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Document 31999D0569
1999/569/EC: Commission Decision of 28 July 1999 on the basic parameters for the command-and-control and signalling subsystem relating to the trans-European high-speed rail system (notified under document number C(1999) 2475) - (Text with EEA relevance)
1999/569/CE: Decisión de la Comisión de 28 de julio de 1999 relativa a los parámetros fundamentales del subsistema de control y mando y señalización del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad [notificada con el número C(1999) 2475] - (Texto pertinente a efectos del EEE)
1999/569/CE: Decisión de la Comisión de 28 de julio de 1999 relativa a los parámetros fundamentales del subsistema de control y mando y señalización del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad [notificada con el número C(1999) 2475] - (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 216 de 14.8.1999, p. 23–23
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 11/09/2002; derogado por 32002D0731 La fecha final de validez se basa en la fecha de publicación del acto derogatorio que surte efecto en la fecha de su notificación. El acto derogatorio ha sido notificado, pero la fecha de notificación no está disponible en EUR-Lex. En su lugar, se utiliza la fecha de publicación.
1999/569/CE: Decisión de la Comisión de 28 de julio de 1999 relativa a los parámetros fundamentales del subsistema de control y mando y señalización del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad [notificada con el número C(1999) 2475] - (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° L 216 de 14/08/1999 p. 0023 - 0023
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 28 de julio de 1999 relativa a los parámetros fundamentales del subsistema de control y mando y señalización del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad [notificada con el número C(1999) 2475] (Texto pertinente a efectos del EEE) (1999/569/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 96/48/CE del Consejo, de 23 de julio de 1996, relativa a la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad(1), y, en particular, su artículo 21, (1) Considerando el problema de la frecuencia y la potencia de radiación de la interfaz de transmisión ocasional tierra-tren denominada Eurobalise planteado por Suecia en la reunión de 10 de julio de 1997 del Comité constituido de conformidad con el artículo 21 de la Directiva 96/48/CE; (2) Considerando que, durante la sesión de 16 de octubre de 1997, la Asociación europea de interoperabilidad ferroviaria (AEIF) confirmó que la interfaz Eurobalise es un parámetro fundamental del subsistema de control y mando y señalización; (3) Considerando el análisis presentado por la AEIF en la reunión del Comité de 19 de febrero de 1998 y la petición de varios Estados miembros de reconsiderar todas las frecuencias de radio necesarias para el subsistema de control y mando y señalización; (4) Considerando la necesidad de evitar toda interferencia con la banda de frecuencias de los equipos radioeléctricos CEPT PR 27 (véase la Decisión CER de 7 de marzo de 1996), manteniendo la misma potencia de telealimentación de las balizas; (5) Considerando la urgencia y la necesidad de fijar el valor de la interfaz específica Eurobalise y de la radio tierra-tren CGSM-R, para no poner en peligro la planificación de las pruebas del proyecto ERTMS, lo que generaría, a su vez, demoras perjudiciales para la puesta en servicio de varias líneas de la red transeuropa de alta velocidad; (6) Considerando que la presente Decisión no tiene ninguna repercusión sobre los sistemas de señalización en servicio siempre y cuando no hayan sido puestos de nuevo en servicio tras una adaptación y que la AEIF deberá tener en cuenta el sistema existente al redactar la parte de la especificación técnica de interoperabilidad sobre control y mando y señalización; (7) Considerando la Recomendación T/R 25-09 E (Chester, revisada en Budapest en 1995) relativa a las frecuencias reservadas a los ferrocarriles en la banda de 900 MHz, así como la decisión del grupo de trabajo WG FM de la CEPT sobre Eurobalise (Tallin 1998) y la actualización de la Recomandación 70-03 correspondiente; (8) Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité constituido de conformidad con la Directiva 96/48/CE, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La frecuencia utilizada para la telealimentación (downlink) de las balizas de tipo Eurobalise será de 27095 MHz y la potencia irradiada a 10 metros será inferior a 42 dBμA/m. Artículo 2 Las bandas de frecuencias utilizadas para las conexiones de radio del tipo GSM-R serán de 876 a 880 MHz para la conexión tren-tierra y de 921 a 925 MHz para la conexión tierra-tren. Artículo 3 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 1999. Por la Comisión Neil KINNOCK Miembro de la Comisión (1) DO L 235 de 17.9.1996, p. 6.