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Document 52016AR5113

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Revisión del paquete de telecomunicaciones

DO C 207 de 30.6.2017, p. 87–94 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 207/87


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Revisión del paquete de telecomunicaciones

(2017/C 207/15)

Ponente

Mart Võrklaev (EE/ADLE), alcalde de Rae

Documento de referencia

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La conectividad para un mercado único digital competitivo — hacia una sociedad europea del Gigabit

COM(2016) 587 final

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — «5G para Europa: un Plan de Acción»

COM(2016) 588 final

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1316/2013 y (UE) n.o 283/2014 en lo que atañe al fomento de la conectividad a internet de las comunidades locales

COM(2016) 589 final

I.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Enmienda 1

Nueva recomendación de enmienda

Considerando 11

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Habida cuenta de las necesidades de conectividad a internet que existen en la Unión y dada la urgencia de impulsar la creación de redes de acceso que puedan ofrecer en toda la UE una experiencia de internet de alta calidad basada en servicios de banda ancha de muy alta velocidad, es necesario que la ayuda financiera se distribuya de forma geográficamente equilibrada.

Habida cuenta de las necesidades de conectividad a internet que existen en la Unión y dada la urgencia de impulsar la creación de redes de acceso que puedan ofrecer en toda la UE una experiencia de internet de alta calidad basada en servicios de banda ancha de muy alta velocidad, es necesario que la ayuda financiera se distribuya de forma geográficamente equilibrada con el fin de contribuir, dentro de los límites de las propuestas realmente recibidas y con pleno respeto de los principios para las formas específicas de asistencia financiera establecidos en el Reglamento financiero, a la cohesión económica, social y territorial de la UE, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de las comunidades locales .

Exposición de motivos

Una distribución geográficamente equilibrada no tiene sentido si no contribuye al objetivo de cohesión.

Enmienda 2

Nueva recomendación de enmienda

Considerando 11

Nuevo punto:

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

Para garantizar la instalación de puntos locales de acceso inalámbrico también en pequeñas localidades y zonas rurales, deberá emprenderse una campaña de información específica sobre esta ayuda financiera en cooperación con los Estados miembros, los entes regionales y las asociaciones pertinentes de entes locales.

Exposición de motivos

Es fundamental que la información sobre la iniciativa WiFi4EU se difunda también en las ciudades pequeñas y los municipios rurales.

Enmienda 3

Nueva recomendación de enmienda

Artículo 2, apartado 3

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

3.   El artículo 5 se modifica de la forma siguiente:

3.   El artículo 5 se modifica de la forma siguiente:

a)

el texto del apartado 7 se sustituye por el siguiente:

a)

el texto del apartado 7 se sustituye por el siguiente:

 

«7.   El importe total del presupuesto asignado a los instrumentos financieros para las redes de banda ancha no deberá superar el mínimo necesario para acometer intervenciones rentables, mínimo que se determinará basándose en las evaluaciones ex ante previstas en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1316/2013.

 

«7.   El importe total del presupuesto asignado a los instrumentos financieros para las redes de banda ancha no deberá superar el mínimo necesario para acometer intervenciones rentables, mínimo que se determinará basándose en las evaluaciones ex ante previstas en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1316/2013.

 

Dicho importe podrá llegar al 15 % de la dotación financiera que prevé para el sector de las telecomunicaciones el artículo 5, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1316/2013.».

 

Dicho importe podrá llegar al 15 % de la dotación financiera que prevé para el sector de las telecomunicaciones el artículo 5, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1316/2013.».

b)

se añade el apartado siguiente:

b)

se añade el apartado siguiente:

 

«5 bis.   Las acciones que contribuyan a proyectos de interés común cuyo objetivo sea ofrecer en las comunidades locales una conectividad inalámbrica local de carácter gratuito serán apoyadas mediante:

 

«5 bis.   Las acciones que contribuyan a proyectos de interés común y cumplan las normas técnicas mínimas establecidas, cuyo objetivo sea ofrecer en las comunidades locales una conectividad inalámbrica local de carácter gratuito serán apoyadas mediante:

 

a)

subvenciones y/u

 

a)

subvenciones y/u

 

b)

otras formas de ayuda económica que no sean instrumentos financieros.».

 

b)

otras formas de ayuda económica que no sean instrumentos financieros.

 

 

c)

La Comisión establecerá mediante un acto delegado las normas técnicas mínimas a que se hace referencia en el apartado 5 bis.».

Exposición de motivos

Los requisitos técnicos mínimos relativos a la red WiFi4EU son fundamentales. La elaboración de requisitos uniformes evitará el problema de que se cree una red basada en tecnologías anticuadas o con problemas de calidad.

Enmienda 4

Nueva recomendación de enmienda

Artículo 2.6

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

6.   En el anexo, se añade la sección 4 siguiente:

6.   En el anexo, se añade la sección 4 siguiente:

«SECCIÓN 4. CONECTIVIDAD INALÁMBRICA EN COMUNIDADES LOCALES

«SECCIÓN 4. CONECTIVIDAD INALÁMBRICA EN COMUNIDADES LOCALES

Podrán optar a una ayuda financiera las acciones que tengan por objeto ofrecer gratuitamente una conectividad inalámbrica local en los centros de la vida pública de las comunidades locales, incluidos los espacios al aire libre accesibles al gran público que tengan una función fundamental en la vida de esas comunidades.

Podrán optar a una ayuda financiera las acciones que tengan por objeto ofrecer gratuitamente una conectividad inalámbrica local en los centros de la vida pública de las comunidades locales, incluidos los espacios al aire libre accesibles al gran público que tengan una función fundamental en la vida de esas comunidades.

Podrán optar a esa ayuda financiera las entidades que, como las autoridades locales o los proveedores de servicios públicos, tengan una misión pública y se comprometan a ofrecer de forma gratuita una conectividad inalámbrica local instalando puntos de acceso inalámbrico local.

Podrán optar a esa ayuda financiera las entidades que, como las autoridades locales o los proveedores de servicios públicos, tengan una misión pública y se comprometan a ofrecer de forma gratuita una conectividad inalámbrica local instalando puntos de acceso inalámbrico local.

Los proyectos que tengan por objeto ofrecer esa conectividad mediante puntos de acceso inalámbrico local gratuito podrán recibir la ayuda financiera en caso de que:

Los proyectos que tengan por objeto ofrecer esa conectividad mediante puntos de acceso inalámbrico local gratuito podrán recibir la ayuda financiera en caso de que:

1)

sean ejecutados por una entidad que, teniendo asignada una misión pública, goce de capacidad para planificar y supervisar la instalación en espacios públicos de puntos interiores o exteriores de acceso inalámbrico local;

1)

sean ejecutados por una entidad que, teniendo asignada una misión pública, goce de capacidad para planificar y supervisar la instalación en espacios públicos de puntos interiores o exteriores de acceso inalámbrico local;

2)

se basen en una conectividad de banda ancha de muy alta velocidad, capaz de ofrecer a los usuarios una experiencia de internet de alta calidad que:

2)

se basen en una conectividad de banda ancha de muy alta velocidad y cumplan las normas técnicas mínimas a que se hace referencia en el artículo 5 b) , capaz de ofrecer a los usuarios una experiencia de internet de alta calidad que:

 

a.

sea gratuita y de fácil acceso y utilice los más avanzados equipos y que

 

a.

sea gratuita y de fácil acceso y utilice los más avanzados equipos y que

 

b.

apoye el acceso a servicios digitales innovadores, tales como los ofrecidos a través de las infraestructuras de servicios digitales;

 

b.

apoye el acceso a servicios digitales innovadores, tales como los ofrecidos a través de las infraestructuras de servicios digitales;

3)

utilicen la identidad visual común que establezca la Comisión y se conecten con los instrumentos en línea asociados.

3)

utilicen la identidad visual común que establezca la Comisión y se conecten con los instrumentos en línea asociados.

No podrán optar a la ayuda financiera aquellos proyectos que vengan a duplicar ofertas públicas o privadas de características similares, calidad incluida, existentes en el mismo área.

No podrán optar a la ayuda financiera aquellos proyectos que vengan a duplicar ofertas públicas o privadas de características similares, calidad incluida, existentes en el mismo área.

El presupuesto disponible se asignará de forma geográficamente equilibrada a los proyectos que cumplan las condiciones arriba indicadas, teniendo en cuenta las propuestas que se reciban y atendiendo, en principio, a su orden de llegada .».

El presupuesto disponible se asignará a los proyectos que cumplan las condiciones arriba indicadas de forma geográficamente equilibrada con el fin de contribuir, dentro de los límites de las propuestas realmente recibidas y con pleno respeto de los principios para las formas específicas de asistencia financiera establecidos en el Reglamento financiero, a la cohesión económica, social y territorial de la UE, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de las comunidades locales .».

Exposición de motivos

Los requisitos técnicos mínimos relativos a la red WiFi4EU son fundamentales. La elaboración de requisitos uniformes evitará el problema de que se cree una red basada en tecnologías anticuadas o con problemas de calidad.

II.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

señala que, por primera vez, el acceso a banda ancha básica es considerado un servicio universal. Los ciudadanos europeos tienen derecho a acceder a los servicios funcionales de internet a precios asequibles y de una forma que permita participar plenamente en la economía y la sociedad digital en todo el territorio de la Unión Europea. Se trata de un paso muy importante en la senda hacia la inclusión digital, también teniendo en cuenta las opciones de tarifas reducidas que son necesarias o la entrega de bonos a los ciudadanos con necesidades especiales, y a los municipios y ciudades para que instalen puntos de acceso wifi públicos y gratuitos;

2.

considera que garantizar el acceso a banda ancha básica es un objetivo de interés general y su reconocimiento como servicio universal debe ir acompañado del pleno reconocimiento de las obligaciones de servicio universal; ello reviste una importancia fundamental en zonas en las que el mercado no cumple su función y en las que las inversiones públicas son esenciales;

3.

es consciente de que desde la revisión del marco jurídico de las telecomunicaciones de la UE en 2009 se han producido cambios notables. Aunque este marco ha contribuido a garantizar una cobertura de banda ancha básica para todo el territorio de la UE, surgen muchas necesidades y pautas de consumo nuevas, y esta es una tendencia que se mantendrá durante los próximos años. El desarrollo de la internet de las cosas, la realidad virtual y aumentada, la computación en nube, la gestión de grandes cantidades de datos, los servicios y aplicaciones de la economía colaborativa, la industria 4.0, etc.; todo ello generará una demanda aún mayor de redes de transmisión y de conexiones de alto rendimiento;

4.

señala que es ahora cuando se configuran las infraestructuras del mañana;

5.

subraya que, habida cuenta del mayor consumo de datos (1), el incremento del acceso simultáneo a la información y la tendencia a altas velocidades de bajada y de subida, así como la necesidad de desarrollar en todo el territorio una transferencia casi en tiempo real que se ajuste a las necesidades y sea al mismo tiempo fiable, será necesario disponer de redes de extremado rendimiento a las que se irá conectando cada vez un mayor número de usuarios finales en toda Europa. La conexión Gigabit es ya una realidad en algunos países (Japón, Corea) y Europa debería aspirar a implantarla para promover el crecimiento y la creación de empleo, la competitividad y la cohesión interna;

6.

estima importante que los agentes económicos y sociales, por ejemplo escuelas, universidades, centros de investigación, nudos de comunicación, prestadores de servicios públicos (como escuelas e instituciones educativas) y empresas, dispongan de un acceso de alta velocidad a internet que permita a los usuarios la carga y descarga de datos a una velocidad de como mínimo 1 Gbit/s;

7.

considera que todos los hogares urbanos y rurales de la UE deberían disponer de una conexión a internet con una velocidad de descarga de al menos 100 Mbit/s que pueda ampliarse hasta una velocidad de 1 Gbit/s;

8.

comparte la opinión de la Comisión de que todas las zonas urbanas y las principales vías de transporte terrestre deben tener una cobertura 5G ininterrumpida; apoya el objetivo intermedio para 2020, a saber, que la conectividad 5G esté disponible como un servicio comercial al menos en una gran ciudad de cada Estado miembro como implantación comercial. La Comisión Europea debe completar lo antes posible el necesario proceso de normalización de esta nueva tecnología para evitar soluciones aisladas. El objetivo de la introducción para 2020 es muy ambicioso también por otros motivos: las actuales redes 4G, recién creadas, tienen el potencial de aumentar su rentabilidad a más de 1 000 Mbit/s y las empresas de telecomunicaciones han realizado importantes inversiones en su construcción, por lo que la voluntad de adoptar una nueva tecnología podría ser reducida si no se crean las condiciones marco necesarias;

9.

acoge con satisfacción el nuevo sistema de bonos para ofrecer conexiones wifi gratuitas, la puesta en marcha de un fondo para la banda ancha en cooperación con el BEI, así como el objetivo de aumentar las financiación futura en el marco de la programación financiera para el período posterior a 2020, y cree que se trata de un paso en la dirección correcta;

10.

valora positivamente la propuesta de la Comisión de crear, en cooperación con el Comité de las Regiones, una plataforma de banda ancha participativa para finales de 2016 con el objetivo de garantizar un elevado nivel de compromiso y la cooperación entre las entidades públicas y privadas para la inversión en el desarrollo de la banda ancha y los avances en la ejecución de los planes nacionales de banda ancha; se declara dispuesto a colaborar de manera constructiva y global al establecimiento de la plataforma;

11.

anima a que en las reuniones de la plataforma se debatan los temas prioritarios siguientes: opciones en cuanto a las políticas : examinar cuáles son las mejores opciones políticas, teniendo en cuenta las diferentes competencias de los entes locales y regionales y las necesidades específicas a nivel local y regional; opciones en cuanto a las tecnologías : debatir sobre la utilización de las tecnologías más adecuadas para estos territorios; opciones en cuanto a la financiación : participación del BEI en los debates y el examen de las posibles sinergias entre los fondos (Mecanismo «Conectar Europa», FEIE, Fondos EIE) y el nuevo sistema de bonos WIFI4EU propuesto; otras opciones : en relación con las medidas destinadas a la creación de capacidades a nivel local y regional, una visión de conjunto de las inversiones en TI y la cobertura de banda ancha, y la promoción de las competencias en TIC y la administración electrónica;

12.

considera que el principal efecto de la plataforma de banda ancha será contribuir a un desarrollo más rápido, mejor y más sostenible de las redes de banda ancha de alta velocidad en las zonas rurales y escasamente pobladas de la UE, debido a sus graves problemas estructurales, económicos y sociales y, por consiguiente, a reducir la brecha digital en estas regiones;

13.

observa que los planes están en consonancia con los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, puesto que se trata de una cuestión que va más allá de la esfera de los Estados miembros y que debe regularse de forma coherente, con calidad y eficacia en toda la UE;

14.

toma nota de que el mercado único digital europeo pretende evitar la compartimentación en estructuras rígidas y digitalizar el mercado interior de la UE. El objetivo de la revisión del paquete de telecomunicaciones es impulsar la economía y la competitividad de Europa, alentar a las comunidades a participar activamente en el mercado único digital y satisfacer las crecientes necesidades de conectividad de los europeos;

15.

señala que la identificación de una zona como «rural», «ultraperiférica» y «remota», así como «escasamente poblada», disuade a los inversores privados de invertir en las infraestructuras TIC de esas regiones. En comparación con las grandes aglomeraciones urbanas, estas zonas han de hacer frente a desafíos comunes a la hora de desplegar una red de banda ancha, por ejemplo una demanda estructural más baja y fragmentada y costes unitarios (es decir, por usuario final) de implantación y mantenimiento de las infraestructuras más elevados;

16.

llama la atención sobre el hecho de que son, en particular, las necesidades de conectividad las que constituyen un incentivo decisivo para las inversiones privadas, lo que significa que los operadores del mercado no tienen garantizada la rentabilidad en las zonas en que la densidad de población no asegura una demanda que justifique los costes de implantación. En las regiones afectadas por deficiencias o distorsiones del mercado los entes territoriales deben asumir las competencias más variadas. En efecto, hay pruebas de que, por lo que se refiere a iniciativas para la implantación o la modernización de la banda ancha, los entes locales y regionales de Europa actúan como instituciones de financiación, asumen riesgos o intervienen como promotores o facilitadores;

La sociedad del Gigabit

17.

subraya la importancia de desarrollar la próxima generación de redes de banda ancha de alta velocidad, sobre todo en las zonas escasamente pobladas. Cabe acoger favorablemente todas las medidas reguladoras, así como todas las medidas financieras que se adopten en este ámbito;

18.

advierte de la sobrecongestión que puede generar una mayor disponibilidad de conectividad de altas capacidades en las zonas de excelencia y/o conocimiento. En estas zonas se aglomeraría la actividad productiva y habría una mayor afluencia poblacional con negativos efectos territoriales. Por contra, en otras zonas descendería drásticamente, sobre todo en actividades innovadoras digitales y profesionales tecnológicos. Por ello, se debería impulsar la conectividad de altas capacidades del modo más homogéneo posible;

19.

señala que para el desarrollo del conjunto de la UE es importante resolver el problema del denominado «último tramo» y que para dar solución a este problema son necesarias medidas flexibles;

20.

propone que, a partir del próximo período de programación, además de recursos para desarrollar una red básica, se prevean también fondos para la construcción de redes de acceso en las regiones rurales y ultraperiféricas;

21.

señala que los precios de la conectividad facilitan información útil sobre la intensidad de la competencia y la eficiencia de los mercados de comunicaciones. Una evaluación comparativa de estos precios permite a las partes interesadas, incluidos los operadores de telecomunicaciones, los responsables políticos y los usuarios, valorar los progresos realizados en la consecución de sus objetivos. Podría ser interesante contar con indicadores que permitan comparar los precios de la conectividad, tal como afirma la OCDE en su informe «Measuring the Digital Economy. A New Perspective» (2);

22.

hace hincapié en que, durante la implantación y la planificación de la red, es importante que las autoridades públicas dispongan de una conexión a internet ininterrumpida. Para garantizar la calidad de estas conexiones es importante que haya tanto orientación por parte del Estado como asesoramiento a nivel local, a fin de optimizar al máximo las inversiones y que los servicios puedan ser utilizados rápidamente por el mayor número posible de usuarios;

23.

señala que, con vistas a la consecución de los objetivos en materia de banda ancha de la Unión Europea hasta 2020 en lo que respecta al suministro de banda ancha y su difusión, en el período de programación 2014-2020 ya se cuenta con fondos de la UE de una cuantía aproximada de 22 000 millones de euros para el desarrollo de nuevas infraestructuras de banda ancha o la modernización de las existentes. Los fondos de la UE son esenciales no solo por su contribución directa a la financiación de infraestructuras de banda ancha sino también por el efecto multiplicador esperado, ya que funcionan como incentivo para las inversiones procedentes de otras fuentes, incluidas fuentes privadas;

Plan de Acción 5G

24.

subraya que los sistemas de telecomunicación de quinta generación (5G) constituirán el componente más importante de la sociedad digital en los próximos diez años. Europa ha realizado esfuerzos considerables para orientar el desarrollo mundial hacia esta tecnología estratégica, que permite que las comunicaciones alámbricas e inalámbricas utilicen la misma infraestructura y, por lo tanto, hace avanzar la sociedad en red del futuro. Ofrecerá una conectividad casi universal mediante una banda ancha de velocidad ultra alta no solo a los usuarios individuales sino también a los objetos conectados («internet de las cosas»). En consecuencia, se parte del principio de que la futura infraestructura 5G entrañará ventajas para una amplia gama de aplicaciones y sectores, entre ellos, la aplicación comercial (por ejemplo, la conducción asistida, los servicios sanitarios electrónicos, la gestión de la energía, probablemente aplicaciones de seguridad, etc.);

25.

se remite a la Comunicación que la Comisión (3) publicó en abril sobre las prioridades de normalización en el sector de las TIC, en la que se proponen medidas concretas para acelerar el desarrollo de normas comunes, centrándose en cinco ámbitos prioritarios, entre ellos la comunicación 5G;

26.

destaca expresamente que, en cualquier caso, en las diferentes regiones deberá evitarse la introducción de normas 5G que no sean compatibles entre sí;

27.

señala que el nivel local contribuye al desarrollo de la red, así como a la presentación de las solicitudes, y puede resultar de utilidad para la planificación de la red. Por ello, ya en las fases de planificación y despliegue de las nuevas redes 5G deberán tenerse en cuenta los planes del nivel local para la creación de nuevas vías y las instalaciones de otras infraestructuras;

28.

considera importante señalar que la introducción en toda la UE de productos y servicios basados en conexiones a la red de alta velocidad 5G solo será posible a condición de todos los territorios de la Unión estén cubiertos con conexiones rápidas a internet; considera asimismo importante evitar los errores cometidos en la introducción de las redes 4G y velar por que la calidad y la velocidad de las redes en los distintos Estados miembros de la UE no sean muy diferentes entre sí. El despliegue de las redes 5G debería tener lugar al mismo tiempo y con la misma velocidad en todo el territorio de la UE;

Iniciativa WiFi4EU

29.

acoge con satisfacción la iniciativa de brindar a todas las autoridades locales interesadas la posibilidad de desplegar una conexión wifi gratuita de elevada calidad para los ciudadanos, concretamente en las instituciones públicas y su entorno así como en parques, lugares públicos, etc. En la UE hay todavía muchos lugares que no cuentan con una conexión a internet suficiente; igualmente, existen ciudadanos que no pueden permitirse una conexión a internet. Este programa podría poner remedio a esta situación;

30.

subraya que debe velarse por que este sistema se limite a puntos de acceso wifi nuevos y de acceso gratuito. Debe evitarse que las iniciativas financiadas con fondos públicos compitan con los sistemas privados que ya existen;

31.

acoge con satisfacción los planes de la Comisión de crear rápidamente las oportunidades para poner en marcha la iniciativa WiFi4EU, de modo que, con arreglo a la planificación actual, los entes locales ya puedan presentar las solicitudes correspondientes a comienzos del verano de 2017;

32.

valora positivamente las medidas de financiación rápidas basadas en bonos para el sector público —que hasta ahora no se habían empleado como modalidad de las ayudas financieras de la UE—, ya que pueden ejecutarse rápidamente y producir resultados inmediatos con menos burocracia; no obstante, señala que los puntos débiles potenciales del sistema de bonos (falta de transparencia, retrasos o problemas relacionados con los pagos, diferencias entre Estados miembros en las condiciones de adjudicación de las licitaciones) deben preverse debidamente con el fin de que no disuadan a las empresas de usar el sistemas de bonos para los proyectos;

33.

subraya que, al distribuir la ayuda financiera, deberán encontrarse métodos que garanticen que también los municipios pequeños y las zonas rurales aprovechan las ventajas de WiFi4EU;

34.

destaca que los recursos que deben distribuirse son limitados y que la Comisión aspira a que la iniciativa WiFi4EU empiece a aplicarse rápida y exhaustivamente, por lo que también los entes territoriales deberán ser informados con la mayor antelación posible sobre el programa propuesto y las condiciones correspondientes;

35.

además, una comunicación temprana permite a los entes locales iniciar ya los preparativos, a fin de que cuando se pongan en marcha las convocatorias puedan solicitar fondos inmediatamente y utilizar oportunamente los recursos que se ponen a su disposición en beneficio de sus propios ciudadanos, su país y, de manera más general, la UE;

36.

considera que al Comité de las Regiones le incumbe sin duda un papel determinante respecto de la participación de los entes locales y regionales y para impulsar el intercambio de información y de las mejores prácticas;

37.

considera importante insistir en que debe explicarse a los entes locales que están obligados a facilitar las conexiones de banda ancha para la red de puntos de acceso wifi que va a crearse y a garantizar el mantenimiento cotidiano de la red; hace hincapié en que la iniciativa WiFi4EU ha de ser sostenible y, en su fase de ejecución, acarrear gastos generales limitados para los entes locales;

38.

recomienda elaborar requisitos mínimos para la red WiFi4EU. La elaboración de requisitos uniformes evitará el problema de que se cree una red basada en tecnologías anticuadas o con problemas de calidad. Además, recomienda crear una página web introductoria para la Iniciativa WiFi4EU que presente de manera detallada la iniciativa y los lugares donde está implantada;

39.

señala que las redes que se instalen deberán ser seguras para los usuarios y, por tanto, recomienda que se utilicen modelos de red basados en eduroam (4)/govroam (5). Este modelo permite a un usuario autenticado en la red una itinerancia por toda Europa, y para la autenticación del usuario pueden utilizarse soluciones eIDAS (6);

40.

estima deseable que, a fin de garantizar la facilidad de uso, se renuncie a la utilización de un portal cautivo y que, si procede, tras la identificación del usuario, se acceda a una página de aterrizaje. De este modo, el uso de la red será más fácil y rápido para los usuarios finales. La página de aterrizaje a la que se entraría tras la identificación del usuario permitiría a los usuarios acceder, en caso necesario, a información sobre los servicios que ofrecen los entes locales y podría contener noticias breves sobre los objetivos de la iniciativa WiFi4EU;

41.

hace hincapié en que debe evitarse preguntar datos sobre los usuarios, ya que ello les resulta incómodo y puede acometerles el temor infundado de que estos datos se usen para mensajes comerciales o cualquier otro fin no solicitado. Por lo tanto, valora positivamente que la prestación de datos personales se incluya dentro de los aspectos que impedirían considerar gratuita la conectividad inalámbrica local;

42.

acoge con satisfacción la idea de que la red WiFi4EU esté sujeta a un control de calidad permanente y que los resultados de este control puedan ser consultados por el público;

43.

considera fundamental la interconexión común paneuropea en el marco de WiFi4EU (SSID), ya que ello constituiría, por una parte, una buena publicidad para la iniciativa de la UE de crear puntos de acceso wifi gratuitos y, por otra, una marca comercial de una red wifi rápida y segura a escala europea. Otros esquemas similares que cumplen las normas técnicas mínimas y los demás criterios de la iniciativa WiFi4EU, pero que no recabaron la asistencia financiera, deberían también poder acogerse a la marca común en caso de que lo soliciten, para ampliar así el ámbito de la iniciativa.

Bruselas, 8 de febrero de 2017.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Markku MARKKULA


(1)  Los estudios demuestran que las empresas que analizan macrodatos pueden incrementar su productividad entre un 5 % y un 10 % más que las empresas que renuncian a este tipo de análisis de datos y que el procesamiento de macrodatos en Europa entre 2014 y 2020 podría dar lugar a un aumento del 1,9 % del PIB.

(2)  Publicado el 8 de diciembre de 2014, http://www.oecd.org/sti/measuring-the-digital-economy-9789264221796-en.htm.

(3)  COM(2016) 176 final, Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Prioridades de normalización en el sector de las TIC para el mercado único digital.

(4)  Eduroam — World Wide Education Roaming for Research & Education https://www.eduroam.org/.

(5)  Govroam significa «itinerancia gubernamental» (government roaming) y es una infraestructura basada en RADIUS http://govroam.be/.

(6)  Identificación electrónica y servicios de confianza https://ec.europa.eu/digital-single-market/en/trust-services-and-eid.


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