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Document 52018IP0032
European Parliament resolution of 7 February 2018 on protection and non-discrimination with regard to minorities in the EU Member States (2017/2937(RSP))
Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de febrero de 2018, sobre la protección y no discriminación de minorías en los Estados miembros de la Unión (2017/2937(RSP))
Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de febrero de 2018, sobre la protección y no discriminación de minorías en los Estados miembros de la Unión (2017/2937(RSP))
DO C 463 de 21.12.2018, p. 21–25
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.12.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 463/21 |
P8_TA(2018)0032
Lucha contra la discriminación de ciudadanos de la Unión pertenecientes a minorías en los Estados miembros de la UE
Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de febrero de 2018, sobre la protección y no discriminación de minorías en los Estados miembros de la Unión (2017/2937(RSP))
(2018/C 463/03)
El Parlamento Europeo,
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Vistos los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE), |
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Vistos los artículos 10, 19, 21 y 167 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), |
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Visto el derecho de petición consagrado en los artículos 20 y 227 del TFUE y en el artículo 44 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, |
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Vistos los artículos 21 y 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, |
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Visto el preámbulo del TUE, |
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Vistos el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, el Protocolo n.o 12 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, del Consejo de Europa, |
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Vista la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico (1) (Directiva sobre la igualdad racial), |
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Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (2) (Directiva sobre la igualdad de trato en el empleo), |
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Vista la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) n.o 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (3) (Directiva sobre la libertad de circulación), |
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Vista la sentencia del Tribunal General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 3 de febrero de 2017, en el asunto T-646/13, Minority SafePack — one million signatures for diversity in Europe / Comisión (4), |
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Vistas sus Resoluciones sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea, |
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Vista su Resolución, de 8 de junio de 2005, sobre la protección de las minorías y las políticas de lucha contra la discriminación en la Unión Europea ampliada (5), |
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Vista su Resolución, de 11 de septiembre de 2013, sobre las lenguas europeas amenazadas de desaparición y la diversidad lingüística en la Unión Europea (6), |
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Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2014, sobre el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 — Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro (7), |
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Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2016, sobre las actividades de la Comisión de Peticiones en 2015 (8), |
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Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2017, sobre los aspectos de la integración de los gitanos en la Unión relacionados con los derechos fundamentales: combatir el antigitanismo (9), |
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Vista su Resolución, de 12 de diciembre de 2017, sobre el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2017: Fortaleciendo los derechos de los ciudadanos en una Unión de cambio democrático (10), |
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Visto el estudio, de abril de 2017, encomendado por el Departamento Temático C del Parlamento Europeo a instancias de la Comisión de Peticiones, titulado «Discrimination(s) as emerging from petitions received» (Supuestos de discriminación observados en las peticiones recibidas), |
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Visto el estudio, de agosto de 2017, encomendado por el Departamento Temático C del Parlamento Europeo a instancias de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, titulado «Towards a comprehensive EU protection system for minorities» (Hacia un sistema de protección general de las minorías en la Unión), |
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Visto el estudio, de mayo de 2017, encomendado por el Departamento Temático B del Parlamento Europeo a instancias de la Comisión de Cultura y Educación, titulado «Minority Languages and Education: Best Practices and Pitfalls» (Lenguas minoritarias y educación: mejores prácticas y dificultades), |
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Vista la audiencia pública organizada por la Comisión de Peticiones el 4 de mayo de 2017, titulada «Lucha contra la discriminación a los ciudadanos de la Unión en los Estados miembros de la Unión y protección de las minorías» (11), |
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Visto el artículo 216, apartado 2, de su Reglamento interno, |
A. |
Considerando que la Comisión de Peticiones ha recibido varias peticiones que reflejan inquietudes sobre diversas prácticas que discriminan a ciudadanos de la Unión pertenecientes a minorías y ha organizado una audiencia sobre las distintas cuestiones planteadas; |
B. |
Considerando que existe un fuerte vínculo entre los derechos de las minorías y el principio del Estado de Derecho; que el artículo 2 del TUE menciona expresamente los derechos de las personas pertenecientes a minorías, y que estos derechos son merecedores del mismo trato que el dado al resto de derechos consagrados en los Tratados; |
C. |
Considerando que el artículo 10 del TFUE establece que en «la definición y ejecución de sus políticas y acciones, la Unión tratará de luchar contra toda discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual»; |
D. |
Considerando que, si bien los acuerdos internacionales constituyen un marco sólido en cuanto a los derechos de las minorías, todavía hay un margen considerable de mejora en la manera de poner en práctica la protección de los derechos de las minorías en la Unión; |
E. |
Considerando que todas las personas tienen en la Unión los mismos derechos y obligaciones de ser plenamente miembros de la sociedad, activos e integrados; |
F. |
Considerando que defender los derechos de las minorías es un requisito esencial para los países candidatos a la adhesión, contemplado en los criterios de Copenhague; |
G. |
Considerando que la discriminación por motivos de origen étnico es la forma más corriente de discriminación y que la discriminación por motivos de orientación sexual ha aumentado considerablemente según la encuesta más reciente del Eurobarómetro sobre discriminación (12); |
H. |
Considerando que la propuesta de la Comisión de una Directiva sobre la igualdad de trato (COM(2008)0426) abarca un gran número de ámbitos como la educación, la protección social, el acceso a bienes y servicios y su suministro; |
I. |
Considerando que las peticiones recibidas por la Comisión de Peticiones en el ámbito de la discriminación en relación con los derechos de minorías deben examinarse minuciosamente a fin de comprender las preocupaciones planteadas por los ciudadanos y proponer soluciones; |
J. |
Considerando que varias peticiones muestran que las minorías sufren discriminación en el ejercicio de sus derechos fundamentales y que esto suscita preocupación en cuanto al futuro de las comunidades minoritarias, en particular teniendo en cuenta las actividades contaminantes del medio ambiente; |
K. |
Considerando que la protección y el refuerzo del patrimonio cultural relacionado con las minorías nacionales en los Estados miembros —un elemento fundamental de la identidad cultural de comunidades, grupos e individuos— desempeñan un papel fundamental en la cohesión social; |
L. |
Considerando que los Estados miembros tienen una responsabilidad clara en la adopción de medidas correctoras contra aquellas prácticas que discriminan a miembros de la comunidad romaní, en particular en sus relaciones con las autoridades administrativas nacionales y regionales; |
M. |
Considerando que los peticionarios están preocupados por la falta de una respuesta y protección globales de la Unión en lo que atañe a sus derechos lingüísticos y otros derechos de las minorías, derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y que forman parte de los principios generales del Derecho de la Unión, como afirma el Tribunal de Justicia de la Unión Europea; |
1. |
Lamenta que las personas pertenecientes a minorías sigan encontrando obstáculos a la hora de garantizar el respeto de sus derechos fundamentales y sigan siendo víctimas de la incitación al odio y de delitos motivados por el odio; |
2. |
Considera que los Estados miembros deben defender sistemáticamente los derechos de las minorías y evaluar periódicamente si esos derechos se respetan; |
Lucha contra la discriminación de minorías autóctonas, nacionales y lingüísticas: una responsabilidad nacional y de la Unión
3. |
Señala que no se ha dado la suficiente importancia a los problemas de las minorías en la agenda de la Unión y apoya un enfoque integrado con respecto a la igualdad y la no discriminación, con el fin de garantizar que los Estados miembros traten adecuadamente la diversidad de la población en sus respectivas sociedades; |
4. |
Cree que la Unión es responsable de la protección y la promoción de los derechos de las minorías; considera que es necesario mejorar el marco legislativo de la Unión para proteger de forma exhaustiva los derechos de las personas pertenecientes a minorías; |
5. |
Hace hincapié en el papel de las instituciones de la Unión a la hora de sensibilizar sobre las cuestiones relacionadas con la protección de las minorías y animar y apoyar a los Estados miembros en la promoción de la diversidad cultural y la tolerancia, especialmente a través de la educación; |
6. |
Destaca que el desarrollo de cualquier política en materia de patrimonio cultural debe ser integrador y participativo, basarse en las comunidades locales y prever la consulta y el diálogo con las comunidades minoritarias correspondientes; |
7. |
Señala que la Unión carece de instrumentos eficaces para supervisar el respeto de los derechos de las minorías; pide un seguimiento eficaz a escala de la Unión de la situación de las minorías autóctonas y lingüísticas; considera que la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea debe realizar un mejor seguimiento de la discriminación contra las minorías nacionales en los Estados miembros; |
8. |
Reconoce el importante papel que desempeñan los Estados miembros en la protección de las minorías autóctonas, nacionales o lingüísticas; recuerda que la protección de las minorías nacionales y la prohibición de la discriminación por motivos de lengua o pertenencia a una minoría nacional están consagradas en los Tratados y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; |
9. |
Lamenta que aún no se hayan resuelto las cuestiones planteadas en su Resolución sobre la protección de las minorías y las políticas de lucha contra la discriminación en la Unión Europea ampliada; |
Marco jurídico de la Unión sobre minorías: desafíos y oportunidades
10. |
Destaca que los derechos de las minorías nacionales y su protección son fundamentales para el Estado de Derecho, tal como se establece en el Documento de Copenhague de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), firmado en 1990; |
11. |
Pide a los Estados miembros que velen por que sus ordenamientos jurídicos garanticen que no se discrimine a las personas pertenecientes a minorías y que adopten medidas de protección específicas basadas en las normas internacionales pertinentes; condena cualquier trato discriminatorio por parte de los funcionarios públicos hacia las personas pertenecientes a minorías; sugiere que las autoridades competentes hagan uso de las medidas establecidas para la denuncia y, en caso necesario, la sanción de los casos de discriminación; |
12. |
Destaca que es necesario tratar la situación y el estatus jurídico de las personas que residen de forma permanente en los Estados miembros pero no tienen el estatuto de ciudadano; |
13. |
Destaca que los recursos del patrimonio natural y cultural de las minorías nacionales constituyen pilares fundamentales de la cohesión social y deben considerarse activos que hay que preservar íntegramente para las generaciones futuras, incluso mediante el cese de las actividades contaminantes; |
14. |
Pide a todos los Estados miembros que firmen, ratifiquen y apliquen el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, el Protocolo n.o 12 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, o que actualicen sus compromisos en el marco de los acuerdos internacionales correspondientes; hace hincapié en que las minorías autóctonas y lingüísticas deben ser tratadas de acuerdo con los principios establecidos en dichos documentos; |
15. |
Pide la revisión de la Directiva sobre la igualdad racial y la Directiva sobre la igualdad de trato en el empleo; lamenta profundamente los escasos avances realizados en la adopción de la propuesta de Directiva sobre la igualdad de trato y pide a la Comisión y al Consejo que reanuden las negociaciones correspondientes con el fin de concluirlas antes del final de la presente legislatura; |
Protección y defensa de las lenguas minoritarias
16. |
Anima a los Estados miembros a garantizar la defensa del derecho a utilizar una lengua minoritaria y a proteger la diversidad lingüística dentro de la Unión, de conformidad con los Tratados de la Unión; |
17. |
Considera que, en las comunidades en las que exista más de una lengua oficial, los derechos lingüísticos deben ser respetados sin limitar los de una lengua frente a los de otra, con arreglo al orden constitucional de cada Estado miembro; |
18. |
Pide a la Comisión que refuerce la promoción de la enseñanza y el uso de las lenguas regionales y minoritarias como posible forma de atajar la discriminación lingüística en la Unión; |
Derechos de las personas LGBTI
19. |
Insta a la Comisión a adoptar medidas más enérgicas para combatir la homofobia y la discriminación de las personas LGBTI, incluidas medidas legislativas concretas, dentro del respeto de las competencias de los Estados miembros; recomienda supervisar los derechos de las personas LGBTI y facilitar una información clara y accesible sobre el reconocimiento de los derechos transfronterizos de las personas LGBTI y de sus familias en la Unión; considera que los Estados miembros deben invertir en proporcionar educación específica en diferentes etapas para prevenir el acoso y combatir la homofobia de manera estructurada; |
20. |
Insta a la Comisión a velar por que los Estados miembros apliquen correctamente la Directiva sobre la libertad de circulación, respetando sistemáticamente, entre otras cosas, las disposiciones relativas a los miembros de la familia, así como prohibiendo la discriminación por cualquier motivo; |
21. |
Pide a la Comisión que adopte medidas para garantizar que las personas LGBTI y sus familias puedan ejercer su derecho a la libre circulación de conformidad con el artículo 21 del TFUE y el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; |
o
o o
22. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros. |
(1) DO L 180 de 19.7.2000, p. 22.
(2) DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.
(3) DO L 158 de 30.4.2004, p. 77.
(4) ECLI:EU:T:2017:59.
(5) DO C 124 E de 25.5.2006, p. 405.
(6) DO C 93 de 9.3.2016, p. 52.
(7) DO C 378 de 9.11.2017, p. 146.
(8) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0512.
(9) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0413.
(10) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0487.
(11) http://www.europarl.europa.eu/cmsdata/117287/peti-hearing-programme-20170504-en.pdf
(12) La discriminación en la UE en 2015, http://ec.europa.eu/COMMFrontOffice/publicopinion/index.cfm/Survey/getSurveyDetail/instruments/SPECIAL/surveyKy/2077