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Document 22006D0014

Decisión del Comité Mixto del EEE n o  14/2006, de 27 de enero de 2006 , por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE

DO L 92 de 30.3.2006, p. 43–43 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/14(2)/oj

30.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 92/43


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 14/2006

de 27 de enero de 2006

por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 107/2005 del Comité Mixto del EEE de 8 de julio de 2005 (1).

(2)

La Decisión 2005/293/CE de la Comisión, de 1 de abril de 2005, por la que se establecen normas de desarrollo para controlar el cumplimiento de los objetivos de reutilización y valorización así como de reutilización y reciclado fijados en la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil (2), debe incorporarse al Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 32ec (Decisión 2003/138/CE de la Comisión) del anexo XX del Acuerdo, se añadirá el siguiente punto:

«32ed.

32005 D 0293: Decisión 2005/293/CE de la Comisión, de 1 de abril de 2005, por la que se establecen normas de desarrollo para controlar el cumplimiento de los objetivos de reutilización y valorización así como de reutilización y reciclado fijados en la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil (DO L 94 de 13.4.2005, p. 30).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2005/293/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 28 de enero de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2006.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

R. WRIGHT


(1)  DO L 306 de 24.11.2005, p. 45.

(2)  DO L 94 de 13.4.2005, p. 30.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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