (753-98-0); |
24. |
Fluoruro de hidrógeno (7664-39-3); |
25. |
Bencilato de metilo (76-89-1); |
26. |
Dicloruro de metilfosfinilo (676-83-5); |
27. |
N,N-diisopropil-(beta)-aminoetanol (96-80-0); |
28. |
Alcohol pinacólico (464-07-3); |
29. |
VÉASE LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA EN LO QUE RESPECTA A Metilfosfonito de O-etil-2-diisopropilaminoetilo (QL) (57856-11-8); |
30. |
Fosfito de trietilo (122-52-1); |
31. |
Tricloruro de arsénico (7784-34-1); |
32. |
Ácido bencílico (76-93-7); |
33. |
Metilfosfonito de dietilo (15715-41-0); |
34. |
Etilfosfonato de dimetilo (6163-75-3); |
35. |
Difluoruro de etilfosfinilo (430-78-4); |
36. |
Difluoruro de metilfosfinilo (753-59-3); |
37. |
Quinuclidin-3-ona (3731-38-2); |
38. |
Pentacloruro de fósforo (10026-13-8); |
39. |
Pinacolona (75-97-8); |
40. |
Cianuro de potasio (151-50-8); |
41. |
Bifluoruro de potasio (7789-29-9); |
42. |
Bifluoruro de amonio o fluoruro ácido de amonio (1341-49-7); |
43. |
Fluoruro de sodio (7681-49-4); |
44. |
Bifluoruro de sodio (1333-83-1); |
45. |
Cianuro de sodio (143-33-9); |
46. |
Trietanolamina (102-71-6); |
47. |
Pentasulfuro de fósforo (1314-80-3); |
48. |
Diisopropilamina (108-18-9); |
49. |
Dietilaminoetanol (100-37-8); |
50. |
Sulfuro de sodio (1313-82-2); |
51. |
Monocloruro de azufre (10025-67-9); |
52. |
Dicloruro de azufre (10545-99-0); |
53. |
Hidrocloruro de trietanolamina (637-39-8); |
54. |
Hidrocloruro de N,N-diisopropil-(beta)-aminoetilo cloruro (4261-68-1); |
55. |
Ácido metilfosfónico (993-13-5); |
56. |
Metilfosfonato de dietilo (683-08-9); |
57. |
Dicloruro N,N-dimetilaminofosforilo (677-43-0); |
58. |
Fosfito de triisopropilo (116-17-6); |
59. |
Etildietanolamina (139-87-7); |
60. |
O,O-dietil fosforotioato (2465-65-8); |
61. |
O,O-dietil fosforoditioato (298-06-6); |
62. |
Hexafluorosilicato de sodio (16893-85-9); |
63. |
Dicloruro metilfosfonotioico (676-98-2). |
Nota 1: En cuanto a las exportaciones a los "Estados que no son Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C350 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C350.1, .3, .5, .11, .12, .13, .17, .18, .21, .22, .26, .27, .28, .31, .32, .33, .34, .35, .36, .54, .55, .56, .57 y .63 cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 10 %, en peso, de la mezcla.
Nota 2: En cuanto a las exportaciones a los "Estados Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C350 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C350.1, .3, .5, .11, .12, .13, .17, .18, .21, .22, .26, .27, .28, .31, .32, .33, .34, .35, .36, .54, .55, .56, .57 y .63 cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla.
Nota 3: El artículo 1C350 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C350 .2, .6, .7, .8, .9, .10, .14, .15, .16, .19, .20, .24, .25, .30, .37, .38, .39, .40, .41, .42, .43, .44, .45, .46, .47, .48, .49, .50, .51, .52, .53, .58, .59, .60, .61 y .62 cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla.
Nota 4: El artículo 1C350 no somete a control los productos definidos como productos de consumo envasados para la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual.
1C351
Patógenos para los humanos, zoonosis y "toxinas", según se indica:
a. |
Virus, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
b. |
Rickettsias, bien naturales, potenciadas o modificadas, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
c. |
Bacterias, bien naturales, potenciadas o modificadas, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
d. |
"Toxinas", según se indica, y las "subunidades de toxina" de las mismas:
Nota: El subartículo 1C351.d. no somete a control las toxinas botulínicas o las conotoxinas en forma de productos que cumplan todos los criterios siguientes:
|
e. |
Hongos, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, del tipo siguiente:
|
Nota: El artículo 1C351 no somete a control las "vacunas" o "inmunotoxinas".
1C352
Patógenos para los animales, según se indica:
a. |
Virus, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
b. |
Mycoplasma mycoides, bien natural, potenciado o modificado, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con dicho Mycoplasma mycoides. |
Nota: El artículo 1C352 no somete a control las "vacunas".
1C353
Elementos genéticos y organismos modificados genéticamente, según se indica:
a. |
Organismos modificados genéticamente o elementos genéticos que contengan secuencias de ácido nucleico relacionadas con la patogenicidad de organismos incluidos en los subartículos 1C351.a., 1C351.b., 1C351.c., 1C351.e. o en los artículos 1C352 o 1C354; |
b. |
Organismos modificados genéticamente o elementos genéticos que contengan secuencias de ácido nucleico que codifican cualquiera de las "toxinas" que se especifican en el subartículo 1C351.d., o "subunidades de toxina" de las mismas. |
Notas técnicas:
1. |
Entre los elementos genéticos se incluyen, entre otros, los cromosomas, genomas, plásmidos, transposones y vectores, estén o no genéticamente modificados. |
2. |
Por secuencias de ácido nucleico asociadas con la patogenicidad de cualquiera de los microorganismos incluidos en los subartículos 1C351.a., 1C351.b., 1C351.c., 1C351.e. o en los artículos 1C352 o 1C354 se entenderá cualquier secuencia específica del microorganismo de que se trate:
|
Nota: 1C153 no se aplica a las secuencias de ácidos nucleicos que están relacionadas con la patogenicidad de Escherichia coli enterohemorrágica, serotipo O157 y otras cepas productoras de verotoxina, exceptuando las secuencias que codifican la verotoxina o sus subunidades.
1C354
Patógenos para los vegetales, según se indica:
a. |
Virus, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que incluya materia viva que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
b. |
Bacterias, bien naturales, potenciadas o modificadas, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
c. |
Hongos, bien naturales, potenciados o modificados, o en forma de "cultivos vivos aislados" o como material que haya sido deliberadamente inoculado o contaminado con estos cultivos, según se indica:
|
1C450
Sustancias químicas tóxicas y precursores de sustancias químicas tóxicas, según se indica, y "mezclas químicas" que contengan uno o varios de ellos:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C350, EL SUBARTÍCULO 1C351.d. Y LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA.
a. |
Sustancias químicas tóxicas, según se indica:
Nota 1: En cuanto a las exportaciones a los "Estados que no son Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C450.a.1. y .a.2. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 1 %, en peso, de la mezcla. Nota 2: En cuanto a las exportaciones a los "Estados Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C4350.a.1. y .a.2. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla. Nota 3: El artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C450.a.4., .a.5., .a.6. y .a.7. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla. Nota 4: El artículo 1C450 no somete a control los productos definidos como productos de consumo envasados para la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual. |
b. |
Precursores de sustancias químicas tóxicas, según se indica:
Nota 1: En cuanto a las exportaciones a los "Estados que no son Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C450.b.1., .b.2., .b.3., .b.4., .b.5. y .b.6 cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 10 %, en peso, de la mezcla. Nota 2: En cuanto a las exportaciones a los "Estados Parte" de la Convención sobre Armas Químicas, el artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en los subartículos 1C450.b.1., .b.2., .b.3., .b.4., .b.5. y .b.6. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla. Nota 3: El artículo 1C450 no somete a control las "mezclas químicas" que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en el subartículo 1C450.b.8. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 30 %, en peso, de la mezcla. Nota 4: El artículo 1C450 no somete a control los productos definidos como productos de consumo envasados para la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual. |
1D
Equipo lógico
1D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 1B001 a 1B003.
1D002
"Equipo lógico" («software») para el "desarrollo" de "materiales compuestos" («composites») o laminados que contengan una "matriz" orgánica, una "matriz" metálica o una "matriz" de carbono.
1D003
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para permitir que un equipo cumpla las funciones del equipo especificado en 1A004.c.
1D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de productos especificados en los artículos 1B101, 1B102, 1B115, 1B117, 1B118 o 1B119.
1D103
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el análisis de observables reducidas tales como la reflectividad al radar, las firmas ultravioletas/infrarrojas y las firmas acústicas.
1D201
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de los productos incluidos en el artículo 1B201.
1E
Tecnología
1E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología: para el "desarrollo" o la "producción" de los equipos o materiales incluidos en los subartículos 1A001.b., 1A001.c. o en los artículos 1A002 a 1A005, 1B o 1C.
1E002
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
"Tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de polibenzotiazoles o de polibenzoxazoles; |
b. |
"Tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de compuestos de fluoroelastómeros que contengan al menos un monómero de viniléter; |
c. |
"Tecnología" para el diseño o la "producción" de los materiales de base o de los materiales cerámicos que no sean "materiales compuestos" («composites») que se indican a continuación:
|
d. |
"Tecnología" para la "producción" de fibras de poliamidas aromáticas; |
e. |
"Tecnología" para la instalación, el mantenimiento o la reparación de los materiales incluidos en el artículo 1C001; |
f. |
"Tecnología" para la reparación de las estructuras de "materiales compuestos" («composites»), laminados o materiales incluidos en el artículo 1A002 o en los subartículos 1C007.c. o 1C007.d. Nota: El subartículo 1E002.f. no somete a control la "tecnología" de reparación de estructuras de "aeronaves civiles" con "materiales fibrosos o filamentosos" de carbono y resinas epoxídicas, descrita en los manuales de los fabricantes de aeronaves. |
g. |
’Bibliotecas (bases de datos paramétricos técnicos)’ diseñadas especialmente o modificadas para permitir que un equipo cumpla las funciones del equipo especificado en 1A004.c. Nota técnica: A efectos de 1E002.g., el término ’biblioteca (base de datos paramétricos técnicos)’ significa una recopilación de información técnica, por la que se puede mejorar el rendimiento de equipo o sistemas pertinentes mediante la referencia a dicha biblioteca. |
1E101
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología sobre la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 1A102, 1B001, 1B101, 1B102, 1B115 a 1B119, 1C001, 1C101, 1C107, 1C111 a 1C118, 1D101 o 1D103.
1E102
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para el "desarrollo" de "Equipos lógicos" («software») incluidos en los artículos 1D001, 1D101 o 1D103.
1E103
"Tecnología" para la regulación de la temperatura, la presión o la atmósfera en autoclaves o en hidroclaves, cuando se utilicen para la producción de "materiales compuestos" («composites») o "materiales compuestos" («composites») parcialmente procesados.
1E104
"Tecnología" para la "producción" de materiales derivados pirolíticamente formados en un molde, mandril u otro sustrato a partir de gases precursores que se descompongan entre 1 573 K (1 300 °C) y 3 173 K (2 900 °C) de temperatura a presiones de 130 Pa a 20 kPa.
Nota: El artículo 1E104 incluye la "tecnología" para la composición de gases precursores, caudales y los programas y parámetros de control de procesos.
1E201
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 1A002, 1A202, 1A225 a 1A227, 1B201, 1B225 a 1B233, 1C002.b.3. o b.4., 1C010.b., 1C202, 1C210, 1C216, 1C225 a 1C240 o 1D201.
1E202
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para el "desarrollo" o la "producción" de los productos incluidos en los artículos 1A202 o 1A225 a 1A227.
1E203
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para el "desarrollo" de "Equipos lógicos" («software») incluidos en el artículo 1D201.
CATEGORÍA 2
TRATAMIENTO DE LOS MATERIALES
2A
Sistemas, equipos y componentes
N.B.: Para los rodamientos de funcionamiento silencioso ver la Relación de Material de Defensa.
2A001
Rodamientos y sistemas de rodamiento antifricción, según se indica, y componentes para ellos:
Nota: El artículo 2A001 no somete a control las bolas con tolerancias especificadas por el fabricante de acuerdo con la norma ISO 3290 como grado 5 o peor.
a. |
Rodamientos de bolas o rodamientos de rodillos macizos con todas las tolerancias especificadas por el fabricante de acuerdo con las normas ISO 492 Clase de Tolerancia 4 (o ANSI/ABMA Sdt 20 Clase de Tolerancia ABEC-7 o RBEC-7 u otros equivalentes nacionales) o mejores, y que tengan tanto anillos como elementos de rodadura (ISO 5539) de monel o de berilio; Nota: El subartículo 2A001.a. no somete a control los rodamientos de rodillos cónicos. |
b. |
Otros rodamientos de bolas o rodamientos de rodillos macizos con todas las tolerancias especificadas por el fabricante de acuerdo con las normas ISO 492 Clase de Tolerancia 2 (o ANSI/ABMA Sdt 20 Clase de Tolerancia ABEC-9 o RBEC-9 u otros equivalentes nacionales) o mejores; Nota: El subartículo 2A001.b. no somete a control los rodamientos de rodillos cónicos. |
c. |
Sistemas de rodamientos magnéticos activos que utilicen cualquiera de los siguientes elementos:
|
2A225
Crisoles hechos de materiales resistentes a los metales actínidos líquidos, según se indica:
a. |
Crisoles que reúnan las dos características siguientes:
|
b. |
Crisoles que reúnan las dos características siguientes:
|
c. |
Crisoles que reúnan todas las características siguientes:
|
2A226
Válvulas que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Un ’tamaño nominal’ igual o superior a 5 mm; |
b. |
Disponer de un cierre de fuelle; y |
c. |
Estar fabricadas íntegramente o revestidas de aluminio, aleaciones de aluminio, níquel o aleaciones de níquel que contengan más de un 60 % de níquel en peso. |
Nota técnica:
Para las válvulas con diferentes diámetros de entrada y de salida, el ’tamaño nominal’ en el artículo 2A226 se refiere al diámetro más pequeño.
2B
Equipos de ensayo, inspección y producción
Notas técnicas:
1. |
Los ejes de contorneado secundarios paralelos (por ejemplo, el eje w de las mandrinadoras horizontales o un eje de rotación secundario cuya línea central sea paralela al eje de rotación principal) no se incluyen en el número total de ejes de contorneado. Los ejes de rotación no necesitan cubrir 360 grados. Un eje de rotación podrá ser accionado por un dispositivo lineal (por ejemplo, un tornillo o un sistema de piñón y cremallera). |
2. |
A efectos del artículo 2B, el número de ejes que pueden coordinarse simultáneamente para el "control de contorneado" es el número de ejes a lo largo o alrededor de los cuales se producen, durante el trabajo de la pieza, movimientos simultáneos e interrelacionados entre la pieza y una herramienta. Esto no incluye otros ejes adicionales a lo largo o alrededor de los cuales tengan lugar otros movimientos relativos dentro de la máquina. Tales ejes incluyen:
|
3. |
La nomenclatura de los ejes se ajustará a la norma internacional ISO 841 "Máquinas de Control Numérico — Nomenclatura de Ejes y Movimientos". |
4. |
A los efectos de los artículos 2B001 a 2B009, un "husillo basculante" se considera eje de rotación. |
5. |
Los niveles de exactitud de posicionamiento declarados a partir de mediciones efectuadas de acuerdo con la norma ISO 230/2 (1998) (1) o sus equivalentes nacionales podrán utilizarse para cada modelo de máquina herramienta, en lugar de someter las máquinas a ensayos individuales. Por exactitud de posicionamiento declarada se entiende el valor de la exactitud declarado a las autoridades del Estado miembro donde esté ubicado el exportador en su calidad de representante de la exactitud del modelo de máquina. Fijación de los valores declarados
|
2B001
Máquinas herramienta y cualquier combinación de ellas, para el arranque (o corte) de metales, materiales cerámicos o "materiales compuestos" («composites»), que, según las especificaciones técnicas del fabricante, puedan dotarse de dispositivos electrónicos para el "control numérico", y componentes diseñados especialmente para ellas, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 2B201.
Nota 1: El artículo 2B001 no somete a control las máquinas herramienta para fines específicos limitadas a la fabricación de engranajes. Para esas máquinas, véase el artículo 2B003.
Nota 2: El artículo 2B001 no somete a control las máquinas herramienta para fines específicos limitadas a la fabricación de alguna de las siguientes piezas:
a. |
Cigüeñales o árboles de levas; |
b. |
Herramientas o cuchillas; |
c. |
Tornillos extrusores; |
d. |
piezas de joyería grabadas o talladas en facetas. |
Nota 3: La máquina herramienta que pueda realizar al menos dos de las tres funciones de torneado, fresado y rectificado (por ejemplo, una máquina de torneado que también sea fresadora) tendrá que ser evaluada respecto de cada uno de los subartículos 2B001.a., 2B001.b. o 2B001.c. que le sean aplicables.
a. |
Máquinas herramienta para torneado que reúnan todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 2B001.a. no somete a control las máquinas de torneado diseñadas especialmente para producir lentes de contacto que reúnan todas las características siguientes:
|
b. |
Máquinas herramienta para fresado que reúnan cualquiera de las características siguientes:
|
c. |
Máquinas herramienta para rectificado que reúnan cualquiera de las características siguientes:
Nota: El subartículo 2B001.c. no somete a control las máquinas para rectificado, que se indican a continuación:
|
d. |
Máquinas de electroerosión (EDM) de tipo distinto al de hilo que tengan dos o más ejes de rotación que puedan coordinarse simultáneamente para el "control de contorneado"; |
e. |
Máquinas herramienta para el arranque de metales, materiales cerámicos o "materiales compuestos" («composites»), que reúnan todas las características siguientes:
|
f. |
Máquinas para perforación profunda y máquinas para tornear modificadas para perforación profunda, que tengan una capacidad máxima de profundidad de perforación superior a 5 000 mm, y componentes diseñados especialmente para ellas. |
2B002
Máquinas herramienta de acabado óptico con control numérico equipadas para producir superficies ópticas no esféricas y que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Acabado de la forma inferior a (mejor que) 1,0 micra; |
b. |
Acabado con una rugosidad inferior a (mejor que) 100 nm «RMS»; |
c. |
Tres o más ejes que puedan coordinarse simultáneamente para el "control de contorneado"; y |
d. |
Que utilicen uno cualquiera de los siguientes procesos:
|
Nota técnica:
A los efectos del artículo 2B002, ’«MRF»’ es un proceso de eliminación de material mediante un fluido abrasivo magnético cuya viscosidad se controla por medio de un campo magnético. ’«ERF»’ es un proceso de eliminación de material mediante un fluido abrasivo cuya viscosidad se controla por medio de un campo eléctrico. ’Acabado por haz de partículas energéticas’ utiliza plasmas de átomos reactivos («RAP») o haces de iones para eliminar material de modo selectivo.
2B003
Máquinas herramienta de "control numérico" o manuales, y los componentes, controles y accesorios diseñados especialmente para ellas, diseñadas especialmente para el rasurado, acabado, rectificado o bruñido de engranajes rectos, de dentado helicoidal y de doble dentado helicoidal, endurecidos (Rc = 40 o superior), con círculo primitivo de diámetro superior a 1 250 mm y una anchura de diente del 15 % o superior del diámetro del círculo primitivo, acabados con calidad igual o superior al nivel AGMA (American Gear Manufacturers Asociation) 14 (equivalente a ISO 1328 clase 3).
2B004
"Prensas isostáticas" en caliente, que reúnan todas las características siguientes, y los componentes y accesorios diseñados especialmente para ellas:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 2B104 Y 2B204.
a. |
Un ambiente térmico controlado dentro de la cavidad cerrada y una cámara con un diámetro interior igual o superior a 406 mm; y |
b. |
Cualquiera de las características siguientes:
|
Nota técnica:
La dimensión interior de la cámara es la de la cavidad de trabajo en la que se generan la temperatura y la presión de trabajo y no incluye el utillaje de sujeción. Dicha dimensión será bien la del diámetro interior de la cámara de presión bien la del diámetro interior de la cámara aislada del horno, y concretamente la menor de ambas, en función de cuál de las cámaras esté situada en el interior de la otra.
N.B.: Para matrices, moldes y herramientas diseñados especialmente véanse los artículos 1B003, 9B009 y la Relación de Material de Defensa.
2B005
Equipos diseñados especialmente para el depósito, proceso y control durante el proceso, de revestimientos, recubrimientos y modificaciones de superficies inorgánicas, según se indica, para sustratos no electrónicos, por los procedimientos que se especifican en la tabla y en las notas correspondientes a continuación del subartículo 2E003.f., y los componentes de manejo automático, posicionamiento, manipulación y control automatizados diseñados especialmente para ellos:
a. |
Equipos de producción para el depósito químico en fase de vapor (CVD) que reúnan todas las características siguientes: N.B.: VÉASE TAMBIEN EL ARTÍCULO 2B105.
|
b. |
Equipos de producción para la implantación iónica que posean corrientes de haz iguales o superiores a 5 mA; |
c. |
Equipos de producción para el depósito físico mediante vapor, con haz de electrones (EB-PVD), que incorporen sistemas de alimentación tasados a más de 80 kW y reúnan alguna de las características siguientes:
|
d. |
Equipos de "producción" para la pulverización de plasma que posean cualquiera de las características siguientes:
|
e. |
Equipos de "producción" para el depósito por pulverización catódica capaces de producir densidades de corriente iguales o superiores a 0,1 mA/mm2 a una velocidad de depósito igual o superior a 15 micras/h; |
f. |
Equipos de "producción" para el depósito por arco catódico, dotados de una retícula de electroimanes para el control de la dirección del punto de arco en el cátodo; |
g. |
Equipos de "producción" para la implantación iónica que permitan la medición in situ de una de las características siguientes:
|
Nota: El artículo 2B005 no somete a control los equipos para depósito químico en fase de vapor, de arco catódico, depósito por pulverización catódica, sedimentación iónica o implantación iónica diseñados especialmente para herramientas de corte o de mecanizado.
2B006
Sistemas, equipos y "conjuntos electrónicos" de control dimensional o de medida según se indica:
a. |
Máquinas de medida de coordenadas (MMC) controladas por ordenador, o bien por "control numérico", que tengan un error máximo tolerado (EMTe) de indicación en tres dimensiones (volumétrica) en cualquier punto dentro del alcance operacional de la máquina (es decir, dentro de la longitud de los ejes) igual o inferior a (mejor que) (1,7 + L/1 000) micras (L es la longitud medida expresada en mm) ensayada según la norma ISO 10360 2 (2001); N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 2B206. |
b. |
Instrumentos de medida de desplazamiento lineal y angular, según se indica:
|
c. |
Equipos destinados a medir irregularidades de superficie midiendo la dispersión (scatter) óptica en función del ángulo, con una sensibilidad igual o inferior a (mejor que) 0,5 nm. |
Nota: Las máquinas herramienta que puedan utilizarse como máquinas de medida quedan sometidas a control si cumplen o sobrepasan los criterios establecidos para la función de máquinas herramienta o para la función de máquinas de medida.
2B007
"Robots" que tengan cualquiera de las características siguientes y controladores y "efectores terminales" diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 2B207.
a. |
Ser capaces de efectuar el proceso completo, en tiempo real, de imágenes tridimensionales o el "análisis de escenas" tridimensionales para crear o modificar "programas" o datos numéricos de programas; Nota técnica: La limitación relativa al "análisis de escena" no incluye la aproximación de la tercera dimensión mediante la visión bajo un ángulo dado, o limitado a la interpretación de una escala de grises para la percepción de la profundidad o la textura para las tareas autorizadas (21/2 D). |
b. |
Estar diseñados especialmente para satisfacer las normas nacionales de seguridad relativas a entornos de armamento explosivo; |
c. |
Estar diseñados especialmente o tener las características necesarias para resistir una dosis de radiación absorbida total superior a 5 × 103 Gy (silicio) sin degradación operativa; o Nota técnica: El término Gy (silicio) se refiere a la energía en julios por kilo absorbida por una muestra de silicio sin protección expuesta a radiaciones ionizantes. |
d. |
Estar diseñados especialmente para trabajar a alturas superiores a 30 000 m. |
2B008
Conjuntos o unidades diseñados especialmente para máquinas herramienta o para sistemas y equipos de control dimensional o de medida, según se indica:
a. |
Unidades de realimentación de posición lineal (por ejemplo, los dispositivos de tipo inductivo, escalas graduadas, sistemas de infrarrojos o sistemas "láser") que posean una "exactitud" global inferior a (mejor que) [800 + (600 × L × 10–3)] nm (siendo L la longitud efectiva en mm); N.B.: Para los sistemas "láser" véase también la nota al subartículo 2B006.b.1. |
b. |
Unidades de realimentación de posición rotatoria, por ejemplo dispositivos de tipo inductivo, escalas graduadas, sistemas de infrarrojos o sistemas "láser" que posean una "exactitud" inferior a (mejor que) 0,00025 grados; N.B.: Para los sistemas "láser" véase también la nota al subartículo 2B006.b.1. |
c. |
"Mesas rotativas compuestas" y "husillos basculantes" que, de acuerdo con las especificaciones del fabricante, puedan mejorar las máquinas herramienta hasta el punto de que alcancen o sobrepasen los niveles establecidos en el artículo 2B. |
2B009
Máquinas de conformación por rotación y máquinas de conformación por estirado que, de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante, puedan ser equipadas con unidades de "control numérico" o controladas por ordenador y que reúnan todas las características siguientes:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 2B109 Y 2B209.
a. |
Tener dos o más ejes controlados, de los que dos como mínimo puedan ser coordinados simultáneamente para el "control de contorneado"; y |
b. |
Una fuerza en rodillo superior a 60 kN. |
Nota técnica:
Las máquinas que combinen las funciones de conformación por rotación y por estirado («spin forming» y «flow forming») se consideran, a efectos del artículo 2B009, como máquinas de conformación por estirado.
2B104
"Prensas isostáticas", distintas de las especificadas en el artículo 2B004, que tengan todas las características siguientes:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 2B204.
a. |
Presión de trabajo máxima de 69 MPa o superior; |
b. |
Estar diseñadas para conseguir y mantener un ambiente termal controlado de 873 K (600 °C) superior; y |
c. |
Poseer una cavidad de la cámara con un diámetro interior de 254 mm o superior. |
2B105
Hornos de depósito químico en fase de vapor («CVD»), distintos de los incluidos en el subartículo 2B005.a., diseñados o modificados para la densificación de "materiales compuestos" («composites») carbono-carbono.
2B109
Máquinas de conformación por estirado («flow forming»), distintas de las incluidas en el artículo 2B009, y componentes diseñados especialmente según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 2B209.
a. |
Máquinas de conformación por estirado («flow forming») que tengan todo lo siguiente:
|
b. |
Componentes diseñados especialmente para máquinas de conformación por estirado («flow forming») incluidas en los artículos 2B009 o 2B109.a. |
Nota: El artículo 2B109 no somete a control las máquinas que no son utilizables en la producción de componentes y equipos (por ejemplo, carcasas de motores) para la propulsión, para sistemas incluidos en los artículos 9A005, 9A007.a. o 9A105.a.
Nota técnica:
Las máquinas que combinen las funciones de conformación por rotación y por estirado («spin forming» y «flow forming») se consideran, a efectos del artículo 2B109, como de conformación por estirado.
2B116
Sistemas para ensayo de vibraciones, equipos y componentes para ellos, según se indica:
a. |
Sistemas para ensayo de vibraciones que empleen técnicas de realimentación o de bucle cerrado y que incorporen un controlador digital, capaces de someter a un sistema a vibraciones con una aceleración igual o superior a 10 g «RMS» entre los 20 Hz y los 2 kHz y ejerciendo fuerzas iguales o superiores a 50 kN, medidas a ’mesa vacía’ («bare table»); |
b. |
Controladores digitales, combinados con "equipo lógico" («software») diseñado especialmente para ensayos de vibraciones, con "ancho de banda en tiempo real" superior a 5 kHz, diseñados para uso en sistemas para ensayos de vibraciones incluidos en el subartículo 2B116.a.; |
c. |
Impulsores para vibración (unidades agitadoras), con o sin los amplificadores asociados, capaces de impartir una fuerza igual o superior a 50 kN, medida a ’mesa vacía’, y utilizables en los sistemas para ensayos de vibraciones incluidos en el subartículo 2B116.a.; |
d. |
Estructuras de soporte de la pieza por ensayar y unidades electrónicas diseñadas para combinar unidades agitadoras múltiples en un sistema capaz de impartir una fuerza efectiva combinada igual o superior a 50 kN, medida a ’mesa vacía’, y utilizables en los sistemas para ensayos de vibraciones incluidos en el subartículo 2B116.a. |
Nota técnica:
En el artículo 2B116 ’mesa vacía’ («bare table») significa una mesa o superficie plana, sin guarniciones ni accesorios.
2B117
Equipo y controles de proceso, distintos de los incluidos en los artículos 2B004, 2B005.a., 2B104 o 2B105, diseñados o modificados para la densificación y pirólisis para estructuras de toberas de cohetes y ojivas de vehículos de reentrada, de "materiales compuestos" («composites»).
2B119
Máquinas para equilibrar («balancing machines») y equipo relacionado, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIEN EL ARTÍCULO 2B219.
a. |
Máquinas para equilibrar («balancing machines») que tengan todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 2B119.a. no somete a control las máquinas para equilibrar («balancing machines») diseñadas o modificadas para equipos dentales o otros fines médicos. |
b. |
Cabezas indicadoras («indicator heads») diseñadas o modificadas para uso con máquinas incluidas en el subartículo 2B119.a. Nota técnica: Las cabezas indicadoras («indicator heads») son a veces conocidas como instrumentación de equilibrado. |
2B120
Simuladores de movimientos o mesas de velocidad («rate tables») que tengan todas las características siguientes:
a. |
Dos o más ejes; |
b. |
Anillos deslizantes capaces de transmitir potencia eléctrica y/o señal de información; y |
c. |
Que tengan cualquiera de las siguientes características:
Nota: El artículo 2B120 no somete a control las mesas rotativas diseñadas o modificadas como máquina-herramienta o para equipo médico. Para el control de mesas rotativas máquina-herramienta véase el artículo 2B008. |
2B121
Mesas de posicionado («positioning tables») (equipo capaz de un posicionado rotatorio preciso en cualquier eje), distinto del incluido en el artículo 2B120, que tengan todas las siguientes características:
a. |
Dos ejes o más; y |
b. |
Una exactitud de posicionamiento igual o mejor que 5. |
Nota: El artículo 2B121 no somete a control las mesas rotativas diseñadas o modificadas como máquina-herramienta o para equipo médico. Para el control de mesas rotativas máquina-herramienta véase el artículo 2B008.
2B122
Centrífugas capaces de impartir aceleraciones superiores a 100 g y que tengan anillos deslizantes capaces de transmitir potencia eléctrica y señal de información.
2B201
Máquinas herramienta, y cualquier combinación de ellas distintas de las indicadas en el artículo 2B001, según se indica, para el arranque o corte de metales, materiales cerámicos o "materiales compuestos" («composites»), que, según las especificaciones técnicas del fabricante, puedan dotarse de dispositivos electrónicos para el "control de contorneado" simultáneo en dos o más ejes:
a. |
Máquinas herramienta para fresado que posean cualquiera de las características siguientes:
|
b. |
Máquinas herramienta para rectificado que posean cualquiera de las características siguientes:
Nota: El subartículo 2B201.b. no somete a control las siguientes máquinas para rectificado:
Nota 1: El subartículo 2B201 no somete a control las máquinas herramienta para fines específicos limitadas a la fabricación de cualquiera de las siguientes partes:
Nota 2: La máquina herramienta que pueda realizar al menos dos de las tres funciones de torneado, fresado y rectificado (por ejemplo, una máquina de torneado que también sea fresadora) tendrá que ser evaluada respecto de cada uno de los subartículos 2B201.a. o 2B201.a. o b. |
2B204
"Prensas isostáticas" distintas de las incluidas en los artículos 2B004 o 2B104 y equipos correspondientes, según se indica:
a. |
"Prensas isostáticas" que reúnan las dos características siguientes:
|
b. |
Matrices, moldes o controles, diseñados especialmente para "prensas isostáticas" especificadas en el subartículo 2B204.a. |
Nota técnica:
En el artículo 2B204 la dimensión de la cámara interior es la de la cámara en la que se alcanzan tanto la temperatura de funcionamiento como la presión de funcionamiento, y no incluye los accesorios. Esta dimensión será, bien la del diámetro interior de la cámara de presión, bien la del diámetro interior de la cámara aislada del horno, y concretamente la menor de ambas, según cuál de las dos cámaras esté colocada dentro de la otra.
2B206
Máquinas, instrumentos o sistemas de control dimensional, distintos de los incluidos en el artículo 2B006, según se indica:
a. |
Máquinas de control dimensional controladas por ordenador o por control numérico que reúnan las dos características siguientes:
|
b. |
Sistemas de control simultáneo lineal y angular de semicascos, que reúnan las dos características siguientes:
|
Nota 1: Las máquinas herramienta que puedan utilizarse como máquinas de medida quedan sometidas a control si cumplen o sobrepasan los criterios establecidos para la función de máquinas herramienta o para la función de máquinas de medida.
Nota 2: Toda máquina descrita en el artículo 2B206 queda sometida a control si sobrepasa el límite de control en cualquier punto de su régimen de funcionamiento.
Notas técnicas:
1. |
La sonda utilizada para determinar la incertidumbre de medida de un sistema de control dimensional será la descrita en VDI/VDE 2617, Partes 2, 3 y 4. |
2. |
Todos los parámetros de valores de medida en el artículo 2B206 representan más/menos, es decir, no toda la banda. |
2B207
"Robots", "efectores terminales" y unidades de control, distintos de los incluidos en el artículo 2B007, según se indica:
a. |
"Robots" o "efectores terminales" diseñados especialmente para cumplir las normas nacionales de seguridad aplicables a la manipulación de explosivos de gran potencia (por ejemplo, satisfacer las especificaciones del código eléctrico para explosivos de gran potencia); |
b. |
Unidades de control diseñadas especialmente para cualquiera de los "robots" o "efectores terminales" especificados en el subartículo 2B207.a. |
2B209
Máquinas de conformación por estirado, máquinas de conformación por rotación, capaces de desempeñar funciones de conformación por estirado, distintas de las incluidas en los artículos 2B009 o 2B109, y mandriles, según se indica:
a. |
Máquinas que reúnan todas las características siguientes:
|
b. |
Mandriles para la conformación de rotores diseñados para formar rotores cilíndricos de diámetro interior entre 75 mm y 400 mm. |
Nota: El subartículo 2B209.a. incluye las máquinas que tengan solo un rodillo único diseñado para deformar el metal más dos rodillos auxiliares que sirvan de apoyo al mandril, pero que no participen directamente en el proceso de deformación.
2B219
Máquinas de equilibrado multiplano de centrífugas, fijas o móviles, horizontales o verticales, según se indica
a. |
Máquinas de equilibrado de centrífugas diseñadas para equilibrar rotores flexibles, que tengan una longitud igual o superior a 600 mm y todas las características siguientes:
|
b. |
Máquinas de equilibrado de centrífugas diseñadas para equilibrar componentes de rotor cilíndricos huecos y que tenga todas las características siguientes:
|
2B225
Manipuladores a distancia que puedan usarse para efectuar acciones a distancia en las operaciones de separación radioquímica o en celdas calientes que posean cualquiera de las características siguientes:
a. |
Capacidad para atravesar una pared de celda caliente de 0,6 m o más (operación a través de la pared); o |
b. |
Capacidad para pasar por encima de una pared de celda caliente de 0,6 m o más de grosor (operación por encima de la pared). |
Nota técnica:
Los manipuladores a distancia traducen las acciones de un operador humano a un brazo operativo y sujeción terminal a distancia. Los manipuladores pueden ser del tipo "maestro/esclavo" o accionados por palanca universal o teclado numérico.
2B226
Hornos de inducción en atmósfera controlada (al vacío o gas inerte) y fuentes de alimentación correspondientes, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN LA CATEGORÍA 3B.
a. |
Hornos que reúnan todas las características siguientes:
|
b. |
Fuentes de alimentación diseñadas especialmente para los hornos especificados en 2B226.a., con una potencia de salida de 5 kW o más. |
Nota: El subartículo 2B226.a. no somete a control los hornos diseñados para la transformación de obleas de semiconductores.
2B227
Hornos metalúrgicos de fusión y de fundición, de vacío u otras formas de atmósfera controlada, y equipos correspondientes, según se indica:
a. |
Hornos de fundición y de refusión de arco que reúnan las dos características siguientes:
|
b. |
Hornos de fusión de haz de electrones, y de atomización y difusión por plasma que reúnan las dos características siguientes:
|
c. |
Control por ordenador y sistemas de supervisión configurados especialmente para cualquiera de los hornos especificados en los subartículos 2B227.a. o b. |
2B228
Equipos de fabricación o ensamblado de rotores, mandriles y matrices par a la conformación de fuelles, según se indica:
a. |
Equipos de ensamblado de rotores para ensamblar secciones de tubos de rotor, pantallas y cofias de centrífugas gaseosas; Nota: El subartículo 2B228.a. incluye los mandriles de precisión, abrazaderas y máquinas de ajuste por contracción asociados. |
b. |
Equipos de enderezamiento de rotores para alinear las secciones de los tubos de los rotores de las centrífugas gaseosas a un eje común; Nota técnica: En el subartículo 2B228.b., estos equipos consistirán normalmente en probetas de medida de precisión conectadas con un ordenador que, subsiguientemente, controla la acción de, por ejemplo, arietes neumáticos utilizados para alinear las secciones del tubo del rotor. |
c. |
Mandriles y matrices para la conformación de fuelles, para la producción de fuelles de forma convolutiva simple. Nota técnica: En el subartículo 2B228.c. los fuelles tienen todas las características siguientes:
|
2B230
"Transductores de presión" capaces de medir la presión absoluta en cualquier punto en el intervalo de 0 a 13 kPa y que tengan todas las características siguientes:
a. |
Elementos sensores de la presión fabricados o protegidos con aluminio, aleaciones de aluminio, níquel, aleaciones de níquel con más del 60 % de níquel en peso; y |
b. |
Que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:
|
Nota técnica:
A los fines del artículo 2B230, ’exactitud’ incluye la no linealidad, histéresis y repetibilidad a temperatura ambiente.
2B231
Bombas de vacío que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Tamaño del orificio de entrada igual o superior a 380 mm; |
b. |
Velocidad de bombeo igual o superior a 15 m3 por segundo; y |
c. |
Capacidad de producir un vacío final mejor que 13 mPa. |
Notas técnicas:
1. |
La velocidad de bombeo se determina en el punto de medición con nitrógeno gaseoso o aire. |
2. |
El vacío final se determina en la entrada de la bomba, con la entrada de la bomba bloqueada. |
2B232
Cañones de gas ligero multietapas u otros sistemas de cañón de alta velocidad (de bobina, electromagnéticos, de tipo electrotérmico, y otros sistemas avanzados), capaces de acelerar proyectiles a una velocidad de 2 km/s o más.
2B350
Instalaciones, equipos y componentes químicos de fabricación, según se indica:
a. |
Cubas de reacción o reactores, con o sin agitadores, con un volumen interno total (geométrico) superior a 0,1 m3 (100 litros) e inferior a 20 m3 (20 000 litros), en las que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos contenidos, o que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
b. |
Agitadores para uso en cubas de reacción o reactores, incluidos en el subartículo 2B350.a.; e impulsadores, paletas o ejes diseñados para esos agitadores, donde todas las superficies del agitador que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos contenidos, o que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
c. |
Tanques de almacenaje, contenedores o receptores con un volumen interno total (geométrico) superior a 0,1 m3 (100 litros), en los que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos contenidos, o que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
d. |
Intercambiadores de calor o condensadores con una superficie de transferencia de calor de más de 0,15 m2 y menos de 20 m2; y tubos, placas, bobinas o bloques (núcleos) diseñados para esos intercambiadores de calor o condensadores, en los que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
e. |
Columnas de destilación o de absorción con un diámetro interior superior a 0,1 m; y distribuidores de líquido, distribuidores de vapor o colectores de líquido diseñados para esas columnas de destilación o de absorción, en las que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
f. |
Equipos de llenado, manejados por control remoto, en los que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos que están siendo procesados estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
g. |
Válvulas con tamaños nominales de más de 10 mm y camisas (cuerpos de válvula) o forros de camisas preformados diseñados para dichas válvulas, en las que todas las superficies que entren en contacto directo con el componente o componentes químicos contenidos, o que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
h. |
Sistemas de tuberías multipared que incorporen un puerto de detección de fugas, en los que todas las superficies que entran en contacto directo con el componente o componentes químicos contenidos, o que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
i. |
Bombas de sellado múltiple y bombas sin sello, con una tasa de flujo máxima especificada por el fabricante superior a 0,6 m3/hora, o bombas de vacío con una tasa de flujo máxima especificada por el fabricante superior a 5 m3/hora [bajo condiciones de temperatura normal (273 K (0 °C) y presión (101,3 kPa)]; y camisas (cuerpos de bomba), forros de camisas preformados, impulsadores, rotores o toberas de bombas de chorro diseñados para esas bombas, en los que todas las superficies que entren en contacto directo con el componente o componentes químicos que están siendo procesados, estén hechas de cualquiera de los siguientes materiales:
|
j. |
Incineradores diseñados para la destrucción de las sustancias químicas incluidas en el artículo 1C350, que tengan un sistema de aprovisionamiento de residuos diseñado especialmente, con sistema de manipulación especial y con una temperatura media de la cámara de combustión superior a 1 273 K (1 000 °C), en los que todas las superficies del sistema de aprovisionamiento de residuos que entran en contacto directo con los residuos estén hechas o revestidas con cualquiera de los siguientes materiales:
|
Nota técnica:
El ’grafito de carbono’ es un compuesto de carbono amorfo y grafito, que contiene más del 8 % de grafito en peso.
2B351
Sistemas de supervisión de gases tóxicos, según se indica; y detectores asignados para ellos:
a. |
Diseñados para funcionar continuamente y utilizables en la detección de agentes para la guerra química o las sustancias químicas especificadas en el artículo 1C350, a una concentración inferior a 0,3 mg/m3; o |
b. |
Diseñados para la detección de la actividad inhibidora de la colinesterasa. |
2B352
Equipos que puedan usarse en la manipulación de materiales biológicos, según se indica:
a. |
Instalaciones completas de confinamiento biológico con nivel de contención P3, P4; Nota técnica: Los niveles de confinamiento P3 o P4 (BL3, BL4, L3, L4) son los especificados en el Manual de bioseguridad en el laboratorio de la OMS (2.a edición, Ginebra, 1993). |
b. |
Fermentadores capaces de cultivar "microorganismos" patógenos, virus o capaces de producir toxinas, sin propagación de aerosoles, y que tengan una capacidad total mínima de 20 litros; Nota técnica: Los fermentadores incluyen biorreactores, quimiostatos y sistemas de flujo continuo. |
c. |
Separadores centrífugos, capaces de separación continua sin propagación de aerosoles, que tengan todas las características siguientes:
Nota técnica: Los separadores centrífugos incluyen los decantadores. |
d. |
Equipos de filtración de flujo cruzado (tangencial) y componentes, según se indica:
Nota: El subartículo 2B352.d. no somete a control los equipos de ósmosis inversa, según las especificaciones del fabricante. |
e. |
Equipos de liofilización esterilizables por vapor, con una capacidad del condensador superior a 10 kg de hielo en 24 horas e inferior a 1 000 kg de hielo en 24 horas; |
f. |
Equipo protector y de confinamiento, según se indica:
|
g. |
Cámaras diseñadas para ensayos de ataque de aerosoles con "microorganismos", virus o "toxinas", que tengan una capacidad de 1 m3 o mayor. |
2C
Materiales
Ninguno.
2D
Equipo lógico
2D001
"Equipo lógico" («software»), diferente del especificado en 2D002, diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 2A001 o 2B001 a 2B009.
2D002
"Equipo lógico" («software») destinado a dispositivos electrónicos, incluido el contenido en un dispositivo o en un sistema electrónico, que permita a estos dispositivos o sistemas funcionar como una unidad de "control numérico" capaz de coordinar simultáneamente más de cuatro ejes para "control de contorneado".
Nota 1: El artículo 2D002 no somete a control el "equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el funcionamiento de máquinas herramienta no especificadas en la Categoría 2.
Nota 2: El artículo 2D002 no somete a control el "equipo lógico" («software») destinado a los productos especificados en el artículo 2B002. Para el control del "equipo lógico" («software») destinado a dichos productos, véase el artículo 2D001.
2D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los equipos especificados en los artículos 2B104, 2B105, 2B109, 2B116, 2B117 o 2B119 a 2B122.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9D004.
2D201
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de los equipos especificados en los artículos 2B204, 2B206, 2B207, 2B209, 2B219 o 2B227.
2D202
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o "utilización" de los equipos especificados en el artículo 2B201.
2E
Tecnología
2E001
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de los equipos o del "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 2A, 2B o 2D.
2E002
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "producción" de los equipos incluidos en los artículos 2A o 2B.
2E003
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
"Tecnología" para el "desarrollo" de gráficos interactivos, como elemento integrado en las unidades de "control numérico", para la preparación o la modificación de programas de piezas; |
b. |
"Tecnología" de los procesos industriales relativos al trabajo de los metales, según se indica:
|
c. |
"Tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de máquinas de conformación hidráulica por estirado y de moldes para ellas, para la fabricación de estructuras de fuselajes de aeronaves; |
d. |
"Tecnología" para el "desarrollo" de generadores de instrucciones (por ejemplo, de programas de piezas) para máquinas herramienta a partir de datos de diseño residentes en el interior de unidades de "control numérico"; |
e. |
"Tecnología" para el "desarrollo" de "equipo lógico" («software») de integración para su incorporación en unidades de "control numérico" de sistemas expertos destinados a servir de soporte de decisiones de alto nivel en relación con operaciones de taller; |
f. |
"Tecnología" para la aplicación de los revestimientos inorgánicos por recubrimiento o los revestimientos inorgánicos por modificación de superficie (especificados en la columna 3 de la tabla siguiente) sobre sustratos no electrónicos (especificados en la columna 2 de la tabla siguiente) por los procedimientos que se especifican en la columna 1 de la tabla siguiente y se definen en la nota técnica. Nota: La tabla y la nota técnica figuran tras el artículo 2E301. |
2E101
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de equipos o "equipo lógico" («software») especificados en los artículos 2B004, 2B009, 2B104, 2B109, 2B116, 2B119 a 2B122 o 2D101.
2E201
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de equipos o "equipo lógico" («software») especificados en los artículos 2A225, 2A226, 2B001, 2B006, 2B007.b., 2B007.c., 2B008, 2B009, 2B201, 2B204, 2B206, 2B207, 2B209, 2B225 a 2B232, 2D201 o 2D202.
2E301
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de productos incluidos en los artículos 2B350 a 2B352.
Tabla
Métodos de depósito
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"Superaleaciones" |
Aluminuros para superficies internas |
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Cerámicas (19) y vidrios de baja dilatación (14) |
Siliciuros Carburos Capas dieléctricas (15) Diamante Carbono diamante (17) |
|||||||
"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Siliciuros Carburos Metales refractarios Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) Aluminuros Aluminuros aleados (2) Nitruro de boro |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16), Carburo de silicio (18) |
Carburos Wolframio Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Molibdeno y aleaciones de molibdeno |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Capas dieléctricas (15) Diamante Carbono diamante (17) |
|||||||
Materiales para ventanas de sensores (9) |
Capas dieléctricas (15) Diamante Carbono diamante (17) |
|||||||
|
|
|
||||||
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"Superaleaciones" |
Siliciuros aleados Aluminuros aleados (2) MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Siliciuros Aluminuros Mezclas de ellos (4) |
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Cerámicas (19) y vidrios de baja dilatación (14) |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Acero resistente a la corrosión (7) |
MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Mezclas de ellos (4) |
|||||||
"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Siliciuros Carburos Metales refractarios Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) Nitruro de boro |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16), Carburo de silicio (18) |
Carburos Wolframio Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Molibdeno y aleaciones de molibdeno |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Capas dieléctricas (15) Boruros Berilio |
|||||||
Materiales para ventanas de sensores (9) |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Aleaciones de titanio (13) |
Boruros Nitruros |
|||||||
|
Cerámicas (19) y vidrios de baja dilatación (14) |
Capas dieléctricas (15) Carbono diamante (17) |
||||||
"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16), Carburo de silicio |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Molibdeno y aleaciones de molibdeno |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Materiales para ventanas de sensores (9) |
Capas dieléctricas (15) Carbono diamante (17) |
|||||||
|
Cerámicas (19) y vidrios de baja dilatación (14) |
Siliciuros Capas dieléctricas (15) Carbono diamante (17) |
||||||
"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16), Carburo de silicio |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Molibdeno y aleaciones de molibdeno |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Materiales para ventanas de sensores (9) |
Capas dieléctricas (15) Carbono diamante |
|||||||
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"Superaleaciones" |
Siliciuros aleados Aluminuros aleados (2) MCrAlX (5) |
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Polímeros (11) y "materiales compuestos" («composites») de "matriz" orgánica |
Boruros Carburos Nitruros Carbono diamante (17) |
|||||||
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"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Siliciuros Carburos Mezclas de ellos (4) |
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Aleaciones de titanio (13) |
Siliciuros Aluminuros Aluminuros aleados (2) |
|||||||
Metales y aleaciones refractarios (8) |
Siliciuros Óxidos |
|||||||
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"Superaleaciones" |
MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Mezclas de ellos (4) Níquel-grafito sujeto a abrasión Materiales que contienen Ni-Cr-Al sujetos a abrasión Al-Si-poliéster sujeto a abrasión Aluminuros aleados (2) |
||||||
Aleaciones de aluminio (6) |
MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Siliciuros Mezclas de ellos (4) |
|||||||
Metales y aleaciones refractarios (8) |
Aluminuros Siliciuros Carburos |
|||||||
Acero resistente a la corrosión (7) |
MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Mezclas de ellos (4) |
|||||||
Aleaciones de titanio (13) |
Carburos Aluminuros Siliciuros Aluminuros aleados (2) Níquel-grafito sujeto a abrasión Materiales que contienen Ni-Cr-Al sujetos a abrasión Al-Si-poliéster sujeto a abrasión |
|||||||
|
Metales y aleaciones refractarios (8) |
Siliciuros fundidos Aluminuros fundidos excepto elementos de caldeo por resistencia |
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"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Siliciuros Carburos Mezclas de ellos (4) |
|||||||
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"Superaleaciones" |
Siliciuros aleados Aluminuros aleados (2) Aluminuros modificados con metal noble (3) MCrAlX (5) Circonia modificada (12) Platino Mezclas de ellos (4) |
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Cerámicas y vidrios de baja dilatación (14) |
Siliciuros Platino Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) Carbono diamante (17) |
|||||||
Aleaciones de titanio (13) |
Boruros Nitruros Óxidos Siliciuros Aluminuros Aluminuros aleados (2) Carburos |
|||||||
"Materiales compuestos" («composites») carbono-carbono, cerámicos y de "matriz" metálica |
Siliciuros Carburos Metales refractarios Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) Nitruro de boro |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16), Carburo de silicio (18) |
Carburos Wolframio Mezclas de ellos (4) Capas dieléctricas (15) Nitruro de boro |
|||||||
Molibdeno y aleaciones de molibdeno |
Capas dieléctricas (15) |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Boruros Capas dieléctricas (15) Berilio |
|||||||
Materiales para ventanas de sensores (9) |
Capas dieléctricas (15) Carbono diamante (17) |
|||||||
Metales y aleaciones refractarios (8) |
Aluminuros Siliciuros Óxidos Carburos |
|||||||
|
Aceros para rodamientos de alta temperatura |
Adiciones de cromo, tántalo o niobio (columbio) |
||||||
Aleaciones de titanio (13) |
Boruros Nitruros |
|||||||
Berilio y aleaciones de berilio |
Boruros |
|||||||
Carburo de wolframio cementado (16) |
Carburos Nitruros |
Tabla — Métodos de depósito — Notas
1. |
Se entenderá por ’proceso de revestimiento’ tanto la reparación y restauración del revestimiento como el revestimiento original. |
2. |
La expresión ’revestimiento de aluminuro aleado’ designa los revestimientos realizados en una o varias fases en los que uno o varios elementos se depositan antes o durante la aplicación del revestimiento de aluminuro, aun cuando estos elementos se depositen por otro proceso de revestimiento. No obstante, el uso múltiple de procesos de cementación en paquete en una sola fase para conseguir aluminuros aleados no se incluye en la expresión ’revestimiento de aluminuro aleado’. |
3. |
Se entenderá por ’revestimiento de aluminuro modificado con metal noble’ todo revestimiento en varias fases en el que el metal o metales nobles se depositan por algún otro proceso de revestimiento antes de la aplicación del revestimiento de aluminuro. |
4. |
Se entenderá por ’mezclas de ellos’ los materiales infiltrados, composiciones graduadas, depósitos simultáneos y depósitos de varias capas, obtenidos por uno o más de los procesos de revestimiento especificados en esta Tabla. |
5. |
’McrAlX’ hace referencia a una aleación de revestimiento en la que M representa cobalto, hierro, níquel o combinaciones de los mismos y X representa hafnio, itrio, silicio, tántalo en cualquier cantidad u otras adiciones menores de más de 0,01 % en peso, en proporciones y combinaciones diversas, excepto:
|
6. |
Se entenderá por ’aleaciones de aluminio’ las que posean una resistencia a la rotura por tracción igual o superior a 190 MPa medida a 293 K (20 °C). |
7. |
Se entenderá por ’acero resistente a la corrosión’ el acero de la serie "AISI" («American Iron and Steel Institute») 300 o acorde con normas nacionales equivalentes. |
8. |
Se entenderá por ’metales y aleaciones refractarios’ los metales siguientes y sus aleaciones: niobio (columbio), molibdeno, wolframio (tungsteno) y tántalo. |
9. |
Los ’materiales para ventanas de sensores’ son los siguientes: alúmina, silicio, germanio, sulfuro de zinc, seleniuro de zinc, arseniuro de galio, diamante, fosfuro de galio, zafiro y los haluros metálicos siguientes: materiales para ventanas de sensores de más de 40 mm de diámetro para el fluoruro de circonio y el fluoruro de hafnio. |
10. |
La categoría 2 no somete a control la "tecnología" para la cementación en paquete en una sola fase de superficies aerodinámicas. |
11. |
Polímeros según se indica: poliimida, poliéster, polisulfuro, policarbonatos y poliuretanos. |
12. |
Se entenderá por ’circonia modificada’ la que haya recibido adiciones de otros óxidos metálicos, como por ejemplo óxidos de calcio, de magnesio, de itrio, de hafnio, de tierras raras, etc., con el fin de estabilizar ciertas fases cristalográficas y composiciones de las mismas. La presente categoría no somete a control los revestimientos destinados a servir de barrera térmica constituidos por circonia modificada con óxido de calcio o de magnesio mediante mezcla o fusión. |
13. |
Se entenderá por ’aleaciones de titanio’ únicamente las aleaciones de uso aeroespacial que posean una resistencia a la rotura por tracción igual o superior a 900 MPa, medida a 293 K (20 °C). |
14. |
Se entenderá por ’vidrios de baja dilatación’ los que posean un coeficiente de dilatación térmica igual o inferior a 1 × 10–7 K–1 medido a 293 K (20 °C). |
15. |
Las ’capas dieléctricas’ son revestimientos formados por varias capas de materiales aislantes en las que se utilizan las propiedades de interferencia de un conjunto de materiales con índices de refracción diferentes para reflejar, transmitir o absorber diferentes bandas de longitudes de onda. Se entenderá por capas dieléctricas más de cuatro capas dieléctricas o capas de "materiales compuestos" ("composites") dieléctrico-metal. |
16. |
El carburo de wolframio (tungsteno) cementado no incluye los materiales para herramientas de corte y de conformación consistentes en carburo de tungsteno/(cobalto, níquel), carburo de titanio/(cobalto, níquel), carburo de cromo/cromo-níquel y carburo de cromo/níquel. |
17. |
No estará sometida a control la "tecnología" destinada especialmente a depositar carbono diamante en:
|
18. |
El carburo de silicio no incluye los materiales para herramientas de corte y de conformación. |
19. |
Los sustratos cerámicos a que se refiere este punto no incluyen los materiales cerámicos con un contenido igual o superior al 5 % en peso de arcilla o cemento como constituyentes separados o combinados. |
Las definiciones de los procesos que aparecen en la Columna 1 de la Tabla son las siguientes:
a. |
El depósito químico en fase de vapor («CVD») es un proceso de revestimiento por recubrimiento o de revestimiento por modificación de superficie en el que un metal, aleación, "material compuesto" («composite»), material dieléctrico o material cerámico se deposita sobre un sustrato calentado. Los gases reactivos se reducen o combinan en las proximidades del sustrato, lo que origina el depósito del material elemental, de la aleación o del material compuesto sobre el sustrato. La energía necesaria para este proceso de descomposición o reacción química se obtiene del calor del sustrato, de un plasma de descarga luminiscente o de una irradiación "láser". N.B. 1: El "CVD "incluye los procesos siguientes: depósito fuera de paquete con flujo de gas dirigido," CVD" pulsante, deposición nuclearia térmica controlada ("CNTD"), intensificado por plasma o asistido por plasma. N.B. 2: Se entiende por paquete un sustrato sumergido en una mezcla de polvos. N.B. 3: El material gaseoso utilizado en el proceso fuera de paquete se produce utilizando las mismas reacciones y parámetros básicos del proceso de cementación en paquetes, excepto que el sustrato que va a revestirse no está en contacto con la mezcla de polvos. |
b. |
El depósito en fase de vapor por método físico de evaporación térmica («TE»-«PVD») es un proceso de revestimiento por recubrimiento que se lleva a cabo en una cámara de vacío a una presión inferior a 0,1 Pa, en el que se utiliza una fuente de energía térmica para vaporizar el material de revestimiento. Este proceso origina la condensación o el depósito de los vapores producidos sobre sustratos situados convenientemente. La adición de gases a la cámara de vacío durante el proceso de revestimiento para sintetizar los revestimientos compuestos es una modificación normal del proceso. La utilización de haces de iones o de electrones, o de plasma, para activar o asistir el depósito del revestimiento es también una modificación normal de este método. Se pueden utilizar monitores para medir durante el proceso las características ópticas y el espesor de los revestimientos. Los procesos «TE»-«PVD» específicos son los siguientes:
|
c. |
La cementación en paquete es un proceso de revestimiento por modificación de superficie o de revestimiento por recubrimiento en el que un sustrato se sumerge en una mezcla de polvos denominada paquete, formada por:
El sustrato y la mezcla de polvo se introducen en una retorta que se calienta a una temperatura comprendida entre 1 030 K (757 °C) y 1 375 K (1 102 °C) durante un tiempo suficiente para que se deposite el revestimiento. |
d. |
La pulverización de plasma es un proceso de revestimiento por recubrimiento en el que una pistola soplete de pulverización que produce y controla un plasma recibe los materiales de revestimiento en forma de polvo o de alambre, los funde y los proyecta hacia un sustrato en el que se forma así un revestimiento aglutinado integralmente. La pulverización de plasma puede ser una pulverización a baja presión o una pulverización a gran velocidad. N.B. 1: Se entiende por baja presión la inferior a la presión atmosférica ambiente. N.B. 2: Se entiende por gran velocidad una velocidad del gas a la salida de la tobera de más de 750 m/s calculada a 293 K (20 °C) a 0,1 MPa. |
e. |
El depósito de barbotina es un proceso de revestimiento por modificación de superficie o de revestimiento por recubrimiento en el que un polvo metálico o cerámico con un aglutinante orgánico se suspende en un líquido y se aplica a un sustrato por pulverización, inmersión o pintura; a continuación, se seca al aire o en horno, y se trata térmicamente para obtener el revestimiento deseado. |
f. |
La deposición catódica es un proceso de revestimiento por recubrimiento basado en un fenómeno de transferencia de energía cinética, en el que iones positivos son acelerados por un campo eléctrico hacia la superficie de un blanco (material de revestimiento). La energía cinética desprendida por el choque de los iones es suficiente para que se liberen átomos de la superficie del blanco y se depositen sobre un sustrato situado convenientemente. N.B. 1: La Tabla hace referencia únicamente a la deposición por triodo, magnetrón o reactiva, para aumentar la adhesión del revestimiento y la velocidad del depósito, y a la deposición catódica aumentada por radiofrecuencia (RF) utilizada para permitir la vaporización de materiales de revestimiento no metálicos. N.B. 2: Se pueden utilizar haces de iones de baja energía (inferior a 5 keV) para activar la deposición. |
g. |
La implantación iónica es un proceso de revestimiento por modificación de superficie en el que el elemento que se pretende alear es ionizado, acelerado mediante un gradiente de potencial e implantado en la zona superficial del sustrato. La definición incluye procesos en los que la implantación iónica se realiza simultáneamente con el depósito en fase de vapor por método físico de haz de electrones o la deposición catódica. |
CATEGORÍA 3
ELECTRÓNICA
3A
Sistemas, equipos y componentes
Nota 1: El régimen de control de los equipos, dispositivos y componentes descritos en los artículos 3A001 o 3A002, excepto los que se describen en los subartículos 3A001.a.3. a 3A001.a.10. o 3A001.a.12., que estén diseñados especialmente o posean las mismas características funcionales que otros equipos, vendrá determinado por el régimen de control de los otros equipos.
Nota 2: El régimen de control de los circuitos integrados descritos en los subartículos 3A001.a.3. a 3A001.a.9. o 3A001.a.12., que estén programados o diseñados de manera inalterable para una función específica para otros equipos, vendrá determinado por el régimen de control de los otros equipos.
N.B.: Cuando el fabricante o el solicitante de la licencia no puedan determinar el régimen de control de los otros equipos, el régimen de control de los circuitos integrados será el que determinen los subartículos 3A001.a.3. a 3A001.a.9. y 3A001.a.12.
Si el circuito integrado es un "microcircuito de microordenador" basado en el silicio o un microcircuito de microcontrolador descrito en el subartículo 3A001.a.3. que tenga una longitud de la palabra del operando (datos) de 8 bits o menos, el régimen de control del circuito integrado será el que se determina en el subartículo 3A001.a.3.
3A001
Componentes electrónicos, según se indica:
a. |
Circuitos integrados de uso general, según se indica: Nota 1: El régimen de control de las obleas (terminadas o no) cuya función esté determinada se evaluará en función de los parámetros establecidos en el subartículo 3A001.a. Nota 2: Los circuitos integrados incluyen los tipos siguientes:
|
b. |
Componentes de microondas o de ondas milimétricas, según se indica:
|
c. |
Dispositivos de ondas acústicas, según se indica, y componentes diseñados especialmente para ellos:
|
d. |
Dispositivos y circuitos electrónicos que contengan componentes fabricados a partir de materiales "superconductores" diseñados especialmente para funcionar a temperaturas inferiores a la "temperatura crítica" de al menos uno de los constituyentes superconductores, con cualquiera de las funciones siguientes:
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e. |
Dispositivos de alta energía, según se indica:
|
f. |
Codificadores de posición absoluta de ejes del tipo de entrada rotativa que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
g. |
Dispositivos tiristor y ’módulos tiristor’ de conmutación de potencia pulsada de estado sólido que utilicen métodos de conmutación controlados électricamente, ópticamente o por radiación de electrones, que reúnan alguna de las características siguientes:
Nota 1: 3A001.g incluye:
Nota 2: 3A001.g. no somete a control los mecanismos tiristor y ’módulos iristor’ incorporados a equipos diseñados para aplicaciones en líneas férreas civiles o "aeronaves civiles". Nota técnica: A efectos de 3A001.g., un ’módulo tiristor’ contiene uno o más mecanismos tiristor. |
3A002
Equipos electrónicos de uso general, según se indica:
a. |
Equipos de grabación, según se indica, y las cintas magnéticas de prueba diseñadas especialmente para ellos:
|
b. |
"Conjuntos electrónicos" de "sintetizadores de frecuencias" con un "tiempo de conmutación de frecuencia" de una frecuencia dada a otra, inferior a 1 ms; Nota: El régimen de control de los analizadores de señal, los generadores de señal, los analizadores de redes y los receptores de prueba de microondas como instrumentos autónomos está determinado por 3A002.c., 3A002.d., 3A002.e. y 3A002.f., respectivamente. |
c. |
"Analizadores de señal" de radiofrecuencia, según se indica:
|
d. |
Generadores de señales de frecuencia sintetizada que produzcan frecuencias de salida cuya exactitud y cuya estabilidad a corto y largo plazo estén controladas por, derivadas de o regidas por el oscilador maestro interno de referencia y que tengan cualquiera de las características siguientes:
Nota 1: A los efectos del subartículo 3A002.d., la expresión generadores de señales de frecuencia sintetizada incluye generadores de función y de forma de onda arbitraria. Nota 2: El subartículo 3A002.d. no somete a control los equipos en los que la frecuencia de salida se produce mediante la adición o la sustracción de dos o más frecuencias obtenidas mediante osciladores a cristal, o por una adición o sustracción seguida por una multiplicación del resultado. Notas técnicas:
|
e. |
Analizadores de redes con una frecuencia de funcionamiento máxima superior a 43,5 GHz; |
f. |
Receptores de prueba de microondas que reúnan todas las características siguientes:
|
g. |
Patrones de frecuencia atómicos que tengan cualquiera de las características siguientes:
Nota: El subartículo 3A002.g.1. no somete a control los patrones de rubidio no "calificados para uso espacial". |
3A003
Sistemas de control térmico mediante enfriamiento por pulverización ("spray cooling") que utilicen equipos de tratamiento y reacondicionamiento del fluido en circuito cerrado en el interior de una cámara estanca en la que se pulveriza un fluido dieléctrico sobre los componentes electrónicos mediante boquillas aspersoras diseñadas especialmente con el fin de mantener dichos componentes electrónicos dentro de su gama de temperaturas de funcionamiento, y los componentes diseñados especialmente para ellos.
3A101
Equipos, dispositivos y componentes electrónicos, distintos de los incluidos en el artículo 3A001, según se indica:
a. |
Convertidores analógico-digital, que puedan utilizarse en "misiles", diseñados para las especificaciones militares para equipos robustos («ruggedized»); |
b. |
Aceleradores capaces de suministrar radiaciones electromagnéticas producidas por radiación de frenado («Bremsstrahlung») a partir de electrones acelerados de 2 MeV o más, y sistemas que contengan dichos aceleradores. Nota: El subartículo 3A101.b., no incluye los equipos diseñados especialmente para uso médico. |
3A102
’Baterías térmicas’ diseñadas o modificadas para ’misiles’.
Notas técnicas:
1. |
En el artículo 3A102, ’baterías térmicas’ son baterías desechables que contienen una sal inorgánica sólida no conductora como electrólito. Dichas baterías incorporan un material pirolítico que, al encenderse, funde el electrólito y activa la batería. |
2. |
En el artículo 3A102, se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km. |
3A201
Componentes electrónicos, distintos de los incluidos en el artículo 3A001, según se indica:
a. |
Condensadores que tengan cualquiera de los siguientes conjuntos de características:
|
b. |
Electroimanes solenoidales superconductores que reúnan todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 3A201.b. no somete a control los imanes diseñados especialmente para y exportados ’como piezas de’ sistemas médicos de formación de imágenes por resonancia magnética nuclear («NMR»). La expresión ’como piezas de’ no significa necesariamente que se trate de una pieza física incluida en la misma expedición. Se permiten expediciones por separado, de orígenes distintos, siempre que los correspondientes documentos de exportación especifiquen claramente que los envíos se despachan ’como piezas de’ los sistemas de formación de imágenes. |
c. |
Generadores de rayos X de descarga por destello o aceleradores por impulso de electrones que tengan alguno de los siguientes conjuntos de características:
Nota: El subartículo 3A201.c. no somete a control los aceleradores que sean componentes de dispositivos diseñados para fines distintos de la radiación por haz electrónico o rayos X (microscopia electrónica, por ejemplo) ni aquellos diseñados para fines médicos: Notas técnicas:
|
3A225
Convertidores de frecuencia o generadores, distintos de los incluidos en el subartículo 0B001.b.13, que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Salida multifase capaz de suministrar una potencia igual o superior a 40 W; |
b. |
Capacidad para funcionar en la gama de frecuencias entre 600 y 2 000 Hz; |
c. |
Distorsión armónica total inferior al 10 %; y |
d. |
Control de frecuencia mejor (inferior) que el 0,1 %. |
Nota técnica:
Los convertidores de frecuencia incluidos en el artículo 3A225 también son conocidos como cambiadores o inversores.
3A226
Fuentes de corriente continua de gran potencia, distintas de las incluidas en el subartículo 0B001.j.6., que reúnan las dos características siguientes:
a. |
Capacidad de producir de modo continuo, a lo largo de 8 horas, 100 V o más con una corriente de salida de 500 amperios o más; y |
b. |
Estabilidad de la corriente o del voltaje mejor que el 0,1 % a lo largo de 8 horas. |
3A227
Fuentes de corriente continua de alto voltaje, distintas de las incluidas en el subartículo 0B001.j.5, que reúnan las dos características siguientes:
a. |
Capacidad de producir de modo continuo, a lo largo de 8 horas, 20 kV o más con una corriente de salida de 1 amperio o más; y |
b. |
Estabilidad de la corriente o del voltaje mejor que el 0,1 % a lo largo de 8 horas. |
3A228
Dispositivos de conmutación, según se indica:
a. |
Tubos de cátodo frío, llenos de gas o no, de funcionamiento similar a los descargadores de chispas, que reúnan todas las características siguientes:
Nota: El artículo 3A228 incluye los tubos de gas krytron y los tubos sprytron de vacío. |
b. |
Descargadores de chispas con disparo que reúnan las dos características siguientes:
|
c. |
Módulos o conjuntos con una función de conmutación rápida, distintos de los especificados en 3A001.g., que reúnan todas las características siguientes:
|
3A229
Conjuntos de ignición y generadores equivalentes de impulsos de corriente elevada, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA.
a. |
Conjuntos de ignición de detonador explosivo diseñados para accionar los detonadores múltiples controlados incluidos en el artículo 3A232; |
b. |
Generadores modulares de impulsos eléctricos (impulsadores), que reúnan todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 3A229.b. incluye los excitadores de lámparas de destello de xenón. Nota técnica: En el subartículo 3A229.b.5., el ’tiempo de subida’ se define como el intervalo de tiempo comprendido entre el 10 % y el 90 % de la amplitud de corriente cuando se excita una carga resistiva. |
3A230
Generadores de impulsos de gran velocidad que reúnan las dos características siguientes:
a. |
Voltajes de salida superiores a 6 V sobre una carga resistiva de menos de 55 ohmios; y |
b. |
’Tiempo de transición de impulsos’ inferior a 500 ps. |
Nota técnica:
En el artículo 3A230, el ’tiempo de transición de impulso’ se define como el intervalo de tiempo comprendido entre el 10 % y el 90 % de la amplitud del voltaje.
3A231
Sistemas generadores de neutrones, incluidos los tubos, que reúnan las dos características siguientes:
a. |
Diseñados para funcionar sin sistema de vacío externo; y |
b. |
Que utilicen una aceleración electrostática para inducir una reacción nuclear tritio-deuterio. |
3A232
Detonadores y sistemas de iniciación multipunto, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA.
a. |
Detonadores explosivos accionados eléctricamente, según se indica:
|
b. |
Montajes que empleen detonadores únicos o múltiples diseñados para iniciar casi simultáneamente una superficie explosiva de más de 5 000 mm2 a partir de una sola señal de detonación, con un tiempo de iniciación distribuido por la superficie de menos de 2,5 μs. |
Nota: El artículo 3A232 no somete a control los detonadores que empleen solamente explosivos primarios, como azida de plomo.
Nota técnica:
En el artículo 3A232, todos los detonadores en cuestión utilizan un pequeño conductor eléctrico (de puente, de puente con filamento metálico o de laminilla) que se vaporiza de forma explosiva cuando lo atraviesa un rápido impulso eléctrico de corriente elevada. En los tipos que no son de percutor, el conductor inicia, al explotar, una detonación química en un material altamente explosivo en contacto con él, como el tetranitrato de pentaeritritol («PETN»). En los detonadores de percusión, la vaporización explosiva del conductor eléctrico impulsa a un elemento volador o percutor («flyer» o «slapper») a través de un hueco, y el impacto de este elemento sobre el explosivo inicia una detonación química. En algunos modelos, el percutor va accionado por una fuerza magnética. El término detonador de laminilla puede referirse a un detonador «EB» o a un detonador de tipo percutor. Asimismo, a veces se utiliza el término iniciador en lugar de detonador.
3A233
Espectrómetros de masas, distintos de los incluidos en el subartículo 0B002.g., capaces de medir iones de 230 unidades de masa atómica o mayores, y que tengan una resolución mejor que 2 partes por 230, según se indica, así como las fuentes de iones para ellos:
a. |
Espectrómetros de masas de plasma acoplados inductivamente («ICP»/«MS»); |
b. |
Espectrómetros de masas de descarga luminosa («GDMS»); |
c. |
Espectrómetros de masas de ionización térmica («TIMS»); |
d. |
Espectrómetros de masas de bombardeo electrónico que tengan una cámara fuente construida, revestida o chapada con materiales resistentes al UF6; |
e. |
Espectrómetros de masas de haz molecular que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
f. |
Espectrómetros de masas equipados con una fuente de iones de microfluoración diseñada para actínidos o fluoruros de actínidos. |
3B
Equipos de ensayo, inspección y producción
3B001
Equipos para la fabricación de dispositivos o de materiales semiconductores, según se indica, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:
a. |
Equipos diseñados para crecimiento epitaxial, según se indica:
|
b. |
Equipos diseñados para la implantación iónica, que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
c. |
Equipos para el grabado, por plasma anisotrópico en seco, según se indica:
|
d. |
Equipos de "CVD" intensificado por plasma, según se indica:
|
e. |
Sistemas centrales de manipulación de obleas para la carga automática de cámaras múltiples, que reúnan todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 3B001.e. no somete a control los sistemas robotizados automáticos de manipulación de obleas que no estén diseñados para funcionar en un ambiente bajo vacío. |
f. |
Equipos de litografía, según se indica:
|
g. |
Máscaras y retículas diseñadas para circuitos integrados incluidos en el artículo 3A001; |
h. |
Máscaras multicapas con una capa de cambio de fase. Nota: El subartículo 3B001.h. no somete a control las máscaras multicapas con una capa de cambio de fase diseñadas para la fabricación de dispositivos de memoria no sometidos a control por el artículo 3A001. |
i. |
Plantillas para impresión litográfica diseñadas para circuitos integrados especificados en 3A001. |
3B002
Equipos de ensayo diseñados especialmente para el ensayo de dispositivos semiconductores terminados o no terminados, según se indica, y componentes y accesorios de los mismos diseñados especialmente:
a. |
Para ensayo de parámetros S de dispositivos de transistores a frecuencias superiores a 31,8 GHz; |
b. |
Sin uso; |
c. |
Para el ensayo de los circuitos integrados de microondas incluidos en el subartículo 3A001.b.2. |
3C
Materiales
3C001
Materiales hetero epitaxiales consistentes en un "sustrato" con capas múltiples apiladas obtenidas por crecimiento epitaxial de cualquiera de los siguientes productos:
a. |
Silicio; |
b. |
Germanio; |
c. |
Carburo de silicio; o |
d. |
Compuestos III/V de galio o indio. Nota técnica: Los compuestos III/V son productos policristalinos o binarios o monocristalinos complejos constituidos por elementos de los grupos IIIA y VA de la tabla de clasificación periódica de Mendeleiev (por ejemplo, arseniuro de galio, arseniuro de galio-aluminio y fosfuro de indio). |
3C002
Materiales de protección («resists»), según se indica, y "sustratos" revestidos con materiales de protección sometidos a control:
a. |
Materiales de protección positivos para litografía en semiconductores ajustados especialmente (optimizados) para su utilización a longitudes de onda inferiores a 245 nm; |
b. |
Todos los materiales de protección destinados a su utilización con haces de electrones o haces iónicos, y que posean una sensibilidad de 0,01 µculombios/mm2 o mejor; |
c. |
Todos los materiales de protección destinados a su utilización con rayos X y que posean una sensibilidad de 2,5 mJ/mm2 o mejor; |
d. |
Todos los materiales de protección optimizados para tecnologías de formación de imágenes de superficie, incluidos los materiales de protección ’sililados’. Nota técnica: Los métodos de ’sililación’ se definen como procesos que incluyen la oxidación de la superficie del material de protección con el fin de mejorar la realización del revelado tanto en húmedo como en seco. |
3C003
Compuestos organo-inorgánicos, según se indica:
a. |
Compuestos organometálicos de aluminio, de galio o de indio, con una pureza (del metal) superior al 99,999 %; |
b. |
Compuestos organoarsénicos, organoantimónicos y organofosfóricos con una pureza (del elemento inorgánico) superior a 99,999 %. |
Nota: El artículo 3C003 sólo somete a control los compuestos cuyo componente metálico, parcialmente metálico o no metálico está directamente enlazado al carbono en la parte orgánica de la molécula.
3C004
Hidruros de fósforo, de arsénico o de antimonio con una pureza superior al 99,999 %, incluso diluidos en gases inertes o de hidrógeno.
Nota: El artículo 3C004 no somete a control los hidruros que contienen el 20 % molar o más de gases inertes o de hidrógeno.
3C005
Obleas de carburo de silicio (SiC) con una resistividad superior a 10 000 ohm-cm.
3D
Equipo lógico
3D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el "desarrollo" o la "producción" de equipos incluidos en los subartículos 3A001.b. a 3A002.g. o en el artículo 3B.
3D002
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de cualquiera de los equipos siguientes:
a. |
Equipos incluidos en los subartículos 3B001.a. a 3B001.f.; o |
b. |
Equipos incluidos en el artículo 3B002. |
3D003
"Equipo lógico" («software») de simulación ’basado en las leyes de la física’ y diseñado especialmente para el "desarrollo" de procesos litográficos, de grabado o depósito destinados a transformar patrones de enmascaramiento en patrones topográficos específicos en los materiales conductores, dieléctricos o semiconductores.
Nota técnica:
En el artículo 3D003, por ’basado en la leyes de la física’ se entiende el empleo de cálculos para determinar una secuencia de procesos físicos, que implican relaciones causa/efecto, basándose en propiedades físicas (por ejemplo, temperatura, presión, constantes de difusión y propiedades de los materiales semiconductores).
Nota: Las bibliotecas, los atributos de diseño y los datos conexos para el diseño de dispositivos semiconductores o de circuitos integrados se consideran "tecnología".
3D004
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el "desarrollo" de los equipos incluidos en el artículo 3A003.
3D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los equipos incluidos en el subartículo 3A101.b.
3E
Tecnología
3E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" o la "produccion" de equipos o materiales incluidos en los artículos 3A, 3B o 3C;
Nota 1: El artículo 3E001 no somete a control la "tecnología" para la "producción" de equipos o componentes sometidos a control por el artículo 3A003.
Nota 2: El artículo 3E001 no somete a control la "tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de circuitos integrados incluidos en los subartículos 3A001.a.3. a 3A001.a.12., que reúnan todas las características siguientes:
1. |
Empleo de "tecnología" igual o superior a 0,5 micra; y |
2. |
Que no incorporen ’estructuras multicapa’. |
Nota técnica:
Las ’estructuras multicapa’ no incluyen los dispositivos que contengan, como máximo, tres capas metálicas y tres capas de polisilicio.
3E002
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología distinta de la incluida en el artículo 3E001 para el "desarrollo" o la "producción" de un "microcircuito de microprocesadores", "microcircuitos de microordenadores" o núcleo de microcircuitos de microcontroladores que tengan una unidad aritmética lógica con una capacidad de acceso paralelo de 32 bits o superior y uno cualquiera de los rasgos o características siguientes:
a. |
Una unidad de procesador vectorial diseñada para realizar más de dos cálculos sobre vectores en coma flotante (matrices unidimensionales de 32 bits o más) simultáneamente; Nota técnica: Una unidad de procesador vectorial es un procesador con instrucciones incorporadas que realiza simultáneamente cálculos múltiples sobre vectores en coma flotante (matrices unidimensionales de 32 bits o más) simultáneamente, con al menos una unidad vectorial aritmética lógica. |
b. |
Diseñada para realizar más de dos operaciones en coma flotante de 64 bits o más, por ciclo; o |
c. |
Diseñada para obtener más de cuatro resultados de adiciones y multiplicaciones en coma fija de 16 bits por ciclo (por ejemplo, manipulación digital de información analógica previamente convertida en formato digital, también conocido como tratamiento digital de señales). Nota: 3E002.c. no somete a control la tecnología de extensiones multimedia. |
Nota 1: 3E002 no somete a control la "tecnología" para el "desarrollo" o "producción" de núcleos de microprocesadores, que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Empleo de "tecnología" igual o superior a 0,130 μm; y |
b. |
Que incorporen ’estructuras multicapa’ con cinco o menos capas metálicas. |
Nota 2: 3E002 incluye la "tecnología" para procesadores de señales digitales y procesadores de matrices digitales.
3E003
Otras "tecnologías" para el "desarrollo" o la "producción" de:
a. |
Dispositivos microelectrónicos de vacío; |
b. |
Dispositivos semiconductores de hetero-estructura tales como los transistores de alta movilidad de electrones («HEMT»), transistores bipolares de heterounión («HBT»), dispositivos de pozo cuántico o de super redes; Nota: El subartículo 3E003.b. no somete a control la tecnología para los transistores de alta movilidad de electrones («HEMT») que funcionen a frecuencias inferiores a 31,8 GHz y los transistores bipolares de heterounión («HBT») que funcionen a frecuencias inferiores a 31,8 GHz. |
c. |
Dispositivos electrónicos "superconductores"; |
d. |
Sustratos o películas de diamante para componentes electrónicos. |
e. |
Sustratos de silicio sobre aislante («SOI») para circuitos integrados en los cuales el aislante es dióxido de silicio. |
f. |
Sustratos de carburo de silicio para componentes electrónicos. |
g. |
Tubos electrónicos de vacío que funcionen a frecuencias de 31,8 GHz o más. |
3E101
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de equipos o de "equipo lógico" ("software") incluidos en los artículos 3A001.a.1. o 3A001.a.2, 3A101, 3A102 o 3D101.
3E102
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" del "equipo lógico" ("software") incluido en el artículo 3D101.
3E201
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 3A001.e.2, 3A001.e.3, 3A001.g., 3A201, 3A225 a 3A233.
CATEGORÍA 4
ORDENADORES
Nota 1: Los ordenadores, el equipo conexo y el "equipo lógico" («software») que realicen funciones de telecomunicaciones o de "redes de área local" deberán evaluarse también con arreglo a las características de funcionamiento definidas en la Categoría 5, primera parte (Telecomunicaciones).
Nota 2: Las unidades de control que interconectan directamente los buses o canales de las unidades centrales de proceso, de la "memoria principal" o de controladores de discos no se consideran equipos de telecomunicaciones descritos en la Categoría 5, primera parte (Telecomunicaciones).
N.B.: Para lo relacionado con el régimen de control del "equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la conmutación de paquetes, véase 5D001.
Nota 3: Los ordenadores, el equipo conexo y el "equipo lógico" («software») que realicen funciones criptográficas, criptoanalíticas, de seguridad multinivel certificable o de aislamiento del usuario certificable, o que limiten la compatibilidad electromagnética («EMC»), deberán evaluarse igualmente con arreglo a las características de funcionamiento definidas en la Categoría 5, segunda parte ("Seguridad de la información").
4A
Sistemas, equipos y componentes
4A001
Ordenadores electrónicos y equipo conexo, según se indica, y los "conjuntos electrónicos" y componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 4A101.
a. |
Diseñados especialmente para tener cualquiera de las características siguientes:
|
b. |
Que tengan características o realicen funciones que excedan los límites definidos en la Categoría 5, segunda parte ("Seguridad de la información"). Nota: El subartículo 4A001.b. no somete a control los ordenadores electrónicos y el equipo conexo a disposición del usuario para uso personal de éste. |
4A003
"Ordenadores digitales", "conjuntos electrónicos" y equipo conexo para ellos, según se indica, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
Nota 1: El artículo 4A003 incluye lo siguiente:
a. |
Los procesadores vectoriales; |
b. |
Los conjuntos de procesadores; |
c. |
Los procesadores de señales digitales; |
d. |
Los procesadores lógicos; |
e. |
Los equipos diseñados para "resaltado de imagen"; |
f. |
Los equipos diseñados para "proceso de señales". |
Nota 2: El régimen de control de los "ordenadores digitales" o equipo conexo descritos en el artículo 4A003 viene determinado por el régimen de control de los otros equipos o sistemas, siempre que:
a. |
Los "ordenadores digitales" o equipo conexo sean esenciales para el funcionamiento de los otros equipos o sistemas; |
b. |
Los "ordenadores digitales" o equipo conexo no sean un "elemento principal" de los otros equipos o sistemas; y N.B. 1: El régimen de control de los equipos de "proceso de señales" o de "resaltado de imagen" diseñados especialmente para otros equipos que posean funciones limitadas a las necesarias para los otros equipos viene determinado por la inclusión en el control de los otros equipos aunque se sobrepase el criterio de "elemento principal". N.B. 2: En lo que se refiere a la inclusión en el control de los "ordenadores digitales" o equipo conexo para equipos de telecomunicaciones, véase la Categoría 5, primera parte (Telecomunicaciones). |
c. |
La "tecnología" relativa a los "ordenadores digitales" y equipo conexo se rija por el artículo 4E. |
a. |
Diseñados o modificados para "tolerancia a fallos"; Nota: A los efectos del subartículo 4A003.a., los "ordenadores digitales" y equipo conexo no se consideran diseñados ni modificados para "tolerancia a fallos" si utilizan cualquiera de los siguientes elementos:
|
b. |
"Ordenadores digitales" que posean un "funcionamiento máximo ajustado" ("APP") superior a 0,75 TeraFLOPS ponderados («WT»); |
c. |
"Conjuntos electrónicos" diseñados especialmente o modificados para mejorar las prestaciones mediante agrupación de procesadores, de forma que el "funcionamiento máximo ajustado" del conjunto exceda el límite especificado en el subartículo 4A003.b.; Nota 1: El subartículo 4A003.c. sólo es aplicable a "conjuntos electrónicos" y a las interconexiones programables que no sobrepasen el límite especificado en el subartículo 4A003.b., cuando se expidan como "conjuntos electrónicos" no integrados. No se aplica a los "conjuntos electrónicos" limitados intrínsecamente por la naturaleza de su diseño a su utilización como equipo conexo incluidos en el subartículo 4A003.e. Nota 2: El subartículo 4A003.c. no somete a control los "conjuntos electrónicos" diseñados especialmente para un producto o una familia de productos cuya configuración máxima no sobrepase el límite especificado en el subartículo 4A003.b. |
d. |
Sin uso; |
e. |
Equipos que realicen conversiones analógico-digital que sobrepasen los límites especificados en el subartículo 3A001.a.5.; |
f. |
Sin uso; |
g. |
Equipos diseñados especialmente para proporcionar las interconexiones externas de "ordenadores digitales" o equipos asociados, que permitan comunicaciones con tasas de datos superiores a 1,25 Gigaoctetos/s. Nota: El subartículo 4A003.g. no somete a control los equipos de interconexión interna (por ejemplo, «backplanes», «buses»), los equipos pasivos de interconexión, los "controladores de acceso a la red" o los "controladores de canal de comunicaciones". |
4A004
Ordenadores, según se indica, y equipo conexo, "conjuntos electrónicos" y componentes, diseñados especialmente para ellos:
a. |
"Ordenadores de conjunto sistólico"; |
b. |
"Ordenadores neuronales"; |
c. |
"Ordenadores ópticos". |
4A101
Ordenadores analógicos, "ordenadores digitales" o analizadores diferenciales digitales, distintos de los incluidos en el subartículo 4A001.a.1., para uso en condiciones severas («ruggedized») y diseñados o modificados para emplearlos en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
4A102
"Ordenadores híbridos" diseñados especialmente para la modelización, la simulación o la integración de diseño de las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o de los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
Nota: Este control sólo se aplica si el equipo se suministra con el "equipo lógico" («software») especificado en los artículos 7D103 o 9D103.
4B
Equipos de ensayo, inspección y producción
Ninguno.
4C
Materiales
Ninguno.
4D
Equipo lógico
Nota: El régimen de control del "equipo lógico" («software») para el "desarrollo", la "producción" o "utilización" de los equipos descritos en otras categorías se contempla en la categoría respectiva. El régimen de control del "equipo lógico" («software») para los equipos descritos en la presente categoría se contempla en esta categoría.
4D001 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción", o la "utilización" de equipos o "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 4A001 a 4A004, o 4D. |
b. |
"Equipo lógico" («software») distinto del especificado en 4D001.a. diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo" o la "producción" de:
|
4D002
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para sustentar la "tecnología" incluida en el artículo 4E.
4D003
"Equipo lógico" («software») específico, según se indica:
a. |
"Equipo lógico" («software») para sistemas operativos, "equipo lógico" («software») para herramientas de desarrollo y compiladores diseñados especialmente para equipos de "proceso de múltiples flujos de datos", en "código fuente"; |
b. |
Sin uso; |
c. |
"Equipo lógico" («software») que posea características o realice funciones que sobrepasen los límites especificados en la Categoría 5, segunda parte («Seguridad de la información»); Nota: El subartículo 4D003.c. no somete a control el "equipo lógico" («software») a disposición del usuario para uso personal de éste. |
4E
Tecnología
4E001 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de equipos, o "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 4A o 4D. |
b. |
"Tecnología", distinta de la especificada en 4E001.a. diseñada especialmente o modificada para el "desarrollo" o la "producción" de:
|
NOTA TÉCNICA SOBRE EL "FUNCIONAMIENTO MÁXIMO AJUSTADO" ("APP")
El valor "APP" es un valor máximo ajustado en el que los "ordenadores digitales" realizan sumas y multiplicaciones en coma flotante de 64 bits o más.
El valor "APP" se expresa en TeraFLOPS ponderados («WT»), en unidades de 1 012 operaciones ajustadas en coma flotante por segundo.
Abreviaturas utilizadas en la presente nota técnica
n |
: |
número de procesadores del "ordenador digital" |
i |
: |
número de procesador (i, … n) |
ti |
: |
duración del ciclo del procesador (ti = 1/Fi) |
Fi |
: |
frecuencia del procesador |
Ri |
: |
valor máximo de cálculo en coma flotante |
Wi |
: |
coeficiente de adaptación de arquitectura |
Esquema del método de cálculo "APP"
1. |
Para cada procesador i, determinar el número máximo de operaciones de 64 bits o más en coma flotante, FPOi, realizado por ciclo de cada procesador en el "ordenador digital". Nota: Para determinar el "FPO", solamente se incluyen las sumas y/o multiplicaciones de 64 bits o más con coma flotante. Todas las operaciones con coma flotante deben expresarse en operaciones por ciclo de procesador; las operaciones que requieran ciclos múltiples pueden expresarse en resultados fraccionarios por ciclo. Para los procesadores que no puedan realizar cálculos sobre operandos en coma flotante de 64 bits o más, la tasa de cálculo efectiva R es cero. |
2. |
Calcular el índice R en coma flotante para cada procesador Ri = FPOi/ti. |
3. |
Calcular el "APP" como "APP" = W1 × R1 + W2 × R2 + … + Wn × Rn. |
4. |
Para los "procesadores vectoriales", Wi = 0,9. Para los "procesadores no vectoriales", Wi = 0,3. |
Nota 1: Para los procesadores que realizan operaciones compuestas en un ciclo, como sumas y multiplicaciones, se cuenta cada operación.
Nota 2: Para un procesador con "pipeline" la tasa de cálculo efectiva R es la más rápida de la tasa con "pipeline", después de que la "pipeline" llene, o de la tasa sin "pipeline".
Nota 3: La tasa de cálculo R de cada procesador se debe calcular en el valor máximo teóricamente posible antes de que se derive el "APP" de la combinación. Se considera que existen operaciones simultáneas cuando el fabricante del ordenador asegura en un manual o en un folleto del ordenador la existencia de un funcionamiento o de una ejecución en modo concurrente, paralelo o simultáneo.
Nota 4: Al calcular el "APP" no se incluyen los procesadores limitados a funciones de entrada-salida y periféricas (por ejemplo, unidad de los discos, comunicación y presentación visual).
Nota 5: No se calcularán los valores "APP" para combinaciones de procesadores (inter)conectados por "redes de área local", redes de área amplia, dispositivos de entrada/salida con conexiones compartidas, controladores de entrada/salida y cualquier interconexión de comunicaciones implementada mediante equipo lógico («software»).
Nota 6: Los valores "APP" deberán calcularse para:
1. |
Las combinaciones de procesadores que contengan a procesadores diseñados especialmente para aumentar el rendimiento mediante agregación, funcionamiento simultáneo y memoria compartida; o |
2. |
Las combinaciones múltiples de memoria/procesador con funcionamiento simultáneo que utilicen un equipo informático diseñado especialmente. |
Nota 7: Se entiende por "procesador vectorial" un procesador con instrucciones incorporadas que realice simultáneamente cálculos múltiples sobre vectores en coma flotante (órdenes unidimensionales de 64 bits o más), y disponga al menos de 2 unidades funcionales vectoriales y al menos de 8 registros vectoriales de al menos 64 elementos cada uno.
CATEGORÍA 5
TELECOMUNICACIONES Y "SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN"
PRIMERA PARTE
TELECOMUNICACIONES
Nota 1: La Categoría 5, primera parte, define el régimen de control de los componentes, "láseres", equipos de "producción"y de prueba y "equipo lógico" («software») para los mismos, diseñados especialmente para equipos o sistemas de telecomunicaciones.
Nota 2: Los "ordenadores digitales", equipo conexo o "equipo lógico" («software»), cuando sean esenciales para el funcionamiento y soporte de los equipos de telecomunicaciones descritos en esta categoría, se considerarán componentes diseñados especialmente siempre que sean los modelos standard suministrados normalmente por el fabricante. Esto incluye los sistemas informáticos de explotación, administración, mantenimiento, ingeniería o facturación.
5A1
Sistemas, equipos y componentes
5A001 |
Cualquier tipo de equipo de telecomunicaciones que posea cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes:
Nota: Los subartículos 5A001.a.2. y 5A001.a.3. no someten a control los equipos diseñados o modificados para su uso a bordo de satélites. |
b. |
Sistemas y equipos de transmisión para telecomunicaciones y los componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos, que posean cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes:
|
c. |
Cables de fibra óptica para comunicaciones, fibras ópticas y accesorios según se indica:
|
d. |
"Antenas orientables electrónicamente mediante ajuste de fases" que funcionen a más de 31,8 GHz. Nota: El subartículo 5A001.d. no somete a control las "antenas orientables electrónicamente mediante ajuste de fases" para sistemas de aterrizaje con instrumentos que satisfagan las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) que se refieren a los sistemas de microondas para aterrizajes ("MLS"). |
e. |
Equipos radiogoniométricos que funcionen a frecuencias mayores de 30 MHz y que tengan todas las características siguientes, así como los componentes diseñados especialmente para ellos:
|
f. |
Equipos de interferencia diseñados especialmente o modificados para interferir de forma intencional y selectiva, denegar, inhibir, degradar o engañar servicios de telecomunicación móvil celular que tengan alguna de las características siguientes, así como los componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: Para el equipo de interferencia de «GNSS», véase la Relación de Material de Defensa. |
g. |
Sistemas o equipos de localización pasiva coherente especialmente diseñados para detectar y rastrear objetos en movimiento midiendo reflexiones de emisiones de radiofrecuencia del entorno, suministradas por transmisores no radares. Nota técnica: Los transmisores no radares pueden incluir estaciones de base comerciales de radio, televisión o telecomunicaciones celulares. Nota: 5A001.g. no somete a control:
|
5A101
Equipos de telemedida y telecontrol, incluidos los equipos de tierra diseñados o modificados para ’misiles’.
Nota técnica:
En el artículo 5A101, ’misiles’ son sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de llegar a una distancia de al menos 300 kms.
Nota: El artículo 5A101 no somete a control:
a. |
Los equipos diseñados o modificados para aeronaves tripuladas o satélites; |
b. |
Los equipos con base terrena diseñados o modificados para aplicaciones terrestres o marítimas; |
c. |
Los equipos diseñados para servicios de «GNSS» comerciales, civiles o de Seguridad de la vida humana (por ejemplo, integridad de los datos, seguridad de vuelo). |
5B1
Equipos de ensayo, inspección y producción
5B001 |
Equipos y componentes o accesorios diseñados especialmente para los mismos, diseñados especialmente para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los equipos, funciones o elementos incluidos en los artículos 5A001, 5B001, 5D001 o 5E001. Nota: El subartículo 5B001.a. no somete a control el equipo de caracterización de la fibra óptica. |
b. |
Equipos y componentes diseñados especialmente o accesorios para los mismos, diseñados especialmente para el "desarrollo" de cualquiera de los siguientes equipos de telecomunicaciones, de transmisión o de conmutación:
|
5C1
Materiales
Ninguno.
5D1
Equipo lógico
5D001 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o "utilización" de los equipos, funciones o elementos, incluidos en los artículos 5A001 o 5B001. |
b. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para dar soporte a la "tecnología" incluida en el artículo 5E001. |
c. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para proporcionar características, funciones o elementos de los equipos incluidos en los artículos 5A001 o 5B001. |
d. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo" de cualquiera de los siguientes equipos de telecomunicaciones, de transmisión o de conmutación:
|
5D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los equipos incluidos en el artículo 5A101.
5E1
Tecnología
5E001 |
"Tecnología" de acuerdo con la Nota general de tecnología, para el "desarrollo", la "producción" o "utilización" (excepto la explotación) de los equipos, funciones o elementos o "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 5A001, 5B001 o 5D001. |
b. |
"Tecnologías" específicas según se indica:
|
c. |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" o la "producción" de cualquiera de los siguientes equipos de telecomunicaciones, de transmisión o de conmutación, funciones o elementos:
|
5E101
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los equipos incluidos en el artículo 5A101.
SEGUNDA PARTE
"SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN"
Nota 1: El régimen de control de los equipos, "equipo lógico" («software»), sistemas, "conjuntos electrónicos" específicos para aplicaciones determinadas, módulos, circuitos integrados, componentes o funciones destinados a la "seguridad de la información" se determina en la Categoría 5, segunda parte, aunque se trate de componentes o de "conjuntos electrónicos" de otros equipos.
Nota 2: La Categoría 5, segunda parte, no somete a control los productos cuando acompañen a su usuario para el uso personal de éste.
Nota 3:
Nota de criptografía
Los artículos 5A002 y 5D002 no someten a control de los productos que reúnan todas las características siguientes:
a. |
Que se hallen generalmente a disposición del público por estar a la venta, sin restricciones, en puntos de venta al por menor por cualquiera de los medios siguientes:
|
b. |
Que la función de cifrado no pueda ser modificada fácilmente por el usuario; |
c. |
Que estén diseñados para que el usuario los instale sin asistencia ulterior importante del proveedor; y |
d. |
Que, en caso necesario, pueda disponerse de información detallada sobre los productos y se facilite, cuando así lo solicite, a las autoridades competentes del Estado miembro en el que esté establecido el exportador, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones descritas en las letras a. a c. anteriores. |
Nota técnica
En la Categoría 5, segunda parte, los bits de paridad no están incluidos en la longitud de la clave.
5A2
Sistemas, equipos y componentes
5A002 |
Sistemas, equipos, "conjuntos electrónicos" específicos para aplicaciones determinadas, módulos y circuitos integrados destinados a la "seguridad de la información", según se indica, y otros componentes diseñados especialmente para ellos: N.B.: Para el control de los sistemas mundiales de navegación por satélite que estén dotados de equipos que contengan o utilicen el descifrado (por ejemplo, «GPS» o «GLONASS»), véase el artículo 7A005.
Nota técnica: La ’criptografía cuántica’ también se conoce como distribución de clave cuántica («QKD»). Nota: El artículo 5A002 no somete a control:
|
5B2
Equipos de ensayo, inspección y producción
5B002 |
Equipos diseñados especialmente para:
|
b. |
Equipos de medida diseñados especialmente para evaluar y convalidar las funciones de "seguridad de la información" incluidas en los artículos 5A002 o 5D002. |
5C2
Materiales
Ninguno.
5D2
Equipo lógico
5D002 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización"de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 5A002, 5B002 o 5D002; |
b. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para dar soporte a la "tecnología" incluida en el artículo 5E002; |
c. |
"Equipo lógico" («software») específico, según se indica:
|
Nota: El artículo 5D002 no somete a control:
a. |
El "equipo lógico" («software») necesario para la "utilización" de los equipos excluidos del control de acuerdo con la nota del artículo 5A002; |
b. |
El "equipo lógico" («software») que efectúe cualquiera de las funciones de los equipos excluidos del control de acuerdo con la nota del artículo 5A002. |
5E2
Tecnología
5E002
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de equipos o de "equipo lógico" («software») especificados en los artículos 5A002, 5B002 o 5D002.
CATEGORÍA 6
SENSORES Y LÁSERES
6A
Sistemas, equipos y componentes
6A001
Acústica:
a. |
Sistemas marinos acústicos, equipos y los componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:
|
b. |
Equipo de registro sonar de correlación-velocidad diseñado para medir la velocidad horizontal del equipo portador con respecto al fondo marino a distancias superiores a 500 m entre el portador y el fondo marino. |
6A002
Sensores ópticos
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6A102.
a. |
Detectores ópticos, según se indica: Nota: El subartículo 6A002.a. no somete a control los fotodispositivos de germanio o de silicio. N.B.: Los "conjuntos de plano focal" no "calificados para uso espacial", para microbolómetros, a base de silicio u otro material sólo se incluyen en el subartículo 6A002.a.3.f.
|
b. |
"Sensores monoespectrales de formación de imágenes" y "sensores multiespectrales de formación de imágenes" diseñados para aplicaciones de teledetección, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
c. |
Equipos de formación de imágenes de ’visión directa’ que funcionen en el espectro visible o en el infrarrojo y tengan cualquiera de las siguientes características:
Nota técnica: La expresión ’visión directa’ se refiere a los equipos de formación de imágenes que funcionan en el espectro visible o en el infrarrojo y que presentan al observador humano una imagen visible sin convertirla en una señal electrónica para su visualización en una pantalla de televisión, y que no pueden grabar ni almacenar la imagen por medios fotográficos, electrónicos o de otra clase. Nota: El subartículo 6A002.c. no somete a control los equipos siguientes dotados de fotocátodos distintos de los de GaAs o GaInAs:
|
d. |
Componentes para uso especial, para sensores ópticos, según se indica:
|
e. |
"Conjuntos de plano focal""calificados para uso espacial" que tengan más de 2 048 elementos por conjunto y con pico de respuesta en una gama de longitudes de onda superiores a 300 nm pero no superiores a 900 nm. |
6A003
Cámaras
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6A203.
N.B.: Para cámaras diseñadas especialmente o modificadas para utilización subacuática, véanse los subartículos 8A002.d. y 8A002.e.
a. |
Cámaras de instrumentos y componentes diseñados especialmente para las mismas, según se indica: Nota: Las cámaras de instrumentos incluidas en los subartículos 6A003.a.3. a 6A003.a.5., con estructura modular, deben ser evaluadas según su capacidad máxima, usando unidades enchufables disponibles, de acuerdo con las especificaciones del fabricante de la cámara.
|
b. |
Cámaras de formación de imágenes, según se indica: Nota: El subartículo 6A003.b. no somete a control las cámaras de televisión ni las cámaras de vídeo diseñadas especialmente para la difusión de televisión.
|
6A004
Óptica
a. |
Espejos ópticos (reflectores), según se indica: N.B.: Sobre los espejos ópticos diseñados especialmente para equipos de litografía, véase el subartículo 3B001.
|
b. |
Componentes ópticos hechos de seleniuro de cinc (ZnSe) o sulfuro de cinc (ZnS) con transmisión en la gama de longitud de onda superior a 3 000 nm pero no superior a 25 000 nm y que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
c. |
Componentes "calificados para uso espacial" para sistemas ópticos, según se indica:
|
d. |
Equipos ópticos de control según se indica:
|
e. |
’Elementos ópticos asféricos’ que tengan todas las características siguientes:
Notas técnicas:
Nota: El subartículo 6A004.e. no somete a control los elementos ópticos asféricos que tengan cualquiera de lo siguiente:
N.B.: Para elementos ópticos asféricos diseñados especialmente para equipos de litografía, véase el artículo 3B001. |
6A005
"Láseres", distintos de los incluidos en los subartículos 0B001.g.5. o 0B001.h.6., componentes y equipos ópticos, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6A205.
Nota 1: Los "láseres" de impulsos incluyen los que funcionan en modo de ondas continuas con impulsos superpuestos.
Nota 2: Los "láseres" excímeros, semiconductores, químicos, CO, CO2, y de vidrio de neodimio de impulsos no repetitivos se detallan sólo en el subartículo 6A005.d.
Nota 3: El artículo 6A005 incluye "láseres" de fibra.
Nota 4: El régimen de control de los "láseres" que incorporen conversión de frecuencia (es decir, cambio de longitud de onda) con medios distintos del de un "láser" bombeando otro "láser" estará determinado mediante la aplicación de los parámetros de control tanto para la salida del "láser" fuente como de la salida óptica con frecuencia convertida.
Nota 5: El artículo 6.A005 no controla los siguientes "láseres":
a. |
Rubí con una energía de salida por debajo de 20 J; |
b. |
Nitrógeno; |
c. |
Criptón. |
Nota técnica:
En el artículo 6A005, el ’rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida’ se define como la proporción de la potencia de salida del "láser" (o "potencia de salida media") respecto a la potencia de consumo eléctrico requerida para el funcionamiento del "láser", con inclusión de fuente de alimentación/acondicionador y acondicionador térmico/intercambiador de calor.
a. |
"Láseres" no "sintonizables" de onda continua, con cualquiera de las siguientes características:
|
b. |
"Láseres de impulso" no "sintonizables", que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
c. |
"Láseres""sintonizables" que tengan cualquiera de las características siguientes: Nota: El subartículo 6A005.c. incluye los "láseres" de zafiro-titanio (Ti: Al2O3), «YAG»-tulio (Tm: «YAG»), «YSGG» — tulio (Tm: «YSGG»), alexandrita (Cr: BeAl2O4) y "láseres" de centro de color, "láseres" de colorante y "láseres" líquidos.
|
d. |
Otros "láseres", no especificados en los subartículos 6A005.a., 6A005.b. o 6A005.c. como sigue:
Nota: ’Impulsos no repetitivos’ se refiere a "láseres" que producen o un único impulso de salida o que tienen un tiempo de intervalo entre impulsos superior a un minuto. |
e. |
Componentes, según se indica:
|
f. |
Equipos ópticos, según se indica: N.B.: Para los elementos ópticos de apertura compartida utilizables en aplicaciones de "láseres de potencia superalta" («SHPL») véase la Relación de Material de Defensa.
|
6A006
"Magnetómetros", "gradiómetros magnéticos", "gradiómetros magnéticos intrínsecos", sensores de campos eléctricos subacuáticos y "sistemas de compensación", y los componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:
Nota: El artículo 6A006 no somete a control los instrumentos diseñados especialmente para aplicaciones de pesca, ni para efectuar mediciones biomagnéticas para diagnósticos médicos.
a. |
"Magnetómetros" y subsistemas, según se indica:
|
b. |
Sensores de campos eléctricos subacuáticos, con un "nivel de ruido" (sensibilidad) inferior a (mejor que) 8 nanovoltios/m Hz1/2 medidos a 1 Hz; |
c. |
"Gradiómetros magnéticos", según se indica:
|
d. |
"Sistemas de compensación" para sensores magnéticos o de campos eléctricos subacuáticos que tengan un funcionamiento igual o mejor al de los parámetros de control mencionados en los subartículos 6A006.a., 6A006.b. o 6A006.c. |
6A007
Gravímetros y gradiómetros de gravedad según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6A107.
a. |
Gravímetros diseñados o modificados para uso terrestre, con una exactitud estática inferior a (mejor que) 10 microgales; Nota: El subartículo 6A007.a. no somete a control los gravímetros terrestres del tipo de elemento de cuarzo («Worden»). |
b. |
Gravímetros diseñados para plataformas móviles que tengan todas las características siguientes:
|
c. |
Gradiómetros de gravedad. |
6A008
Sistemas de radar, equipos y conjuntos de radar que tengan cualquiera de las características siguientes y los componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6A108.
Nota: El artículo 6A008 no somete a control:
a. |
Los radares secundarios de vigilancia («SSR»); |
b. |
Los radares para vehículos civiles; |
c. |
Las pantallas o monitores utilizados para el control del tráfico aéreo («ATC») que no tengan más de 12 elementos de resolución por mm; |
d. |
Los radares meteorológicos. |
a. |
Que funcionen a una frecuencia comprendida entre 40 GHz y 230 GHz y tengan cualquiera de las características siguientes:
|
b. |
Con un ancho de banda sintonizable superior a ±6,25 % de la ’frecuencia de funcionamiento central’; Nota técnica: La ’frecuencia de funcionamiento central’ es la semisuma de la frecuencia de funcionamiento especificada más alta y la frecuencia de funcionamiento especificada más baja. |
c. |
Capaces de funcionar simultáneamente con más de dos frecuencias portadoras; |
d. |
Capaces de funcionar en modo radar de apertura sintética («SAR»), de apertura sintética inversa («ISAR») o de aerotransportado de haz oblicuo («SLAR»); |
e. |
Dotados de "antena («array»), orientable electrónicamente mediante ajuste de fases"; |
f. |
Capaces de determinar la altitud de blancos no cooperantes; Nota: El subartículo 6A008.f. no incluye los equipos radar de aproximación de precisión («PAR») según normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); |
g. |
Diseñados especialmente para el funcionamiento aerotransportado (montados en globos o en fuselajes de aeronaves) y con capacidad de "proceso de señales" Doppler para la detección de blancos móviles; |
h. |
Dotados de un sistema de proceso de señales de radar que utilice:
|
i. |
Que proporcionen el funcionamiento con base terrena con una "distancia medida con instrumentos" máxima, superior a 185 km; Nota: El subartículo 6A008.i. no somete a control:
|
j. |
Equipos "láser" o «LIDAR» («Light Detection and Ranging») que reúnan cualquiera de las condiciones siguientes:
Nota: El subartículo 6A008.j. no somete a control los equipos "LIDAR" diseñados especialmente para la topografía o la observación metereológica. |
k. |
Dotados de subsistemas de "proceso de señales" que utilicen la "compresión de impulsos", con:
|
l. |
Que tengan subsistemas de proceso de datos con cualquiera de las características siguientes:
|
6A102
’Detectores’ endurecidos contra la radiación, distintos de los incluidos en el artículo 6A002, diseñados especialmente o modificados para la protección contra efectos nucleares (por ejemplo, impulso electromagnético («EMP»), rayos X y efectos térmicos y explosivos combinados), y utilizables para "misiles", diseñados o previstos para resistir niveles de radiación iguales o superiores a una dosis de radiación total de 5 × 105 rads (silicio).
Nota técnica:
En el artículo 6A102, un ’detector’ se define como un dispositivo mecánico, eléctrico, óptico o químico que automáticamente identifica y registra o almacena un estímulo, tal como un cambio ambiental de presión o temperatura, una señal eléctrica o electromagnética o la radiación de un material radiactivo. Esto incluye los dispositivos que detectan mediante una solo reacción de funcionamiento o de fallo.
6A107
Gravímetros y componentes para gravímetros y gradiómetros de gravedad:
a. |
Gravímetros, distintos de los especificados en el subartículo 6A007.b., diseñados o modificados para uso marino o aeronáutico que tengan una exactitud estática u operativa igual o inferior a (mejor que) 7 × 10–6 m/s2 (0,7 miligales) y con un tiempo hasta el estado estable igual o inferior a dos minutos; |
b. |
Componentes diseñados especialmente para los gravímetros especificados en los subartículos 6A007.b. o 6A107.a. y para los gradiómetros de gravedad especificados en el subartículo 6A007.c. |
6A108
Sistemas de radar y de seguimiento, distintos de los incluidos en el artículo 6A008, según se indica:
a. |
Sistemas de radar y de radar láser diseñados o modificados para su uso en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104; Nota: 6A108.a. incluye:
|
b. |
Sistemas de seguimiento de precisión, que puedan emplearse para ’misiles’, según se indica:
|
6A202
Tubos fotomultiplicadores con las dos siguientes características:
a. |
Un área de fotocátodo superior a 20 cm2; y |
b. |
Un tiempo de subida del impulso aplicado al ánodo inferior a 1 ns. |
6A203
Cámaras y componentes, distintos de los incluidos en el artículo 6A003, según se indica:
a. |
Cámaras mecánicas de espejo giratorio, según se indica, y componentes diseñados especialmente para ellas:
Nota: Entre los componentes de las cámaras mencionadas en el subartículo 6A203.a. se incluyen sus conjuntos electrónicos de sincronización y los conjuntos de rotor compuestos de turbinas, espejos y soportes. |
b. |
Cámaras electrónicas de imagen unidemensional, cámaras multiimágenes electrónicas, tubos y dispositivos multiimágenes, según se indica:
|
c. |
Cámaras de televisión endurecidas a las radiaciones, diseñadas especialmente o tasadas para resistir una dosis total de radiación de más de 5 × 103 Gy (silicio) [5 × 106 rad (silicio)] sin degradación de su funcionamiento, y las lentes diseñadas especialmente para ellas. Nota técnica: El término Gy (silicio) se refiere a la energía enJulios por kilogramo absorbida por una muestra de silicio sin protección al ser expuesta a radiaciones ionizantes. |
6A205
"Láseres" amplificadores de "láseres" y osciladores distintos de los incluidos en los subartículos 0B001.g.5. y 0B001.h.6. y en el artículo 6A005, según se indica:
a. |
"Láseres" de iones de argón con las dos siguientes características:
|
b. |
Osciladores pulsatorios monomodo de láser de colorantes, sintonizables con todas las siguientes características:
|
c. |
Osciladores y amplificadores de impulsos, de láser de colorantes, sintonizables, con todas las características siguientes:
Nota: El subartículo 6A205.c. no somete a control los osciladores monomodo; |
d. |
"Láseres" de impulsos de dióxido de carbono con todas las características siguientes:
|
e. |
Cambiadores Raman de parahidrógeno diseñados para funcionar con longitud de onda de salida de 16 micras y tasa de repetición superior a 250 Hz. |
f. |
"Láseres" dopados con neodimio (distintos de los de vidrio), con longitud de onda de salida comprendida entre 1 000 nm y 1 100 nm que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
6A225
Interferómetros de velocidad para medir velocidades superiores a 1 km por segundo durante intervalos de tiempo menores que 10 μs.
Nota: El artículo 6A225 incluye interferómetros de velocidad tales como los "VISAR" sistemas de interferómetros de velocidad para cualquier reflector) y "DLIs" (interferómetros de láser Doppler).
6A226
Sensores de presión, según se indica:
a. |
Manómetros de manganina para presiones superiores a 10 GPa; |
b. |
Transductores de presión de cuarzo para presiones superiores a 10 GPa. |
6B
Equipos de ensayo, inspección y producción
6B004
Equipo óptico, según se indica:
a. |
Equipos para la medición de la reflectancia absoluta con una exactitud de ±0,1 % del valor de reflectancia; |
b. |
Equipos, que no sean de medida de la dispersión ("scattering") óptica de una superficie, que tengan una apertura libre (no ocultada) de más de 10 cm, diseñados especialmente para medidas ópticas sin contacto de un perfil de superficie óptica no planar con una "exactitud" de 2 nm o inferior (mejor) tomando como referencia el perfil requerido. |
Nota: El artículo 6B004 no somete a control los microscopios.
6B007
Equipos para la producción, alineación y calibrado de gravímetros con base en tierra con una exactitud estática mejor que 0,1 miligal.
6B008
Sistemas de medida de la sección transversal radar, de impulsos, con duración de impulsos igual o inferior a 100 ns, y los componentes diseñados especialmente para ellos.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6B108.
6B108
Sistemas, distintos de los incluidos en 6B008, diseñados especialmente para medida de la sección transversal radar utilizables en ’misiles’ y sus subsistemas.
Nota técnica:
En el artículo 6B108, se entiende por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y los sistemas de vehículos aéreos no tripulados capaces de alcanzar una distancia de, al menos, 300 km.
6C
Materiales
6C002
Materiales sensores ópticos, según se indica:
a. |
Teluro (Te) elemental con un nivel de pureza igual o superior a 99,9995 %; |
b. |
Monocristales (incluidas sus obleas epitaxiales) de cualquiera de los siguientes:
Nota técnica: ’Fracción molar’ se define como la razón de moles de ZnTE respecto de la suma de moles de CdTe y CnTe presentes en el cristal. |
6C004
Materiales ópticos, según se indica:
a. |
"Sustratos en bruto" de seleniuro de zinc (ZnSe) y sulfuro de zinc (ZnS) obtenidos mediante un proceso de depósito químico en fase de vapor que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
b. |
Compuestos sintéticos («boules») de los materiales electroópticos siguientes:
|
c. |
Materiales ópticos no lineales que tengan todo lo siguiente:
|
d. |
"Sustratos en bruto" de depósito de materiales de carburo de silicio o de berilio berilio (Be/Be) con diámetro o longitud del eje principal superior a 300 mm; |
e. |
Vidrio, incluidos la sílice fundida, el vidrio fosfatado, el vidrio fluorurofosfatado, el fluoruro de circonio (ZrF4) y el fluoruro de hafnio (HfF4), con todas las características siguientes:
|
f. |
Materiales de diamante sintético con una absorción inferior a 10–5 cm–1 para longitudes de onda superiores a 200 nm pero no superiores a 14 000 nm; |
6C005
Materiales cristalinos sintéticos, huéspedes para "láseres", semielaborados, según se indica:
a. |
Zafiro dopado con titanio; |
b. |
Alejandrita. |
6D
Equipo lógico
6D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el "desarrollo" o la "producción" de equipos especificados en los artículos 6A004, 6A005, 6A008 o 6B008.
6D002
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de equipos especificados en el subartículo 6A002.b. o en los artículos 6A008 o 6B008.
6D003
Otros "equipos lógicos" («software»), según se indica:
a. |
|
b. |
|
c. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la corrección de las influencias dinámicas sobre los gravímetros o los gradiómetros de gravedad; |
d. |
|
6D102
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los materiales incluidos en el artículo 6A108.
6D103
"Equipo lógico" («software») que procese después del vuelo, datos grabados, para determinación de la posición del vehículo durante su trayectoria, diseñado especialmente o modificado para ’misiles’.
Nota técnica:
En el artículo 6D103, se entiende por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y los sistemas de vehículos aéreos no tripulados capaces de alcanzar una distancia de, al menos, 300 km.
6E
Tecnología
6E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos, materiales o "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 6A, 6B, 6C o 6D.
6E002
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "producción" de equipos o materiales incluidos en los artículos 6A, 6B o 6C.
6E003
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
|
b. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de instrumentos de diagnóstico o de blancos diseñados especialmente para instalaciones de ensayo de "láseres de potencia superalta" («SHPL») o para el ensayo o la evaluación de materiales irradiados por "láseres de potencia superalta" («SHPL»); |
6E101
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de equipo o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 6A002, 6A007.b. y c., 6A008, 6A102, 6A107, 6A108, 6B108, 6D102 o 6D103.
Nota: El artículo 6E101 sólo incluye la "tecnología" para equipos especificados en el artículo 6A008 cuando esté diseñada para aplicaciones aerotransportadas y sea utilizable en "misiles".
6E201
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de equipos incluidos en los artículos 6A003, 6A005.a.1.c., 6A005.a.2.a., 6A005.c.1.b., 6A005.c.2.c.2., 6A005.c.2.d.2.b., 6A202, 6A203, 6A205, 6A225 o 6A226.
CATEGORÍA 7
NAVEGACIÓN Y AVIÓNICA
7A
Sistemas, equipos y componentes
N.B.: Para los pilotos automáticos de los vehículos subacuáticos, véase la categoría 8.
Para los radares, véase la categoría 6.
7A001
Acelerómetros, como sigue, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A101.
a. |
Acelerómetros:
|
b. |
Acelerómetros angulares o rotativos especificados para funcionar a niveles de aceleración lineal superiores a 100 g. |
7A002
Giroscopios y sensores de velocidad angulares que reúnan cualquiera de las características siguientes, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A102.
N.B.: Para acelerómetros angulares o rotativos, veáse el subartículo 7A001.b.
a. |
"Estabilidad" de "velocidad de deriva", medida en un ambiente de 1 g a lo largo de un período de un mes y respecto de un valor de calibrado fijo inferior a (mejor que) 0,5 grados por hora cuando el aparato esté especificado para funcionar a niveles de aceleración lineal de hasta 100 g inclusive; |
b. |
Un "recorrido aleatorio («andom walk») angular" igual o inferior a (mejor que) 0,0035 grados/h ; o Nota: El subartículo 7A002.b. no somete a control los giroscopios por masa giratoria (los giroscopios por masa giratoria son giroscopios que utilizan una masa en rotación continua para medir el movimiento angular). |
c. |
Una gama de velocidad superior o igual a 500 grados por segundo y que reúna cualquiera de las características siguientes:
|
d. |
Especificados para funcionar a niveles de aceleración lineal que superen los 100 g. |
7A003
Sistemas inerciales y componentes diseñados especialmente, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A103.
a. |
Sistemas de navegación inercial («INS») (de cardan o sujetos) y equipos inerciales diseñados para "aeronaves", vehículos terrenos, buques (de superficie y subacuáticos) o "vehículos espaciales", para actitud, guiado o control, que tengan cualquiera de las características siguientes, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
|
b. |
Sistemas inerciales híbridos encajados con (un) sistema(s) global(es) de navegación por satélite o con (un) "sistema(s) de navegación con referencia a bases de datos" para actitud, guiado o control, subsecuente a un alineamiento normal, que tengan una exactitud de posición de navegación según sistemas de navegación inercial, tras pérdida del sistema global de navegación por satélite o del "sistema de navegación con referencia a bases de datos" durante un periodo de hasta cuatro minutos, con menos (mejor) de 10 metros de ’círculo de igual probabilidad’ («CEP»). |
c. |
Equipos inerciales para determinación del azimut, el rumbo o el norte que posean cualquiera de las siguientes características, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
|
d. |
Equipos inerciales de medición con inclusión de unidades inerciales («IMU») y de sistemas inerciales de referencia («IRS») que incorporen acelerómetros o giroscopios especificados en los artículos 7A001 o 7A002 y los componentes diseñados especialmente para ellos. |
Nota 1: Los parámetros de los subartículos 7A003.a y 7A003.b. se aplican cuando se cumple cualquiera de las condiciones ambientales siguientes:
1. |
Una vibración aleatoria de entrada con una magnitud global de 7,7 g «RMS» en la primera media hora, y una duración total del ensayo de hora y media por eje en cada uno de los tres ejes perpendiculares, cuando la vibración aleatoria cumple las siguientes características:
|
2. |
Una velocidad de balanceo y guiñada igual o mayor que +2,62 radianes/s (150 grados/s); o |
3. |
Según normas nacionales equivalentes a los puntos 1 o 2 anteriores. |
Nota 2: El artículo 7A003 no somete a control los sistemas de navegación inercial que estén certificados para uso en "aeronaves civiles" por las autoridades civiles de un "Estado participante".
Nota 3: El subartículo 7A003.c.1. no somete a control los teodolitos dotados de equipos inerciales diseñados especialmente para fines de topografía civil.
Notas técnicas:
1. |
El artículo 7A003.b. se refiere a sistemas en los que un sistema de navegación inercial y otras ayudas independientes de navegación están construidas en una única unidad (encajadas) a fin de lograr una mejor prestación. |
2. |
’Círculo de igual probabilidad’ («CEP») — En una distribución circular normal, el radio del círculo que contenga el 50 % de las mediciones individuales que se hayan hecho, o el radio del círculo dentro del que haya una probabilidad de localización del 50 %. |
7A004
Brújulas giroscópicas astronómicas y otros instrumentos que permitan determinar la posición o la orientación mediante seguimiento automático de cuerpos celestes o satélites, con una exactitud de acimut igual o inferior a (mejor que) 5 segundos de arco;
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A104.
7A005
Equipos de recepción de sistemas mundiales de navegación por satélite (es decir, «GPS» o «GLONASS») que tengan cualquiera de las características siguientes, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A105.
a. |
Que utilicen el descifrado; o |
b. |
Una antena de nulos direccionables. |
7A006
Altímetros aerotransportables que funcionen a frecuencias no comprendidas entre 4,2 a 4,4 GHz inclusive, y tengan cualquiera de las características siguientes:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7A106.
a. |
"Gestión de potencia"; o |
b. |
Que utilicen modulación por desplazamiento de fase («PSK»). |
7A008
Sistemas de navegación subacuática por sonar que empleen velocidad Doppler o registro de correlación-velocidad integrados con una fuente de rumbo, que disponga de una exactitud de posición igual o inferior a (mejor que) 3 % de la distancia recorrida del Círculo de Igual Probabilidad («CEP») y los componentes diseñados especialmente para ellos.
Nota: El artículo 7A008 no somete a control los sistemas especialmente diseñados para la instalación en buques de superficie o sistemas que requieran balizas o boyas acústicas para proporcionar datos de posición.
N.B.: Véase el subartículo 6A101.a. para sistemas acústicos y el subartículo 6A001.b. para equipos de registro sonar correlación-velocidad. Véase el artículo 8A002 para otros sistemas marinos.
7A101
Acelerómetros, distintos de los sometidos a control en el artículo 7A001, según se indica, así como los componentes diseñados especialmente para ellos:
a. |
Acelerómetros lineales, diseñados para utilización en sistemas de navegación inercial o en sistemas de guiado de todo tipo, utilizables en ’misiles’, que tengan cualquiera de las características siguientes, y los componentes diseñados especialmente para ellos:
Nota: El subartículo 7A101.a. no incluye los acelerómetros diseñados especialmente y desarrollados como sensores para Medida Mientras Perfora («Measurement While Drilling», «MWD») para su utilización en operaciones de servicio de perforación de pozos. Notas técnicas:
|
b. |
Acelerómetros de salida continua especificados para funcionar a niveles de aceleración lineal que superen los 100 g. |
7A102
Todo tipo de giroscopios, distintos de los incluidos en el artículo 7A002, utilizables en ’misiles’, con una "estabilidad" del "índice de deriva" tasada en menos de 0,5 grados (1 sigma o «RMS») por hora en un medio ambiente de 1 g y los componentes diseñados especialmente para ellos.
Notas técnicas:
1. |
En el presente subartículo 7A102, se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km. |
2. |
En el presente artículo 7A102, ’estabilidad’ se define como una medida de la capacidad de un mecanismo específico o coeficiente de actuación de permanecer invariable cuando se expone continuamente a una condición fija de funcionamiento (IEEE STD 528-2001 apartado 2.247). |
7A103
Equipos y sistemas de instrumentación y navegación, distintos de los incluidos en el artículo 7A003, según se indica, así como los componentes diseñados especialmente para ellos:
a. |
Equipo inercial o de otro tipo en el que se utilicen acelerómetros especificados en los artículos 7A001 o 7A101 o giroscopios incluidos en los artículos 7A002 o 7A102 y sistemas que lleven incorporados esos equipos; Nota: El subartículo 7A103.a. no incluye los equipos que contengan acelerómetros de los especificados en el artículo 7A001 cuando dichos acelerómetros estén diseñados especialmente y desarrollados como sensores para Medida Mientras Perfora («Measurement While Drilling», «MWD») para su utilización en operaciones de servicio de perforación de pozos. |
b. |
Sistemas integrados de instrumentos de vuelo, incluidos los giroestabilizadores o pilotos automáticos diseñados o modificados para su utilización en ’misiles’; |
c. |
’Sistemas integrados de navegación’ diseñados o modificados para su utilización en ’misiles’, y capaces de proporcionar una exactitud de navegación igual o inferior a 200 m de círculo de igual probabilidad («CEP»). Notas técnicas: Un ’sistema integrado de navegación’ típico incluye los siguientes componentes:
|
d. |
Sensores magnéticos de rumbo con tres ejes diseñados o modificados para integrarlos con controles de vuelo y sistemas de navegación, que reúnan todas las características siguientes y los componentes especialmente diseñados para ellos:
Nota: Los sistemas de control de vuelo y de navegación mencionados en el subartículo 7A103.d., incluyen giroestabilizadores, pilotos automáticos y sistemas de navegación inercial. |
Nota técnica:
En el presente artículo 7A103 se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km.
7A104
Brújulas giroscópicas astronómicas y otros dispositivos, distintos de los incluidos en el artículo 7A004, que deriven la posición o la orientación por medio del seguimiento automático de los cuerpos celestes o satélites, así como los componentes diseñados especialmente para ellos.
7A105
Receptores para Sistemas Mundiales de Navegación por Satélite («GNSS»; por ejemplo, «GPS», «GLONASS» o Galileo), que tengan cualquiera de las características siguientes, así como los componentes diseñados especialmente para ellos:
a. |
Diseñados o modificados para el uso en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004, en los vehículos aéreos no tripulados incluidos en el artículo 9A012 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104; o |
b. |
Diseñados o modificados para aplicaciones aerotransportadas y que tengan cualquiera de las características siguientes:
Nota: Los artículos 7A105.b.2. y 7A105.b.3. no someten a control el equipo diseñado para servicios de «GNSS» comerciales, civiles o de ’Seguridad de la vida humana’ (por ejemplo, integridad de los datos, seguridad de vuelo). |
7A106
Altímetros, distintos de los incluidos en el artículo 7A006, de tipo radar o radar láser, diseñados o modificados para el uso en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
7A115
Sensores pasivos para determinar el rumbo en relación con fuentes electromagnéticas específicas (equipos radiogoniométricos) o con las características del terreno, diseñados o modificados para el uso en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
Nota: El artículo 7A115 incluye los sensores para los equipos siguientes:
a. |
Equipos de cartografía para el contorno del terreno; |
b. |
Equipos de sensores de imágenes (activos y pasivos); |
c. |
Equipos pasivos de interferometría. |
7A116
Sistemas de control de vuelo y servoválvulas, según se indica, diseñados o modificados para su utilización en las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104:
a. |
Sistemas de control de vuelo hidráulicos, mecánicos, electroópticos o electromecánicos [incluidos los tipos de control por señales eléctricas («fly-by-wire»)]; |
b. |
Equipos de control de actitud; |
c. |
Servoválvulas de control de vuelo diseñadas o modificadas para los sistemas incluidos en el subartículo 7A116.a. o en el subartículo 7A116.b., y diseñadas o modificadas para funcionar en un ambiente con vibraciones superiores a 10 g «RMS» entre 20 Hz y 2 kHz. |
7A117
"Conjuntos de guiado", utilizables en "misiles", capaces de conseguir una exactitud del sistema de 3,33 %, o menos, del alcance (por ejemplo, un «CEP» de 10 km o menos a un alcance de 300 km).
7B
Equipos de ensayo, inspección y producción
7B001
Equipos de ensayo, calibrado o alineación diseñados especialmente para los equipos incluidos en el artículo 7A.
Nota: El artículo 7B001 no somete a control los equipos de ensayo, calibrado o alineación diseñados para mantenimiento de primer escalón o mantenimiento de segundo escalón.
Notas técnicas:
1. |
Mantenimiento de primer escalón La avería de una unidad de navegación inercial se detecta en la aeronave por las indicaciones de la unidad de control y visualización («CDU») o por el mensaje de estado del subsistema correspondiente. Siguiendo el manual de utilización del fabricante, se puede localizar la causa de la avería a nivel de la unidad sustituible en línea («LRU») que funciona mal. El operador retira entonces dicha unidad y la sustituye por una de repuesto. |
2. |
Mantenimiento de segundo escalón La unidad defectuosa sustituible en línea («LRU») se envía al taller de mantenimiento (al del fabricante o al del operador encargado del mantenimiento de segundo escalón). En el taller de mantenimiento, la unidad defectuosa («LRU») se prueba mediante diversos medios apropiados para verificar y localizar el módulo defectuoso del conjunto sustituible en taller («SRA») responsable de la avería. Dicho módulo («SRA») se retira y se sustituye por uno de repuesto en estado operativo. El modelo defectuoso («SRA») [o en su caso, la unidad sustituible en línea («LRU») completa] se envía entonces al fabricante.N.B.: El mantenimiento de segundo escalón no incluye la retirada de los acelerómetros o de los giroscopios sensores sometidos a control del conjunto sustituible en taller («SRA»). |
7B002
Equipos, según se indica, diseñados especialmente para caracterizar espejos para los giroscopios "láser" en anillo:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 7B102.
a. |
Difusómetros con una exactitud de medida igual o inferior a (mejor que) 10 ppm; |
b. |
Rugosímetros con una exactitud de medida igual o inferior a (mejor que) 0,5 nm (5 angstrom). |
7B003
Equipos diseñados especialmente para la "producción" de equipos especificados en el artículo 7A:
Nota: el artículo 7B003 incluye:
a. |
Bancos de pruebas para el sintonizado de giroscopios; |
b. |
Bancos de equilibrado dinámico de giroscopios; |
c. |
Bancos de ensayo para rodaje de motores de arrastre de giroscopios; |
d. |
Bancos de vaciado y llenado de giroscopios; |
e. |
Dispositivos de centrifugado para rodamientos de giroscopios; |
f. |
Bancos de alineación de ejes de acelerómetro; |
g. |
Máquinas de enrollado y bobinado de giroscopios de fibra óptica. |
7B102
Reflectómetros diseñados especialmente para caracterizar espejos, para giroscopios "láser", que tengan una exactitud de medición de 50 ppm o menos (mejor).
7B103
"Medios de producción" y "equipo de producción" según se indica:
a. |
"Medios de producción" diseñados especialmente para los equipos incluidos en el artículo 7A117; |
b. |
"Equipo de producción" y otros equipos de ensayo, calibrado o alineación no incluidos en los artículos 7B001 a 7B003, diseñados o modificados para ser utilizados con el equipo especificado en el artículo 7A. |
7C
Materiales
Ninguno.
7D
Equipo lógico
7D001
"Equipo lógico"(«software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo" o la "producción" de equipos incluidos en los artículos 7A o 7B.
7D002
"Código fuente" para la "utilización" de cualquier equipo de navegación inercial, incluidos los equipos inerciales no sometidos a control en los artículos 7A003 o 7A004, o Sistemas de Referencia de Actitud y Rumbo («AHRS»).
Nota: El artículo 7D002 no somete a control el "código fuente" para los sistemas «AHRS» de cardan.
Nota técnica:
Los sistemas «AHRS» se diferencian generalmente de los sistemas de navegación inerciales («INS») en que un sistema «AHRS» proporciona información relativa a la actitud y al rumbo y normalmente no suministra la información de aceleración, velocidad y posición asociada a los sistemas de navegación inerciales («INS»).
7D003
Otro "equipo lógico" («software»), según se indica:
a. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para mejorar las prestaciones de funcionamiento o reducir el error de navegación de los sistemas a los niveles especificados en los artículos 7A003, 7A004 o 7A008; |
b. |
"Código fuente" para sistemas integrados híbridos que mejore las prestaciones de funcionamiento o reduzca el error de navegación de los sistemas al nivel especificado en el artículo 7A003 o 7A008 combinando de manera continua datos de rumbo con cualquiera de los datos siguientes:
|
c. |
"Código fuente" para sistemas de aviónica o de misión integrados que combinen datos de sensores y utilicen "sistemas expertos"; |
d. |
"Código fuente" para el "desarrollo" de cualquiera de los siguientes sistemas:
|
e. |
"Equipo lógico" («software») para diseño auxiliado por ordenador ("CAD"), diseñado especialmente para el "desarrollo" de "sistemas de control activo de vuelo", de controladores de varios ejes de vuelo controlado por señales eléctricas ("fly-by-wire") o vuelo controlado por señales ópticas ("fly-by-light") para helicópteros, o de "sistemas antipar o sistemas de control de dirección, por control de circulación" para helicópteros, cuya "tecnología" se incluye en los subartículos 7E004.b., 7E004.c.1. o 7E004.c.2. |
7D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 7A001 a 7A006, 7A101, 7A106, 7A115, 7A116.a., 7A116.b., 7B001, 7B002, 7B003, 7B102 o 7B103.
7D102
"Equipo lógico" («software») de integración, según se indica:
a. |
"Equipo lógico" («software») de integración para los equipos incluidos en el subartículo 7A103.b. |
b. |
"Equipo lógico" («software») de integración diseñado especialmente para los equipos incluidos en los artículos 7A003 o 7A103.a.; |
c. |
"Equipo lógico" («software») de integración diseñado especialmente para los equipos incluidos en el subartículo 7A103.c. Nota: Una forma común de filtrado de "equipo lógico" («software») de integración emplea el filtrado de Kalman. |
7D103
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la modelización o simulación de los "conjuntos de guiado" incluidos en el artículo 7A117 o para su diseño de integración con las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o con los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
Nota: El "equipo lógico" («software») incluido en el artículo 7D103 permanece bajo control cuando está combinado con equipo físico («hardware») diseñado especialmente incluido en el artículo 4A102.
7E
Tecnología
7E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 7A, 7B o 7D.
7E002
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "producción" de equipos incluidos en los artículos 7A o 7B.
7E003
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la reparación, la renovación o la revisión de equipos incluidos en los artículos 7A001 a 7A004.
Nota: El artículo 7E003 no somete a control la "tecnología" de mantenimiento directamente relacionada con el calibrado, la retirada o la sustitución de unidades sustituibles en línea («SRA») y de unidades sustituibles en taller («LRU») dañadas o inservibles de "aeronaves civiles" tal como se describe en el Mantenimiento de primer escalón o el Mantenimiento de segundo escalón.
N.B.: Véanse Notas técnicas del artículo 7B001;
7E004
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
"Tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de:
|
b. |
"Tecnología" de "desarrollo", según se indica, para los "sistemas de control activo de vuelo"[incluido el vuelo controlado por señales eléctricas («fly-by-wire») o el vuelo controlado por señales ópticas («fly-by-light»)]:
|
c. |
"Tecnología" para el "desarollo" de sistemas de helicópteros, según se indica:
|
7E101
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de equipos incluidos en los artículos 7A001 a 7A006, 7A101 a 7A106, 7A115 a 7A117, 7B001, 7B002, 7B003, 7B102, 7B103, 7D101 a 7D103.
7E102
"Tecnología" para la protección de subsistemas de aviónica y eléctricos contra los riesgos de impulso electromagnético («EMP») y de interferencia electromagnética («EMI») procedentes de fuentes externas, según se indica:
a. |
"Tecnología" de diseño para sistemas de blindaje; |
b. |
"Tecnología" de diseño para la configuración de circuitos y subsistemas eléctricos endurecidos; |
c. |
"Tecnología" de diseño para la determinación de los criterios de endurecimiento de los subartículos 7E102.a. y 7E102.b. |
7E104
"Tecnología" para la integración de los datos de control de vuelo, guiado y propulsión en un sistema de gestión de vuelo para la optimización de la trayectoria del sistema de cohete.
CATEGORÍA 8
MARINA
8A
Sistemas, equipos y componentes
8A001
Vehículos sumergibles o buques de superficie, según se indica:
Nota: Para lo relativo a la situación de control de los equipos para vehículos sumergibles, véase:
— |
Para los equipos criptográficos de comunicaciones, la categoría 5, segunda parte: "Seguridad de la información"; |
— |
Para los sensores, la categoría 6; |
— |
Para los equipos de navegación, las categorías 7 y 8; |
— |
Para los equipos subacuáticos, la categoría 8A. |
a. |
Vehículos sumergibles tripulados, sujetos, diseñados para funcionar a profundidades superiores a 1 000 m; |
b. |
Vehículos sumergibles tripulados, libres, que tengan cualquiera de las características siguientes:
Notas técnicas:
|
c. |
Vehículos sumergibles no tripulados, sujetos, diseñados para funcionar a profundidades superiores a 1 000 m, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
d. |
Vehículos sumergibles no tripulados, libres, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
e. |
Sistemas de recuperación oceánica con una capacidad de elevación superior a 5 MN para la recuperación de objetos situados a profundidades superiores a 250 m y que tenga cualquiera de los tipos de sistemas siguientes:
|
f. |
Vehículos con efecto de superficie (del tipo de faldón completo) que tengan todas las características siguientes:
|
g. |
Vehículos con efecto de superficie (del tipo de quillas laterales) diseñados para una velocidad máxima, a plena carga, superior a 40 nudos con una altura de ola significativa de 3,25 m (estado de la mar 5) o más; |
h. |
Hidroplanos dotados de sistemas activos para el control automático de los sistemas de aletas portantes, diseñados para una velocidad máxima, a plena carga, de 40 nudos o más con una altura de ola significativa de 3,25 m (estado de la mar 5) o más; |
i. |
’Buques con área de flotación pequeña’ que tengan cualquiera de las características siguientes:
Nota técnica: Los ’buques con área de flotación pequeña’ se definen mediante la fórmula siguiente: el área de flotación para el calado operacional previsto deberá ser inferior a 2 × (volumen desplazado a ese calado operacional previsto)2/3. |
8A002
Sistemas, equipos y componentes, según se indica:
Nota: Para los sistemas de comunicaciones subacuáticos, véase la Categoría 5, Primera Parte — Telecomunicaciones.
a. |
Sistemas, equipos y componentes diseñados especialmente o modificados para vehículos sumergibles, diseñados para funcionar a profundidades superiores a 1 000 m, según se indica:
Nota técnica: El objeto de este control no debería viciarse mediante la exportación de espuma sintáctica especificada en el artículo 8C001 cuando se haya llegado a una fase intermedia de fabricación y no se encuentre aún en la forma final del componente. |
b. |
Sistemas diseñados especialmente o modificados para el control automático de los desplazamientos de los vehículos sumergibles incluidos en el artículo 8A001 que utilicen los datos de navegación y estén dotados de servocontroles de bucle cerrado que:
|
c. |
Dispositivos de conexión o de penetración de cascos, de fibra óptica; |
d. |
Sistemas de visión subacuática, según se indica:
|
e. |
Cámaras fotográficas diseñadas especialmente o modificadas para su empleo debajo del agua por debajo de los 150 m con un formato de película de 35 mm o mayor y que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
f. |
Sistemas electrónicos de formación de imágenes diseñados especialmente o modificados para su empleo debajo del agua, capaces de almacenar digitalmente más de 50 exposiciones de imágenes; Nota: El subartículo 8A002.f. no somete a control las cámaras digitales especialmente diseñadas para consumo, distintas a aquellas que utilicen técnicas electrónicas de multiplicación de imagen. |
g. |
Fuentes luminosas, según se indica, diseñadas especialmente o modificadas para su uso subacuático:
|
h. |
"Robots" diseñados especialmente para uso subacuático, controlados por medio de un ordenador especializado, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
i. |
Manipuladores articulados con mando a distancia diseñados especialmente o modificados para su empleo con vehículos sumergibles, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
j. |
Sistemas de alimentación independientes del aire, diseñados especialmente para uso subacuático, según se indica:
|
k. |
Faldones, juntas y dedos, que tengan cualquiera de las siguientes características:
|
l. |
Hélices de elevación tasadas para potencias superiores a 400 kW y diseñadas especialmente para vehículos con efecto de superficie incluidos en los subartículos 8A001.f. o 8A001.g.; |
m. |
Hidroplanos subcavitantes o supercavitantes totalmente sumergidos, diseñados especialmente para los buques incluidos en el subartículo 8A001.h.; |
n. |
Sistemas activos diseñados especialmente o modificados para controlar de forma automática el movimiento inducido por el mar en vehículos o buques incluidos en los subartículos 8A001.f., 8A001.g., 8A001.h. o 8A001.i.; |
o. |
Hélices, sistemas de transmisión de potencia, sistemas de generación de potencia y sistemas de reducción de ruido, según se indica:
|
p. |
Sistemas de propulsión a chorro de bombas, con una potencia de salida superior a 2,5 MW, que utilicen técnicas de toberas divergentes y de paletas acondicionadoras del flujo con el fin de mejorar la eficacia de la propulsión o de reducir el ruido subacuático generado por la propulsión; |
q. |
Aparatos de buceo y natación subacuática, autónomos, de circuito cerrado o de circuito semicerrado (de respiración reciclada). Nota: El subartículo 8A002.q. no somete a control un aparato individual para uso personal cuando acompañe a su usuario. |
8B
Equipos de ensayo, inspección y producción
8B001
Túneles hidrodinámicos, con un ruido de fondo inferior a 100 dB (referencia 1 μPa, 1 Hz), en la gama de frecuencia de 0 a 500 Hz, diseñados para medir los campos acústicos generados por un flujo hidráulico alrededor de los modelos de sistemas de propulsión.
8C
Materiales
8C001
’Espuma sintáctica’ para uso subacuático, que tenga todas las características siguientes:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL SUBARTÍCULO 8A002.a.4.
a. |
Diseñada para aplicaciones a profundidades marinas superiores a 1 000 m; y |
b. |
Una densidad inferior a 561 kg/m3. |
Nota técnica:
La ’espuma sintáctica’ está formada por esferas de plástico o vidrio huecas embutidas en una matriz de resina.
8D
Equipo lógico
8D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los equipos o materiales incluidos en los artículos 8A, 8B o 8C.
8D002
"Equipo lógico" («software») específico diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo", la "producción", la reparación, la revisión o la restauración (nuevo mecanizado) de hélices diseñadas especialmente para la reducción del ruido subacuático.
8E
Tecnología
8E001
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología para el "desarrollo" o la "producción" de equipos o materiales incluidos en los artículos 8A, 8B o 8C.
8E002
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
"Tecnología" para el "desarrollo", la "producción", la reparación, la revisión o la restauración (nuevo mecanizado) de hélices diseñadas especialmente para la reducción del ruido subacuático; |
b. |
"Tecnología" para la revisión o la restauración de equipos incluidos en los artículos 8A001., 8A002.b., 8A002.j., 8A002.o. o 8A002.p. |
CATEGORÍA 9
AERONÁUTICA Y PROPULSIÓN
9A
Sistemas, equipos y componentes
N.B.: Para los sistemas de propulsión diseñados o preparados contra la radiación neutrónica o la radiación ionizante transitoria, véase la Relación de Material de Defensa.
9A001
Motores aeronáuticos de turbina de gas que posean cualquiera de las características siguientes:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A101.
a. |
Que incorporen cualquiera de las "tecnologías" incluidas en el subartículo 9E003.a.; o Nota: El subartículo 9A001.a. no somete a control los motores aeronáuticos de turbina de gas que reúnan todas las características siguientes:
|
b. |
Diseñados para propulsar una aeronave a una velocidad de crucero de Mach 1 o superior durante más de 30 minutos. |
9A002
’Motores marinos de turbina de gas’ con una potencia continua estándar ISO igual o superior a 24 245 kW y un consumo específico de carburante inferior a 0,219 kg/kWh en cualquier punto de la gama de potencias de 35 a 100 %, y los conjuntos y componentes diseñados especialmente para ellos.
Nota: El término ’motores marinos de turbina de gas’ incluye los motores de turbina de gas industriales, o aeroderivados, adaptados para la generación de energía eléctrica a bordo de un buque o para la propulsión del mismo.
9A003
Conjuntos y componentes diseñados especialmente que incorporen cualquiera de las "tecnologías" incluidas en el subartículo 9E003.a., para los siguientes sistemas de propulsión de motores de turbina de gas:
a. |
Incluidos en el artículo 9A001; |
b. |
Aquellos cuyos orígenes de diseño o producción no sean o bien "Estados participantes" o bien desconocidos para el fabricante. |
9A004
Lanzaderas espaciales y "vehículos espaciales".
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A104.
Nota: El artículo 9A004 no somete a control la carga útil.
N.B.: En lo que se refiere al régimen de control de los productos contenidos en la carga útil de los "vehículos espaciales", véanse las Categorías correspondientes.
9A005
Sistemas de propulsión de cohetes de propulsante líquido que contengan cualquiera de los sistemas o componentes incluidos en el artículo 9A006.
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A105 Y 9A119.
9A006
Sistemas y componentes, diseñados especialmente para los sistemas de propulsión de cohetes de propulsante líquido, según se indica:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A106, 9A108 Y 9A120.
a. |
Refrigeradores criogénicos, dewars de peso apropiado para vuelos, conductos de calor criogénicos o sistemas criogénicos diseñados especialmente para su utilización en vehículos espaciales y capaces de limitar las pérdidas de líquido criogénico a menos del 30 % al año; |
b. |
Contenedores criogénicos o sistemas de refrigeración en ciclo cerrado capaces de proporcionar temperaturas iguales o inferiores a 100 K (– 173 °C) para "aeronaves" con capacidad de vuelo sostenido a velocidades superiores a Mach 3, lanzaderas o "vehículos espaciales"; |
c. |
Sistemas de transferencia o de almacenamiento de hidrógeno pastoso; |
d. |
Turbobombas de alta presión (superior a 17,5 MPa), componentes de bombas o sus sistemas conexos de accionamiento de turbina por generación de gas o por ciclo de expansión; |
e. |
Cámaras de empuje de alta presión (superior a 10,6 MPa) y toberas para ellas; |
f. |
Sistemas de almacenamiento de propulsante que funcionen según el principio de la retención capilar o expulsión positiva (es decir, con vejigas flexibles); |
g. |
Inyectores de propulsante líquido, con orificios individuales de diámetro igual o inferior a 0,381 mm (un área igual o inferior a 1,14 × 10–3 cm2 para los orificios no circulares) diseñados especialmente para motores de cohete de propulsante líquido; |
h. |
Cámaras de empuje de una sola pieza de carbono-carbono o conos de salida de una sola pieza de carbono-carbono, cuya densidad sea mayor de 1,4 g/cm3 y cuya resistencia a la tracción supere los 48 MPa. |
9A007
Sistemas de propulsión de cohetes de propulsante sólido que posean cualquiera de las características siguientes:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A107 Y 9A119.
a. |
Capacidad de impulsión total superior a 1,1 MNs; |
b. |
Impulsión específica igual o superior a 2,4 kNs/kg cuando el flujo de la tobera se expande en las condiciones ambientales al nivel del mar para una presión de cámara ajustada de 7 MPa; |
c. |
Fracciones de la masa por fase superiores al 88 % y carga total de propulsante sólido superior al 86 %; |
d. |
Cualquiera de los componentes incluidos en el artículo 9A008; o |
e. |
Sistemas de unión del propulsante y el aislamiento que utilicen diseños de motor de unión directa para garantizar una ’unión mecánica fuerte’ o una barrera a la migración química entre el propulsante sólido y el material de aislamiento de la carcasa. Nota técnica: En el subartículo 9A007.e., una ’unión mecánica fuerte’ significa una fuerza de unión igual o superior a la fuerza del propulsante. |
9A008
Componentes, según se indica, diseñados especialmente para los sistemas de propulsión de cohetes de propulsante sólido:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A108.
a. |
Sistemas de unión del propulsante y el aislamiento que utilicen camisas para garantizar una ’unión mecánica fuerte’ o una barrera a la migración química entre el propulsante sólido y el material de aislamiento de la carcasa; Nota técnica: En el subartículo 9A008.a., una ’unión mecánica fuerte’ significa una fuerza de unión igual o superior a la fuerza del propulsante. |
b. |
Carcasas de motores, de fibras de "materiales compuestos" («composites») bobinadas, con un diámetro superior a 0,61 m o ’relaciones de rendimiento estructural (PV/W)’ superiores a 25 km; Nota técnica: La ’relación de rendimiento estructural (PV/W)’ es el producto de la presión de estallido (P) por el volumen (V) del recipiente, dividido por el peso total (W) del recipiente a presión. |
c. |
Toberas con niveles de empuje superiores a 45 kN o tasas de erosión de garganta de toberas inferiores a 0,075 mm/s; |
d. |
Toberas móviles o sistemas de control del vector de empuje por inyección secundaria de fluido, con cualquiera de las capacidades siguientes:
|
9A009
Sistemas de propulsión de cohetes híbridos con:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A109 Y 9A119.
a. |
Capacidad de impulsión total superior a 1,1 MNs; o |
b. |
Niveles de empuje superiores a 220 kN en condiciones de salida al vacío. |
9A010
Componentes, sistemas y estructuras diseñados especialmente para lanzaderas, sistemas de propulsión de lanzaderas o "vehículos espaciales", según se indica:
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 1A002 y 9A110.
a. |
Componentes y estructuras, de más de 10 kg cada una, diseñados especialmente para lanzaderas, fabricados a partir de "materiales compuestos" («composites») de "matriz" metálica, "materiales compuestos" («composites») orgánicos, materiales de "matriz" cerámica o materiales intermetálicos reforzados incluidos en los artículos 1C007 o 1C010; Nota: El umbral de peso no afecta a los conos de ojiva. |
b. |
Componentes y estructuras diseñados especialmente para sistemas de propulsión de lanzaderas especificados en los artículos 9A005 a 9A009 fabricados a partir de "materiales compuestos" («composites») de "matriz" metálica, "materiales compuestos" («composites») orgánicos, materiales de "matriz" cerámica o materiales intermetálicos reforzados incluidos en los artículos 1C007 o 1C010; |
c. |
Componentes estructurales y sistemas de aislamiento diseñados especialmente para controlar activamente la respuesta dinámica o la distorsión de las estructuras de los "vehículos espaciales"; |
d. |
Motores pulsatorios de cohete de propulsante líquido con una relación empuje/peso igual o mayor que 1 kN/kg y un tiempo de respuesta (el tiempo necesario para conseguir el 90 % del empuje total nominal desde el arranque) inferior a 30 ms. |
9A011
Motores estatorreactores («ramjet»), estatorreactores de combustión supersónica («scramjet») o de ciclo compuesto, y los componentes diseñados especialmente para ellos.
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A111 Y 9A118.
9A012
"Vehículos aéreos no tripulados" («UAVs»), sistemas asociados, equipo y componentes, según se indica:
a. |
"Vehículos aéreos no tripulados" («UAVs») que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
b. |
Sistemas asociados, equipo y componentes según se indica:
|
9A101
Motores turborreactores y turbofanes (incluidos los turbohélices), distintos de los incluidos en el artículo 9A001, según se indica;
a. |
Motores que reúnan las dos características siguientes:
|
b. |
Motores diseñados o modificados para uso en "misiles". |
9A104
Cohetes de sondeo con un alcance de al menos 300 km.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A004.
9A105
Motores para cohetes de propulsante líquido, según se indica:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A119.
a. |
Motores para cohetes de propulsante líquido utilizables en "misiles", distintos de los incluidos en el artículo 9A005, que tengan una capacidad total de impulso igual o superior a 1,1 MNs; |
b. |
Motores para cohetes de propulsante líquido utilizables en sistemas de cohetes completos o en vehículos aéreos no tripulados capaces de salvar una distancia de 300 km, distintos de los incluidos en el artículo 9A005 o en el subartículo 9A105.a., que tengan una capacidad total de impulso igual o superior 0,841 MNs. |
9A106
Sistemas o componentes distintos de los incluidos en el artículo 9A006, que puedan utilizarse en "misiles", según se indica, diseñados especialmente para sistemas de propulsión líquida de cohetes:
a. |
Camisas ablativas para cámaras de empuje o de combustión; |
b. |
Toberas de cohetes; |
c. |
Subsistemas de control del vector de empuje; Nota técnica: Entre los métodos para lograr el control del vector de empuje especificado en el subartículo 9A106.c. se cuentan, por ejemplo, los siguientes:
|
d. |
Sistemas de control de propulsantes líquidos y semilíquidos (incluidos los oxidantes) y componentes diseñados especialmente para ellos, diseñados o modificados para funcionar en ambientes con vibraciones de más de 10 g «RMS» entre 20 Hz y 2 kHz. Nota: Las únicas servo-válvulas y bombas incluidas en el subartículo 9A106.d. son las siguientes:
|
9A107
Motores para cohetes de propulsante sólido utilizables en sistemas de cohetes completos o en vehículos aéreos no tripulados con un alcance de al menos 300 km, distintos de los incluidos en el artículo 9A007, que tengan una capacidad total de impulso igual o superior a 0,841 MNs.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A119.
9A108
Componentes, distintos de los incluidos en el artículo 9A008, que puedan utilizarse en "misiles", según se indica, diseñados especialmente para los sistemas de propulsión sólida de cohetes:
a. |
Carcasas de motores de cohetes, así como componentes de "aislamiento" para ellos; |
b. |
Toberas de cohetes; |
c. |
Subsistemas de control del vector de empuje. Nota técnica: Entre los métodos para lograr el control del vector de empuje especificado en el subartículo 9A108.c. se cuentan, por ejemplo, los siguientes:
|
9A109
Motores híbridos para cohetes, que puedan utilizarse en ’misiles’, distintos de los incluidos en el artículo 9A009, y componentes diseñados especialmente para ellos.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A119.
Nota técnica:
En el presente subartículo 9A109, se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de alcanzar una distancia de, al menos, 300 km.
9A110
Estructuras de "materiales compuestos" («composites»), laminados y fabricados de ellos, distintos de los incluidos en el artículo 9A010, diseñados especialmente para su uso en lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o en cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104 o en los subsistemas incluidos en los artículos 9A005, 9A007, 9A105.a., 9A106 a 9A108, 9A116 o 9A119.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1A002.
9A111
Motores pulsorreactores que puedan utilizarse en "misiles" o vehículos aéreos no tripulados incluidos en el artículo 9A012, así como los componentes diseñados especialmente para ellos.
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A011 Y 9A118.
9A115
Equipos de apoyo al lanzamiento, según se indica:
a. |
Aparatos y dispositivos para el manejo, control, activación o lanzamiento, diseñados o modificados para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004, vehículos aéreos no tripulados incluidos en el artículo 9A012 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104; |
b. |
Vehículos para el transporte, el manejo, control, activación o lanzamiento, diseñados o modificados para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104. |
9A116
Vehículos de reentrada que puedan utilizarse en "misiles" y el equipo diseñado o modificado para ellos, según se indica:
a. |
Vehículos de reentrada; |
b. |
Escudos térmicos y componentes para ellos fabricados con materiales cerámicos o ablativos; |
c. |
Disipadores de calor y componentes para ellos fabricados con materiales ligeros de elevada capacidad calorífica; |
d. |
Equipos electrónicos diseñados especialmente para vehículos de reentrada. |
9A117
Mecanismos de etapas, mecanismos de separación e interetapas, que puedan utilizarse en "misiles".
9A118
Dispositivos reguladores de la combustión utilizables en motores, que puedan emplearse en "misiles" o en vehículos aéreos no tripulados incluidos en el artículo 9A012, incluidos en los artículos 9A011 o 9A111.
9A119
Etapas individuales de cohetes utilizables en sistemas de cohetes completos o en vehículos aéreos no tripulados con un alcance de 300 km, distintas de las incluidas en los artículos 9A005, 9A007, 9A009, 9A105, 9A107 y 9A109.
9A120
Tanques de propulsante líquido, distintos a los indicados en el subartículo 9A006, diseñados especialmente para propulsantes sometidos a control en el subartículo 1C111 u ’otros propulsantes líquidos’ utilizados en sistemas de cohetes capaces de entregar al menos 500 kg de carga útil, con un alcance de al menos 300 km.
Nota: El subartículo 9A120, en ’otros propulsantes líquidos’ incluye los propulsantes sometidos a control en la Relación de Material de Defensa, pero no están limitados a éstos.
9A350
Sistemas para rociar o nebulizar, diseñados especialmente o modificados para su instalación en aeronaves, "vehículos más ligeros que el aire" o vehículos aéreos no tripulados, y componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:
a. |
Sistemas completos de rocío o nebulización, con capacidad para entregar, a partir de una suspensión líquida, un tamaño de gota inicial "VMD" de menos de 50 micras, con un caudal superior a dos litros por minuto; |
b. |
Brazos extensibles para rociar o conjuntos de unidades de generación de aerosoles, con capacidad para entregar, a partir de una suspensión líquida, un tamaño de gota inicial "VMD" de menos de 50 micras, con un caudal superior a dos litros por minuto; |
c. |
Unidades de generación de aerosoles especialmente diseñadas para su instalación en los sistemas especificados en los subartículos 9A350.a. y b. |
Nota: Las unidades de generación de aerosoles son dispositivos diseñados especialmente o modificados para su instalación en aeronaves, tales como toberas, atomizadores de tambor rotativo y dispositivos similares.
Nota: El artículo 9A350 no somete a control los sistemas de rocío o nebulización y sus componentes cuando se haya demostrado que no tienen capacidad para dispensar agentes biológicos en forma de aerosoles infecciosos.
Notas técnicas:
1. |
El tamaño de gota para los equipos para rocío o toberas diseñados especialmente para su uso en aeronaves, "vehículos más ligeros que el aire" o vehículos aéreos no tripulados se medirá con alguno de los métodos siguientes:
|
2. |
En el artículo 9A350, «VMD» significa diámetro volumétrico medio y para los sistemas basados en el agua, equivale al diámetro medio de masa ("MMD"). |
9B
Equipos de ensayo, inspección y producción
9B001
Equipos, utillaje y montajes diseñados especialmente, según se indica, para la fabricación de álabes móviles, álabes fijos o carenados de extremo moldeados de turbina de gas:
a. |
Equipos de solidificación dirigida o de moldeo monocristalino; |
b. |
Machos o moldes de cerámica; |
9B002
Sistemas de control en línea (tiempo real), instrumentos (incluidos sensores) o equipos automáticos de adquisición y proceso de datos, diseñados especialmente para el "desarrollo" de motores de turbina de gas o de sus conjuntos o componentes, que incorporen "tecnologías" incluidas en el subartículo 9E003.a.
9B003
Equipos diseñados especialmente para la "producción" o el ensayo de juntas de escobilla de turbinas de gas diseñadas para funcionar a velocidades en el extremo de la junta superiores a 335 m/s, y a temperaturas superiores a 773 K (500 °C), y componentes o accesorios diseñados especialmente para ellos.
9B004
Herramientas, matrices o montajes para el ensamblaje en estado sólido de las combinaciones disco aerodinámicas de "superaleación", de titanio o intermetálicas descritas en los subartículos 9E003.a.3. o 9E003.a.6. para turbinas de gas.
9B005
Sistemas de control en línea (tiempo real), instrumentos (incluidos sensores) o equipos automáticos de adquisición y proceso de datos, diseñados especialmente para su uso en cualquiera de los túneles aerodinámicos o dispositivos siguientes:
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9B105.
a. |
Túneles aerodinámicos diseñados para velocidades iguales o superiores a Mach 1,2, excepto los diseñados especialmente con fines de enseñanza que tengan un ’tamaño de sección de pruebas’ (medido lateralmente) inferior a 250 mm; Nota técnica: En el subartículo 9B005.a. se entiende por ’tamaño de sección de pruebas’ el diámetro del círculo, el lado del cuadrado o el lado mayor del rectángulo, medidos en la parte mayor de la sección de pruebas. |
b. |
Dispositivos para simulación de condiciones de flujo a velocidades superiores a Mach 5, incluidos túneles de impulso hipersónico, túneles de arco a plasma, tubos de choque, túneles de choque, túneles de gas y cañones de gas ligeros; o |
c. |
Túneles aerodinámicos o dispositivos, distintos de las secciones bidimensionales, con capacidad para simular corrientes a un número de Reynolds superior a 25 × 106. |
9B006
Equipos de ensayo de vibraciones acústicas, con capacidad para producir niveles de presión sónica iguales o superiores a 160 dB (referidos a 20 μPa) con una potencia de salida nominal igual o superior a 4 kW a una temperatura de la célula de ensayo superior a 1 273 K (1 000 °C), y calentadores de cuarzo diseñados especialmente para ellos.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9B106.
9B007
Equipos diseñados especialmente para la inspección de la integridad de los motores de cohete por medio de técnicas de ensayo no destructivas («NDT») distintas del análisis planar por rayos X o del análisis físico o químico de base.
9B008
Transductores diseñados especialmente para la medición directa del rozamiento, sobre el revestimiento de las paredes, de un flujo de ensayo con una temperatura de remanso superior a 833 K (560 °C).
9B009
Utillaje diseñado especialmente para la producción de componentes de rotor de los motores de turbina por pulvimetalurgia, con capacidad para funcionar a niveles de fatiga iguales o superiores al 60 % de la resistencia de rotura a la tracción («UTS») y a temperaturas del metal iguales o superiores a 873 K (600 °C).
9B010
Equipo diseñado especialmente para la fabricación de "vehículos aéreos no tripulados" («UAVs») y sistemas asociados, equipos y componentes sometidos a control en el subartículo 9A012.
9B105
Túneles aerodinámicos para velocidades iguales o superiores a Mach 0,9 que puedan emplearse para ’misiles’ y sus subsistemas.
N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9B005.
Nota técnica:
En el artículo 9B105 se entenderá por ’misiles’ sistemas completos de cohetes y vehículos aéreos no tripulados capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km.
9B106
Cámaras ambientales y cámaras anecoicas, según se indica:
a. |
Cámaras ambientales capaces de simular las siguientes condiciones de vuelo:
|
b. |
Cámaras ambientales capaces de simular las siguientes condiciones de vuelo:
|
9B115
"Equipos de producción" diseñados especialmente para los sistemas, subsistemas y componentes incluidos en los artículos 9A005 a 9A009, 9A011, 9A011, 9A101, 9A105 a 9A109, 9A111, 9A116 a 9A119.
9B116
"Medios de producción" diseñados especialmente para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o para los sistemas, subsistemas y componentes incluidos en los artículos 9A005 a 9A009, 9A011, 9A101, 9A104 a 9A109, 9A111 o 9A116 a 9A119.
9B117
Bancos y conjuntos de ensayo para cohetes o motores de cohetes de propulsante sólido o líquido que tengan cualquiera de las siguientes características:
a. |
Capacidad de manejar empujes superiores a 68 kN; o |
b. |
Capacidad de medir simultáneamente los tres componentes axiales de empuje. |
9C
Materiales
9C108
Material de "aislamiento" indiferenciado y "forro protector", distinto al indicado en el subartículo 9A008, para carcasas de motores de cohetes utilizables en "misiles" o diseñados especialmente para ’misiles’.
Nota técnica:
En el presente subartículo 9C108, se entenderá por ’misiles’ los sistemas completos de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados, capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km.
9C110
Productos de fibra preimpregnados («prepregs»), impregnados en resina y los productos de fibra preformados revestidos de metal, para estructuras de "material compuesto" («composites») para los productos laminados y manufacturados incluidos en el artículo 9A110, fabricados bien con una matriz orgánica o de metal, utilizando refuerzos fibrosos o filamentosos que tengan una "resistencia específica a la tracción" superior a 7,62 × 104 m y un "módulo específico" superior a 3,18 × 106 m.
N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 1C010 Y 1C210.
Nota: Las únicas resinas, para impregnar fibras preimpregnadas ("prepregs") incluidas en el artículo 9C110 son aquellas con una temperatura de transición vítrea (Tg), después de curada, que exceda 145 °C según determina la norma ASTM D4065 o equivalentes.
9D
Equipo lógico
9D001
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para el "desarrollo" de los equipos o de la "tecnología" incluidos en los artículos 9A001 a 9A119, 9B o 9E003.
9D002
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "producción" de los equipos incluidos en los artículos 9A001 a 9A119 o 9B.
9D003
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de sistemas de "control digital del motor con plena autoridad" ("FADEC") para sistemas de propulsión incluidos en el artículo 9A o para los equipos incluidos en el artículo 9B, según se indica:
a. |
"Equipo lógico" («software») de controles electrónicos numéricos para sistemas de propulsión, instalaciones de ensayo aeroespaciales o instalaciones de ensayo de motores aeronáuticos aerobios; |
b. |
"Equipo lógico" («software») con tolerancia a fallos utilizado en los sistemas de "control digital del motor con plena autoridad" ("FADEC") para los sistemas de propulsión y las instalaciones de ensayo conexas. |
9D004
Otro "equipo lógico" («software») según se indica:
a. |
"Equipo lógico" («software») de flujo 2D o 3D viscoso, validado con datos de ensayo obtenidos en túneles aerodinámicos o en vuelo, necesario para la modelación detallada del flujo en los motores; |
b. |
"Equipo lógico" («software») para pruebas de motores de turbina de gas aeronáuticos o de sus conjuntos o componentes, diseñado especialmente para la recogida, compresión y análisis de datos en tiempo real y con capacidad de control retroalimentado, incluidos los ajustes dinámicos de los materiales sometidos a ensayo o de las condiciones de ensayo durante la ejecución de éste; |
c. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el control de la solidificación dirigida o de los moldeos monocristalinos; |
d. |
"Equipo lógico" («software») en "código fuente", "código objeto" o código de máquina, necesario para la "utilización "de" sistemas de compensación" activa para el control del juego en el extremo de las palas de los rotores. Nota: El subartículo 9D004.d. no somete a control el "equipo lógico" («software») inmerso en equipos no controlados o necesario para actividades de mantenimiento relacionadas con el calibrado o la reparación, o necesario para la actualización del sistema de control del juego por compensación activa. |
e. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para ser utilizado en "vehículos aéreos no tripulados" («UAVs») y sistemas asociados, equipos y compenentes sometidos a control en el subartículo 9A012; |
f. |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para conductos internos de enfriamiento de rotores de turbina de gas, palas y carenado de extremo. |
g. |
"Equipo lógico" («software») que reúna todas las características siguientes:
|
9D101
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 9B105, 9B106, 9B116 o 9B117.
9D103
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la modelización, la simulación o la integración de diseño de las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004, o de los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104, o de los subsistemas incluidos en los artículos 9A005, 9A007, 9A105.a., 9A106, 9A108, 9A116 o 9A119.
Nota: El "equipo lógico" («software») incluido en este artículo 9D103 seguirá sometido a control cuando se combine con el equipo físico («hardware») diseñado especialmente incluido en el artículo 4A102.
9D104
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente o modificado para la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 9A001, 9A005, 9A006.d., 9A006.g., 9A007.a., 9A008.d., 9A009.a., 9A010.d., 9A011, 9A101, 9A105, 9A106.c., 9A106.d., 9A107, 9A108.c., 9A109, 9A111, 9A115.a., 9A116.d., 9A117 o 9A118.
9D105
"Equipo lógico" («software») que coordine la función de más de un subsistema, diseñado especialmente o modificado para la "utilización" en lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en el artículo 9A104.
9E
Tecnología
Nota: La "tecnología" de "desarrollo" o de "producción", incluida en los artículos 9E001 a 9E003, para motores de turbina de gas, continúa sometida a control cuando se utiliza como tecnología de "utilización" para la reparación, la renovación o la revisión. Quedan excluidos del control los datos técnicos, los dibujos o la documentación destinados a actividades de mantenimiento relacionadas directamente con el calibrado, el desmontaje o la sustitución de unidades dañadas o inutilizadas, sustituibles en línea, incluida la sustitución de motores completos o de módulos de motores.
9E001
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 9A001.b., 9A004 a 9A012, 9A350, 9B o 9D.
9E002
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "producción" de equipos incluidos en los artículos 9A001.b., 9A004 a 9A011, 9A350 o 9B.
N.B.: Para la "tecnología" de reparación de estructuras, productos laminados o materiales sometidos a control, véase el subartículo 1E002.f.
9E003
Otras "tecnologías", según se indica:
a. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo" o la "producción" de cualquiera de los siguientes componentes o sistemas de motores de turbina de gas:
|
b. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo" o la "producción" de:
|
c. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo" o la "producción" de componentes de motores de turbina de gas utilizando procedimientos de perforación por "láser", chorro de agua o por mecanizado electroquímico o electroerosivo («ECM» o «EDM») destinados a producir orificios con cualquiera de las siguientes combinaciones de características:
|
d. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo" o la "producción" de sistemas de transmisión de energía o de rotor basculante, de helicópteros, o de sistemas de transmisión de energía de "aeronaves" de alas basculantes; |
e. |
"Tecnología" para el "desarrollo" o la "producción" de sistemas de propulsión de vehículos terrestres, de motor diesel alternativo, que reúnan todas las características siguientes:
Nota técnica: El ’volumen paralelepipédico’, mencionado en el subartículo 9E003.e. es el producto de tres dimensiones perpendiculares medidas de la manera siguiente:
|
f. |
"Tecnología""necesaria" para la "producción" de componentes diseñados especialmente, según se indica, para motores diesel de alta potencia:
|
g. |
"Tecnología""necesaria" para el "desarrollo" o la "producción" de motores diesel de alta potencia para la lubricación de las paredes de los cilindros mediante película sólida, en fase gaseosa o líquida (o sus combinaciones), que permita el funcionamiento a temperaturas superiores a 723 K (450 °C), medidas en la pared del cilindro en el límite superior de la carrera del segmento más elevado del pistón. Nota técnica: Motores diesel de alta potencia: motores diesel con una presión efectiva media de freno especificada de 1,8 MPa o más, a una velocidad de rotación de 2 300 r.p.m., a condición de que la velocidad nominal sea de 2 300 r.p.m. o más. |
9E101
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" o la "producción" de los productos incluidos en los artículos 9A101, 9A104 a 9A111 o 9A115 a 9A119
9E102
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o los productos incluidos en los artículos 9A005 a 9A011, 9A101, 9A104 a 9A111, 9A115 a 9A119, 9B105, 9B106, 9B115, 9B116, 9B117, 9D101 o 9D103.
ANEXO II
AUTORIZACIÓN GENERAL DE EXPORTACIÓN COMUNITARIA No EU001
[mencionada en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 1334/2000]
Autoridad de expedición: Comunidad Europea
Parte 1
La presente autorización de exportación abarca los siguientes artículos:
Todos los productos de doble uso especificados en los epígrafes del anexo I del presente Reglamento, excepto los enumerados en la parte 2 que se mencionan a continuación.
Parte 2
— |
|
Todos los productos especificados en el anexo IV. |
— |
0C001 |
"Uranio natural", "uranio empobrecido" o torio en forma de metal, aleación, compuesto o concentrado químico o cualquier otro material que contenga uno o varios de los productos antes citados. |
— |
0C002 |
"Materiales fisibles especiales" distintos de los especificados en el anexo IV. |
— |
0D001 |
"Programas lógicos" diseñados especialmente o modificados para el "desarrollo", "producción" o "utilización" de los bienes especificados en la categoría 0, siempre y cuando estén relacionados con el artículo 0C001 o con los productos del artículo 0C002 excluidos del anexo IV. |
— |
0E001 |
"Tecnología" conforme a la Nota de Tecnología Nuclear para el "desarrollo", "producción" o "utilización" de los bienes especificados en la categoría 0, siempre y cuando estén relacionados con el artículo 0C001 o con los productos del artículo 0C002 excluidos del anexo IV. |
— |
1A102 |
Componentes carbono-carbono pirolizados resaturados diseñados para las lanzaderas espaciales incluidas en 9A004 o los cohetes de sondeo incluidos en 9A104. |
— |
1C351 |
Patógenos humanos, zoonosis y "toxinas". |
— |
1C352 |
Patógenos animales. |
— |
1C353 |
Elementos genéticos y organismos modificados genéticamente. |
— |
1C354 |
Patógenos vegetales. |
— |
7E104 |
"Tecnología" para la integración de datos de control de vuelo, guiado y propulsión en un sistema de gestión de vuelo para la optimización de la trayectoria del sistema de cohetes. |
— |
9A009.a. |
Sistemas de propulsión de cohetes híbridos con una capacidad de impulsión total superior a 1,1 MNs. |
— |
9A117 |
Mecanismos de etapas, mecanismos de separación e interetapas que puedan utilizarse en "misiles". |
Parte 3
La presente autorización de exportación es válida en todo el territorio comunitario para las exportaciones a los siguientes destinos:
— |
Australia |
— |
Canadá |
— |
Estados Unidos de América |
— |
Japón |
— |
Noruega |
— |
Nueva Zelanda |
— |
Suiza |
Nota: Las partes 2 y 3 sólo podrán modificarse de conformidad con las obligaciones y compromisos pertinentes que cada Estado miembro haya asumido en cuanto miembro de los regímenes internacionales de no proliferación y acuerdos de control de las exportaciones, y de acuerdo con los intereses de cada Estado miembro en materia de seguridad pública reflejados en su responsabilidad de decidir sobre las solicitudes de autorización para la exportación de productos de doble uso con arreglo al artículo 6, apartado 2, del presente Reglamento.
Condiciones y requisitos para el uso de la presente autorización
1) |
La presente autorización general no podrá utilizarse cuando el exportador haya sido informado por las autoridades competentes del Estado miembro en que esté establecido de que los productos en cuestión están o pueden estar total o parcialmente destinados al desarrollo, producción, manejo, funcionamiento, mantenimiento, almacenamiento, detección, identificación o propagación de armas químicas, biológicas o nucleares o de otros dispositivos nucleares explosivos, o al desarrollo, producción, mantenimiento o almacenamiento de misiles capaces de transportar dichas armas, o cuando el exportador tenga conocimiento de que los mencionados productos están destinados a tal uso. |
2) |
La presente autorización general no podrá utilizarse cuando el exportador haya sido informado por las autoridades competentes del Estado miembro en que esté establecido de que los productos en cuestión están o pueden estar total o parcialmente destinados a un uso final militar según se define en el artículo 4, apartado 2, del presente Reglamento en un país sometido a un embargo de armas de las Naciones Unidas, la UE o la OSCE, o cuando el exportador sea consciente de que los productos de que se trata están destinados a dicho uso. |
3) |
La presente autorización general no podrá utilizarse cuando los artículos correspondientes sean exportados a una zona franca o depósito franco situado en uno de los destinos a que se refiere la presente autorización. |
4) |
Los Estados miembros definirán los requisitos de registro y notificación anejos al uso de la presente autorización general, así como la información complementaria que solicite el Estado miembro desde el cual se efectúa la exportación acerca de los productos exportados bajo dicha autorización. Dichos requisitos deberán basarse en los definidos para el uso de las autorizaciones generales de exportación por parte de aquellos Estados miembros que expiden este tipo de autorizaciones. |
ANEXO IIIa
ANEXO IIIb
DATOS COMUNES PARA LA PUBLICACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES GENERALES DE EXPORTACIÓN
(mencionados en el artículo 10, apartado 3)
1) |
Título de la autorización general de exportación |
2) |
Autoridad que expide la autorización |
3) |
Validez CE. Se empleará el siguiente texto: «La presente autorización general de exportación está sujeta a las condiciones del artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1334/2000. De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de dicho Reglamento, la presente autorización es válida en todos los Estados miembros de la Unión Europea.» |
4) |
Artículos a los que afecta: Se empleará el siguiente texto introductorio: «La presente autorización de exportación abarca los siguientes artículos:» |
5) |
Destinos a los que afecta: Se empleará el siguiente texto introductorio: «La presente autorización de exportación es válida para las exportaciones a los siguientes destinos:» |
6) |
Condiciones y requisitos |
ANEXO IV
[Lista mencionada en el Artículo 21, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1334/2000]
Los artículos no siempre recogen la descripción completa del producto y las notas conexas del anexo I (3). Sólo en dicho anexo I figura la descripción completa de los productos.
La mención de un artículo en este anexo no afecta a la aplicación de las disposiciones que se refieran a los productos de consumo del anexo I.
Parte I
(posibilidad de Autorización Nacional General para el Comercio intracomunitario)
Productos de tecnología de sigilo
1C001 |
Materiales diseñados especialmente para absorber las ondas electromagnéticas, o polímeros intrínsecamente conductores. N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 1C101 |
1C101 |
Materiales y dispositivos para observaciones reducidas tales como la reflectividad al radar, las firmas ultravioletas/infrarrojas y acústicas, distintos de los incluidos en el artículo 1C001, para utilización en ’misiles’ y sus subsistemas, o vehículos aéreos no tripulados indicados en el subartículo 9A012. Nota: El artículo IC101 no controla materiales si esos productos están elaborados únicamente para usos civiles. Nota técnica: En el artículo IC101 se entenderá por ’misiles’ sistemas completos de cohetes y vehículos aéreos no tripulados capaces de llegar a una distancia de, al menos, 300 km. |
1D103 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para el análisis de observables reducidas tales como la reflectividad al radar, las firmas ultravioletas/infrarrojas y las firmas acústicas. |
1E101 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología sobre la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 1C101 o 1D103. |
1E102 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología para el "desarrollo" del "equipo lógico" («software») incluido en el artículo 1D103. |
6B008 |
Sistemas de medida de la sección transversal radar, de impulsos, con duración de impulsos igual o inferior a 100 ns y los componentes diseñados especialmente para ellos. N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 6B108 |
6B108 |
Sistemas diseñados especialmente para medida de la sección transversal radar, utilizables en ’misiles’ y sus subsistemas. |
Productos de control estratégico comunitario
1C239 |
Explosivos de gran potencia, distintos de los incluidos en la Relación de Material de Defensa, o sustancias o mezclas que contengan más del 2 % de los mismos, con densidad cristalina superior al 1,8 g/cm3 y una velocidad de detonación superior a 8 000 m/s. |
||||
1E201 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología sobre la "utilización" de los productos incluidos en el artículo 1C239. |
||||
3A229 |
Conjuntos de ignición y generadores equivalentes de impulsos de corriente elevada, según se indica … N.B.: VÉASE TAMBIÉN LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA |
||||
3A232 |
Detonadores y sistemas de iniciación multipunto, según se indica … N.B.: VÉASE TAMBIÉN LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA |
||||
3E201 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología sobre la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 3A229 o 3A232. |
||||
6A001 |
Acústica, limitado a lo siguiente: |
||||
6A001.a.1.b. |
Sistemas de detección o localización de objetos que tengan cualquiera de las características siguientes:
|
||||
6A001.a.2.a.2 |
Hidrófonos … Dotados de … |
||||
6A001.a.2.a.3 |
Hidrófonos … Que tengan cualquiera … |
||||
6A001.a.2.a.6 |
Hidrófonos … Diseñados para … |
||||
6A001.a.2.b. |
Baterías de hidrófonos acústicos remolcadas … |
||||
6A001.a.2.c. |
Equipo de procesado diseñado especialmente para aplicación en tiempo real con baterías de hidrófonos acústicos remolcadas que tengan "programabilidad accesible al usuario" y proceso y correlación en el dominio del tiempo o de la frecuencia, incluidos el análisis espectral, el filtrado digital y la formación de haz mediante transformada rápida de Fourier u otras transformadas o procesos. |
||||
6A001.a.2.e. |
Sistemas de cable de fondo o de orilla que reúnan cualquier de las siguientes características:
|
||||
6A001.a.2.f. |
Equipo de procesado diseñado especialmente para aplicación en tiempo real con sistemas de cable de fondo o de orilla que tengan "programabilidad accesible al usuario" y proceso y correlación en el dominio del tiempo o de la frecuencia, incluidos el análisis espectral, el filtrado digital y la formación de haz mediante transformada rápida de Fourier u otras transformadas o procesos. |
||||
6D003.a. |
"Equipo lógico" («software») para el "proceso en tiempo real" de datos acústicos. |
||||
8A002.o.3 |
Sistemas de reducción de ruido para buques con un desplazamiento igual o superior a 1 000 toneladas, según se indica:
|
||||
8E002.a. |
"Tecnología" para el "desarrollo", la "producción", la reparación, la revisión o la restauración (nuevo mecanizado) de hélices diseñadas especialmente para la reducción del ruido subacuático. |
Productos de control estratégico comunitario — Criptografía — Categoría 5 — Parte 2
5A002.a.2 |
Equipo diseñado o modificado para realizar funciones criptoanalíticas. |
5D002.c.1 |
Sólo "equipo lógico" («software») que posea las características o que realice o simule las funciones de los equipos incluidos en los artículos 5A002.a.2. |
5E002 |
Sólo "tecnología" para el "desarrollo", la "producción" o la "utilización" de los bienes incluidos en los subartículos 5A002.a.2. o 5D002.c.1. anteriores. |
Productos de tecnología del RCTM
7A117 |
"Conjuntos de guiado", utilizables en "misiles", capaces de conseguir una precisión del sistema de 3,33 %, o menos, del alcance (por ejemplo, un «CEP» de 10 km o menos a un alcance de 300 km), excepto los "conjuntos de guiado" diseñados para misiles con un alcance inferior a 300 km o aeronaves tripuladas . |
||||||||||||
7B001 |
Equipos de ensayo, calibrado o alineación diseñados especialmente para los equipos incluidos en el artículo 7A117 . Nota: El artículo 7B001 no somete a control los equipos de ensayo, calibrado o alineación diseñados para mantenimiento de primer escalón o mantenimiento de segundo escalón. |
||||||||||||
7B003 |
Equipos diseñados especialmente para la "producción" de equipos especificados en el artículo 7A117 supra . |
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7B103 |
"Medios de producción" diseñados especialmente para los equipos incluidos en el artículo 7A117 supra . |
||||||||||||
7D101 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 7B003 o 7B103 supra . |
||||||||||||
7E001 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 7A117, 7B003, 7B103 o 7D101 supra . |
||||||||||||
7E002 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "producción" de equipos incluidos en los artículos 7A117, 7B003 y 7B103 supra . |
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7E101 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 7A117, 7B003, 7B103 y 7D101 supra . |
||||||||||||
9A004 |
Lanzaderas espaciales capaces de entregar, al menos, 500 kg de carga útil con un alcance de, al menos, 300 km . N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A104. Nota 1: El artículo 9A004 no somete a control las cargas útiles. |
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9A005 |
Sistemas de propulsión de cohetes de propulsante líquido que contengan cualquiera de los sistemas o componentes incluidos en el artículo 9A006, utilizables para las lanzaderas especificadas en el artículo 9A004 supra o para los cohetes de sondeo especificados en el artículo 9A104 infra. N.B.: VÉANSE TAMBIÉN LOS ARTÍCULOS 9A105 y 9A119. |
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9A007.a. |
Sistemas de propulsión de cohetes de propulsante sólido, utilizables para las lanzaderas especificadas en el artículo 9A004 supra o para los cohetes de sondeo especificados en el artículo 9A104 infra que posean cualquiera de las características siguientes: N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A119.
|
||||||||||||
9A008.d. |
Componentes, según se indica, diseñados especialmente para los sistemas de propulsión de cohetes de propulsante sólido: N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL SUBARTÍCULO 9A108.c.
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9A104 |
Cohetes de sondeo capaces de entregar, al menos, 500 kg de carga útil con un alcance de, al menos, 300 km. N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A004. |
||||||||||||
9A105.a. |
Motores para cohetes de propulsante líquido, según se indica: N.B.: VÉASE TAMBIÉN EL ARTÍCULO 9A119.
|
||||||||||||
9A106.c. |
Sistemas o componentes distintos de los incluidos en el artículo 9A006, que puedan utilizarse en ’misiles’, según se indica, diseñados especialmente para sistemas de propulsión líquida de cohetes:
Nota técnica: Entre los métodos para lograr el control del vector de empuje especificado en el subartículo 9A106.c. se cuentan, por ejemplo, los siguientes:
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9A108.c. |
Componentes, distintos de los incluidos en el artículo 9A008, que puedan utilizarse en ’misiles’, según se indica, diseñados especialmente para los sistemas de propulsión sólida de cohetes:
Nota técnica: Entre los métodos para lograr el control del vector de empuje especificado en el subartículo 9A108.c. se cuentan, por ejemplo, los siguientes:
|
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9A116 |
Vehículos de reentrada que puedan utilizarse en ’misiles’, y el equipo diseñado o modificado para ellos, según se indica, salvo los vehículos de reentrada diseñados para cargas útiles que no sean armas :
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9A119 |
Etapas individuales de cohetes utilizables en sistemas de cohetes completos o en vehículos aéreos no tripulados capaces de de entregar, al menos, 500 kg de carga útil con un alcance de, al menos, 300 km, distintas de las incluidas en los artículos 9A005 o 9A007.a. supra . |
||||||||||||
9B115 |
"Equipos de producción" diseñados especialmente para los sistemas, subsistemas y componentes incluidos en los artículos 9A005, 9A007.a., 9A008.d., 9A105.a., 9A106.c., 9A108.c., 9A116 o 9A119 supra . |
||||||||||||
9B116 |
"Medios de producción" diseñados especialmente para las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004 o para los sistemas, subsistemas y componentes incluidos en los artículos 9A005, 9A007.a., 9A008.d., 9A104, 9A105.a., 9A106.c., 9A108.c., 9A116 o 9A119 supra . |
||||||||||||
9D101 |
"Equipo lógico" («software») diseñado especialmente para la utilización de los productos incluidos en el artículo 9B116 supra . |
||||||||||||
9E001 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" de equipos o de "equipo lógico" («software») incluidos en los artículos 9A004, 9A005, 9A007.a., 9A008.d., 9B115, 9B116 o 9D101 supra . |
||||||||||||
9E002 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "producción" de equipos incluidos en los artículos 9A004, 9A005, 9A007.a., 9A008.d., 9B115 o 9B116 supra . Nota: Para la "tecnología" de reparación de estructuras, productos laminados o materiales sometidos a control, véase el subartículo 1E002.f. |
||||||||||||
9E101 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para el "desarrollo" o la "producción" de los productos incluidos en los artículos 9A104, 9A105.a., 9A106.c., 9A108.c., 9A116 o 9A119 supra . |
||||||||||||
9E102 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de las lanzaderas espaciales incluidas en el artículo 9A004, 9A005, 9A007.a., 9A008.d., 9A104, 9A105.a., 9A106.c., 9A108.c., 9A116, 9A119, 9B115, 9B116 o 9D101 supra . |
— Excepciones:
El anexo IV no incluye los siguientes productos de tecnología del RCTM:
1) |
Los transferidos sobre la base de encargos hechos con arreglo a una relación contractual por la Agencia Espacial Europea (AEE) o transferidos por la AEE para cumplir sus cometidos oficiales; |
2) |
Los transferidos sobre la base de encargos hechos con arreglo a una relación contractual por el organismo espacial de un Estado miembro o transferidos por él para cumplir sus cometidos oficiales; |
3) |
Los transferidos sobre la base de encargos hechos con arreglo a una relación contractual en relación con un programa comunitario de desarrollo y producción de lanzamiento espacial firmado por dos o más Gobiernos europeos; |
4) |
Los transferidos a una base de lanzamiento espacial bajo control estatal en el territorio de un Estado miembro, salvo que dicho Estado miembro controle estas transferencias con arreglo a lo dispuesto en el presente Reglamento. |
Parte II
(Exclusión de la posibilidad de Autorización Nacional General para el comercio intracomunitario)
Productos de la CAQ (Convención sobre Armas Químicas)
1C351.d.4 |
Ricina |
1C351.d.5 |
Saxitoxina |
Productos de tecnología del GSN
Toda la categoría 0 del anexo I se incluye en el anexo IV, sin perjuicio de lo siguiente:
— |
0C001: Este producto no está incluido en el anexo IV. |
— |
0C002: Este producto no está incluido en el anexo IV, con excepción de los siguientes materiales fisibles especiales:
|
— |
0D001 (programas lógicos) está incluido en el anexo IV, salvo en la medida que estén relacionados con el artículo 0C001 o con los productos del artículo 0C002 excluidos del anexo IV. |
— |
0E001 (tecnología) está incluido en el anexo IV, salvo en la medida que estén relacionados con el artículo 0C001 o con los productos del artículo 0C002 excluidos del anexo IV. |
N.B. Los artículos 0C003 y 0C004, sólo cuando sean para uso en un "reactor nuclear" (en 0A001.a.)
1B226 |
Separadores electromagnéticos de isótopos, diseñados para fuentes de iones únicos o múltiples, o equipados con éstas, capaces de proporcionar una corriente total de haz de iones de 50 mA o más. Nota: El artículo 1B226 incluye separadores:
|
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1C012 |
Materiales según se indica: Nota técnica: Estos materiales se suelen usar para fuentes térmicas nucleares.
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1B231 |
Instalaciones o plantas de tritio y equipos para ellas, según se indica:
|
||||||||||||||||
1B233 |
Instalaciones, plantas de separación de isótopos de litio y equipos correspondientes, según se indica:
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1C233 |
Litio enriquecido con el isótopo litio-6 (6Li) hasta más de su abundancia isotópica natural y productos o aparatos que contengan litio enriquecido, según se indica: litio elemental, aleaciones, compuestos, mezclas que contengan litio, productos fabricados con éstos, desechos o desbastes de cualquiera de los anteriores. Nota: El artículo 1C233 no somete a control los dosímetros termoluminiscentes. Nota técnica: La proporción natural del isótopo 6 en el litio es de aproximadamente 6,5 % del peso (7,5 % de átomos). |
||||||||||||||||
1C235 |
Tritio, compuestos de tritio y mezclas que contengan tritio y en las cuales la razón entre el número de átomos de tritio y de hidrógeno sea superior a 1 parte entre 1 000, y productos o dispositivos que contengan cualquiera de los anteriores; Nota: El artículo 1C235 no somete a control los productos o dispositivos que contengan menos de 1,48 × 103 GBq (40 Ci) de tritio. |
||||||||||||||||
1E001 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología: para el "desarrollo" o la "producción" de los equipos o materiales incluidos en el subartículo 1C012.b. |
||||||||||||||||
1E201 |
"Tecnología", de acuerdo con la Nota General de Tecnología para la "utilización" de los productos incluidos en los artículos 1B226, 1B231, 1B233, 1C233 o 1C235. |
||||||||||||||||
3A228 |
Dispositivos de conmutación, según se indica:
|
||||||||||||||||
3A231 |
Sistemas generadores de neutrones, incluidos los tubos, que reúnan las dos características siguientes:
|
||||||||||||||||
3E201 |
"Tecnología" de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la "utilización" de los equipos incluidos en los artículos 3A228.a., 3A228.b. o 3A231. |
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6A203 |
Cámaras y componentes, distintos de los incluidos en el artículo 6A003, según se indica:
|
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6A225 |
Interferómetros de velocidad para medir velocidades superiores a 1 km por segundo durante intervalos de tiempo menores que 10 μs. Nota: El artículo 6A225 incluye interferómetros de velocidad tales como las «VISAR» (sistemas de interferómetros de velocidad para cualquier reflector) y DLI (interferómetros de láser Doppler). |
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6A226 |
Sensores de presión, según se indica:
|
(1) Los fabricantes que calculen la precisión de posicionamiento en virtud de la norma ISO 230/2 (1997) deben consultar a las autoridades competentes del Estado miembro donde estén establecidos.
(2) Los números entre paréntesis se refieren a las Notas que siguen a esta Tabla.
(3) Las diferencias de redacción o de ámbito entre el anexo I y el anexo IV se indican en negrita y cursiva.