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Document 62016TN0634

Asunto T-634/16: Recurso interpuesto el 6 de septiembre de 2016 — Montel/Parlamento

DO C 383 de 17.10.2016, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.10.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 383/28


Recurso interpuesto el 6 de septiembre de 2016 — Montel/Parlamento

(Asunto T-634/16)

(2016/C 383/37)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Sophie Montel (Saint-Vit, Francia) (representante: G. Sauveur, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución del Secretario General del Parlamento Europeo de fecha 24 de junio de 2016, notificada el 6 de julio de 2016, que recoge que «se abonó indebidamente a la Sra. Sophie MONTEL un importe de 77 276,42 euros» y manda al ordenador de pagos competente y al contable de la institución que recuperen dicha cuantía.

Anule también la notificación y las medidas ejecutivas de la resolución antes citada incluidas en los escritos del Director General de Finanzas de 5 y 6 de julio de 2016, refs. D 201922 y D 201851.

Anule al mismo tiempo la nota de adeudo n.o 2016-897 firmada por el mismo Director General de Finanzas el 4 de julio de 2016.

Conceda a la demandante la cuantía de 30 000 euros como indemnización del daño moral resultante simultáneamente de las acusaciones infundadas emitidas antes de la conclusión de la investigación, del perjuicio causado a su imagen y del muy importante perjuicio ocasionado en su vida personal y política por la resolución impugnada.

Le conceda también la cuantía de 15 000 euros como consecuencia de los gastos incurridos en la retribución de sus abogados, la preparación del presente recurso, los gastos de copias y la presentación de dicho recurso y de los documentos adjuntos al mismo, y condene al Parlamento Europeo al pago de dicho importe.

Condene al Parlamento Europeo en todas las costas.

Con carácter subsidiario, en caso de que el Tribunal no se considerara plenamente convencido de la pertinencia y sinceridad de los motivos de Derecho y de hecho expuestos por la demandante, en aras de una buena administración de la justicia que tenga en cuenta la indiscutible conexidad entre los hechos presuntos en los que se basa la resolución impugnada y los que son objeto de la investigación penal incoada por el Presidente del Parlamento Europeo:

Suspenda el procedimiento en espera de la resolución definitiva, con efecto de cosa juzgada, pronunciada por el juez francés que conoce de las diligencias incoadas por el Presidente del Parlamento Europeo.

Ordene, en consecuencia, la suspensión de la ejecución de la resolución impugnada hasta que finalice el procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, la parte demandante invoca once motivos que son, en esencia, idénticos o similares a los alegados en el asunto T-624/16, Gollnisch/Parlamento.


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