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Document 52015IP0318

    Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de septiembre de 2015, sobre el papel de la UE en el proceso de paz en Oriente Próximo (2015/2685(RSP))

    DO C 316 de 22.9.2017, p. 217–220 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.9.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 316/217


    P8_TA(2015)0318

    El papel de la UE en el proceso de paz de Oriente Próximo

    Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de septiembre de 2015, sobre el papel de la UE en el proceso de paz en Oriente Próximo (2015/2685(RSP))

    (2017/C 316/24)

    El Parlamento Europeo,

    Vistas sus resoluciones anteriores sobre el proceso de paz en Oriente Próximo,

    Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de julio de 2015, sobre el proceso de paz en Oriente Próximo,

    Vistas las recientes declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, y su portavoz sobre Israel, los Territorios Palestinos Ocupados, el proceso de paz en Oriente Próximo y el apoyo de la UE al Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente,

    Visto el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra,

    Visto el Acuerdo Euromediterráneo Interino de Asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina, actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra,

    Vistas las Resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

    Visto el Cuarto Convenio de Ginebra, de 1949, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempos de guerra,

    Vistas las Directrices de la UE para fomentar la observancia del Derecho internacional humanitario,

    Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

    A.

    Considerando que la consecución de la paz en Oriente Próximo sigue siendo una prioridad fundamental para la comunidad internacional y un elemento indispensable para la estabilidad y la seguridad regionales; que se están realizando esfuerzos en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con miras a la reanudación del proceso de paz;

    B.

    Considerando que el conflicto israelo-palestino debe considerarse en el contexto más amplio del conflicto árabe-israelí; que la UE es de la opinión de que la paz en Oriente Próximo requiere una solución global y regional; que la violenta crisis de Siria, el auge de Daesh, el creciente radicalismo y la propagación del terrorismo en Oriente Próximo están creando graves amenazas para la seguridad de Israel y de toda la región y agravando aún más el sufrimiento de la población palestina, pero también están creando intereses compartidos entre los Estados árabes e Israel, al tiempo que el acuerdo nuclear con Irán, en el que la UE desempeñó un importante papel, ofrece una ocasión única para el proceso de paz que no se debe desaprovechar;

    C.

    Considerando que la UE ha confirmado reiteradamente su apoyo a la solución de dos Estados basada en las fronteras de 1967 y en la capitalidad de Jerusalén para ambos Estados, y con la convivencia en paz y seguridad entre un Estado de Israel seguro y un Estado de Palestina independiente, democrático, contiguo y viable, y ha pedido que se reanuden las conversaciones directas de paz entre Israel y la Autoridad Palestina;

    D.

    Considerando que la UE es el principal socio comercial de Israel y el principal proveedor de ayuda a los palestinos; que la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, ha expresado en varias ocasiones su compromiso de renovar e intensificar el papel de la UE en el proceso de paz en Oriente Próximo; que, en abril de 2015, Fernando Gentilini fue nombrado nuevo Representante Especial de la UE para el proceso de paz en Oriente Próximo; que la UE, pese a su ambición y su compromiso de desempeñar un papel eficaz en este campo, aún tiene que desarrollar una visión global y coherente de su compromiso en el proceso de paz en Oriente Próximo, que debería reflejar el contexto regional, en rápida evolución;

    1.

    Muestra su profunda preocupación por el persistente estancamiento del proceso de paz en Oriente Próximo, y pide que se reanuden sin demora unos esfuerzos de paz creíbles; pide a israelíes y palestinos que eviten emprender acciones que puedan agravar aún más la situación, incluidos el discurso del odio y la incitación al mismo en lugares públicos, así como medidas unilaterales que puedan afectar al resultado de las negociaciones y poner en peligro la viabilidad de la solución de dos Estados; hace hincapié en el hecho de que una solución duradera al conflicto solo podrá lograrse en un contexto regional con la participación de todas las partes interesadas regionales pertinentes y el apoyo de la comunidad internacional;

    2.

    Reitera su firme apoyo a la solución de dos Estados, basada en las fronteras de 1967, con intercambio de tierras de mutuo acuerdo y Jerusalén como capital de ambos Estados, y con la convivencia en paz y seguridad y el mutuo reconocimiento de un Estado de Israel seguro y un Estado palestino independiente, democrático, contiguo y viable, sobre la base del derecho de autodeterminación y del pleno respeto del Derecho internacional; destaca que los medios no violentos y el respeto de los derechos humanos y del Derecho humanitario constituyen la única manera de lograr una paz justa y duradera entre israelíes y palestinos;

    3.

    Insiste en que el mantenimiento de la viabilidad de la solución de dos Estados mediante acciones concretas y la garantía del pleno respeto de los derechos de la población civil de ambas partes deben constituir una prioridad inmediata para la UE y la comunidad internacional; espera con interés el inicio del diálogo estructurado de la UE con Israel sobre la situación en la Franja de Gaza y el mantenimiento de la solución de dos Estados, en el que se debería abordar también la cuestión de los asentamientos;

    4.

    Celebra el papel positivo y el apoyo necesario que la UE desea prestar a la hora de facilitar la resolución del conflicto israelo-palestino y el más amplio conflicto árabe-israelí por medios pacíficos y constructivos, que sirven a los intereses de la UE en términos de seguridad, estabilidad y prosperidad en Oriente Próximo; pide, no obstante, un enfoque de la UE novedoso que sirva realmente a los intereses de la paz y la seguridad de israelíes y palestinos; celebra el compromiso personal de la VP/AR y el nombramiento del nuevo Representante Especial de la UE para el proceso de paz en Oriente Próximo, y apoya sus esfuerzos al respecto;

    5.

    Celebra que la UE se haya comprometido a trabajar activamente en pro de un enfoque multilateral renovado para el proceso de paz en concertación con todas las partes interesadas pertinentes y a apoyar activamente a las partes para restaurar la confianza y crear el clima de entendimiento necesario para iniciar unas negociaciones productivas lo antes posible; observa que la UE considera que la creación de un grupo de apoyo internacional es una posibilidad para contribuir a este fin; destaca que la UE está dispuesta a participar en un trabajo conjunto con los socios regionales basado en la Iniciativa Árabe de Paz;

    6.

    Insta a la VP/AR y al Representante Especial de la UE a que hagan un mejor uso de las relaciones políticas y la pericia institucional de la UE y sus Estados miembros, basadas como están en la proximidad geográfica de Europa, sus lazos históricos y los intercambios económicos intensivos con la región de Oriente Próximo, a fin de desempeñar un verdadero papel político en el proceso de paz entre israelíes y palestinos, y entre los Estados árabes e Israel en un contexto más amplio; recuerda a los Estados miembros su deber de contribuir activamente a configurar una posición de la UE unitaria al abordar el proceso de paz en Oriente Próximo y abstenerse de emprender iniciativas unilaterales que debiliten la acción de la UE;

    7.

    Respalda los esfuerzos del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con miras a la reanudación de las conversaciones de paz entre israelíes y palestinos; insta a la UE, no obstante, a que cumpla sus responsabilidades como un actor influyente y adopte una iniciativa de paz ambiciosa y global para la región; considera que la Unión debe desempeñar un papel clave en la redefinición de los objetivos del Cuarteto —que deben centrarse de nuevo en hallar una solución política para el conflicto— y de su formato;

    8.

    Condena la persistente expansión de los asentamientos israelíes, que viola el Derecho internacional humanitario, aviva el resentimiento palestino y socava la viabilidad y las perspectivas de la solución de dos Estados, y pide a las autoridades israelíes que interrumpan de inmediato y den marcha atrás a su política de asentamientos;

    9.

    Acoge con satisfacción el compromiso de la UE —en línea con la diferenciación entre Israel y sus actividades en los Territorios Palestinos Ocupados—, de garantizar que en todos los acuerdos entre la UE e Israel se indique de forma inequívoca y explícita que no se aplicarán a los territorios ocupados por Israel desde 1967, como se ha reiterado en las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 20 de julio de 2015; toma nota de las Directrices de la Comisión, de 19 de julio de 2013, sobre la elegibilidad de las entidades israelíes y sus actividades en los territorios ocupados por Israel desde junio de 1967 para optar a subvenciones, premios e instrumentos financieros financiados por la UE a partir de 2014, y de la carta enviada a la VP/AR por dieciséis ministros de Asuntos Exteriores de la UE el 13 de abril de 2015, en la que la animan a tomar la iniciativa en el seno de la Comisión con miras a completar el trabajo sobre unas directrices para toda la UE sobre el etiquetado de los productos de los asentamientos israelíes;

    10.

    Destaca la responsabilidad de las autoridades pertinentes de la UE a la hora de seguir velando por que los fondos de la UE no puedan ser desviados directa o indirectamente a organizaciones o actividades terroristas;

    11.

    Hace hincapié en que los disparos de cohetes por grupos militantes hacia territorio israelí son inaceptables, subrayando el peligro de escalada; insiste en la necesidad imperiosa de que la UE trabaje en asociación con Israel, la Autoridad Palestina, Egipto y Jordania con vistas a prevenir el rearme de los grupos terroristas en la Franja de Gaza y Cisjordania y su contrabando de armas, fabricación de cohetes y construcción de túneles; subraya una vez más la acuciante necesidad de que se desarme a todos los grupos terroristas en Gaza, de acuerdo con las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de julio de 2014;

    12.

    Expresa su profunda preocupación por la creciente violencia de los colonos en Cisjordania; se felicita por la amplia condena por parte de los líderes israelíes del reciente ataque incendiario contra la familia Dawabshah en el pueblo de Duma, pero recuerda a Israel su plena responsabilidad de proteger a la población palestina y llevar ante la justicia a todos los colonos que hayan cometido actos de violencia;

    13.

    Acoge favorablemente la labor realizada por la política común de seguridad y defensa (PCSD) y la Misión por el Estado de Derecho (EUPOL COPPS) en los Territorios Palestinos Ocupados al ayudar a la Autoridad Palestina a crear las instituciones de un futuro Estado de Palestina en los sectores de la policía y la justicia penal; pide que se reactive la Misión de asistencia fronteriza de la PCSD (EU BAM Rafah) con un mandato más ambicioso y recursos y personal suficientes, con el fin de que pueda actuar concretamente en el control de las fronteras de la Franja de Gaza con Egipto e Israel;

    14.

    Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y a la Comisión que informen al Parlamento sobre la destrucción de estructuras y proyectos financiados por la UE en los Territorios Palestinos Ocupados y los daños ocasionados a las mismas;

    15.

    Pide a la Comisión y al SEAE que proporcionen financiación y protección a las ONG de la región cuyos objetivos políticos sean conformes a los objetivos generales del proceso de paz en Oriente Próximo, e insta a las autoridades de la UE a que colaboren con sus homólogos correspondientes a este respecto;

    16.

    Reitera su petición de que se ponga fin al bloqueo de la Franja de Gaza y se reconstruya y rehabilite la zona urgentemente tras la guerra del verano de 2014, lo que debe constituir una prioridad de ayuda humanitaria para la UE y la comunidad internacional; aplaude la heroica labor del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) en este sentido; insta a los donantes a que desembolsen cuanto antes la ayuda financiera prometida en la Conferencia Internacional de El Cairo sobre Palestina («Reconstructing Gaza»), celebrada el 12 de octubre de 2014;

    17.

    Celebra las recientes medidas adoptadas por Israel para aliviar las restricciones en Gaza, pero lamenta los continuos obstáculos a la entrada de material de construcción; subraya la importancia de adoptar otras medidas positivas —al tiempo que se responde a las legítimas preocupaciones de Israel en el ámbito de la seguridad— que permitan materializar plenamente la ayuda humanitaria, la reconstrucción y la recuperación económica; insta a los Estados miembros a que hagan honor a sus compromisos de apoyar el mecanismo trilateral para el control y la comprobación de los materiales de reconstrucción en cuestión;

    18.

    Insta a la VP/AR a que trabaje en pro de la plena aplicación de las recomendaciones recogidas en el informe de la Comisión de Investigación Independiente de las Naciones Unidas sobre el conflicto de Gaza de 2014, incluida la recomendación de respaldar activamente la labor de la Corte Penal Internacional; acoge con satisfacción el voto unánime de los Estados miembros de la UE que forman parte del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a favor de la Resolución de este último, de 3 de julio de 2015, titulada «Asegurar la rendición de cuentas y la justicia por todas las vulneraciones del derecho internacional en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental»;

    19.

    Destaca que la reconciliación entre palestinos es un elemento importante para conseguir la solución de dos Estados y lamenta la permanente desunión palestina; apoya el llamamiento de la UE a las facciones palestinas a que se reconcilien y al regreso de la Autoridad Palestina a la Franja de Gaza como prioridad fundamental; insta a las fuerzas palestinas a que reanuden sin demora sus esfuerzos en pro de la reconciliación, en especial mediante la celebración de elecciones presidenciales y legislativas, pendientes desde hace tiempo; insiste en que la Autoridad Palestina debe tener una mayor responsabilidad a este respecto y asumir su función de gobierno en Gaza, también en los ámbitos de la seguridad y la administración civil y con su presencia en los pasos fronterizos;

    20.

    Pide a todas las partes implicadas en el conflicto que respeten plenamente los derechos de los detenidos y presos, incluidos los que están en huelga de hambre;

    21.

    Manifiesta su profunda preocupación por la grave crisis financiera del OOPS; pide un mayor apoyo financiero de la UE al OOPS, e insta a todos los demás donantes a que cumplan lo prometido al Organismo, y a este, a que siga mejorando su gestión, si bien pide que se aborde el problema central subyacente de los refugiados palestinos; elogia y felicita al OOPS por sus extraordinarios esfuerzos que hicieron posible declarar abierto el curso escolar 2015-2016 para los alumnos palestinos refugiados;

    22.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para el proceso de paz en Oriente Próximo, a los Parlamentos y Gobiernos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, a la Knesset, al Presidente y al Gobierno de Israel, al Consejo Legislativo Palestino y a la Autoridad Palestina, al Secretario General de la Liga de los Estados Árabes, a los respectivos Parlamentos y Gobiernos de Egipto, Jordania y el Líbano y al Comisario General del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente.


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