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Document 62020CN0214

    Asunto C-214/20: Petición de decisión prejudicial planteada por la Labour Court (Irlanda) el 20 de mayo de 2020 — MG / Dublin City Council

    DO C 262 de 10.8.2020, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.8.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 262/16


    Petición de decisión prejudicial planteada por la Labour Court (Irlanda) el 20 de mayo de 2020 — MG / Dublin City Council

    (Asunto C-214/20)

    (2020/C 262/21)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Órgano jurisdiccional remitente

    The Labour Court

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: MG

    Recurrida: Dublin City Council

    Cuestiones prejudiciales

    1.

    ¿Debe interpretarse el artículo 2 de la [Directiva 2003/88/CE] (1) en el sentido de que un trabajador, cuando está «de guardia» en un lugar o lugares de su elección, sin obligación de notificar al empresario su localización durante la guardia pero sujeto a la única obligación de poder responder a una llamada en un plazo deseable de presentación de cinco minutos y en un plazo máximo de presentación de diez minutos, está desarrollando tiempo de trabajo mientras está de guardia?

    2.

    En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿puede considerarse que un trabajador que solo está sujeto a la obligación de responder a una llamada en un plazo deseable de presentación de cinco minutos y en un plazo máximo de presentación de diez minutos, y que puede, sin ninguna restricción, trabajar al mismo tiempo por cuenta ajena o por cuenta propia mientras está de guardia, está desarrollando «tiempo de trabajo» por cuenta del empresario para el que está «de guardia»?

    3.

    En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión, ¿el hecho de que el trabajador trabaje efectivamente para un segundo empresario mientras está «de guardia», con la única obligación de que el segundo empresario permita ausentarse al trabajador cuando sea llamado por el primero, implica que el tiempo que el trabajador permanece «de guardia» y trabajando para el segundo empresario debe considerarse tiempo de trabajo en el marco de su relación con el primer empresario?

    4.

    En caso de respuesta afirmativa a la tercera cuestión, ¿acumula tiempo de trabajo el trabajador que trabaja para un segundo empresario, mientras está de guardia para su primer empresario, de manera simultánea con respecto al primer y al segundo empresario?


    (1)  Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9).


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