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Document 22000D0622(05)
Decision of the EEA Joint Committee No 20/1999 of 26 February 1999 amending Annex XX (Environment) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE nº 20/1999, de 26 de febrero de 1999, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE nº 20/1999, de 26 de febrero de 1999, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
DO L 148 de 22.6.2000, p. 45–45
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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In force
Decisión del Comité Mixto del EEE nº 20/1999, de 26 de febrero de 1999, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
Diario Oficial n° L 148 de 22/06/2000 p. 0045 - 0045
Decisión del Comité Mixto del EEE no 20/1999 de 26 de febrero de 1999 por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98, Considerando que el anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 105/98, de 30 de octubre de 1998(1); Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente(2), DECIDE: Artículo 1 Se añadirá el texto siguiente en el punto 1 (Directiva 85/337/CEE del Consejo) del anexo XX del Acuerdo: ", modificada por: - 397 L 0011: Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997 (DO L 73 de 14.3.1997, p. 5).". Artículo 2 Los textos de la Directiva 97/11/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos. Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el 27 de febrero de 1999, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo. Artículo 4 La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 26 de febrero de 1999. Por el Comité Mixto del EEE El Presidente F. Barbaso (1) DO L 197 de 29.7.1999, p. 57; rectificación en el DO L 226 de 27.8.1999, p. 44. (2) DO L 73 de 14.3.1997, p. 5.