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Document 52020M9915
Prior notification of a concentration (Case M.9915 – Mitsubishi Corporation Energy/ENEOS/Taiyo Koyu) Candidate case for simplified procedure (Text with EEA relevance) 2020/C 256/03
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9915 — Mitsubishi Corporation Energy/ENEOS/Taiyo Koyu) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado (Texto pertinente a efectos del EEE) 2020/C 256/03
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9915 — Mitsubishi Corporation Energy/ENEOS/Taiyo Koyu) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado (Texto pertinente a efectos del EEE) 2020/C 256/03
PUB/2020/624
DO C 256 de 4.8.2020, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.8.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 256/3 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9915 — Mitsubishi Corporation Energy/ENEOS/Taiyo Koyu)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 256/03)
1.
El 28 de julio de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Mitsubishi Corporation Energy («MCE», Japón), bajo el control de Mitsubishi Corporation. |
— |
ENEOS Corporation (Japón), bajo el control de ENEOS Holdings Inc. («ENEOS»). |
— |
Taiyo Koyu Co., Ltd («Taiyo Koyu», Japón). |
MCE y ENEOS Corporation adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de Taiyo Koyu. La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
MCE: venta y comercio (exportación/importación) de productos petrolíferos, construcción y explotación de gasolineras y venta de diversos productos industriales. |
— |
ENEOS Corporation: energía, incluidas la producción y la venta de productos petrolíferos y petroquímicos, electricidad, lubricantes, carbón e hidrógeno. |
— |
Taiyo Koyu: explotación de estaciones de combustible de servicio completo y de autoservicio para camiones en Japón; venta minorista de gasolina, queroseno, gasóleo, aceites lubricantes y otros productos petrolíferos; venta de piezas de automoción; inspección de vehículos, y otros servicios de mantenimiento de automóviles. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9915 — Mitsubishi Corporation Energy/ENEOS/Taiyo Koyu
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).