Wählen Sie die experimentellen Funktionen, die Sie testen möchten.

Dieses Dokument ist ein Auszug aus dem EUR-Lex-Portal.

Dokument 32004R1924

    Reglamento (CE) n° 1924/2004 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 331 de 5.11.2004, S. 11–12 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2004/1924/oj

    5.11.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 331/11


    REGLAMENTO (CE) N o 1924/2004 DE LA COMISIÓN

    de 4 de noviembre de 2004

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 5 de noviembre de 2004.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 4 de noviembre de 2004.

    Por la Comisión

    J. M. SILVA RODRÍGUEZ

    Director General de Agricultura


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 4 de noviembre de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    56,5

    204

    69,5

    999

    63,0

    0707 00 05

    052

    104,0

    999

    104,0

    0709 90 70

    052

    89,8

    204

    54,8

    999

    72,3

    0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

    052

    68,9

    624

    80,4

    999

    74,7

    0805 50 10

    052

    63,3

    388

    35,0

    524

    64,5

    528

    44,0

    999

    51,7

    0806 10 10

    052

    86,0

    400

    218,4

    508

    249,0

    624

    179,5

    999

    183,2

    0808 10 20, 0808 10 50, 0808 10 90

    052

    90,5

    388

    127,5

    400

    99,3

    404

    78,5

    512

    82,6

    720

    34,3

    800

    198,6

    804

    106,7

    999

    102,3

    0808 20 50

    052

    101,1

    720

    48,0

    999

    74,6


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 2081/2003 de la Comisión (DO L 313 de 28.11.2003, p. 11). El código «999» significa «otros orígenes».


    nach oben