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Document 52017XC0628(02)

    Anuncio relativo a las medidas antidumping en vigor respecto a las importaciones en la Unión de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China: modificación del nombre de una empresa sujeta al tipo de derecho antidumping para empresas cooperantes no incluidas en la muestra

    C/2017/4358

    DO C 204 de 28.6.2017, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.6.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 204/8


    Anuncio relativo a las medidas antidumping en vigor respecto a las importaciones en la Unión de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China: modificación del nombre de una empresa sujeta al tipo de derecho antidumping para empresas cooperantes no incluidas en la muestra

    (2017/C 204/08)

    Las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina («artículos de mesa») originarios de la República Popular China están sujetas a un derecho antidumping definitivo, impuesto por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 412/2013 del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China (1) [«Reglamento (UE) n.o 412/2013»].

    Una empresa ubicada en la República Popular China, con el código TARIC (2) adicional B521, cuyas exportaciones a la Unión de artículos de mesa están sujetas al tipo de derecho antidumping del 17,9 % aplicable a las empresas cooperantes no incluidas en la muestra, ha comunicado a la Comisión que ha cambiado su nombre como se indica a continuación.

    La empresa ha solicitado a la Comisión que confirme que el cambio de nombre no afecta a su derecho a beneficiarse del tipo de derecho que se le aplicaba bajo su nombre anterior.

    La Comisión ha examinado la información presentada y ha concluido que el cambio de nombre no afecta en modo alguno a las constataciones del Reglamento (UE) n.o 412/2013.

    Por consiguiente, la referencia del anexo I del Reglamento (UE) n.o 412/2013 a:

    Fujian De Hua Jiashun Art&Crafts Co., Ltd

    B521

    deberá entenderse hecha a:

    Fujian Jiashun Art&Crafts Co., Ltd

    B521

    El código TARIC adicional B521, atribuido anteriormente a Fujian De Hua Jiashun Art&Crafts Co., Ltd, se aplicará a Fujian Jiashun Art&Crafts Co., Ltd.


    (1)  DO L 131 de 15.5.2013, p. 1.

    (2)  Arancel integrado de la Unión Europea.


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