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Document 31992R0865

    REGLAMENTO (CEE) No 865/92 DE LA COMISIÓN de 3 de abril de 1992 relativo al suministro de aceite de colza refinado en concepto de ayuda alimentaria

    DO L 91 de 7.4.1992, p. 12–15 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/07/1992

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1992/865/oj

    31992R0865

    REGLAMENTO (CEE) No 865/92 DE LA COMISIÓN de 3 de abril de 1992 relativo al suministro de aceite de colza refinado en concepto de ayuda alimentaria -

    Diario Oficial n° L 091 de 07/04/1992 p. 0012 - 0015


    REGLAMENTO (CEE) No 865/92 DE LA COMISIÓN de 3 de abril de 1992 relativo al suministro de aceite de colza refinado en concepto de ayuda alimentaria

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) no 3972/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo a la política y a la gestión de la ayuda alimentaria (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1930/90 (2), y, en particular, la letra c) del apartado 1 de su artículo 6,

    Considerando que el Reglamento (CEE) no 1420/87 del Consejo, de 21 de mayo de 1987, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) no 3972/86, relativo a la política y la gestión de la ayuda alimentaria (3), establece la lista de los países y organismos susceptibles de recibir ayuda y determina los criterios generales relativos al transporte de la ayuda alimentaria más allá de la fase fob;

    Considerando que, como consecuencia de varias decisiones relativas a la concesión de ayuda alimentaria, la Comisión ha otorgado a determinados países y organismos beneficiarios 1 294 toneladas de aceite de colza refinado;

    Considerando que procede efectuar dicho suministro con arreglo a las normas previstas en el Reglamento (CEE) no 2200/87 de la Comisión, de 8 de julio de 1987, por el que se establecen las modalidades generales de movilización en la Comunidad de los productos que se vayan a suministrar en concepto de ayuda alimentaria comunitaria (4), modificado por el Reglamento (CEE) no 790/91 (5); que es necesario precisar, en particular, los plazos y condiciones de entrega, así como el procedimiento que deberá seguirse para determinar los gastos que resulten de ello;

    Considerando que, por razones principalmente logísticas, ciertas acciones no son atribuidas durante el primer y el segundo plazo de presentación de las ofertas; que, para evitar repetir la publicación del anuncio de licitación, es conveniente abrir un tercer plazo de licitación,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En concepto de ayuda alimentaria comunitaria se procederá a la movilización en la Comunidad de aceite de colza refinado para suministrarlo a los beneficiarios que se indican en los Anexos, de conformidad con las disposiciones del Reglamento (CEE) no 2200/87 y con las condiciones que figuran en los Anexos. La concesión de suministros se realizará mediante licitación.

    Se presupone que el adjudicatario tiene conocimiento de todas las condiciones generales y particulares aplicables y que las ha aceptado. No se considerará escrita ninguna otra condición contenida en su oferta.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 1992. Por la Comisión

    Ray MAC SHARRY

    Miembro de la Comisión

    (1) DO no L 370 de 30. 12. 1986, p. 1. (2) DO no L 174 de 7. 7. 1990, p. 6. (3) DO no L 136 de 26. 5. 1987, p. 1. (4) DO no L 204 de 25. 7. 1987, p. 1. (5) DO no L 81 de 28. 3. 1991, p. 108.

    ANEXO I

    LOTE A

    1. Acciones nos (1): 1134/91 a 1136/91

    2. Programa: 1991

    3. Beneficiario (4): World Food Programme, Via Cristoforo Colombo 426, 00145 Rome (télex 626675 i wfp)

    4. Representante del beneficiario (2): véase el DO no C 103 de 16. 4. 1987

    5. Lugar o país de destino: Argelia, Costa de Marfil, Guinea

    6. Producto que se moviliza: aceite de colza refinado

    7. Características y calidad de la mercancía (3): véase la lista publicada en el DO no C 114 de 29. 4. 1991, p. 1 [en III A 1 a)]

    8. Cantidad total: 1 294 toneladas netas

    9. Número de lotes: 1 (véase Anexo II)

    10. Envasado y marcado (7):

    véase la lista publicada en el DO no C 114 de 29. 4. 1991, p. 1 (en III A 2.1, III A 2.3 y III A 3)

    - latas de 5 litros, sin paneles de cartón

    - inscripciones en francés (1134/91) e inglés (1135/91, 1136/91)

    - inscripciones complementarias sobre el embalaje: véase Anexo II

    11. Modo de movilización del producto: mercado de la Comunidad

    12. Fase de entrega: entregado en el puerto de embarque

    13. Puerto de embarque: -

    14. Puerto de desembarque indicado por el beneficiario: -

    15. Puerto de desembarque: -

    16. Dirección del almacén y, en su caso, puerto de desembarque: -

    17. Período de puesta a disposición en el puerto de embarque: del 1 al 30. 6. 1992

    18. Fecha límite para el suministro: -

    19. Procedimiento para determinar los gastos de suministro (6): licitación

    20. Fecha en que expira el plazo para la presentación de ofertas: el 21. 4. 1992, a las 12 horas

    21. A. En caso de segunda licitación:

    a) fecha en que expira el plazo para la presentación de ofertas: el 5. 5. 1992, a las 12 horas

    b) período de puesta a disposición en el puerto de embarque: del 15. 6 al 15. 7. 1992

    c) fecha límite para el suministro: -

    B. En caso de tercera licitación:

    a) fecha en que expira el plazo para la presentación de ofertas: el 19. 5. 1992, a las 12 horas

    b) período de puesta a disposición en el puerto de embarque: del 1 al 31. 7. 1992

    c) fecha límite para el suministro: -

    22. Importe de la garantía de licitación: 15 ecus/tonelada

    23. Importe de la garantía de entrega: 10 % del importe de la oferta expresado en ecus

    24. Dirección para enviar las ofertas (5):

    Bureau de l'aide alimentaire

    à l'attention de Monsieur N. Arend

    bâtiment Loi 120, bureau 7/46

    rue de la Loi, 200

    B-1049 Bruxelles

    (télex: 22037 AGREC B o 25670 AGREC B)

    25. Restitución aplicable a solicitud del adjudicatario: -

    Notas:

    (1) El número de la acción debe reseñarse en toda la correspondencia.

    (2) Delegado de la Comisión al que el adjudicatario deberá contactar: véase la lista publicada en el DO no C 114 de 29. 4. 1991, p. 33.

    (3) El adjudicatario expedirá al beneficiario un certificado emitido por una instancia oficial que certifique que para el producto a entregar se han cumplido las normas en vigor en el Estado miembro de que se trate relativas a la radiación nuclear.

    El certificado de radiactividad deberá indicar el contenido en cesio 134 y 137.

    Al efectuarse la entrega, el adjudicatario transmitirá al beneficiario o a su representante los documentos siguientes:

    - certificado fitosanitario,

    - certificado de origen.

    (4) El adjudicatario se pondrá en contacto lo antes posible con el beneficiario con el fin de determinar los documentos de expedición necesarios y su distribución.

    (5) A fin de no congestionar el télex, se ruega a los licitadores que presenten, antes de la fecha y la hora fijadas en el punto 20 del presente Anexo, la prueba del depósito de la fianza de licitación contemplada en la letra a) del apartado 4 del artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2200/87, preferentemente:

    - mediante portador al despacho contemplado en el punto 24 del presente Anexo,

    - por telefax a uno de los números siguientes de Bruselas: 236 20 05, 235 01 32, 236 10 97, 235 01 30, 236 33 04

    (6) No se aplicará a la presentación de las ofertas la disposición contemplada en la letra g) del apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2200/87.

    (7) Deberá entregarse en contenedores.

    PARARTIMA ANEXO II - BILAG II - ANHANG II - II - ANNEX II - ANNEXE II - ALLEGATO II - BIJLAGE II - ANEXO II

    Designación

    de la

    partida Cantidad total

    de la partida

    (en toneladas) Cantidades parciales

    (en toneladas) Acción no Inscripciones complementarias sobre el embalaje Parti Totalmaengde

    (tons) Delmaengde

    (tons) Aktion nr. Yderligere paaskrifter Bezeichnung

    der Partie Gesamtmenge

    der Partie

    (in Tonnen) Teilmengen

    (in Tonnen) Massnahme

    Nr. Ergaenzende Aufschriften auf der Verpackung Charaktirismos

    tis partidas Synoliki posotita

    tis partidas

    (se tonoys) Merikes posotites

    (se tonoys) Drasi arith. Sympliromatikes endeixeis sti syskevasia Lot Total quantity

    (in tonnes) Partial quantities

    (in tonnes) Operation

    No Supplementary markings on the packaging Désignation

    de la partie Quantité totale

    de la partie

    (en tonnes) Quantités partielles

    (en tonnes) Action no Inscriptions complémentaires sur l'emballage Designazione

    della partita Quantità totale

    della partita

    (in tonnellate) Quantitativi parziali

    (in tonnellate) Azione n. Iscrizioni supplementari sull'imballaggio Aanduiding

    van de partij Totale hoeveelheid

    van de partij

    (in ton) Deelhoeveelheden

    (in ton) Maatregel

    nr. Bijkomende vermeldingen op de verpakking Designaçao

    do lote Quantidade total

    (em toneladas) Quantidades parciais

    (em toneladas) Acçao no Inscrições complementares na embalagem A1: 230 1134/91 0415502 / Programme alimentaire mondial / Alger A 1 294 A2: 600 1130/91 0460400 / World Food Programme / San Pedro A3: 464 1136/91 0460400 / World Food Programme / Conakry

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