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Document 52017TA1212(06)

    Informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno correspondientes al ejercicio 2016, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

    DO C 426 de 12.12.2017, p. 42–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    12.12.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 426/42


    INFORME

    sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno correspondientes al ejercicio 2016, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

    (2017/C 426/06)

    ÍNDICE

     

    Apartado

    Página

    INTRODUCCIÓN

    1-12

    43

    Creación de la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno

    1-2

    43

    Gobernanza

    3-6

    43

    Objetivos

    7

    43

    Recursos

    8-12

    43

    OPINIÓN

    13-25

    44

    Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

    14

    44

    Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas

    15

    44

    Opinión sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas

    16

    44

    Responsabilidades de la dirección y de los encargados de la gobernanza

    17-19

    44

    Responsabilidades del auditor en la fiscalización de las cuentas y operaciones subyacentes

    20-24

    45

    GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

    26-33

    45

    Ejecución del presupuesto de 2016

    26

    45

    Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de 7PM

    27-29

    45

    Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de Horizonte 2020

    30-33

    46

    CONTROLES INTERNOS

    34

    46

    Marco de control interno

    34

    46

    ANEXO —

    SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

    47

    INTRODUCCIÓN

    Creación de la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno

    1.

    La Empresa Común para la aplicación de la tecnología conjunta de Pilas de Combustible e Hidrógeno (FCH), con sede en Bruselas, se creó en mayo de 2008 por un período que concluye el 31 de diciembre de 2017 y comenzó a funcionar de forma autónoma el 15 de noviembre de 2010 (1). En mayo de 2014, el Consejo amplió la vigencia de la Empresa Común hasta el 31 de diciembre de 2024 (2).

    2.

    La Empresa Común es una asociación público-privada en el ámbito de la investigación y la innovación sobre las pilas de hidrógeno y combustible. Sus miembros son la Unión Europea (UE), representada por la Comisión, la Agrupación Industrial (Hydrogen Europe) y la Agrupación Investigación (Nueva Agrupación de Investigación Europea sobre pilas de combustible e hidrógeno, N. ERGHY).

    Gobernanza

    3.

    La estructura de gobernanza de la Empresa Común comprende los siguientes órganos: el Consejo de Administración, el director ejecutivo, el comité científico, el grupo de representantes de los Estados FCH y el foro de interesados.

    4.

    El Consejo de Administración cuenta con diez miembros, seis de los cuales representan a la Agrupación Industrial, tres a la Comisión y uno a la Agrupación Investigación. Sus funciones consisten en la orientación estratégica y las operaciones de la Empresa Común y la supervisión de la realización de sus actividades. El director ejecutivo, por su parte, es el responsable de la gestión ordinaria de la Empresa.

    5.

    El comité científico está compuesto por un máximo de nueve miembros que constituyen una representación equilibrada de los conocimientos del mundo académico, el sector industrial y las instancias reguladoras. Este órgano se encarga de asesorar a la Empresa Común sobre las prioridades científicas que se abordarán en sus planes de trabajo anuales y también sobre los logros científicos descritos en el informe anual de actividades.

    6.

    En cuanto al grupo de representantes de los Estados FCH, está formado por un representante de todos los Estados miembros y países asociados a Horizonte 2020 y emite dictámenes sobre la orientación y los logros estratégicos de los objetivos Horizonte 2020 por parte de la Empresa Común. Finalmente, el foro de interesados es un evento anual en el que las partes interesadas de la Empresa Común debaten sobre las últimas actividades de la misma y presentan comentarios de forma ocasional.

    Objetivos

    7.

    La misión de la Empresa Común consiste en demostrar, a más tardar en 2020, que las tecnologías de pilas de hidrógeno y combustible constituyen uno de los pilares de los futuros sistemas energéticos y de transporte europeos, a fin último de fomentar el desarrollo de un sector europeo de pilas de hidrógeno y combustible fuerte, sostenible y competitivo a nivel mundial.

    Recursos

    8.

    La contribución financiera máxima de la UE a las actividades de la Empresa Común será de 470 millones de euros, financiados a través del programa 7PM (3). Las contribuciones de los demás miembros deben ser, como mínimo, iguales a la contribución de la UE.

    9.

    La contribución financiera máxima de la UE a la segunda fase de actividades de la Empresa Común será de 665 millones de euros, financiados a través del programa Horizonte 2020. Un máximo de 570 millones de euros de este importe se podrá utilizar para igualar la contribución mínima de los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación (establecida en 380 millones de euros). Asimismo, se podrá utilizar un máximo de 95 millones de euros para igualar cualquier aportación adicional de los miembros que supere el importe mínimo establecido (4).

    10.

    Los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación deben contribuir con recursos que asciendan al menos a 380 millones de euros para los proyectos Horizonte 2020 financiados por la Empresa Común (5), y con contribuciones en especie para las actividades adicionales de al menos 285 millones de euros (6).

    11.

    Los costes administrativos de la Empresa Común no deberán superar 38 millones de euros y se sufragarán a través de contribuciones financieras divididas anualmente a partes iguales entre la UE y los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación (7).

    12.

    En 2016, el presupuesto de pagos para la Empresa Común fue de 98,3 millones de euros (frente a 95,1 millones de euros en 2015). A 31 de diciembre de 2016, la Empresa Común contaba con 26 empleados, al igual que en 2015 (8).

    OPINIÓN

    13.

    El Tribunal ha fiscalizado:

    a)

    las cuentas de la Empresa Común, que comprenden los estados financieros (9) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (10) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016;

    b)

    la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

    Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

    14.

    En opinión del Tribunal, las cuentas de la Empresa Común correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Empresa Común a 31 de diciembre de 2016 (los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha) conforme a lo dispuesto en el Reglamento Financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión; estas últimas están basadas en las normas de contabilidad aceptadas internacionalmente para el sector público.

    Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas

    15.

    En opinión del Tribunal, los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

    Opinión sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas

    16.

    En opinión del Tribunal, los pagos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

    Responsabilidades de la dirección y de los encargados de la gobernanza

    17.

    De conformidad con los artículos 310 a 325 del TFUE y con el Reglamento Financiero de la Empresa Común, la dirección es responsable de la preparación y presentación de las cuentas basada en las normas de contabilidad internacionalmente aceptadas para el sector público, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. Esta responsabilidad consiste en crear, aplicar y mantener un sistema de controles internos propicio a la preparación y presentación de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error. La dirección debe también garantizar que las actividades, las operaciones financieras y la información reflejada en los estados financieros son conformes a las normas por las que se rigen. La dirección de la Empresa Común es responsable en última instancia de la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas.

    18.

    Durante la preparación de las cuentas, la dirección debe evaluar la viabilidad comercial de la Empresa Común, lo que incluye presentar, según proceda, las cuestiones relacionadas con la continuación de actividades, además de partir de la hipótesis de empresa en funcionamiento.

    19.

    Los encargados de la gobernanza, por su parte, supervisan el proceso de elaboración de informes financieros de la entidad.

    Responsabilidades del auditor en la fiscalización de las cuentas y operaciones subyacentes

    20.

    Los objetivos del Tribunal son, por un lado, obtener garantías razonables de que las cuentas de la Empresa Común estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares y, por otro, presentar al Parlamento Europeo y al Consejo, o a las autoridades responsables de aprobación de la gestión, en su caso, sobre la base de la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Aunque las garantías razonables ofrecen un elevado nivel de fiabilidad, no implican que las auditorías vayan a detectar siempre las incorrecciones materiales o la falta de cumplimiento. Las incorrecciones pueden ser consecuencia del fraude o un error y reciben la consideración de materiales cuando, ya sea de forma individual o conjunta, podrían influir las decisiones económicas de los usuarios, fundadas en estas cuentas.

    21.

    Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas, y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende del criterio profesional del auditor, que se basa en una valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas o de que las operaciones subyacentes incumplan de manera significativa los requisitos previstos en el marco jurídico de la Unión Europea, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tienen en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias, pero no de expresar una opinión sobre la eficacia de los controles internos. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables efectuadas por la dirección, así como la evaluación de la presentación general de los estados financieros.

    22.

    En lo relativo a los ingresos, el Tribunal examina las subvenciones procedentes de la Comisión y evalúa los procedimientos de la Empresa Común para recaudar tasas y otro tipo de ingresos.

    23.

    En el caso de los gastos, el Tribunal examina las operaciones de pagos cuando los gastos se han efectuado, registrado y aceptado. El examen abarca todas las categorías de pagos (incluidos los de adquisición de activos), con exclusión de los anticipos, en el momento en que se efectúan. Los pagos de anticipos se examinan cuando el receptor de los fondos justifica que su utilización es adecuada y la Empresa Común acepta dicha justificación liquidando el pago del anticipo, ya sea en el mismo ejercicio o posteriormente.

    24.

    Al elaborar el presente informe y la declaración de fiabilidad, el Tribunal tuvo en cuenta el trabajo de auditoría llevado a cabo por el auditor externo independiente sobre las cuentas de la Empresa Común conforme a lo previsto en el artículo 208, apartado 4, del Reglamento Financiero de la UE (11).

    25.

    Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan la opinión emitida por el Tribunal.

    GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

    Ejecución del presupuesto de 2016

    26.

    Teniendo en cuenta los créditos de pago que no se utilizaron en los ejercicios anteriores (17,2 millones de euros), el presupuesto final de 2016 disponible para la ejecución de los programas 7PM y Horizonte 2020 incluía 127,8 millones de euros en créditos de compromiso y 115,5 millones de euros en créditos de pagos. Los porcentajes de ejecución de los créditos de compromiso y de pagos se situaron en un 77,7 % y en un 83,9 %, respectivamente. La infrautilización de los créditos se debió principalmente a que se firmaron menos acuerdos de subvención de los previstos tras la evaluación de las convocatorias de 2016.

    Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de 7PM

    27.

    Al final de 2016, de los 470 millones de euros de fondos 7PM recibidos, la Empresa Común había contraído compromisos por valor de 464,4 millones de euros y efectuado pagos por valor de 372 millones de euros. En virtud del plan de pagos de la Empresa Común para los proyectos 7PM, los pagos operativos pendientes de 75,3 millones de euros (17 %) se utilizarán antes de que finalice el ejercicio 2019.

    28.

    Al final de 2016, de los 470 millones de euros en contribuciones en especie y en efectivo que debían aportar los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación para las actividades operativas de la Empresa Común, el Consejo de Administración había validado contribuciones por valor de 299 millones de euros. Al final de 2016 se informó a la Empresa Común de contribuciones en especie adicionales para las actividades operativas por un valor de 40,6 millones de euros.

    29.

    Por consiguiente, al final de 2016, las contribuciones totales de los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación ascendían a 339,6 millones de euros, frente a la contribución en efectivo de 383,7 millones de euros aportada por la Comisión en nombre de la UE.

    Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de Horizonte 2020

    30.

    Al final de 2016, de los 665 millones de euros de fondos Horizonte 2020 recibidos, la Empresa Común había contraído compromisos por valor de 288,1 millones de euros (43 %) y efectuado pagos por valor de 77,4 millones de euros para ejecutar la primera tanda de proyectos.

    31.

    Al final de 2016, los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación informaron sobre contribuciones en especie de 4,9 millones de euros para las actividades operativas. El Consejo de Administración, por su parte, validó las contribuciones en efectivo de los miembros, por valor de 1,2 millones de euros, destinados a cubrir los costes administrativos de la Empresa Común.

    32.

    Al final de 2016 se habían notificado y certificado contribuciones en especie por valor de 188,6 millones de euros, correspondientes al 66 % del mínimo de 285 millones de euros en especie que debían aportar los demás miembros para las actividades adicionales.

    33.

    Por consiguiente, al final de 2016, las contribuciones totales de los miembros de las agrupaciones Industrial e Investigación ascendían a 194,7 millones de euros, frente a la contribución en efectivo de 79,5 millones de euros por la UE. Esta diferencia se explica teniendo en cuenta la importante contribución de los demás miembros a las actividades adicionales de la Empresa Común.

    CONTROLES INTERNOS

    Marco de control interno

    34.

    La Empresa Común ha establecido procedimientos de control ex ante basados en comprobaciones documentales financieras y operativas, y realiza auditorías ex post sobre las declaraciones de gasto de las subvenciones del programa 7PM. Estos controles constituyen instrumentos clave para evaluar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, incluidas las contribuciones en especie y en efectivo a la Empresa Común de los otros miembros. El porcentaje de error residual de las auditorías ex post notificado en el informe anual de actividades de 2016 de la Empresa Común fue del 1,24 % (12).

    El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Baudilio TOMÉ MUGURUZA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 19 de septiembre de 2017.

    Por el Tribunal de Cuentas

    Klaus-Heiner LEHNE

    Presidente


    (1)  Reglamento (CE) n.o 521/2008 del Consejo, de 30 de mayo de 2008, por el que se crea la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno (DO L 153 de 12.6.2008, p. 1), modificado por el Reglamento (UE) n.o 1183/2011 del Consejo (DO L 302 de 19.11.2011, p. 3).

    (2)  Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (DO L 169 de 7.6.2014, p. 108).

    (3)  Artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 521/2008.

    (4)  Artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 559/2014.

    (5)  Artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 559/2014.

    (6)  De conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 559/2014, las actividades adicionales son contribuciones en especie para actividades no incluidas en el plan de trabajo ni en el presupuesto de la Empresa Común, pero que contribuyen al logro de los objetivos de la Iniciativa Tecnológica Conjunta FCH. Según el artículo 4, apartado 4, del mismo Reglamento, estos gastos serán certificados por un auditor externo independiente y no serán objeto de auditoría por parte de la Empresa Común, el TCE ni de ningún órgano de la Unión.

    (7)  Artículo 13, apartado 2, del Estatuto de la Empresa Común [anexo del Reglamento (UE) n.o 559/2014].

    (8)  Las competencias y actividades de la Empresa Común se detallan en su sitio web: http://www.fch.europa.eu

    (9)  Los estados financieros consolidados comprenden el balance, el estado de resultados financieros, el estado de flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

    (10)  Los estados de la ejecución presupuestaria incluyen los estados agregados de todas las operaciones presupuestarias y las notas explicativas.

    (11)  Reglamento (UE, Euratom) n. o  966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

    (12)  Informe anual de actividades de la Empresa Común FCH, página 54.


    ANEXO

    Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores

    Año

    Comentario del Tribunal

    Estado de aplicación de la medida correctora

    (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

     

    Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión

     

    2015

    En noviembre de 2015 el SAI finalizó una auditoría del proceso de evaluación y selección de las propuestas de subvención en el marco de Horizonte 2020 de la Empresa Común FCH 2, en la que recomendaba que esta mejorara la claridad y la transparencia de su selección de temas para propuestas. La Empresa Común FCH 2 ha introducido procedimientos mejorados durante 2016 para la próxima convocatoria de propuestas de 2017.

    Aplicada

     

    Conflictos de intereses

     

    2015

    En julio de 2015, la Comisión impartió a las empresas comunes orientaciones sobre las normas a seguir en caso de conflicto de intereses que incluían una plantilla común de declaración de ausencia de conflictos de intereses que la Empresa Común tendría que incorporar a sus procedimientos.

    En curso


    RESPUESTAS DE LA EMPRESA COMÚN

    La Empresa Común toma nota del Informe del Tribunal.


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