Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52020XG0609(01)

    Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo sobre «Ofrecer oportunidades a los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas» 2020/C 193/03

    ST/8265/2020/INIT

    DO C 193 de 9.6.2020, p. 3–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    9.6.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 193/3


    Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo sobre «Ofrecer oportunidades a los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas»

    (2020/C 193/03)

    EL CONSEJO Y DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

    RECONOCIENDO LO SIGUIENTE:

    1.

    Todos los jóvenes han de tener las mismas oportunidades en el contexto de su desarrollo personal y profesional, con independencia de los obstáculos, en particular geográficos. Esas dificultades se acrecen en tiempos de crisis mundiales como la del nuevo coronavirus (COVID-19), que acarrean perturbaciones sociales y consecuencias económicas, y que pueden por añadidura debilitar y aislar a los jóvenes.

    2.

    La Agenda Estratégica 2019-2024 (1) reconoce que las desigualdades, que afectan a los jóvenes en particular, suponen un riesgo político, social y económico de suma gravedad; se están creando fracturas generacionales, territoriales y educativas, y están surgiendo nuevas formas de exclusión.

    3.

    Hasta hace poco, casi la tercera parte de la población de la UE, y dentro de ella un importante número de jóvenes, vivía en territorios rurales (2). Está claro que existen diferencias entre los Estados miembros por lo que atañe a la densidad de población y la estructura demográfica, tanto en las zonas rurales como en las remotas. Por otro lado, se considera que la urbanización, uno de los principales motores del cambio hoy en día, repercute notablemente en futuras políticas de la UE (3).

    4.

    La población europea está envejeciendo. Este proceso es más pronunciado en las zonas rurales y las zonas remotas, y, como consecuencia de ello, en esas zonas la proporción de personas mayores es más alta en los diversos Estados miembros (4). Estos desequilibrios generacionales y geográficos, especialmente cuando van unidos a condiciones socioeconómicas de mayor pobreza, plantean el reto de crear y mantener servicios globales de apoyo e infraestructuras de servicio sostenibles que puedan atender a las necesidades de todos, y esos servicios e infraestructuras pueden tener un efecto duradero en la cohesión social y la solidaridad en las zonas rurales y zonas remotas.

    5.

    La igualdad y la no discriminación, la integración y la participación de los jóvenes son algunos de los principios rectores que sustentan la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027, que tiene en cuenta los puntos de vista de los jóvenes, expresados en las Metas de la Juventud Europea y en el proceso del Diálogo de la UE con la Juventud. Concretamente, la Meta de la Juventud Europea n.o 6 (Impulsar a la juventud rural) pretende crear condiciones que permitan a los jóvenes acceder a sus derechos y realizar su potencial en las zonas rurales.

    6.

    Los jóvenes ven en las cuestiones medioambientales y climáticas uno de los ámbitos que la UE debe abordar como principal prioridad (5). Luchar contra el cambio climático es uno de los principales factores a la hora de configurar las futuras políticas (6). Dado que el desarrollo rural y los Fondos Estructurales de la UE desempeñan un importante papel en la consecución de los objetivos medioambientales de la UE, así como en la lucha contra el cambio climático, deben estudiarse nuevas oportunidades relacionadas con sectores como la agricultura, los bosques, la pesca o el turismo para los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas.

    TENIENDO EN CUENTA LO SIGUIENTE:

    7.

    Las oportunidades que brindan las zonas rurales y zonas remotas (7), como la cercanía a la naturaleza, el coste inferior de la vivienda (8) y un mayor sentido de pertenencia a una comunidad (9).

    8.

    Las limitaciones impuestas por las dificultades de acceso desde y hacia la mayoría de las zonas rurales y zonas remotas, en particular algunas islas (10) en toda la UE así como las regiones ultraperiféricas de la Unión (11) y los países y territorios de ultramar (PTU) (12).

    9.

    El proceso de urbanización y sus posibles efectos en las zonas rurales y zonas remotas, en especial en lo concerniente a la ratio de población (jóvenes/mayores, mujeres/hombres (13), jóvenes titulados/jóvenes no titulados) y la necesidad de garantizar la disponibilidad y accesibilidad de servicios públicos y comerciales, actividades de ocio, empleo y educación de calidad, infraestructuras digitales y físicas, transporte público, vivienda, instalaciones sociales y sanitarias, así como la sostenibilidad de los recursos naturales.

    10.

    La importancia de incorporar en los Estados miembros las ideas, las opiniones y la creatividad de los jóvenes, en particular las recabadas durante el séptimo ciclo de consultas del Diálogo de la UE con la Juventud, así como las contribuciones aportadas durante la Conferencia de la UE sobre la Juventud celebrada en Zagreb en marzo de 2020 (14) en el marco del subtema específico «Oportunidades para la juventud rural».

    11.

    Los jóvenes ninis (15) que viven en las zonas rurales y zonas remotas y la necesidad de prestar especial atención a sus perspectivas de educación, formación y empleo, ya que corren mayor riesgo de tener menos oportunidades (16) y de verse más afectados por las condiciones de la economía (17) en comparación con los jóvenes ninis que viven en las regiones urbanas.

    12.

    El compromiso de la Unión Europea y sus Estados miembros de aplicar la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular por lo que respecta a los asentamientos humanos y los objetivos relacionados con la juventud.

    13.

    El trabajo en el ámbito de la juventud, valioso instrumento para abordar las disparidades entre los entornos rural y urbano, debido a su potencial para ayudar a los jóvenes (con un amplio abanico de edades y procedencias diversas), en particular a aquellos que corren el riesgo de quedarse atrás, en distintos tipos de actividades dentro de sus respectivas comunidades locales.

    14.

    Las oportunidades de empleo que se ofrecen a través de actividades empresariales, en particular la contratación en empresas sociales (18). Este último es un instrumento que permite a los jóvenes afrontar adecuadamente desafíos sociales y relacionados con el empleo, y ofrece margen para utilizar eficazmente los recursos naturales y humanos de manera sostenible.

    15.

    En este contexto, las actividades en el marco de la economía social y solidaria (ESS) (19), que pueden contribuir a mejorar la situación económica y social de las zonas rurales y las zonas remotas y que, en consecuencia, permiten responder a las necesidades y aspiraciones de los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas.

    16.

    El voluntariado, expresión de la ciudadanía activa que puede contribuir a lograr la inclusión social de los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas, así como promover la solidaridad intergeneracional en dichas zonas, en especial para contribuir a la resiliencia de las comunidades ante adversidades y crisis como la de la COVID-19.

    17.

    La cooperación transfronteriza entre zonas remotas y zonas rurales de las regiones fronterizas de los Estados miembros, que podría favorecer su desarrollo, ofreciendo así oportunidades adicionales para los jóvenes en el ámbito de la educación y la formación, el trabajo, la salud y las actividades sociales y de ocio.

    INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, DE CONFORMIDAD CON EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EN LOS NIVELES ADECUADOS:

    18.

    Promuevan planteamientos intersectoriales cuando desarrollen políticas en el ámbito de la juventud y estrategias conexas encaminadas a reducir las desigualdades entre las zonas urbanas y las zonas rurales o remotas.

    19.

    Incluyan en las estrategias y políticas pertinentes, cuando proceda, planes de acción o medidas que reflejen la perspectiva y los puntos de vista de los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas. Dichos planes de acción y medidas deben elaborarse a partir de conocimientos, datos fehacientes, mejores prácticas y consultas a los jóvenes mismos, así como de los datos recopilados y desagregados por sexo, discapacidad y otros criterios pertinentes, en particular cuando no existan o deban mejorarse los servicios o las infraestructuras pertinentes.

    20.

    Promuevan modelos efectivos de cooperación intermunicipal en el ámbito de la juventud en las zonas rurales y zonas remotas para sensibilizar y difundir mejores prácticas y datos fehacientes entre los distintos proveedores de servicios.

    21.

    Promuevan y faciliten –mediante los instrumentos adecuados, como los consejos de juventud locales y otras formas de participación innovadoras o alternativas– la ciudadanía activa y la participación significativa de los jóvenes de orígenes diversos que viven en zonas rurales y zonas remotas en los procesos de toma de decisiones sobre cuestiones que les afectan; cuando proceda, fomenten la cooperación entre las administraciones pertinentes a todos los niveles y, al mismo tiempo, lleven a cabo consultas públicas (analógicas o digitales), dado que se trata de una herramienta para interactuar con la juventud; animen a las administraciones públicas a facilitar el trabajo de las organizaciones dirigidas por jóvenes; y apoyen a los agentes pertinentes que realizan actividades de trabajo en el ámbito de la juventud a todos los niveles, en particular un trabajo de acercamiento con jóvenes.

    22.

    Sigan promoviendo y mejorando la comprensión, el diálogo y la solidaridad intergeneracional con el fin de propiciar unos intercambios intergeneracionales que beneficien a todos, y alentando a los jóvenes a empezar a participar activamente en la vida de las comunidades locales de las zonas rurales y las zonas remotas, en particular en las explotaciones agrarias familiares, o a seguir haciéndolo.

    23.

    Sigan promoviendo actividades de voluntariado y solidaridad accesibles, dado que se trata de una herramienta para la inclusión social de todos los jóvenes, en particular de los que viven en zonas rurales y zonas remotas.

    24.

    Intensifiquen los esfuerzos para garantizar unos medios de transporte público regulares, sostenibles y asequibles, a fin de conectar mejor las zonas urbanas y las zonas rurales y zonas remotas.

    25.

    Cuando proceda, mejoren la infraestructura de las tecnologías de la información, en particular la conexión de banda ancha de alta velocidad, a fin de fomentar la utilización de las tecnologías y servicios digitales.

    26.

    Cuando proceda, promuevan la creación de espacios juveniles (20) o, en su caso, mejoren los existentes, así como el acceso a distancia para los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas a diferentes tipos de servicios, incluidos los servicios del trabajo en el ámbito de la juventud, como el trabajo digital e inteligente en el ámbito de la juventud; asimismo, fomenten el establecimiento de diferentes servicios móviles, por ejemplo relativos al ocio y el asesoramiento, así como de centros de servicio multifuncionales.

    INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA:

    27.

    Promuevan sinergias entre las diferentes iniciativas e instrumentos de la UE en el ámbito de la juventud y en otros ámbitos, como Erasmus+, la Garantía Juvenil, el Cuerpo Europeo de Solidaridad, el Fondo Social Europeo o Interreg (21), con el objetivo de mejorar su difusión entre los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas, facilitar su acceso a dichos programas y llevar a cabo una simplificación administrativa, a modo de respuesta a los retos a los que se enfrentan.

    28.

    Fomenten el intercambio de mejores prácticas por lo que respecta a aprovechar las oportunidades que brindan los programas y las políticas relacionadas con la juventud, como Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad y la Garantía Juvenil, así como otros instrumentos pertinentes de la UE, como el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a fin de mejorar la empleabilidad, la movilidad y la participación, y de promover los valores de la UE (22); de compartir prácticas en el ámbito de la solidaridad y el desarrollo comunitario, especialmente en tiempos de crisis; y de reforzar la cohesión social en las comunidades rurales y remotas.

    29.

    Organicen actividades de aprendizaje mutuo, como seminarios, actividades de aprendizaje entre iguales u otras formas pertinentes de cooperación formal y no formal, en las que podrían participar partes interesadas de distintos ámbitos de actuación, por ejemplo, jóvenes procedentes de diferentes entornos geográficos y con bagajes culturales distintos, con el fin de estudiar una posible cooperación intersectorial e intrarregional en relación con el acceso a los servicios.

    30.

    Sigan promoviendo el atractivo de las zonas rurales y las zonas remotas, haciendo especial hincapié en sus ventajas y oportunidades en lo que respecta a los recursos naturales disponibles, en su caso, y en su uso sostenible, con el fin de sensibilizar sobre el potencial para las actividades empresariales y de la economía social y solidaria (23), teniendo en cuenta que las actividades agrícolas existentes, cuando proceda, deben preservarse y promoverse en la medida de lo posible.

    31.

    Intensifiquen los esfuerzos para reforzar los conocimientos, las capacidades, las competencias y la confianza empresarial de los jóvenes centrándose, cuando proceda, en las mujeres (24), dado el potencial para el emprendimiento y las actividades de la economía social y solidaria de las zonas rurales y las zonas remotas.

    32.

    Tengan en cuenta el medio ambiente y el cambio climático y, en particular, los últimos informes científicos sobre ambos, en la elaboración de las futuras políticas y medidas relacionadas con la juventud dirigidas a las zonas rurales y zonas remotas, y ofrezcan, cuando proceda, la educación, la formación y el acceso a la información pertinentes con el fin de sensibilizar a los jóvenes que viven en dichas zonas y fomentar su participación en asuntos relacionados con el medio ambiente y el clima.

    33.

    Cuando proceda, intensifiquen los esfuerzos para animar a los jóvenes a dedicarse a actividades agrícolas (25) y a otras actividades económicas en las zonas rurales y las zonas remotas recurriendo a distintos medios, como subvenciones para la puesta en marcha de proyectos, incentivos relacionados con la renta, iniciativas de los propios jóvenes y educación y formación específicas.

    34.

    Inciten a las partes interesadas pertinentes a cooperar con el objetivo general de cumplir el derecho a una educación, una formación y un aprendizaje permanente inclusivos y de calidad para los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas, haciendo especial hincapié en reducir el abandono escolar prematuro y aumentar las oportunidades de un acceso igualitario a la educación y el trabajo.

    35.

    Promuevan la educación y la formación digitales, así como las oportunidades de aprendizaje no formal y de trabajo en el ámbito de la juventud, para mejorar el nivel general de las capacidades y competencias digitales, así como para evitar el aislamiento de los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas y mitigar los efectos de las crisis, como la provocada por la COVID-19, por ejemplo facilitando el acceso a internet y a los dispositivos de TIC (26), cuando proceda, en todas las zonas rurales y zonas remotas.

    36.

    Fomenten la cooperación entre las zonas rurales y zonas remotas fronterizas de la UE, aprovechando los programas pertinentes de la UE, como Interreg, con el fin de aumentar las oportunidades de los jóvenes de estas regiones.

    37.

    Sigan tomando en consideración las cuestiones que afectan a los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas, y reflexionando sobre ellas, a la hora de elaborar iniciativas nuevas y de aplicar las actuales, por ejemplo en lo referente a una visión a largo plazo para las zonas rurales, y cuando proceda en el contexto de las actividades relacionadas con la Conferencia sobre el Futuro de Europa; el Espacio Europeo de Educación para 2025; el Plan de Acción de Educación Digital actualizado; el Pacto sobre el Clima; y una Garantía Juvenil reforzada.

    INVITAN A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:

    38.

    Estudie la posibilidad de llevar a cabo investigaciones y análisis utilizando los instrumentos existentes, como la Wiki de la Juventud, y recopile datos desglosados (por sexo, discapacidad y otros criterios pertinentes) sobre cuestiones relacionadas con los jóvenes y su bienestar en las zonas rurales y las zonas remotas, a fin de participar en la mejora de los conocimientos, pruebas y datos que servirán para definir las políticas a todos los niveles, teniendo también en cuenta la posible necesidad de establecer mecanismos de seguimiento.

    39.

    Fomente las sinergias entre la política de juventud de la UE y otras políticas y programas pertinentes de la UE, por ejemplo en lo que se refiere al desarrollo rural, la agricultura y la cohesión social, en particular promoviendo la adopción de los resultados del Diálogo de la UE con la Juventud a este respecto.

    40.

    Procure que se preste la debida atención a los retos a que se enfrentan los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas al participar en las actividades previstas en el marco de la Asociación UE-Consejo de Europa por la Juventud (27).

    INVITAN AL SECTOR DE LA JUVENTUD DE LA UE (28) A QUE:

    41.

    Contribuya a la labor de sensibilización de los jóvenes y la población en general de las zonas rurales y las zonas remotas por lo que respecta a las oportunidades que ofrecen sus comunidades locales, con vistas a promover las oportunidades laborales y profesionales y, por otra parte, utilice las medidas disponibles en el sector para luchar contra los estereotipos sobre la juventud rural y promueva de manera proactiva una imagen positiva de los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas.

    42.

    Aproveche al máximo las oportunidades que ofrecen Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros programas pertinentes de la UE para realizar el potencial de todos los jóvenes que viven en zonas rurales y zonas remotas.

    (1)  Adoptada por el Consejo Europeo el 20 de junio de 2019.

    (2)  Según la base de datos de Eurostat, en 2018, el 49,2 % de los jóvenes de edades comprendidas entre 15 y 24 años, vivía en zonas rurales.

    [Población de la UE-28 desglosada por nivel educativo alcanzado, sexo, edad y grado de urbanización (%)].

    (3)  https://espas.secure.europarl.europa.eu/orbis/sites/default/files/generated/document/en/ESPAS_Report2019.pdf (solo en inglés).

    [Tendencias mundiales hasta 2030: desafíos y decisiones para Europa, ESPAS, abril de 2019 (en inglés)].

    (4)  https://www.unece.org/fileadmin/DAM/pau/age/Policy_briefs/ECE-WG1-25.pdf [Nota estratégica de la UNECE sobre el envejecimiento, n.o 18 (2017) (solo en inglés)]

    (5)  https://ec.europa.eu/commfrontoffice/publicopinion/index.cfm/Survey/getSurveyDetail/instruments/FLASH/surveyKy/2224 (solo en inglés y francés).

    (Eurobarómetro n.o 478).

    (6)  Ibidem, nota 3.

    (7)  Véanse en el anexo las definiciones de «zonas rurales» y «zonas remotas».

    (8)  La proporción de personas sobrecargadas por el coste de la vivienda es menor en las zonas rurales de la UE [Estadísticas europeas sobre las regiones y ciudades, 2018 (en inglés)].

    (9)  Eurofound (2019): ¿La Europa rural se está quedando atrás?, Encuesta europea sobre calidad de vida 2016, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo.

    (10)  Islas pequeñas habitadas que no son regiones ultraperiféricas ni PTU, pero cuya accesibilidad es difícil debido a la falta de puentes de conexión, el escaso transporte aéreo o marítimo u otros factores similares (véase en el anexo la definición de «zonas remotas»).

    (11)  Las enumeradas en el artículo 349 del TFUE.

    (12)  Las enumeradas en el anexo II del TFUE.

    (13)  Las mujeres que viven en las zonas rurales de la UE representan menos del 50 % de la población rural total y el 45 % de la población económicamente activa. Según este análisis, el empleo de las mujeres en las zonas rurales de la UE (en la categoría de edad de 15 a 64 años) ha aumentado en casi un 2 % durante el período 2013-2017 [La situación profesional de las mujeres rurales en la UE, Parlamento Europeo, 2019 (en inglés)].

    (14)  https://mdomsp.gov.hr/UserDocsImages/Vijesti2020/Creating%20Opportunities%20for%20Youth%20-%20outcomes%20report%2027 %20mar%202020.pdf (en inglés).

    (15)  Jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación.

    (16)  https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Statistics_on_young_people_neither_in_employment_nor_in_education_or_training#NEETs:_analysis_by_degree_of_urbanisation (solo en inglés).

    (17)  https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Archive:Impact_of_the_economic_crisis_on_unemployment (solo en inglés).

    (18)  Véase la definición que figura en el anexo.

    (19)  Véase la definición que figura en el anexo.

    (20)  Véase la definición que figura en el anexo.

    (21)  https://interreg.eu/ (solo en inglés).

    (22)  Establecidos en el artículo 2 del TUE.

    (23)  Véase la definición que figura en el anexo.

    (24)  Ibidem, nota 13.

    (25)  Por ejemplo, solo el 6 % de las explotaciones agrícolas de la Unión Europea están gestionadas por agricultores menores de 35 años, y convencer a más jóvenes de que se dediquen a la agricultura es un importante reto (https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/income-support/young-farmers_es).

    (26)  Tecnologías de la información y la comunicación.

    (27)  https://pjp-eu.coe.int/en/web/youth-partnership (solo en inglés).

    (28)  Véase la definición que figura en el anexo.


    ANEXO

    A.   Referencias

    Al adoptar las presentes Conclusiones, el Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, toman nota de los siguientes documentos:

    Agenda Estratégica de la UE para 2019-2024 (1)

    Resolución del Consejo de la Unión Europea y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 (2018/C 456/01) (2)

    Recomendación del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre el acceso de los jóvenes de barrios desfavorecidos a los derechos sociales (CM/Rec(2015)3) (Consejo de Europa) (3)

    Conclusiones del Consejo sobre el trabajo digital en el ámbito de la juventud (4)

    Conclusiones del Consejo sobre los jóvenes y el futuro del trabajo (5)

    Conclusiones del Consejo sobre la educación y formación de los trabajadores en el ámbito de la juventud (6)

    Conclusiones del Consejo sobre el papel de la juventud ante los retos demográficos dentro de la Unión Europea (7)

    Conclusiones del Consejo sobre la promoción del emprendimiento juvenil a fin de fomentar la inclusión social de los jóvenes (8)

    Conclusiones del Consejo sobre trabajo inteligente en el ámbito de la juventud (9)

    Séptimo ciclo del Diálogo de la UE con la Juventud: Conclusiones de las actividades del Diálogo de la UE con la Juventud en los Estados miembros y en toda Europa: crear oportunidades para la juventud (10)

    Carta Europea del trabajo en el ámbito de la juventud a escala local (11)

    Erasmus+: Estrategia de Inclusión y Diversidad en el ámbito de la juventud (2014) (12)

    Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (13)

    Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (14)

    Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente (15)

    B.   Definiciones

    A efectos de las presentes Conclusiones se entenderá por:

    «zonas rurales»

    las comunidades administrativas locales situadas fuera de las agrupaciones urbanas, caracterizadas principalmente por una menor densidad de población, una imagen sociogeográfica y cultural específica, la proximidad a los recursos naturales y, por lo tanto, por perspectivas económicas diferentes, así como por el hecho de que se ha determinado que ciertos servicios dirigidos a los jóvenes y a la población en general han de mejorarse;

    «zonas remotas»

    las comunidades administrativas locales y regionales situadas en su mayoría fuera de las agrupaciones urbanas, caracterizadas por un acceso físico difícil, principalmente a causa de elementos divisorios naturales o geográficos (islas o montañas, por ejemplo, entre otras), y en las que, además, la oferta de transporte público es limitada, o su frecuencia menor, o la conectividad digital es difícil. Estas zonas pueden tener las mismas características que las «zonas rurales». Se considera que las regiones ultraperiféricas de la UE contempladas en el artículo 349 del TFUE son también regiones remotas;

    «empresa social»

    un agente de la economía social cuyo principal objetivo es tener una incidencia social o medioambiental de interés general más que generar beneficios para sus propietarios o sus socios. Funciona en el mercado proporcionando bienes y servicios de manera empresarial e innovadora y utiliza sus excedentes principalmente para fines sociales. Está sometida a una gestión responsable y transparente, en concreto mediante la asociación de sus empleados, sus clientes y las partes interesadas en su actividad económica (16);

    «economía social y solidaria (ESS)»

    las empresas y organizaciones (cooperativas, sociedades mutuales, asociaciones, fundaciones y empresas sociales) que producen bienes, servicios y conocimiento que satisfacen las necesidades de la comunidad a la que sirven a través de la persecución de objetivos sociales y medioambientales específicos y la promoción de la solidaridad (17);

    «espacios juveniles»

    las instalaciones e infraestructuras físicas dirigidas por jóvenes, definidas por su autonomía, apertura y seguridad, accesibles para todos y que ofrezcan apoyo profesional para el desarrollo y oportunidades para la participación de las personas jóvenes (18);

    «sector de la juventud de la UE»

    el conjunto de organizaciones, trabajadores de la animación sociocultural de jóvenes, actores del ámbito académico, las organizaciones juveniles de la sociedad civil u otros expertos que participan en la elaboración de políticas en materia de juventud y desarrollan actividades y proyectos de la UE relacionados con la juventud (19).


    (1)  https://www.consilium.europa.eu/media/39964/a-new-strategic-agenda-2019-2024-es.pdf

    (2)  DO C 456 de 18.12.2018, p. 1.

    (3)  https://rm.coe.int/1680666770

    (4)  DO C 414 de 10.12.2019, p. 2.

    (5)  DO C 189 de 5.6.2019, p. 28.

    (6)  DO C 412 de 9.12.2019, p. 12.

    (7)  DO C 196 de 8.6.2018, p. 16.

    (8)  DO C 183 de 14.6.2014, p. 18.

    (9)  DO C 418 de 7.12.2017, p. 2.

    (10)  https://europa.eu/youth/sites/default/files/euyd_youth_dialogue_findings_-_version_for_general_release_24th_feb_2020_1.pdf (solo en inglés).

    (11)  https://www.europegoeslocal.eu/wp-content/uploads/2019/10/20191002-egl-charter_ENG_online.pdf (solo en inglés).

    (12)  https://ec.europa.eu/assets/eac/youth/library/reports/inclusion-diversity-strategy_en.pdf (en inglés).

    (13)  Resolución A/RES/70/1 de la AGNU de 25 de septiembre de 2015.

    (14)  DO C 120 de 26.4.2013, p. 1.

    (15)  DO C 189 de 4.6.2018, p. 1.

    (16)  Iniciativa sobre la empresa social, SEC (2011)1278 final.

    (17)  Definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

    (18)  Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027, Anexo 3 sobre las Metas de la Juventud Europea, Meta 9, Objetivo 4-DO C 456 de 18.12.2018, p. 16.

    (19)  Conclusiones del Consejo sobre los jóvenes y el futuro del trabajo (véase nota 33).


    Top