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Document 31998R1301
Commission Regulation (EC) No 1301/98 of 23 June 1998 amending Regulation (EEC) No 2219/92 laying down detailed rules for the application of the specific supply arrangements for Madeira relating to milk products and establishing the forecast supply balance
Reglamento (CE) nº 1301/98 de la Comisión de 23 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
Reglamento (CE) nº 1301/98 de la Comisión de 23 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
DO L 180 de 24.6.1998, p. 10–11
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 30/06/1999; derog. impl. por 399R1338
Reglamento (CE) nº 1301/98 de la Comisión de 23 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
Diario Oficial n° L 180 de 24/06/1998 p. 0010 - 0011
REGLAMENTO (CE) N° 1301/98 DE LA COMISIÓN de 23 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2348/96 (2), y, en particular, su artículo 10, Considerando que el Reglamento (CEE) n° 1696/92 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 2596/93 (4), establece las disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento específico de determinados productos agrícolas a las Azores y Madeira; Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2219/92 de la Comisión, de 30 de julio de 1992, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 721/98 (6), fija para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998 el plan de previsiones de productos lácteos para Madeira; que, para seguir satisfaciendo la demanda de productos del sector de los productos lácteos, es necesario fijar las cantidades correspondientes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El anexo I del Reglamento (CEE) n° 2219/92 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de julio de 1998. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 1998. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 173 de 27. 6. 1992, p. 1. (2) DO L 320 de 11. 12. 1996, p. 1. (3) DO L 179 de 1. 7. 1992, p. 6. (4) DO L 238 de 23. 9. 1993, p. 24. (5) DO L 218 de 1. 8. 1992, p. 75. (6) DO L 100 de 1. 4. 1998, p. 31. ANEXO «ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO>