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Document 32006R0630

    Reglamento (CE) n o  630/2006 de la Comisión, de 24 de abril de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 111 de 25.4.2006, p. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/630/oj

    25.4.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 111/1


    REGLAMENTO (CE) N o 630/2006 DE LA COMISIÓN

    de 24 de abril de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 25 de abril de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 2006.

    Por la Comisión

    J. L. DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 24 de abril de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    116,6

    204

    57,2

    212

    139,0

    624

    138,6

    999

    112,9

    0707 00 05

    052

    123,5

    204

    47,4

    628

    147,3

    999

    106,1

    0709 10 00

    624

    119,2

    999

    119,2

    0709 90 70

    052

    128,6

    204

    46,2

    999

    87,4

    0805 10 20

    052

    67,5

    204

    33,7

    212

    52,7

    220

    42,7

    624

    66,6

    999

    52,6

    0805 50 10

    052

    43,0

    624

    56,8

    999

    49,9

    0808 10 80

    388

    89,8

    400

    122,8

    404

    77,2

    508

    77,7

    512

    80,4

    524

    86,0

    528

    84,8

    720

    81,2

    804

    113,9

    999

    90,4

    0808 20 50

    052

    75,0

    388

    86,9

    512

    85,0

    528

    72,2

    720

    91,3

    999

    82,1


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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