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Document 52015DP0436
European Parliament decision of 15 December 2015 on the request for waiver of the immunity of Georgios Kyrtsos (2015/2238(IMM))
Decisión del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2015, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos (2015/2238(IMM))
Decisión del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2015, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos (2015/2238(IMM))
DO C 399 de 24.11.2017, p. 204–205
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 399/204 |
P8_TA(2015)0436
Suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos
Decisión del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2015, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos (2015/2238(IMM))
(2017/C 399/26)
El Parlamento Europeo,
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Visto el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos, transmitido por la Fiscalía del Tribunal Supremo de Grecia, con fecha de 21 de julio de 2015, en relación con una denuncia de la Inspección de Trabajo de Ática Oriental (1) y comunicado al Pleno del 9 de septiembre de 2015, |
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Visto que Georgios Kyrtsos renunció a su derecho a ser oído de conformidad con el artículo 9, apartado 5, de su Reglamento; |
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Vistos los artículos 8 y 9 del Protocolo n.o 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los Diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976, |
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Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los días 12 de mayo de 1964, 10 de julio de 1986, 15 y 21 de octubre de 2008, 19 de marzo de 2010, 6 de septiembre de 2011 y 17 de enero de 2013 (2), |
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Visto el artículo 62 de la Constitución de la República Helénica, |
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Vistos el artículo 5, apartado 2, el artículo 6, apartado 1, y el artículo 9 de su Reglamento, |
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Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0358/2015), |
A. |
Considerando que la Fiscalía del Tribunal Supremo de Grecia ha solicitado la suspensión de la inmunidad de Georgios Kyrtsos, diputado al Parlamento Europeo, en relación con una posible acción judicial relativa a un supuesto delito; |
B. |
Considerando que, según el artículo 9 del Protocolo n.o 7 sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea, los diputados al Parlamento Europeo gozan, en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su Estado miembro; |
C. |
Considerando que el artículo 62 de la Constitución de la República Helénica dispone que, durante su mandato parlamentario, los parlamentarios no podrán ser procesados, detenidos, encarcelados ni se podrá restringir su libertad de ningún otro modo sin la aprobación previa del Parlamento; |
D. |
Considerando que Georgios Kyrtsos está acusado de no pagar parte del salario de un antiguo empleado; |
E. |
Considerando que la acusación se refiere a parte del salario de 2013 de un antiguo empleado de dos empresas editoras de periódicos, de las cuales Georgios Kyrtsos era entonces director general, acusación que se le imputa por ser el antiguo director general de dichas empresas; |
F. |
Considerando que es obvio que el supuesto delito no guarda relación alguna con el cargo de diputado al Parlamento Europeo de Georgios Kyrtsos, sino que está relacionado con su ocupación anterior como director general de dos empresas editoras de periódicos; |
G. |
Considerando que el procesamiento no se refiere a opiniones o votos emitidos en el ejercicio de las funciones del diputado al Parlamento Europeo de que se trata a efectos del artículo 8 del Protocolo n.o 7 sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea; |
H. |
Considerando que no hay motivos para sospechar que el proceso penal esconda la intención de perjudicar la actividad política del diputado (fumus persecutionis), dado que el procesamiento se inició varios años antes de que el diputado tomara posesión de su escaño; |
1. |
Decide suspender la inmunidad parlamentaria de Georgios Kyrtsos; |
2. |
Encarga a su Presidente que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de su comisión competente a las autoridades griegas. |
(1) Referencia del documento: IB2014/8927.
(2) Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de mayo de 1964, Wagner/Fohrmann y Krier, 101/63, ECLI:EU:C:1964:28; sentencia del Tribunal de Justicia de 10 de julio de 1986, Wybot/Faure y otros, 149/85, ECLI:EU:C:1986:310; sentencia del Tribunal General de 15 de octubre de 2008, Mote/Parlamento, T-345/05, ECLI:EU:T:2008:440; sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de octubre de 2008, Marra/De Gregorio y Clemente, C-200/07 y C-201/07, ECLI:EU:C:2008:579; sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2010, Gollnisch/Parlamento, T-42/06, ECLI:EU:T:2010:102; sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de septiembre de 2011, Patriciello, C-163/10, ECLI:EU:C:2011:543; sentencia del Tribunal General de 17 de enero de 2013, Gollnisch/Parlamento, T-346/11 y T-347/11, ECLI:EU:T:2013:23.).