EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62018CN0549

Asunto C-549/18: Recurso interpuesto el 27 de agosto de 2018 — Comisión Europea/Rumanía

DO C 381 de 22.10.2018, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.10.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 381/17


Recurso interpuesto el 27 de agosto de 2018 — Comisión Europea/Rumanía

(Asunto C-549/18)

(2018/C 381/18)

Lengua de procedimiento: rumano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: T. Scharf, G. von Rintelen y L. Radu Bouyon, agentes)

Demandada: Rumanía

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que Rumanía ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 67 de la Directiva 2015/849/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, (1) al no haber adoptado, a más tardar el 26 de junio de 2017, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva o, en todo caso, al no haber comunicado tales disposiciones a la Comisión.

Que se obligue a Rumanía, en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 3, al pago de una multa por cada día de retraso por haber incumplido la obligación de comunicación de las disposiciones de transposición de la Directiva 2015/849/UE, de un importe de 21 974,40 euros diarios desde la fecha en la que se pronuncie la sentencia en el presente asunto.

Que se obligue a Rumanía, en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 3, al pago de una suma a tanto alzado, basada en un importe diario de 6 016,80 euros multiplicado por el número de días transcurridos desde el día siguiente a la expiración del plazo de trasposición establecido en la Directiva de que se trata hasta la fecha en que Rumanía cumpla las obligaciones o, si no las cumple, hasta la fecha en que el Tribunal de Justicia pronuncie su sentencia, con la condición de que se supere el importe a tanto alzado mínimo de 1 887 000 euros.

Que se condene en costas a Rumanía.

Motivos y principales alegaciones

1.

Conforme al artículo 67 de la Directiva 2015/849/UE, los Estados miembros debían garantizar la entrada en vigor de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva a más tardar el 26 de junio de 2017. Al no haber comunicado Rumanía las medidas de trasposición, la Comisión decidió interponer un recurso ante el Tribunal de Justicia.

2.

En su demanda, la Comisión solicita al Tribunal de Justicia que condene a Rumanía al pago de un importe a tanto alzado y de una multa coercitiva sobre la base del artículo 260 TFUE, apartado 3.


(1)  DO 2015, L 141, p. 73.


Top